tag:blogger.com,1999:blog-120136412024-02-02T04:58:17.181+01:00MARÍA JOSÉ DÍAZ-AGUADO JALÓN.Catedrática de Universidad en Psicología de la Educación. Directora de la Unidad de Psicología Preventiva. Directora del Master en Programas de Intervención en Contextos Educativos (1989-2020).
Universidad Complutense de MadridUnknownnoreply@blogger.comBlogger46125tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1160473781090854522008-06-06T11:48:00.156+02:002021-05-11T11:55:30.029+02:00MARÍA JOSÉ DÍAZ-AGUADO JALÓN<div><div style="text-align: center;">
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
</div>
<div class="separator" style="clear: both; text-align: left;">
<span style="background-color: white;"><a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhY1DaBJvZuCMXvsmgYswJA1Ypj2N_0Ztr50ihdprg75kADXsBL5ArWPZL6kqASnSlRhudggAZrzSXVYP6_Vd5f_6M3KIh4_Aq__snJLnEbGXrMpVHXtES0jOnZKc4vwrCprJpO-g/s1600/Mar%C3%ADa.jpg" style="margin-left: 1em; margin-right: 1em;"><img border="0" height="426" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEhY1DaBJvZuCMXvsmgYswJA1Ypj2N_0Ztr50ihdprg75kADXsBL5ArWPZL6kqASnSlRhudggAZrzSXVYP6_Vd5f_6M3KIh4_Aq__snJLnEbGXrMpVHXtES0jOnZKc4vwrCprJpO-g/s640/Mar%C3%ADa.jpg" width="640" /></a></span></div>
<div style="text-align: left;">
<div align="right">
<span style="font-size: medium;"><span style="font-family: verdana;"><span style="color: #0b5394;"><span><b><span style="background-color: white;"><a href="http://pablo1950.googlepages.com/enfrpor">English Français Portugês</a></span></b></span></span></span></span></div>
<div style="text-align: right;">
<div style="text-align: left;">
<span style="font-family: verdana;"><span><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><span style="text-align: center;"> </span></span></span></b></span></span></div><div style="text-align: left;"><span style="font-family: verdana;"><span><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><span style="text-align: center;"><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com.es/2005/12/presentacin.html">Presentación: Investigación, Docencia y Comunicación</a></span><span style="text-align: center;"><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com.es/2005/12/presentacin.html">.</a></span></span></span></b></span></span></div><span style="font-family: verdana;">
</span><div style="text-align: center;"><span style="font-family: verdana;">
</span><div align="center" style="display: inline;"><span style="font-family: verdana;">
</span><div style="display: inline;"><span style="font-family: verdana;">
</span><div style="display: inline;"><span style="font-family: verdana;">
<span><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><span style="text-align: left;"><span class="Apple-style-span" style="font-weight: normal;"><span class="Apple-style-span" style="font-weight: normal;"><span class="Apple-style-span" style="font-weight: normal;"><span class="Apple-style-span" style="font-weight: normal;"><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2005/12/presentacin.html">Resumen de presentación</a></span></span></span></span></span></span></span></b></span></span><br />
<div style="text-align: right;">
<span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><span style="text-align: left;"><span class="Apple-style-span" style="font-weight: normal;"><span class="Apple-style-span" style="font-weight: normal;"><span class="Apple-style-span" style="font-weight: normal;"><span class="Apple-style-span" style="font-weight: normal;"><br /> </span></span></span></span></span></span></span></b></span></div>
</div>
</div>
</div>
</div>
</div></div><div style="text-align: left;"><span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><a href="https://www.researchgate.net/profile/Dr-Professor-Maria-Jose-Diaz-Aguado" target="_blank"><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><span style="font-family: verdana;"><span style="background-color: white; font-size: large;"><span class="Apple-style-span">Desde su perfil en Researchgate pueden descargarse gratuitamente más de cien publicaciones </span></span></span></span></span></a></span></div><div style="text-align: left;"><span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><span style="font-family: verdana;"><span style="background-color: white; font-size: large;"><span class="Apple-style-span"><a href="https://www.google.es/search?q=diaz+aguado+research+gate&ie=utf-8&oe=utf-8&gws_rd=cr&ei=loRVVoSfPMiMarnks-AJ#q=%22Diaz+Aguado+M+J%22++research+gate">Influencia en la comunidad científica</a> </span></span></span></span></span></span></div><div style="text-align: left;"><span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><span style="font-family: verdana;"><span style="background-color: white; font-size: large;"><span class="Apple-style-span"> </span></span></span></span></span></span></div><div style="text-align: left;"><span style="font-size: large;"><span style="font-family: verdana;"></span></span><span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><span style="font-family: verdana;"><span style="background-color: white; font-size: large;"><span class="Apple-style-span"><span style="font-size: medium;"><span style="font-family: verdana;"><span style="font-size: large;"><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><a href="http://unidaddepsicologiapreventiva.blogspot.com/2006/06/unidad-de-psicologa-preventiva_18.html">Unidad de Psicología Preventiva</a><a href="http://unidaddepsicologiapreventiva.blogspot.com/2006/06/unidad-de-psicologa-preventiva_18.html">.</a></span></span></span>
</span></span></span></span></span></span></span><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><i> </i></span></span></b></span><br />
<span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"> </span></span></b></span></div><div style="text-align: left;"><span style="font-size: medium;"><a href="https://www.youtube.com/watch?v=NVwWEPMQU1Q" target="_blank"><span style="font-family: verdana;"><span><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;">«La situación de la violencia contra las mujeres en la adolescencia en España». Presentación del estudio.</span></span></span></span></a><br /></span><br /><span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"> </span></span></b></span><span style="font-family: verdana;"><span style="font-size: medium;"><span><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><span style="background-color: white;"><span class="Apple-style-span"><a href="http://pendientedemigracion.ucm.es/info/psicoevo/master/">Ha dirigido durante sus 31 convocatorias (1989-2020) el MÁSTER EN PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN PSICOLÓGICA EN CONTEXTOS EDUCATIVOS </a></span></span></span></span></span></span></span><div style="text-align: left;"><span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><i><span style="background-color: white;"><span class="Apple-style-span"> </span></span></i></span></span></b></span></div></div><div style="text-align: left;"><span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"> </span></span></b></span></div><div style="text-align: left;"><span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><a href="http://www.google.es/search?tbm=bks&tbo=1&q=Maria+Jos%C3%A9+Diaz+Aguado&btnG=Buscar+libros#hl=es&ds=bo&pq=maria%20jos%C3%A9%20diaz%20aguado&xhr=t&q=%22Maria%20Jos%C3%A9%20Diaz%20Aguado%22&cp=24&pf=p&sclient=psy&tbo=1&tbm=bks&source=hp&aq=f&aqi=&aql=&oq=%22Maria+Jos%C3%A9+Diaz+Aguado%22&pbx=1&fp=1&biw=763&bih=403&bav=on.2,or.r_gc.r_pw.&cad=b">Libros en Google</a> <a href="http://www.google.es/search?tbm=bks&tbo=1&q=Maria+Jos%C3%A9+Diaz+Aguado&btnG=Buscar+libros#hl=es&ds=bo&pq=maria%20jos%C3%A9%20diaz%20aguado&xhr=t&q=%22Maria%20Jos%C3%A9%20Diaz%20Aguado%22&cp=24&pf=p&sclient=psy&tbo=1&tbm=bks&source=hp&aq=f&aqi=&aql=&oq=%22Maria+Jos%C3%A9+Diaz+Aguado%22&pbx=1&fp=1&biw=763&bih=403&bav=on.2,or.r_gc.r_pw.&cad=b">de María José Díaz-Aguado</a></span></span></b></span><br /></div></div></div><div><span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2001/07/libros-publicados.html">VITRINA DE PUBLICACIONES</a></span></span></b></span></div><div><span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"> </span></span></b></span></div><div><span style="font-size: medium;"><span style="font-family: verdana;"><span><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><a href="http://mariajosediaz-aguadoenglish.blogspot.com/2008/07/setting-standard-international-good.html">En Australia se hacen eco del estudio sobre violencia en Europa. </a></span></span></span></span></span></div><div><span style="font-size: medium;"><span style="font-family: verdana;"><span><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><a href="https://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2021/05/estudios-y-guias-de-buenas-practicas-en.html" target="_blank">Estudio y Guía de Buenas Prácticas en Europa (English, español, français) </a></span></span></span></span></span></div><div><span style="font-size: medium;"><span style="font-family: verdana;"><span><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"> <br /></span></span></span></span></span><div align="left"><span style="font-size: medium;"><span style="font-family: verdana;"><span><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><span><span><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><a href="http://youtu.be/_-P2LLu94Yk">Entrevista en Rne sobre VIOLENCIA DE GÉNERO 5/Mar/2014</a></span></span></span> <br /></span></span></span></span></span></span></div><span style="font-size: medium;"><span style="font-family: verdana;"><span>
<span><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><a href="http://mariajosediaz-aguadoenglish.blogspot.com/2007/10/mara-jos-daz-aguado-radio-exterior-de.html">Documento en Radio Exterior de España</a>.</span></span></span><br />
</span></span></span><div align="left"><span style="font-size: medium;"><span style="font-family: verdana;">
<span><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><a href="http://diaz-aguado-convivencia.blogspot.com/2008/02/terra-el-30-de-las-familias-madrileas.html">Repercusiones en prensa del estudio de familias madrileñas</a></span></span></span><br />
<span><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><a href="http://pablo1950.googlepages.com/padresymaestros">Entrevista publicada por Padres y maestros</a></span></span></span><br />
<span><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><a href="http://pablo1950.googlepages.com/mar%C3%ADajos%C3%A9d%C3%ADaz-aguado">Entrevistas en El Pais, Abc, el Mundo, Tiempo, Nueva España.</a></span></span></span><br />
</span><br />
</span><br />
<br /></div><br />
<div align="center">
<span style="background-color: white;"><br /></span>
<span style="background-color: white;"><br /></span>
<span style="background-color: white;"><br /></span>
<span style="background-color: white;"><br /></span>
<span style="background-color: white;"><span style="color: #000099;"><b><span style="color: silver; font-size: 180%;">.</span></b></span></span><br />
<span style="background-color: #999999;"><br /></span>
<span style="background-color: #999999;"><br /></span>
<span style="background-color: #999999;"><br /></span></div>
<span style="background-color: #999999;"><br /></span>
<span style="background-color: #999999;"><br /></span>
<span style="background-color: #999999;"><br /></span>
<br />
<div align="center">
<span style="background-color: #999999;"><br /></span>
<span style="background-color: #999999;"><br /></span>
<span style="background-color: #999999;"><br /></span>
<span style="background-color: #999999;"><br /></span>
<span style="background-color: #999999;"><br /></span>
<span style="background-color: #999999;"><br /></span>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="center">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">--------</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="center">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span class="Apple-style-span" style="color: #cccccc;"><span class="Apple-style-span" style="font-size: medium;"><br /></span></span>
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="center">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
</div>
<br />
<br />
<br />
<div align="center">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;"><span style="color: #333399;"><span style="color: #999999;">.</span></span></span><br />
.<br />
.<br />
.<br />
.<br />
.<br />
.<br />
.<br />
. <br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;"><br /></span><span style="color: #999999;"><br /></span><span style="color: #999999;"><br /></span><span style="color: #999999;"><br /></span><span style="color: #999999;"><br /></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br /></div>
<span style="color: #999999;"><br /></span>
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;"><span style="color: #999999;">.</span></span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<span style="color: #999999;"><br /></span>
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;"><span style="color: #999999;">.</span></span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<span style="color: #999999;"><br /></span>
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;"><span style="color: #999999;">.</span></span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<span style="color: #999999;"><br /></span>
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;"><span style="color: #999999;">.</span></span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<span style="color: #999999;"><br /></span>
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;"><span style="color: #999999;">.</span></span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<span style="color: #999999;"><br /></span>
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;"><span style="color: #999999;">.</span></span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<span style="color: #999999;"><br /></span>
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;"><span style="color: #999999;">.</span></span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<span style="color: #999999;"><br /></span>
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;"><span style="color: #999999;">.</span></span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<span style="color: #999999;"><br /></span>
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;"><span style="color: #999999;">.</span></span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<span style="color: #999999;"><br /></span>
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">..</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<div align="justify">
<span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;">
El País, ABC, Terra, ADN, 20 Minutos, Madridiario</span></span></b></span><br />
<span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><a href="http://www.blogger.com/goog_1871319934">Entrevista en EL PAÍS</a></span></span></b></span><br />
<span style="font-family: "times" , "times new roman" , serif;"><b><span style="color: #0b5394;"><span style="background-color: white;"><br /></span></span></b></span></div>
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">..</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg-NbR1mO1wGMXoAtUBZV9PoMeV8zF-4XYce2M_Okegyhg7Ybbx7w1IIrZz1Fvey5c2P4nydfLdUbg_M9nmFk0SB30jfCuYcDpwbrlCJCs-ZHWPglMcnvYfeY529Nu1u_dPpHO1wg/s1600/mARIA.jpg" style="clear: right; float: right; margin-bottom: 1em; margin-left: 1em;"><img border="0" height="320" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEg-NbR1mO1wGMXoAtUBZV9PoMeV8zF-4XYce2M_Okegyhg7Ybbx7w1IIrZz1Fvey5c2P4nydfLdUbg_M9nmFk0SB30jfCuYcDpwbrlCJCs-ZHWPglMcnvYfeY529Nu1u_dPpHO1wg/s320/mARIA.jpg" width="231" /></a><br />
<br />
<br /></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<br />
<br />
<div class="separator" style="clear: both; text-align: center;">
<br /></div>
<a href="http://www.msssi.gob.es/ssi/violenciaGenero/publicaciones/estudiosinvestigaciones/Estudios_Investigaciones/Evoluc_Adolescenc_Prevenc_V_G.htm"> http://www.msssi.gob.es/ssi/violenciaGenero/publicaciones/estudiosinvestigaciones/Estudios_Investigaciones/Evoluc_Adolescenc_Prevenc_V_G.htm</a></div>
</div><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-88878122089347572522008-01-08T10:31:00.008+01:002013-01-08T16:42:47.512+01:00ARTÍCULOS DESCARGABLES<div align="left">
<a href="http://www.psicothema.com/psicothema.asp?id=3144"><span style="color: black;">"La violencia entre iguales en la adolescencia y su prevención desde la escuela"</span></a><span style="color: black;"><br /></span></div>
<div align="left">
<a href="http://www.psicothema.com/psicothema.asp?id=3226"><span style="color: black;">"La reproducción intergeneracional de la exclusión y su detección desde la educación infantil" </span></a></div>
<div align="left">
<span style="color: black;"><a href="http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/IEFP/ANDALUCIA_EDUCATIVA/ANDALUCIA_EDUCATIVA/1143619803427_opinion.pdf"><span style="color: black;">"Convivencia escolar y género"</span> </a></span></div>
<div align="left">
<span style="color: black;"><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2005/12/por-qu-se-produce-la-violencia-escolar.html"><span style="color: black;">"Por qué se produce la violencia escolar y cómo prevenirla"</span></a></span><span style="color: black;"></span></div>
<div align="left">
<a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2005/07/salir-de-la-violencia-cmo.html"><span style="color: black;">"Salir de la violencia:¿cómo?" </span></a></div>
<div align="left">
<a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2005/12/guia-informativa-sobre-el-sexismo-y-la.html"><span style="color: black;">"Guia informativa sobre sexismo y violencia de género" </span></a></div>
<div align="left">
<a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2005/12/la-construccin-de-la-igualdad-y-la.html"><span style="color: black;">"Programas de prevención de la violencia de género"</span></a><a href="http://www.blogger.com/goog_457168426"> </a></div>
<div align="left">
<a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2005/07/aprendizaje-cooperativo-y-curriculum.html"><span style="color: black;">“Mejorar la convivencia a través del aprendizaje cooperativo y el currículum de la no-violencia”</span></a><a href="http://www.injuve.mtas.es/injuve/contenidos.downloadatt.action?id=299958340"></a></div>
<div align="left">
</div>
<div align="left">
<span style="color: black;"></span></div>
<span style="color: black;"><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2005/07/convivencia-escolar.html">"Convivencia escolar"</a></span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2005/07/convivencia-escolar.html"> </a><br />
En el enlace de <a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com.es/2001/07/publicaciones.html">PUBLICACIONES</a> pueden encontrarse enlaces y direcciones que permiten descargar gratuitamente otros artículos y libros<br />
<br />
<br />
<div align="left">
<span style="color: #999999;">"</span><span style="color: #f3f3f3;">Sexismo, violencia de género y acoso escolar"</span></div>
<div align="left">
<span style="color: #f3f3f3;">"Mejorar la convivencia" (pag 23 ) </span><br />
<a href="http://www.injuve.es/contenidos.downloadatt.action?id=299958340"><span style="color: #f3f3f3;">"Diez condiciones básicas para prevenir la violencia desde la adolescencia"</span></a></div>
<div align="center">
<br />
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjOpiQoMDF_l7tTHUQUPXUWuIRgqSAW8awWL2a1WeX1ZQsSc1102h4t4_DbFObKMtHpz2lkEYJtPPpLONHeO3u5JBvSMlncXcdcuViNHGZCLTYtNW9A-KfBvtJg_8IDbn9sDndK1A/s1600-h/escudo+oscuro+gris+1.png"><img alt="" border="0" height="81" id="BLOGGER_PHOTO_ID_5153059674262221938" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEjOpiQoMDF_l7tTHUQUPXUWuIRgqSAW8awWL2a1WeX1ZQsSc1102h4t4_DbFObKMtHpz2lkEYJtPPpLONHeO3u5JBvSMlncXcdcuViNHGZCLTYtNW9A-KfBvtJg_8IDbn9sDndK1A/s200/escudo+oscuro+gris+1.png" style="cursor: hand;" width="80" /></a></div>
<div align="center">
<br /></div>
<br />
<br />
<div align="center">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEgDulx98q9rzQLh8JrHYKRsUHivGqh8dL9ANXZn7B3yvp0uaVm9DTJd76UKQeS0jCzALlDXkqhssFtAgSsYO9N4LJPU83PSJ-NX7E1Jj-9uZ-LDm1HjOHvqXQaTupyVlyYPIBLJaQ/s1600-h/escudo+oscuro+gris+1.png"></a></div>
<br />
<br />
<br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">..</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">..</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;"></span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;"></span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;"></span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;"></span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><br />
<span style="color: #999999;">.</span><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-39834622846864768042007-10-22T19:38:00.000+02:002015-10-22T20:11:19.886+02:00ENLACES a los impactos del artículo publicado en el Journal of Interpersonal Violence<style type="text/css">P { margin-bottom: 0.21cm; }A:link { }</style>
<br />
<div style="margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div lang="es-ES" style="margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-size: small;"><b><span style="font-family: Arial, sans-serif;"><span lang="es-ES">Díaz-Aguado,
M.J. & Martínez, R. (2015)</span></span></b></span>. <br />
Types of Adolescent Male Dating Violence Against Women, Self-Esteem, and Justification of Dominance and Aggression.<br />
<span style="font-size: xx-small;"><i> Journal of Interpersonal Violence, 30</i> (15) 2636-2658.</span></div>
<div style="margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-family: Times;"><span style="font-size: x-small;"><span lang="es-ES">La </span></span></span><span style="font-family: Times;"><span style="font-size: x-small;"><span lang="es-ES"><i>Web
of Science</i></span></span></span><span style="font-family: Times;"><span style="font-size: x-small;"><span lang="es-ES"> recoge
este artículo en octubre de 2015-Octubre</span></span></span><br />
<br />
<span style="color: #3d85c6;"></span><span style="background-color: white;"><span style="color: #3d85c6;"><span style="font-family: Times;"><span style="font-size: x-small;"><b>INTERNACIONAL</b></span></span></span></span><br />
<div style="margin-bottom: 0.49cm; margin-top: 0.49cm;">
<span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6; font-size: xx-small;"><a href="http://www.montevideo.com.uy/auc.aspx?287656" target="_blank"><span lang="es-ES"><u>http://www.montevideo.com.uy/auc.aspx?287656</u></span></a></span></span></div>
<div style="margin-bottom: 0.49cm; margin-top: 0.49cm;">
<span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6; font-size: xx-small;"><a href="http://www.edicionesmedicas.com.ar/Actualidad/Ultimas_noticias/Violencia_de_genero5" target="_blank"><span lang="es-ES"><u>http://www.edicionesmedicas.com.ar/Actualidad/Ultimas_</u></span><span lang="es-ES">noticias</span><span lang="es-ES"><u>/Violencia_de_genero5</u></span></a></span></span></div>
</div>
<div lang="es-ES" style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-size: x-small;"><span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6;">La Unidad de Cultura Científica de la UCM-OTRI cuelga la noticia en su web </span></span></span><br />
<span style="font-size: xx-small;"><span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6;"><span lang="zxx"><u><a href="https://www.ucm.es/data/cont/media/www/pag-10588/2015_10_not6.pdf" target="_blank">https://www.ucm.es/data/cont/media/www/pag-10588/2015_10_not6.pdf</a></u></span></span></span></span></div>
<br />
<span style="font-size: x-small;"><span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6;"><span lang="es-ES">Agencia Sinc, la agencia de noticias científicas del Ministerio de Economía y Competitividad del Gobierno de España: </span></span></span></span><br />
<span style="font-size: x-small;"><span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6;"><u>
<span lang="es-ES" style="font-size: xx-small;"><a href="http://www.agenciasinc.es/Noticias/Mentalidad-machista-y-baja-autoestima-en-la-adolescencia-potencian-la-violencia-de-genero" target="_blank">http://www.agenciasinc.es/Noticias/Mentalidad-machista-y-baja-autoestima-en-la-adolescencia-potencian-la-violencia-de-genero</a></span></u><span lang="es-ES" style="font-size: xx-small;"> </span></span></span></span><br />
<br />
<span style="font-size: x-small;"><span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6;"><span lang="es-ES">Servimedia, el Economista, La Información y algún medio más:</span></span></span></span><br />
<div lang="es-ES" style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-size: x-small;"><span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6;"><span style="font-size: xx-small;"><a href="http://www.cienciaxplora.com/sinc/mentalidad-machista-y-baja-autoestima-en-la-adolescencia-potencian-la-violencia-de-genero_2015101600043.html" target="_blank"><span lang="es-ES"><u>http://www.cienciaxplora.com/sinc/mentalidad-machista-y-baja-autoestima-en-la-adolescencia-potencian-la-violencia-de-genero_2015101600043.html</u></span></a></span><span lang="es-ES">
</span></span></span></span>
</div>
<div style="margin-bottom: 0.49cm; margin-top: 0.49cm;">
<span style="font-size: x-small;"><span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6;"><span style="font-size: xx-small;"><a href="http://www.teinteresa.es/espana/VIOLENCIA-ESTUDIO-CONFIRMA-ADOLESCENTES-MALTRATADOR_0_1450055320.html" target="_blank"><span lang="es-ES"><u>http://www.teinteresa.es/espana/VIOLENCIA-ESTUDIO-CONFIRMA-ADOLESCENTES-MALTRATADOR_0_1450055320.html</u></span></a><span lang="es-ES">
</span></span></span></span></span><span style="font-size: xx-small;">
</span></div>
<div style="margin-bottom: 0.49cm; margin-top: 0.49cm;">
<span style="font-size: xx-small;"><span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6;"><a href="http://www.servimedia.es/Noticias/Detalle.aspx?n=492285&s=23" target="_blank"><span lang="es-ES"><u>http://www.servimedia.es/</u></span><span lang="es-ES">Noticias</span><span lang="es-ES"><u>/Detalle.aspx?n=492285&s=23</u></span></a><span lang="es-ES">
</span></span></span></span>
</div>
<div style="margin-bottom: 0.49cm; margin-top: 0.49cm;">
<span style="font-size: xx-small;"><span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6;"><a href="http://ecodiario.eleconomista.es/sociedad/noticias/7076969/10/15/Violencia-genero-un-estudio-confirma-que-uno-de-cada-cuatro-adolescentes-tiene-riesgo-de-ser-maltratador.html" target="_blank"><span lang="es-ES"><u>http://ecodiario.eleconomista.es/sociedad/</u></span><span lang="es-ES">noticias</span><span lang="es-ES"><u>/7076969/10/15/Violencia-genero-un-estudio-confirma-que-uno-de-cada-cuatro-adolescentes-tiene-riesgo-de-ser-maltratador.html</u></span></a><span lang="es-ES">
</span></span></span></span>
</div>
<div style="margin-bottom: 0.49cm; margin-top: 0.49cm;">
<span style="font-size: xx-small;"><span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6;"><a href="http://noticias.lainformacion.com/asuntos-sociales/adolescentes/violencia-genero-un-estudio-confirma-que-uno-de-cada-cuatro-adolescentes-tiene-riesgo-de-ser-maltratador_mKJdvwpQlMdvJ3lDJyrTL5/" target="_blank"><span lang="es-ES"><u>http://</u></span><span lang="es-ES">noticias</span><span lang="es-ES"><u>.lainformacion.com/asuntos-sociales/adolescentes/violencia-genero-un-estudio-confirma-que-uno-de-cada-cuatro-adolescentes-tiene-riesgo-de-ser-maltratador_mKJdvwpQlMdvJ3lDJyrTL5/</u></span></a><span lang="es-ES">
</span></span></span></span>
</div>
<div style="margin-bottom: 0.49cm; margin-top: 0.49cm;">
<span style="font-size: xx-small;"><span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6;"><a href="http://www.tendencias21.net/notes/El-24-de-los-jovenes-espanoles-presenta-riesgo-de-ejercer-abuso-de-genero_b8395660.html" target="_blank"><span lang="es-ES"><u>http://www.tendencias21.net/notes/El-24-de-los-jovenes-espanoles-presenta-riesgo-de-ejercer-abuso-de-genero_b8395660.html</u></span></a><span lang="es-ES">
</span></span></span></span>
</div>
<div style="margin-bottom: 0.49cm; margin-top: 0.49cm;">
<span style="font-size: xx-small;"><span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6;"><a href="http://noticiasdelaciencia.com/not/16555/mentalidad-machista-y-baja-autoestima-en-la-adolescencia-potencian-la-violencia-de-genero/es/" target="_blank"><span lang="es-ES"><u>http://noticiasdelaciencia.com/not/16555/mentalidad-machista-y-baja-autoestima-en-la-adolescencia-potencian-la-violencia-de-genero/es/</u></span></a><span lang="es-ES">
</span></span></span></span>
</div>
<div style="margin-bottom: 0.49cm; margin-top: 0.49cm;">
<span style="font-size: xx-small;"><span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6;"><a href="http://www.diariodigitaldeleon.com/sociedad/un-24-de-los-adolescentes-en-riesgo-de-ejercer-violencia-de-genero/" target="_blank"><span lang="es-ES"><u>http://www.diariodigitaldeleon.com/sociedad/un-24-de-los-adolescentes-en-riesgo-de-ejercer-violencia-de-genero/</u></span></a></span></span></span></div>
<div style="margin-bottom: 0.49cm; margin-top: 0.49cm;">
<span style="font-size: xx-small;"><span style="font-family: Verdana,sans-serif;"><span style="color: #3d85c6;"><a href="http://www.ibercampus.es/machismo-y-baja-autoestima-tras-la-violencia-de-genero-31419.htm" target="_blank"><span lang="es-ES"><u>http://www.ibercampus.es/machismo-y-baja-autoestima-tras-la-violencia-de-genero-31419.htm</u></span></a></span></span></span></div>
<br />
<div style="margin-bottom: 0.49cm; margin-top: 0.49cm;">
<br />
<span style="color: blue; font-size: small;"><span style="font-family: Times;"><span lang="es-ES"><u> </u></span></span></span><span style="font-family: Times;"><span style="font-size: x-small;"><span lang="es-ES">
</span></span></span>
</div>
<div lang="es-ES" style="margin-bottom: 0.49cm; margin-top: 0.49cm;">
<br /></div>
<br />
<div lang="es-ES" style="margin-bottom: 0.49cm; margin-top: 0.49cm;">
<br />
<br /></div>
<div lang="es-ES" style="margin-bottom: 0.49cm; margin-top: 0.49cm;">
<br />
<br /></div>
<div style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
......</div>
<div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-76325830429969430272007-03-07T18:00:00.000+01:002007-05-23T17:47:07.401+02:00PREMIO AULA AL MEJOR LIBRO DE EDUCACIÓN<span style="font-size:78%;color:#000099;">El Comité Organizador de AULA y Salón Internacional del Estudiante y de la oferta Educativa convocan, por segunda vez, la décimo quinta edición del Premio Aula al Mejor Libro de educación y divulgación educativa.<br />Dentro de las actividades de AULA, su Comité Organizador y la Obra Social Caja Madrid, en la edición de 2007, conceden el premio al mejor libro sobre educación y divulgación editado entre el 1º de enero y el 30 de noviembre de 2006.<br />Los Premios Aula están financiados por la Obra Social Caja Madrid.<br /></span><br /><span style="color:#000099;">El pasado viernes, 2 de marzo de 2007, el jurado falló los premios con el siguiente resultado.<br />Categoría a), Obras teóricas y de investigación educativa al libro titulado<br /><span style="color:#000000;">"Del acoso escolar a la cooperación en las aulas"<br /></span>publicado en la Editorial <span style="color:#000000;">Pearson Prentice Hall</span>, del que es autora</span><span style="color:#ff0000;"> </span><span style="color:#000000;">María José Díaz-Aguado. </span><br /><span style="color:#ff0000;"></span><br /><div align="justify"><span style="font-size:180%;color:#ff0000;"><span style="font-family:verdana;"><span style="color:#000066;"><strong>El mejor libro sobre educación publicado en 2006. </strong><strong>Premio Aula.</strong></span> </span></span></div><div align="justify"><span style="font-family:Verdana;font-size:180%;color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"><span style="font-size:180%;"><span style="font-family:verdana;font-size:100%;color:#000066;">Quizá no es una simple coincidencia que el Año de la Ciencia y el Día Internacional de la Mujer sean los mismos en que el Premio Aula del Ministerio de Educación y Ciencia al mejor libro sobre educación publicado en 2006, haya sido concedido a María José Díaz-Aguado. Mujer y científica de reconocido prestigio.<br />El libro premiado, <em>Del acoso escolar a la cooperación en las aulas</em> (Pearson/Prentice-Hall. 2006) es el resumen, lúcido y claro, resultado de casi treinta años de investigación sobre la convivencia. Y de su cuidada edición. Será un clásico.</span></span></div><div align="justify"><span style="font-size:180%;"><span style="font-family:verdana;font-size:100%;color:#000066;">Mujer y joven, María José Díaz-Aguado, tuvo méritos suficientemente reconocidos como para ser Catedrática de Universidad con 27 años. </span></span></div><div align="justify"><span style="font-size:180%;"><span style="font-size:100%;color:#000066;"><span style="font-family:verdana;">Convencida desde sus primeras investigaciones de la extraordinaria valía que para el desarrollo de la especie humana tiene el hecho de que podamos influir con la educación como profesionales, padres o ciudadanos, Díaz-Aguado ha empleado, la mayor parte de su vida, con una enorme dedicación al trabajo, a conseguir, entre otros objetivos fundamentales como la no-violencia, el reconocimiento pleno de la igualdad de la mujer en todos los procesos de desarrollo de la humanidad y siempre con una herramienta <em>clave: la educación, la prevención, expresada con gran rigor, dulzura, firmeza, perseverancia y generosidad personal.</em></span></span></span></div><div align="justify"><span style="font-size:180%;"><span style="font-family:verdana;font-size:100%;color:#000066;"><em>En su trayectoria se ha venido haciendo una de las profesionales más influyentes en Educación y Prevención Psicológica en España.</em></span></span></div><div align="justify"><em><span style="font-family:Verdana;color:#000066;">P.F.</span></em></div><span style="font-size:180%;"><br /></span><span style="font-size:180%;"></span><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1120937271748850862007-02-06T06:01:00.011+01:002013-01-08T11:38:38.644+01:00<div align="center">
<a href="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiNwsj_OIONZP2dQF3vdTpARyBTNHkZpyqq6nvwy2afD0e6r6F1KHqPcLwHsqNWK0K726X7lVlaBBAFHfKBQi4x2XbelpfiKrZf1sfh1dn5NKnP6utAPUrb5TIQ_JgYAXYeDm5hig/s1600-h/image001.gif"><img alt="" border="0" id="BLOGGER_PHOTO_ID_5031354551838620610" src="https://blogger.googleusercontent.com/img/b/R29vZ2xl/AVvXsEiNwsj_OIONZP2dQF3vdTpARyBTNHkZpyqq6nvwy2afD0e6r6F1KHqPcLwHsqNWK0K726X7lVlaBBAFHfKBQi4x2XbelpfiKrZf1sfh1dn5NKnP6utAPUrb5TIQ_JgYAXYeDm5hig/s200/image001.gif" style="cursor: hand; display: block; margin: 0px auto 10px; text-align: center;" /></a><span style="color: #9999ff;"> <a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2001/07/libros-publicados.html"><span style="color: black; font-size: 130%;"><strong>Vitrina de publicaciones</strong></span></a><span style="color: black;"><strong> </strong></span></span></div>
<span style="color: #9999ff;"><strong><span style="color: black;"></span></strong>
<br /><span style="color: #999999; font-size: 85%;">
<br />
<br />
</span></span><br />
<div align="justify">
<span style="color: #9999ff;"><span style="color: #9999ff;"><span style="color: red;"><span style="color: white;"><strong><span style="font-size: 78%;"><span style="color: red;"><span style="color: black; font-family: verdana;">Dos publicaciones para afrontar el acoso escolar:</span> </span></span></strong></span></span></span>
</span><br />
<span style="color: #9999ff;"><a href="http://pablo1950.googlepages.com/delacosoescolaralacooperaci%C3%B3n"><span style="color: #000099; font-size: 78%;">Del acoso escolar a la cooperación en las aulas </span></a></span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #9999ff;"><a href="http://www.deciencias.net/convivir/1.documentacion/D.maltrato.acoso/Guia_acoso_escolar_familia(C.Madrid-2005)84p.pdf"><span style="color: #000099; font-size: 78%;">El acoso escolar y la prevención de la violencia desde la familia</span></a></span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #9999ff;"><span style="color: #666666;">.</span></span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #9999ff;"><span style="color: red;"><span style="color: #000099;"><span style="color: red; font-family: verdana; font-size: 78%;"><strong><span style="color: black;">Sobre violencia contra la mujer. Presidencia de la Unión Europea:</span></strong></span></span><strong><span style="color: black;">
</span></strong><span style="color: #000099; font-size: 78%;">"</span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/05/guia-de-buenas-practicas.html"><span style="color: #000099; font-size: 78%;">Guía de buenas prácticas para paliar los efectos de la violencia contra las mujeres y conseguir su </span></a><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/05/guia-de-buenas-practicas.html"><span style="color: #000099; font-size: 78%;">erradicación</span></a><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/05/guia-de-buenas-practicas.html"><span style="color: #000099; font-size: 78%;">"</span></a><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/05/guia-de-buenas-practicas.html"><span style="color: #000099; font-size: 78%;"> </span></a><span style="color: #000099; font-size: 78%;">. </span></span></span></div>
<span style="color: red;"><div align="justify">
<span style="font-size: 78%;"><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/06/estudio_06.html"><span style="color: #000099;">"Estudio sobre las medidas ado</span></a><span style="color: #000099;">ptadas en la Unión Europea contra la violencia hacia las mujeres" </span></span></div>
<div align="justify">
</div>
</span><span style="color: #999999; font-size: 78%;">.</span><br />
<div align="justify">
<span style="color: white;"><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/01/dos-publicaciones-del-cide-de-1986-y-de.html"><span style="color: black; font-size: 78%;"><strong>NOVEDAD</strong></span></a></span></div>
<div align="justify">
<span style="color: white;"><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/06/estudio_06.html"><span style="font-size: 78%;"><span style="color: black;"></span><span style="color: #cc0000;"></span></span></a><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/01/dos-publicaciones-del-cide-de-1986-y-de.html"><span style="color: #000099;">PUBLICACIONES DE</span> <strong><span style="color: #000099;">1986 y 1988</span></strong></a><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/06/estudio_06.html"></a></span><span style="color: #000099;"> CNIDE sobre <strong>Convivencia Escolar</strong> editadas, ahora en la red</span></div>
<span style="color: #000099;"><strong>.</strong></span><br />
<div align="center">
<span style="color: white; font-size: 78%;"><a href="http://pablo1950.googlepages.com/mar%C3%ADajos%C3%A9d%C3%ADaz-aguado">volver a inicio</a></span><span style="color: white; font-size: 78%;"> </span></div>
<span style="color: white; font-size: 78%;"></span><br />
<div align="left">
<br />
<span style="color: red;"><span style="color: black; font-family: Verdana;"><strong>DOCUMENTOS</strong></span></span>
<br />
<span style="color: #999999;"><strong><span style="font-family: Verdana;">-</span></strong> </span>
<br />
<span style="color: red;"><strong><span style="color: black; font-family: Verdana;">Textos con vídeos</span></strong>
</span></div>
<div align="justify">
<span style="color: red;"><span style="font-size: 78%;"><span style="font-size: 78%;"><span style="color: #cc0000;"><span style="color: #3366ff;"></span></span></span></span></span></div>
<div align="justify">
</div>
<div align="justify">
<a href="http://diaz-aguado-convivencia.blogspot.com/2008/02/1_12.html"><span style="color: #000099;">Convivencia escolar y prevención de la violencia. Textos y vídeos. En nuevo formato y sitio</span></a></div>
<div align="justify">
<div align="justify">
<a href="http://w3.cnice.mec.es/recursos2/convivencia_escolar/"><span style="color: #000099;">Convivencia escolar y prevención de la violencia. Ministerio de Educación y Ciencia. </span></a><a href="http://w3.cnice.mec.es/recursos2/convivencia_escolar/"><span style="color: #000099;">Textos y vídeo</span></a><span style="color: #000099;"> </span></div>
<a href="http://www.fad.es/sala_lectura/Congreso_Ser_Adolescente_hoy.htm"><span style="color: #000099;">La violencia de los adolescentes como reflejo de la sociedad adulta.<em> <strong>(I<span style="font-family: times new roman;">cono de vídeo)</span> </strong></em></span></a><span style="color: #000099;">. Conferencia</span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #999999;">.</span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #000099;"></span></div>
<div align="justify">
<span style="color: black;"><strong><em>TEXTOS (En revisión)</em></strong></span></div>
<div align="justify">
<span style="font-family: Verdana; font-size: 85%;"><a href="http://www.blogger.com/www.mtas.es/mujer/medios/docs/guia%20contenidos.pdf"><span style="color: #000066;"><span style="font-family: Georgia; font-size: 100%;">"</span><span style="font-family: Verdana; font-size: 85%;">Infancia, televisión y género"</span></span></a><a href="http://www.blogger.com/www.mtas.es/mujer/medios/docs/guia%20contenidos.pdf"><span style="color: #000066;"></span></a></span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #000099; font-size: 85%;"></span></div>
<div align="justify">
<span style="font-size: 85%;"><span style="color: #000099;">"</span><a href="http://www.mtas.es/mujer/publicaciones/docs/09prevenir.pdf"><span style="color: #000099;">Prevenir la violencia contra las mujeres construyendo la igualdad</span></a><span style="color: #000099;">" Manual.</span></span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #000099;">"</span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/06/estudio_06.html"><span style="color: #000099; font-size: 85%;">Prevención de la violencia y la exclusión". Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. Instituto de la Juventud<span style="font-size: 78%;">s</span> </span></a><a href="http://www.injuve.mtas.es/injuve/contenidos.item.action?id=476576543"><span style="color: #000099;">Volumen I</span></a><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/06/estudio_06.html"><span style="color: #000099;"> </span></a><a href="http://www.injuve.mtas.es/injuve/contenidos.item.action?id=808720134"><span style="color: #000099;">Volumen II</span></a><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/06/estudio_06.html"><span style="color: #000099;"> </span></a><a href="http://www.injuve.mtas.es/injuve/contenidos.item.action?id=1164045057"><span style="color: #000099;">Volumen III</span></a><span style="color: #000099;"><span style="color: #000066; font-family: Verdana; font-size: 78%;"></span></span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #000099;"><span style="color: #000066; font-family: Verdana; font-size: 78%;">"</span><a href="http://www.defensora-navarra.com/minis/jornadas-coordinacion-defensores/ivforo.html"><span style="color: #000066; font-family: Verdana; font-size: 85%;">Conferencia para la reunión anual del Defensor del Pueblo en 2005</span></a></span><span style="color: #000066; font-family: Verdana; font-size: 78%;">" (Texto)</span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #999999;">.</span></div>
<div align="justify">
<span style="color: black;"><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2008/01/artculos.html"><em><strong><span style="color: black;">ARTÍCULOS</span></strong> </em></a></span></div>
<div align="justify">
<em><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2008/01/artculos.html"><span style="color: #6600cc;">Enlace a varios artículos descargables</span></a></em></div>
<div align="justify">
<span style="color: #999999; font-size: 0;">. </span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #999999; font-size: 78%;">.</span></div>
<div align="justify">
<div align="justify">
<span style="font-size: 85%;"><a href="http://www.juntadeandalucia.es/educacion/portal/com/bin/Contenidos/IEFP/ANDALUCIA_EDUCATIVA/ANDALUCIA_EDUCATIVA/1143619803427_opinion.pdf"></a></span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #000066;"></span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #cc66cc; font-family: verdana; font-size: 78%;"><span style="color: #000066;"></span></span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #cc66cc; font-family: verdana; font-size: 78%;"><span style="color: #000066;"></span></span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #cc66cc; font-family: verdana; font-size: 78%;"><span style="color: #000066;"></span></span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #cc66cc; font-family: verdana; font-size: 78%;"><span style="color: #000066;"><a href="http://pablo1950.googlepages.com/mar%C3%ADajos%C3%A9d%C3%ADaz-aguado"><span style="color: black; font-family: Verdana; font-size: 78%;">Volver a inicio</span></a><span style="color: #cc66cc;"><span style="color: #000066; font-family: Verdana; font-size: 78%;"> </span></span></span></span></div>
<div align="justify">
<span style="color: #999999;"><span style="font-family: Verdana; font-size: 78%;">.</span>
</span><span style="color: #9999ff;"><span style="color: #cc66cc;"></span></span><span style="color: #000099; font-size: 78%;"><a href="http://scholar.google.es/scholar?q=%22Diaz+Aguado%22&ie=UTF-8&oe=UTF-8&hl=es&btnG=B%C3%BAsqueda&lr="><span style="color: #000099;"><span style="color: black;">Enlace </span>que permite seguir a otros autores</span> <span style="color: #000099;">sobre los asuntos estudiados</span> <span style="color: #000099;">por María José Díaz-Aguado</span></a></span><span style="color: #000099;"> </span></div>
</div>
<span style="font-size: 78%;">Enlace <span style="color: #000099;">que p</span></span><a href="http://www.google.es/search?q=Diaz-Aguado+Educaci%C3%B3n&hl=es&lr=&start=10&sa=N"><span style="color: #000099; font-size: 78%;"><span style="color: #000099;">ermite</span> ir a sitios de educación relacionados con los asuntos tratados por María José Díaz-Aguado.</span></a><span style="color: #000099; font-size: 78%;"> </span><br />
<div align="justify">
<span style="color: #000099; font-size: 78%;"></span></div>
<div align="justify">
<span style="font-size: 85%;"><a href="http://www.google.es/search?hl=es&q=Diaz+Aguado&btnG=B%C3%BAsqueda+en+Google&meta="><span style="color: #000099;"><span style="font-size: 78%;"><span style="color: black;">Enlace </span>más general</span>.</span></a></span><span style="color: #000099;"> </span></div>
<br />
<br />
(En revisión, vídeos)
<br />
<a href="http://www.ateiamerica.com/pages/vid6_1info.htm"><span style="font-size: 85%;"><span style="color: #999999;">Programas de educación para la tolerancia<span style="font-family: arial;"> </span></span></span></a><span style="color: #999999;"><u><span style="font-family: arial; font-size: 85%;">(Al fondo de la página Ver capítulo 1 Ver capítulo 2 Ver capítulo 3)</span></u>
<br />
</span><a href="http://www.ateiamerica.com/pages/vid6_2info.htm"><span style="color: #999999; font-size: 85%;">Prevención de la violencia y lucha contra la exclusión </span></a><span style="color: #999999;"><span style="font-family: Arial; font-size: 85%;">(Al fondo de la página Ver capítulo 1 Ver capítulo 2 Ver capítulo 3)</span>
<br />
</span><br />
<div align="justify">
<a href="http://www.ateiamerica.com/pages/vid6_4info.htm"><span style="color: #999999; font-size: 85%;"><em>Prevención de drogodependencias y otros riesgos</em></span></a><span style="color: #999999; font-size: 85%;"><em> (Al fondo de la página Ver capítulos 1 y 2 ) </em></span></div>
<div align="justify">
<a href="http://www.ateiamerica.com/pages/vid6_3info.htm"><span style="font-size: 85%;"><em><span style="color: #999999;">Prevenir la violencia de género construyendo la igualdad <span style="font-family: Arial;">(Al fondo de la página Ver capítulo 1 Ver capítulo 2) </span></span></em></span></a></div>
<div align="justify">
<span style="color: #999999; font-size: 85%;"></span></div>
<div align="justify">
<span style="font-size: 85%;"><em><span style="color: #999999;">.
</span></em></span></div>
<div align="justify">
<span style="font-size: 78%;"><span style="color: #999999; font-size: 100%;"><strong><em>OTROS</em></strong></span></span></div>
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/06/estudio_06.html">
<br />
</a>
<br />
<br /><span style="color: silver;">.</span></div>
<span style="color: silver;">
<br />
<br />
<br />
</span>
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: silver;">.</span></div>
<span style="color: silver;">
<br />
<br />
<br />
</span>
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: silver;">.</span></div>
<span style="color: silver;">
<br />
<br />
<br />
</span>
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: silver;">.</span><a href="http://mfile.akamai.com/23097/wmv/cdn.download.akamai.com/23097/FAD/23-11-2005/Tarde/30.asx"></a></div>
<span style="color: silver;">
<br />
<br />
<br />
</span>
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: silver;">.</span></div>
<span style="color: silver;"></span><br />
<div align="justify">
<span style="color: silver;"><span style="font-family: Verdana;"><span style="color: #000099; font-size: 85%;"><strong><em></em></strong></span></span></span></div>
<span style="color: silver;">
<br />
<br />
<br />
</span>
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: silver;">.</span></div>
<span style="color: silver;">
<br />
<br />
<br />
</span>
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: silver;">..</span></div>
<span style="color: silver;">
<br />
<br />
<br />
</span>
<br />
<br />
<span style="color: silver;">
<br />
<br />
<br />
</span>
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: silver; font-size: 78%;">.</span></div>
<span style="color: silver;">
<br />
<br />
<br />
</span>
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: red; font-size: 130%;">
<br />
<br />
<br />
</span><br />
<div align="justify">
<span style="color: red; font-size: 130%;"><a href="http://unidaddepsicologiapreventiva.blogspot.com/2006/06/unidad-de-psicologa-preventiva_18.html"><span style="color: #cc0000; font-family: Verdana; font-size: 100%;"><strong>Unidad de Psicología Preventiva </strong></span></a><span style="color: white; font-family: Verdana;"><strong><span style="font-size: 100%;"><span style="color: #cc0000; font-size: 78%;">de la Universidad Complutense</span><span style="color: #9999ff;"> </span></span></strong></span></span></div>
<span style="color: white; font-size: 130%;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;"></span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="font-size: 78%;"><a href="http://aula.el-%3ctd/"></a></span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
</div>
<span style="font-size: 78%;"><a href="http://aula.el-%3ctd/">
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
</a></span><br />
<div align="justify">
</div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white; font-size: 78%;">.</span>
<br />
<br />
<br />
</div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
</div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="font-size: 180%;"><span style="font-family: verdana;"><span style="color: #9999ff; font-family: lucida grande;"><strong>P<span style="color: white;">.</span>R<span style="color: white;">.</span>E<span style="color: white;">.</span>S<span style="color: white;">.</span>E<span style="color: white;">,</span>N<span style="color: white;">.</span>T<span style="color: white;">.</span>A<span style="color: white;">.</span>C<span style="color: white;">.</span>I<span style="color: white;">.</span>Ó<span style="color: white;">.</span>N</strong></span><span style="color: white;"> <a href="http://mariajosediaz-aguadoenglish.blogspot.com/2005/09/mara-jos-daz-aguado-catedrtica-de-la.html"><span style="color: #9999ff;"><span style="font-size: 78%;"><span style="color: #cc0000;"><em>English¬</em><em> </em><em>Française¬</em><em> </em></span><em><span style="color: #cc0000;">Portugês</span> </em></span></span></a></span></span></span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="font-size: 180%;"><span style="font-family: verdana;"><span style="color: white;"></span></span></span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="font-size: 78%;">-</span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2005/12/presentacin.html"><span style="font-size: 78%;">Resumen de la presentación</span></a></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">-</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="font-size: 100%;"><span style="font-size: 130%;"></span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2001/07/publicaciones.html"><span style="color: #003333; font-size: 130%;">Investigación</span></a><span style="color: #003333; font-size: 130%;"> </span></span></div>
<span style="font-size: 100%;"><span style="color: #003333; font-size: 130%;">
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
</span></span><br />
<div align="justify">
<span style="font-size: 100%;"><span style="color: #003333; font-size: 130%;"><br /></span></span>
<span style="font-size: 100%;"><span style="color: #003333; font-size: 130%;"><br /></span></span></div>
<span style="font-size: 100%;"><a href="http://www.ucm.es/info/psicoevo/MASTER/"><span style="color: #003333; font-size: 130%;">Docencia: Master</span></a><span style="color: #003333; font-size: 130%;">, </span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2000/07/doctorado.html"><span style="color: #003333; font-size: 130%;">doctorado,</span></a><span style="color: #003333; font-size: 130%;"> </span><a href="http://www.ucm.es/info/ucmp/pags.php?tp=Titulaciones&a=estudios&d=muestratitulacion.php&idt=98"><span style="color: #003333; font-size: 130%;">licenciatura</span></a><span style="color: #003333; font-size: 130%;"> <span style="color: white; font-family: Verdana;"><strong><span style="color: #9999ff; font-size: 78%;"><a href="http://www.ucm.es/info/psicoevo/MASTER/"><strong>Nuevo Master en un año académico</strong></a></span></strong></span></span></span><span style="color: #003333; font-size: 130%;">
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br /><div align="justify">
<br />
<br /></div>
</span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2001/07/conferencias-y-congresos.html"><span style="color: #003333; font-size: 130%;">Comunicación</span></a>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2005/12/presentacin.html"><span style="font-size: 130%;"></span></a></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.-</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">-</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: #003333; font-size: 130%;"><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2005/12/presentacin.html"></a></span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="font-size: 100%;"><span style="font-size: 78%;"><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/10/consejo-de-ministros-referencia-del-6.html"><strong><span style="color: #3333ff;">Referenci</span></strong></a><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/10/consejo-de-ministros-referencia-del-6.html"><span style="color: #3333ff;"><strong>a del <span style="color: #cc0000;">Consejo de Ministros</span></strong> (Viernes, 6 de octubre de 2006)</span></a></span></span></div>
<span style="color: white; font-size: 100%;">
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
</span><br />
<div align="justify">
</div>
<span style="color: white;">
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br /><div align="justify">
<span style="font-size: 100%;"><span style="color: #9999ff;"><strong><u><span style="color: #cc0000; font-size: 78%;">Prensa </span></u></strong><a href="http://pablo1950.googlepages.com/revistatiempo"><span style="color: #3333ff;"><strong><span style="font-size: 78%;">TIEMPO</span></strong></span></a><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/10/consejo-de-ministros-referencia-del-6.html"></a></span><span style="color: #cc0000; font-size: 78%;"><strong> </strong></span></span></div>
</span><a href="http://pablo1950.googlepages.com/revistatiempo"></a><span style="color: #339999;"><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2005/11/editorial-prensa-asturiana-director.html"><strong><span style="font-size: 78%;">La Nueva España</span></strong></a><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/10/consejo-de-ministros-referencia-del-6.html"></a></span><span style="color: #3333ff; font-size: 78%;"><strong> </strong></span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/02/ana-alfageme-madrid-fuente-el-pas-15.html"><span style="color: #3333ff; font-size: 78%;"><strong>El País</strong></span></a><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/10/consejo-de-ministros-referencia-del-6.html"><span style="color: #3333ff; font-size: 78%;"><strong> </strong></span></a><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/01/prensa-mara-jos-daz-aguado.html"><span style="color: #3333ff; font-size: 78%;"><strong>ABC</strong></span></a><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/10/consejo-de-ministros-referencia-del-6.html"><span style="font-size: 100%;"> </span></a>
<br />
<br />
<span style="font-size: 100%;"><span style="color: #9999ff;"><span style="color: red;"><span style="font-size: 130%;">Sonido.</span><span style="font-size: 78%;"> </span></span><a href="http://www.el-refugioesjo.net/sonoros/violencia_escolar.mp3"><span style="font-size: 78%;">RADIO EXTERIOR DE ESPAÑA <span style="font-family: verdana;">Una vez abierto se puede oir mientras se lee</span></span></a></span></span>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
</div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<a href="http://www.directorio-blogs.com/" target="_blank"><span style="color: #9999ff;">Directorio de Blogs en España</span></a><span style="color: #9999ff;">
<br />
</span>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">.</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<div align="justify">
<span style="color: white;">
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
</span></div>
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="color: white;"><span style="font-size: 0;"></span><span style="font-size: 100%;"></span></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: times new roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;">.</span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;"></span><br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<span style="font-family: Times New Roman; font-size: 78%;">.</span><br />
<br />
<br />
<a href="http://fusion.google.com/add?feedurl=[FEED_URL]">
<br />
<br /><img alt="Add to Google" border="0" height="17" src="http://www.blogger.com/[LOCAL_PATH]/add.gif" width="104" />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
<br />
</a><a href="http://fusion.google.com/add?feedurl=[FEED_URL]"></a><a href="http://fusion.google.com/add?feedurl=[FEED_URL]"></a><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.comtag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1160555778717892182006-10-11T10:24:00.000+02:002007-05-23T18:22:29.334+02:00CONSEJO DE MINISTROS. Referencia del 6 de OCTUBRE de 2006.<div align="justify"><span style="font-family:verdana;font-size:85%;"><strong><span style="font-size:130%;color:#000000;"><a href="http://www.la-moncloa.es/ConsejodeMinistros/Referencias/_2006/refc20061006.htm#ConvivenciaEscolar"><span style="color:#000000;">Educación </span><span style="color:#000000;">y Ciencia</span></a></span><br /><a name="ConvivenciaEscolar"></a><br />INFORME SOBRE EL PLAN PARA LA PROMOCIÓN Y MEJORA DE LA CONVIVENCIA ESCOLAR </strong></span></div><span style="font-family:verdana;font-size:85%;"><strong><div align="justify"><br /></strong>El Consejo de Ministros ha recibido un Informe sobre el desarrollo del Plan para la Promoción y Mejora de la Convivencia Escolar cuyo objetivo es erradicar las actitudes y los comportamientos violentos de nuestras aulas y fomentar entre los más jóvenes la resolución pacífica de los conflictos. El informe detalla las actuaciones ya en marcha y las que lo estarán de manera inmediata. </div><div align="justify"><br /><strong>El plan es de ámbito nacional y cuenta con el respaldo de los siete sindicatos de profesores más representativos (CCOO, FETE-UGT, ANPE, CSI-CSIF, USO, Federación SAP y FSIE), dos organizaciones de titulares de centros educativos (FERE y Escuela Cristiana de Cataluña) y una organización de padres y madres (CEAPA). Otras organizaciones, como la Confederación Católica de Padres (CONCAPA), han mostrado su disposición de adherirse a esta iniciativa, abierta a todas las entidades interesadas en colaborar.</strong></div><div align="justify"><br />El desarrollo del Plan supone la creación del Observatorio Estatal de la Convivencia Escolar y la Prevención de los Conflictos. Este Observatorio, como eje vertebrador del proyecto, será el encargado de recabar información sobre el problema, analizar la magnitud del fenómeno, proponer medidas y establecer asesoramiento específico, entre otras acciones. </div><div align="justify"><br />La Comisión General de Educación, en la que están representadas las Comunidades Autónomas, estudiará el próximo martes, 10 de octubre, el proyecto de Real Decreto que ha elaborado el Ministerio de Educación y Ciencia por el que se crea este organismo. Tras su próxima discusión en el Consejo Escolar del Estado, el Observatorio será una realidad en muy breve plazo.</div><div align="justify"></span></div><span style="font-family:verdana;font-size:85%;"><div align="justify"><br /><strong><span style="font-size:100%;">Más y mejor información</span></strong></div><div align="justify"><strong><br /></strong>El Plan también supone la realización de estudios que permitan conocer con rigor las dimensiones de los fenómenos de violencia y acoso en el ámbito escolar. Actualmente hay dos trabajos en marcha. El primero se desarrolla en colaboración con la Oficina del Defensor del Pueblo para la réplica del estudio que desarrolló en el año 1999-2000 y que permitirá conocer la evolución de estos fenómenos en el plazo transcurrido desde entonces. Los datos estarán disponibles en febrero de 2007.</div><div align="justify"><br /><span style="font-size:100%;"><strong>Un segundo estudio sobre las dimensiones reales de la violencia y el acoso escolares en España se lleva a cabo por un equipo dirigido por María José Díaz Aguado, Catedrática de la Universidad Complutense e investigadora de larga experiencia y gran prestigio en este ámbito. Actualmente se está procediendo a la recogida de datos y el informe estará disponible en los primeros meses de 2007, contribuyendo a clarificar un asunto que preocupa a todos.</strong></span></div><div align="justify"><strong><span style="font-size:100%;"></span></strong></div><span style="font-size:100%;"><div align="justify"><br /></span><strong>Incentivos a los centros</strong> </div><div align="justify"><br />El Plan de Convivencia establece también la creación de incentivos que alienten iniciativas positivas en materia de convivencia llevadas a cabo por los centros educativos. Con este objetivo se realizó la convocatoria de premios a las buenas prácticas en el Boletín Oficial del Estado del pasado mes de mayo y actualmente se están valorando los 144 trabajos presentados, correspondientes a otros tantos centros. Una vez resuelto el concurso, se publicarán los trabajos premiados y se realizará una amplia difusión, para que las experiencias desarrolladas puedan servir a otros centros.</div><div align="justify"><br /><strong>Prevención y formación de especialistas </strong></div><strong><div align="justify"><br /></strong>En estos momentos se está elaborando una serie de manuales y materiales cuyos contenidos servirán para la prevención y detección del acoso escolar a través de la tutoría. El objetivo es difundir la información y poner los protocolos resultantes a disposición de todos los centros y profesores.<br />En relación a la formación de especialistas en temas de convivencia, en el próximo mes de noviembre comenzarán a impartirse dos tipos de cursos, uno dirigido a profesores y profesoras y otro a padres y madres, con objeto de formar especialistas que puedan a su vez realizar tareas formativas con otras personas de los mismos colectivos.</div><div align="justify"><br /><strong>Información a las familias vía SMS e Internet</strong> </div><div align="justify"><br />Mediante un acuerdo firmado con Red.es, en enero de 2007 se pondrá en marcha un programa que informará a las familias, mediante mensajes SMS, sobre las posibles incidencias que puedan afectar a sus hijos. Este programa sobre control de asistencia e información complementará los que ya ofrecen actualmente algunas Comunidades Autónomas.</div><div align="justify"><br />Por otro lado, desde el pasado mes de abril está disponible un portal de Internet sobre temas de convivencia<strong><span style="font-size:100%;"> (</span></strong></span><a title="www.convivencia.mec.es" href="http://www.convivencia.mec.es/"><span style="font-family:verdana;font-size:78%;color:#000000;"><strong>www.convivencia.mec.es</strong></span></a><span style="font-family:verdana;"><span style="font-size:85%;"><strong><span style="font-size:78%;">).</span></strong> Mantiene enlaces con todas las Comunidades Autónomas y la agenda de actuaciones que llevan a cabo en esta materia, incluye materiales y estudios sobre los temas relacionados con la convivencia, elaborados por expertos, y va a abrir en diciembre un foro de debate.</span></span></div><span style="font-family:verdana;font-size:85%;"><div align="justify"><br /><strong><span style="font-size:100%;">Razones y objetivos</span> </strong></div><strong><div align="justify"><br /></strong>La sociedad no debe tolerar conductas de violencia entre alumnos o a otros miembros de la comunidad escolar, que adoptan formas muy diversas, desde la agresión física hasta la psicológica. Aunque las cifras concretas puedan ser objeto de discusión, este tipo de conductas no se deben tolerar y hay que prevenir su aparición y reaccionar en el caso de que se manifiesten.</div><div align="justify"><br />Por otro lado, aprender a convivir es uno de los objetivos fundamentales de la educación básica. El aula debe ser un ejemplo de convivencia y de solución pacífica e inteligente de conflictos, además de un lugar de estudio y aprendizaje. Además, mejorar las condiciones del profesorado pasa por mejorar el clima del aula y las relaciones con los alumnos.</div><div align="justify"><br />Por tanto, <span style="font-size:100%;"><strong>los objetivos del Plan son los siguientes:</strong></span></div><div align="justify"><br /><strong>Impulsar la investigación sobre los problemas de convivencia en los centros educativos, a través de un conocimiento más riguroso de sus manifestaciones y de los factores que inciden en su desarrollo. </strong></div><div align="justify"><br /><strong>Fomentar la mejora de la convivencia en los centros educativos, colaborando con las Comunidades Autónomas desde el respeto al marco competencial. </strong></div><div align="justify"><br /><strong>Facilitar el intercambio de experiencias y el aprovechamiento de materiales y recursos utilizados por grupos de profesores, las propias Comunidades Autónomas y otras instituciones, y abrir un foro de encuentro y debate sobre la convivencia y las formas de promocionarla y desarrollarla. </strong></div><div align="justify"><br /><strong>Proporcionar orientaciones, estrategias y material para la puesta en práctica de la educación en la convivencia y el desarrollo de habilidades sociales que faciliten la transición de los alumnos a la vida adulta y su incorporación a una formación superior o al mercado de trabajo, de manera que puedan ser utilizadas por las distintas Comunidades Autónomas, centros o profesores.</strong></span><strong> </strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;"></span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;"></span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong><span style="color:#999999;">.</span></strong></div><div align="justify"><strong></strong></div><div align="justify"><strong></strong></div><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1160335213329986032006-10-08T21:16:00.000+02:002007-05-23T18:24:22.118+02:00<ul><li><div align="justify">Es una guia de DISTRIBUCIÓN GRATUITA por la Comunidad de Madrid para ayudar a la familia y a la escuela a detectar, prevenir y tratar los problemas relacionados con el acoso escolar y otras formas de violencia<a href="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/1600/Escanear0002.jpg"><img style="FLOAT: left; MARGIN: 0px 10px 10px 0px; CURSOR: hand" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Escanear0002.jpg" border="0" /></a> <span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li><li><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div></li></ul><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;"></span> </p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;"></span> </p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;"></span> </p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></p><p align="justify"> </p><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1149614916752260692006-06-06T19:26:00.000+02:002007-05-23T18:32:15.053+02:00Estudio<span style="color:#999999;">.</span><span style="color:#999999;"><br />.<br />.<br />.<br /><strong><span style="color:#000000;">ESTUDIO </span></strong><br /></span><span style="color:#999999;">....................</span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/06/introduccin.html"><span style="color:#000000;">Introduccion</span></a><br /><span style="color:#999999;">....................</span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/06/objetivos-y-metodologa-del-estudio.html"><span style="color:#000000;">Objetivos</span></a><span style="color:#000000;"><br /></span><span style="color:#999999;">....................</span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/06/resultados.html"><span style="color:#000000;">Resultados</span></a><br /><span style="color:#3333ff;"><span style="color:#999999;">....................</span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/06/conclusiones-y-recomendaciones.html"><span style="color:#000000;">Conclusiones y recomendaciones</span></a></span><br /><span style="color:#999999;">.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br /></span><span style="color:#3333ff;"></span><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1149614762356833062006-06-06T19:22:00.000+02:002007-05-23T18:39:01.366+02:00CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES<div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.<br /></span><strong>3.1<span style="font-size:130%;">. Sensibilización</span></strong> </div><div align="justify"><br />Desde 1995, se han llevado a cabo, en la Unión Europea, importantes esfuerzos para sensibilizar a la población sobre el problema tratado en este Estudio. Estos esfuerzos se han concentrado, sobre todo, en la violencia hacia las mujeres, en general, o en la violencia doméstica, en particular, seleccionando, a veces, este ámbito específico, como prototipo de la violencia ejercida contra las mujeres, considerada globalmente. </div><div align="justify"><br />Como muestra de los efectos producidos, en la Unión Europea, por medio de las campañas de sensibilización, cabe considerar los resultados obtenidos en el Eurobarómetro de 1999, en los que se refleja que la ciudadanía europea condena masivamente la violencia contra las mujeres, reconoce la necesidad de seguir llevando a cabo medidas de sensibilización y destaca, como principal fuente de información, que han tenido en este tema, a los medios de comunicación. Los cambios son especialmente significativos, respecto a la condena de los agresores y la necesidad de su castigo. </div><div align="justify"><br />Entre las causas de la violencia contra las mujeres, mencionadas con más frecuencia, no se reconoce, sin embargo, una de las más importantes: la desigual distribución del poder entre mujeres y hombres que existe en la sociedad, probablemente debido a la escasa frecuencia con que aluden a ella los medios de comunicación, a través de los cuales se está cambiando la representación de este problema. Esta limitación puede reducir la eficacia de las campañas de sensibilización, dado que éstas asocian las conductas violentas a determinados factores, contextuales y personales, referidos a los hombres, obviando el problema anteriormente citado, relativo al desigual reparto de poder. </div><div align="justify"><br />En función de los resultados anteriormente expuestos, se considera conveniente tener en cuenta las siguientes recomendaciones, a la hora de diseñar las campañas de sensibilización para combatir la violencia contra las mujeres: </div><div align="justify"><br />1) Incrementar la cooperación entre organismos públicos y privados, favoreciendo la participación de las ONG, integrando en ellas a entidades nacionales, regionales y locales, y evaluar, de forma sistemática, las acciones llevadas a cabo, lo que permitirá incorporar el conocimiento acumulado, de campañas ya realizadas, en las posteriores. </div><div align="justify"><br />2) Que ayuden a comprender cuáles son las causas que conducen a la violencia contra las mujeres, prestando una especial atención al papel que, en dicha violencia, tiene la desigual distribución del poder que todavía sigue existiendo, de manera generalizada, entre mujeres y hombres, por lo que el problema de la violencia no debe ser considerado como algo que afecta a mujeres y hombres con características especiales, sino que es un problema que puede afectar a cualquier persona, independientemente de las variables contextuales y personales que la caractericen. </div><div align="justify"><br />3) Que ayuden a tomar conciencia de que las mujeres sufren violencia por el hecho de serlo, lo que supone un ataque a sus derechos humanos y a su dignidad. Dentro de esa violencia, se incluyen tanto las agresiones más extremas y poco frecuentes como otro tipo de agresiones, como el acoso en el trabajo, que, aunque menos exageradas, también tienen consecuencias muy negativas para la víctima. </div><div align="justify"><br />4) Por lo tanto, han de procurar incrementar la visibilidad del acoso que las mujeres sufren con frecuencia en el lugar de trabajo, ayudando a concienciar a las víctimas de que no están solas, indicándoles cuáles son sus derechos, los mecanismos a seguir y los recursos a su disposición. Estas campañas deben eliminar estereotipos sobre la culpabilidad de las acosadas y la falta de responsabilidad de los acosadores y sensibilizar a los sindicatos y al empresariado de su responsabilidad en la erradicación de este problema. </div><div align="justify"><br />5) Deben contribuir a superar determinados estereotipos y creencias sexistas, que favorecen la aparición de actos de violencia sexual, como las que asocian el valor del hombre con su capacidad para vencer la resistencia de las mujeres, más que con su capacidad de respetar el derecho a la libertad sexual de ellas. </div><div align="justify"><br />6) Que ayuden a sensibilizar a los medios de comunicación, sobre su responsabilidad, en todos los puntos anteriormente mencionados, estimulando el establecimiento, difusión y cumplimiento de directrices y códigos de conducta, que contribuyan a promover imágenes no estereotipadas de mujeres y hombres y a eliminar los modelos que pueden conducir tanto a la violencia, en general, como a la violencia contra las mujeres, en particular. </div><div align="justify"><br />7) Que estén basadas en la colaboración y el compromiso existente, a nivel de la Unión Europea, en la lucha contra la violencia hacia las mujeres, para lo cual puede resultar eficaz realizar campañas globales, o incorporar elementos comunes a las que se lleven a cabo en los Estados miembros. </div><div align="justify"></div><div align="justify"></div><div align="justify"></div><p><span style="color:#999999;">.</span></p><p><span style="color:#999999;">.<br /></span><strong>3.2.<span style="font-size:130%;"> Educación y formación especializada</span> </strong><br /><strong></strong><br /><strong>3.2.1. La prevención de la violencia contra las mujeres desde la educación</strong><br /><br />El reconocimiento del papel crucial que la educación puede y debe desempeñar en la erradicación de la violencia contra las mujeres es generalizado en la Unión Europea, tanto entre las personas que trabajan específicamente en este tema, desde distintos ámbitos, que casi siempre destacan la prioridad del cambio educativo, como entre el conjunto de la población, que considera la educación como una herramienta fundamental para cambiar las actitudes y las conductas que llevan a perpetuar el sexismo y la violencia ejercida contra las mujeres de generación en generación. Pero, reconocer la importancia que el cambio educativo puede tener para avanzar en la erradicación de la violencia contra las mujeres no parece ser suficiente para conseguir los objetivos deseados. En este sentido, cabe interpretar que, por ejemplo, las propuestas desarrolladas, en distintos foros internacionales, sobre este tema, incluyen, pocas veces, recomendaciones detalladas y específicas que permitan ir mucho más allá de lo propuesto en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres. Asimismo, en las respuestas dadas, por la mayoría de los Estados miembros que han contestado al Cuestionario utilizado en este Estudio, se aprecia una tendencia muy escasa a destacar, como especialmente eficaces, las buenas prácticas educativas mencionadas, cuando se pregunta, específicamente, por el ámbito escolar, observándose, además, que la incorporación del tema de la violencia contra las mujeres en el currículo de la formación reglada y en la formación inicial o permanente del profesorado está extendiéndose, pero dista bastante de ser una práctica sistemática generalizada.<br /><br /><br />Los resultados obtenidos, en este Estudio, llevan a proponer, como características de las buenas prácticas para prevenir la violencia contra las mujeres desde la educación, las siguientes:<br /><br />1) Enseñar a construir la igualdad en la práctica, a través de experiencias de colaboración entre chicas y chicos, basadas en el respeto mutuo, para avanzar, así, en la superación de dos de las principales condiciones que subyacen a la violencia contra las mujeres: la desigual distribución del poder que existe en la sociedad y la resistencia al cambio que esta situación produce, especialmente en los hombres.<br /><br />2) Incluir la lucha contra el sexismo y la violencia en el currículo escolar, enseñando a detectar y a combatir los problemas que conducen al sexismo y a la violencia contra las mujeres. En este sentido, por ejemplo, puede resultar muy eficaz ayudar a detectar, desde la adolescencia, cómo son las primeras manifestaciones de la violencia en la pareja, que suelen presentarse como control excesivo y abuso emocional, ayudando a comprender su incompatibilidad con el respeto mutuo que debe caracterizar a dichas relaciones.<br /><br />3) Favorecer la superación de los diversos componentes del sexismo y la violencia contra las mujeres, estimulando cambios cognitivos, emocionales y de comportamiento, a través de experiencias que permitan desarrollar, con la práctica, alternativas a los problemas que se quiere prevenir, aplicando esos cambios a la erradicación de las conductas de acoso y abuso que a veces se producen en la propia escuela, e integrando la lucha contra el sexismo y la violencia dentro de una perspectiva más amplia: la defensa de los derechos humanos.<br /><br />4) Desarrollar instrumentos que permitan detectar, desde la escuela, a las/os niñas/os y adolescentes que pueden haber estado expuestas/os a situaciones de violencia, para interrumpir dichas situaciones, curarles de sus destructivos efectos y prevenir la tendencia a su reproducción posterior.<br /><br />5) Proporcionar a los centros educativos las condiciones que permitan llevar a la práctica programas eficaces, para prevenir la violencia contra las mujeres, favoreciendo una formación teórico-práctica del profesorado que debe desarrollarlos, incentivando el esfuerzo que siempre supone la innovación educativa y facilitando las diversas condiciones que los hagan viables (recursos económicos, materiales para la aplicación, ajustes en los horarios, medios humanos, personas expertas para consultar dudas...).<br /><br />6) Integrar la intervención que se realiza desde la educación con la que debe llevarse a cabo en todos los contextos desde los que se estructura la sociedad, conectándolas desde un enfoque multidisciplinar, que permita al profesorado colaborar con otros agentes sociales.<br /></p><div align="justify"></div><div align="justify"></div><div align="justify"><br /><strong>3.2.2. La formación especializada de las/os profesionales que atienden a las víctimas</strong><br />En los últimos años, se han producido, en la Unión Europea, importantes avances en la formación especializada sobre la violencia contra las mujeres de las/os profesionales que trabajan con las víctimas, siendo los cursos de formación permanente el camino elegido, con más frecuencia, para llevarla a cabo, y las/os profesionales de la policía quienes han recibido una atención prioritaria en este sentido, incluso en los estudios iniciales requeridos para acceder al puesto de trabajo. </div><div align="justify"><br /></div><div align="justify">Los resultados obtenidos, en este ámbito, llevan a proponer como principales recomendaciones las siguientes: </div><div align="justify"><br />1) Favorecer la inclusión de la formación sobre la violencia contra las mujeres, dentro de los estudios iniciales requeridos para acceder al puesto de trabajo de las/os profesionales que trabajan con las víctimas (en la policía, la administración de justicia, la medicina, la psicología, los servicios sociales, la educación...), requisito para su generalización sistematizada. Para conseguirlo, conviene sensibilizar, a los organismos encargados de elaborar los planes de estudio y su puesta en práctica, sobre la relevancia del tema de la violencia contra las mujeres, para el futuro de las/os profesionales que deben formar. El hecho de implicar a dichos organismos en la colaboración con las instituciones públicas y privadas que se dedican habitualmente a trabajar en este tema (incluyéndolo, por ejemplo, en convocatorias de investigación o para el diseño de programas de formación permanente) puede contribuir a dicho objetivo. </div><div align="justify"><br />2) Extender la formación específica sobre esta materia en la formación continua de todas/os las/os profesionales que trabajan en la misma, ayudándoles a comprender cuáles son las necesidades de las víctimas, así como la forma de responder a ellas, para contribuir a su fortalecimiento (empowerment), prescindiendo de todo lo que pueda conducir a la revictimización o a obstaculizar el proceso de recuperación del trauma psicosocial causado por la violencia. Además, la formación debe capacitar para la cooperación interinstitucional, proceso que supone superar importantes obstáculos, y ser sometida a un proceso de evaluación continua, que permita conocer qué modelos y procedimientos resultan más eficaces. Dada la especial vulnerabilidad de las mujeres inmigrantes, las/os profesionales que trabajan en este tema deberían recibir formación acerca de la diversidad cultural y del racismo. </div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span></div><div align="justify"><br /><strong>3.3. <span style="font-size:130%;">Recursos y servicios sociales para las víctimas</span></strong> </div><div align="justify"><br />Los resultados de este Estudio reflejan que todos los Estados miembros disponen de los siguientes servicios de atención a las víctimas: Centros de información y asesoramiento, centros de acogida y páginas web oficiales, en las que se divulga dicha información. Centros de emergencia y guías de recursos existen en catorce países (93%). Las líneas telefónicas gratuitas de atención a las víctimas durante 24 horas están disponibles en trece países (87%). Once Estados miembros cuentan unidades específicas en las dependencias policiales y con protocolos de coordinación de actuaciones de las distintas instancias oficiales que trabajan en este ámbito. Conviene destacar, por otra parte, la existencia mayoritaria, aunque no generalizada, de otras medidas necesarias para contribuir al fortalecimiento (empowerment) de las víctimas, evitar revictimizaciones y mejorar la calidad de la atención que reciben, como son la evaluación de los servicios existentes, la creación de unidades específicas, en las dependencias judiciales, y los cursos de formación a las víctimas, para favorecer su inserción y capacitación laboral. Por último, el Estudio refleja una disponibilidad minoritaria de protocolos sanitarios de atención a las víctimas (sólo en el 40% de los países). </div><div align="justify"></div><div align="justify"><br />Como se ha indicado anteriormente, los Estados miembros de la Unión Europea han llevado a cabo importantes esfuerzos en la implantación de una serie de servicios sociales, imprescindibles para proporcionar, a las mujeres víctimas de la violencia, la atención psicológica, jurídica y social que necesitan. A pesar de ello, conviene seguir avanzando en las siguientes direcciones: </div><div align="justify"><br />1) Ampliar la red de centros de atención y de acogida para las víctimas, de forma que pueda disponerse, como mínimo, de una plaza por cada 10.000 mujeres y donde tanto ellas como sus hijas/os puedan permanecer el tiempo que resulte necesario. </div><div align="justify"><br />2) Orientar los servicios al logro del fortalecimiento (empowerment) de las mujeres, ayudándoles a organizar su vida de forma independiente del agresor y facilitándoles la obtención de un trabajo que permita dicha condición, especialmente, cuando tengan hijas e hijos a su cargo. Conviene tener en cuenta, en este sentido, que los centros de acogida suelen proporcionar una solución a corto plazo, que debe estar conectada con otro tipo de medidas sociales que garanticen la seguridad y el fortalecimiento de la víctima, también a largo plazo. </div><div align="justify"><br />3) Superar las dificultades especiales en las que se encuentran determinados grupos de mujeres, puesto que los problemas de las víctimas suelen aumentar, cuando pertenecen a grupos estigmatizados por la sociedad o cuando se sitúan fuera de la legalidad, como puede suceder, con frecuencia, en la Unión Europea, con las mujeres inmigrantes en situación irregular. Para ayudar a superar estas dificultades, es necesario adoptar medidas que les garanticen seguridad y protección frente a la violencia, independientemente de su situación legal, así como otras destinadas a facilitar su autonomía respecto del agresor, como el acceso a un trabajo, la realización de cursos de idiomas gratuitos y los servicios de guardería para sus hijas/os. </div><div align="justify"><br />4) Organizar los servicios desde una perspectiva de cooperación multiinstitucional, reconociendo el decisivo papel que en ellos desempeñan las ONG y creando las condiciones adecuadas para hacer posible dicha cooperación. </div><div align="justify"><br />5) Establecer mecanismos que permitan una evaluación y control continuos de la calidad de los servicios existentes para ayudar a las mujeres víctimas de la violencia. </div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span></div><div align="justify"><br /><span style="font-size:130%;"><strong>3.4. Rehabilitación de agresores</strong> </span></div><div align="justify"><br />El conjunto de los resultados obtenidos, respecto a la rehabilitación de agresores, pone de manifiesto que se están desarrollando medidas en este campo, en la mayoría de los países de la Unión Europea, aunque se trata de un ámbito que implica una especial dificultad. Trece de los quince Estados miembros (87%) afirman disponer de este tipo de medidas. La más generalizada es el tratamiento psicológico o psiquiátrico, aplicado tanto dentro como fuera de la prisión. Las restantes medidas referidas a la rehabilitación de agresores –Guías para el cambio de actitud, participación en programas sistemáticos y evaluación de estos programas- son utilizadas de manera similar en el conjunto de la Unión Europea: entre un 30% y un 40% de los países que disponen de ellas. </div><div align="justify"></div><div align="justify"><br />Siguiendo las recomendaciones elaboradas en las diversas reuniones de la Unión Europea, conviene seguir avanzando en las siguientes direcciones: </div><div align="justify"><br />1) Generalizar el seguimiento y evaluación de los programas, para asegurarse de que mejoran la seguridad de las mujeres y de que son eficaces, para cambiar la mentalidad de los hombres. Esta evaluación ha de llevarse a cabo, utilizando, además del informe personal del agresor, otras fuentes de información, incluyendo, siempre que sea posible, las versiones aportadas por las víctimas y otros tipos de evidencia del cambio que se haya podido lograr. </div><div align="justify"><br />2) El trabajo con los agresores deberá ayudar a que asuman su responsabilidad, evitando todo aquello que pudieran interpretar como una justificación o una minimización de su comportamiento. Para evitarlo, los programas de rehabilitación de agresores no deben ser utilizados como sustitución de las medidas penales. </div><div align="justify"><br />3) Los programas para los agresores deben formar parte de una acción coordinada, en la lucha contra la violencia hacia las mujeres, que involucre a la policía, a la justicia penal, a los servicios que trabajan con las víctimas y a los organismos de bienestar social, para lo cual conviene establecer acuerdos formales de colaboración entre dichos organismos. </div><div align="justify"><br />4) En el trabajo a realizar con los agresores, se deberán incluir los mecanismos necesarios para asegurar que, en ningún momento, se pone en peligro la seguridad y el bienestar de las víctimas, objetivos a los que hay que dar prioridad. Por eso, la financiación de los programas para los agresores no debe recaer sobre el coste de los servicios para las víctimas, sino sobre otras partidas presupuestarias. </div><div align="justify"><br />5) La conceptualización de la violencia contra las mujeres, por parte de quienes trabajen en estos programas, deberá reconocer que incluye agresiones psicológicas, sexuales y económicas, así como la conexión que existe entre dicha violencia y otro tipo de comportamientos que se aproximan a ella, como el excesivo control y otros antecedentes del abuso emocional que, a veces, son interpretados, erróneamente, como exageraciones de comportamientos aceptables dentro de la relación de pareja. El objetivo prioritario de estos programas debe ser la reeducación de los hombres violentos, a través del cambio de la mentalidad que les condujo a la violencia. </div><div align="justify"></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><br /><strong><span style="font-size:130%;">3.5. Medidas legales, judiciales y policiales</span></strong> </div><div align="justify"><br />Los Estados miembros de la Unión Europea han llevado a cabo, en los últimos años, importantes innovaciones en sus disposiciones legales, judiciales y policiales, de gran relevancia para luchar contra la violencia hacia las mujeres, adoptando medidas para integrar el conjunto de las acciones que se realizan, modificando la tipificación de los delitos y las vías para iniciar los procesos para impedir la impunidad del agresor y promoviendo condiciones, para atender mejor a las víctimas y garantizar su seguridad. </div><div align="justify"><br />A pesar de las medidas anteriormente mencionadas, los análisis realizados, en diversos países de la Unión Europea, reflejan que, con frecuencia, existen dificultades serias para llevar a la práctica las nuevas medidas legales, judiciales y policiales, que se han adoptado con el objetivo de proteger a la víctima y castigar al agresor. Entre las dificultades más mencionadas, cabe destacar las siguientes: </div><div align="justify"><br /><span style="color:#999999;">............</span>Cuando la víctima comienza a perder el miedo y se atreve a plantear la denuncia de su agresor, paso decisivo para que pueda salir de la violencia que sufre y para que la sociedad avance en su erradicación, puede producirse un incremento de dicho problema, por lo que es preciso protegerla, sin lesionar sus derechos y contribuyendo al fortalecimiento de su posición.</div><div align="justify"><br /></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">............</span>Las medidas que restringen la proximidad entre el agresor y la víctima suelen ser difíciles de controlar. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#999999;">............</span>La víctima retira con frecuencia su denuncia antes del juicio o no se presenta a testificar en él. A pesar de que suelen haberse establecido procedimientos para evitar que dichas condiciones conduzcan a la impunidad de los agresores, son difíciles, con frecuencia, de aplicar, probablemente debido a la dificultad de adaptar, sobre todo en la práctica, sistemas legales fuertemente orientados a garantizar la presunción de inocencia. </div><div align="justify"><br />Las dificultades anteriormente mencionadas reflejan que las estrategias jurídicas por sí solas no bastan, sino que es preciso acompañarlas de otro tipo de medidas que garanticen su puesta en práctica. En este sentido, la eficacia de las actuales disposiciones podría mejorar a través de una evaluación sistemática y continua de todas las medidas adoptadas, de forma que puedan detectarse y subsanarse las limitaciones existentes para su cumplimiento y aplicación. Se puede destacar, como recomendaciones más específicas, las siguientes: </div><div align="justify"><br />1) Evaluar si la actual tipificación de delitos y faltas es suficiente y adecuada para que no queden impunes las acciones de violencia contra las mujeres, prestando una especial atención a los delitos o faltas que no se encuentran tipificados como tales de forma generalizada, como, por ejemplo, la violencia doméstica de tipo psicológico, el acoso sexual y el acoso moral.</div><div align="justify"><br />2) Extender y evaluar las medidas que garanticen la protección de las víctimas, como las que restringen la proximidad del agresor, destacadas por varios Estados miembros, entre las medidas de especial eficacia, o las que se llevan a cabo para informar a la víctima de los cambios en la situación de aquél, subsanando, con la máxima celeridad, las limitaciones que se detecten en dicha evaluación, para garantizar la seguridad de la víctima, objetivo prioritario de todas las acciones legales, judiciales y policiales. </div><div align="justify"><br />3) Generalizar las medidas destinadas a prevenir revictimizaciones a lo largo del proceso. Estas medidas existen, actualmente, en la mayoría de los Estados miembros, para determinados casos, de forma que puedan proteger a todas las mujeres víctimas de la violencia del riesgo de sufrir dicho problema. </div><div align="justify"><br />4) Establecer mecanismos que permitan dar la máxima celeridad al procedimiento judicial, en los casos de violencia contra las mujeres, y, especialmente, a aquellos en los que, en función de la situación en la que se encuentran el agresor y la víctima, existe riesgo de nuevas agresiones, durante el período de tiempo comprendido entre el inicio del proceso y la fecha de la sentencia. </div><div align="justify"><br />5) Extender las unidades especializadas de atención a las víctimas, tanto dentro de los cuerpos policiales, como de las dependencias judiciales, de forma que la especialización abarque a todo tipo de violencia contra las mujeres</div><div align="justify"></div><div align="justify"></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">..</span></div><div align="justify"></div><div align="justify"></div><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1149503087496120992006-06-05T11:55:00.000+02:002006-06-07T10:36:00.950+02:00RESULTADOS<div align="justify"><br /><br /><br /><span style="font-size:0;"></span><br /><br /><br /><br /></div><div align="justify"><br /></div><div align="justify"><br /><br /><a href="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/1600/Estudio_img_2.jpg"><span style="font-size:180%;color:#000000;"><strong>2.1. Sensibilización</strong></span> </a><br /></span><br />En el gráfico 2.1.1, se incluyen los porcentajes obtenidos, respecto al número de campañas destacadas por cada uno de los quince Estados miembros, en el apartado del Cuestionario que preguntaba por las realizadas desde 1995.<br /><br /><br /><br /></div><p align="justify"><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; WIDTH: 554px; CURSOR: hand; HEIGHT: 455px; TEXT-ALIGN: center" height="265" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_2.jpg" width="320" border="0" /></p><div align="justify">Como puede observarse en este gráfico, once países (73%) mencionan, en el Cuestionario, tres o más campañas. Conviene tener en cuenta, en este sentido, que, en catorce de los quince países, las actividades de sensibilización descritas han sido realizadas, como se indicaba en la pregunta, con posterioridad a 1995. Solamente en un caso las campañas habían sido llevadas a cabo antes de 1995.<br /><br /></div><p align="justify">En el gráfico 2.1.2, se incluyen los tipos de violencia a los que se refieren las campañas destacadas por los Estados miembros, categorizados en función de los tres tipos de violencia incluidos en este Estudio: violencia doméstica, violencia sexual y violencia en el trabajo.<br /></p><p align="justify"><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; WIDTH: 473px; CURSOR: hand; HEIGHT: 531px; TEXT-ALIGN: center" height="174" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_3.jpg" width="473" border="0" /> </p><p align="justify">Como se refleja en el gráfico 2.1.2, catorce países (93%) destacan campañas que tratan sobre la violencia contra las mujeres, en general, o sobre la violencia doméstica, en particular; dos países (13%) se refieren a campañas que tratan sobre la violencia sexual y un país (7%) describe una campaña que pretende sensibilizar contra el acoso sexual en el trabajo. En la Guía de Buenas Prácticas, puede encontrarse una descripción detallada de los importantes trabajos de sensibilización descritos en el Cuestionario por cada uno de los Estados miembros. </p><p align="justify"></p><p align="justify"><br />Los resultados del gráfico que se está comentando ponen de manifiesto una clara tendencia a concentrar los principales esfuerzos de sensibilización, llevados a cabo desde 1995, en la Unión Europea, en la violencia hacia las mujeres, en general, o en la violencia doméstica, en particular, seleccionando, a veces, este ámbito específico como prototipo de la violencia entre las mujeres, considerada globalmente. </p><p align="justify"><br />En el gráfico 2.1.3, puede observarse cómo, desde 1995, catorce países (93%) han destinado alguna de las campañas de sensibilización realizadas a la población en general. Trece países (87%) han dirigido alguna de sus campañas a las víctimas de la violencia. El único colectivo al que menos de la mitad de los países han dedicado sus campañas es el de los agresores (seis países, 40%). </p><p align="justify">En cambio, también constituyen mayoría los países que han destinado alguna de sus campañas a la infancia y juventud (ocho países, 53%) y a los testigos de los actos violentos (nueve, 60%) y a otros colectivos, como el profesorado (diez, 67%). </p><p align="justify"><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_4.0.jpg" border="0" /></p><p align="justify"><br />En el gráfico 2.1.4, se analizan los soportes materiales utilizados por los diferentes países de la Unión Europea para difundir los mensajes de las campañas que han puesto en marcha, desde 1995. Como puede observarse en el mismo, los folletos (en trece países, 87%) y la TV (en doce, 80%) constituyen, con diferencia, el apoyo usado por un mayor número de países, de forma que más de las tres cuartas partes de ellos los han utilizado.</p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_5.0.jpg" border="0" /> <p align="justify"></p><p align="justify">También han sido empleados por una mayoría de países los siguientes soportes: Prensa (diez, 67%), pósters (nueve, 60%), otros, como reuniones, conferencias y pins (60%), carteles (ocho, 53%) y publicaciones (53%). En cambio, sólo han sido utilizados por una minoría de Estados miembros los siguientes: Página web (seis, 40%), radio (40%) y vídeo (uno, 7%). </p><p align="justify"><br />En ninguna de las campañas de sensibilización realizadas, en el marco de la Unión Europea, desde 1995, se ha utilizado el CD-Rom como medio de difusión de los mensajes emitidos</p><p align="justify">Como puede observarse en el gráfico 2.1.5, ocho (53%) de los Estados miembros de la Unión Europea ha evaluado el impacto de alguna o varias de las campañas de sensibilización que destaca, mientras que seis (40%) no han evaluado ninguna de ellas. Para valorar estas diferencias, conviene tener en cuenta que dicha evaluación suele ser más frecuente en las campañas que incluyen, como soportes, spots de televisión que en aquellas que no los incluyen. Los resultados obtenidos en la evaluación de dicho impacto indican que las campañas han sido tan exitosas o más de lo esperado, en la mayoría de los casos. </p><p align="justify"></p><p align="justify"><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_6.jpg" border="0" /></p><p align="justify"><br />.</p><p align="justify"><strong><span style="font-size:180%;">2.2. Educación y formación especializada</span></strong> </p><p align="justify"><br /></p>En el gráfico 2.2.1, se recogen los porcentajes de respuesta obtenidos, entre los Estados miembros, sobre si está incluido o no el estudio de la violencia contra las mujeres, en la educación reglada. A esta pregunta responden afirmativamente siete países (47%), observándose que la inclusión es mayor en primaria y secundaria, cinco Estados miembros (33%) que en la universidad, cuatro (27%). Uno de los países (7%) destaca, en la categoría otros niveles, que este tema se trata en la formación de personas adultas. <span style="font-size:78%;">(gráfico no disponible aquí)<span style="font-size:0;"></span></span><br /><br /><br /><p align="justify"><br />Como puede observarse en el gráfico 2.2.2, la inclusión del estudio de la violencia contra las mujeres, en la formación inicial del profesorado, es una práctica muy escasa, de forma que sólo tres países (20%) disponen de esta medida, en educación primaria, siendo todavía inferior el porcentaje de la educación secundaria (13%) y de la universitaria (7%). </p><p align="justify"><br /></p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_8.0.jpg" border="0" /><br />Estos pequeños porcentajes pueden considerarse como una explicación del hecho contradictorio, puesto de manifiesto, en varios estudios, por las/os propias/os profesoras/es, de que la sociedad les exige impartir una formación no incluida en su preparación.<br /><br />Como puede observarse en el gráfico 2.2.3, las medidas de formación permanente del profesorado, sobre la violencia contra las mujeres, destacadas en el Cuestionario, son todavía más escasas que las de acceso a la docencia.<br /><br />Solamente dos de los países de la Unión Europea (13%) afirman haber incluido medidas de este tipo. Este porcentaje, que se mantiene en los casos del profesorado de primaria y secundaria, se reduce en el de las/os profesoras/es universitarias/os (7%).<br /><br />Los resultados expuestos contrastan con la frecuencia con la que se destaca el ámbito educativo como uno de los lugares clave para combatir la violencia contra las mujeres. <span style="font-size:78%;">(Gráfico no disponible aquí)</span><br /><br /><span style="font-size:0;"></span><br />En el gráfico 2.2.4, se incluyen los porcentajes de países que afirman disponer de medidas de formación específica, en relación a la violencia contra las mujeres, entre las/os profesionales que atienden a las víctimas, dentro de los estudios requeridos para acceder al puesto de trabajo. Como puede observarse en él, son las/os policías las/os que, con más frecuencia, reciben dicha formación; en nueve países (60%) se imparte este tipo de instrucción. A continuación están las/os profesionales de los servicios sociales, en tres (20%), las/os de la administración de justicia, en dos (13%) y el personal sanitario, en uno (7%). <img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_10.jpg" border="0" /><br />Como puede observarse en el gráfico 2.2.5, el porcentaje de países que afirman incluir, dentro de la formación permanente, cursos de especialización en este tema, es sensiblemente mayor, excepto en el caso de la policía, al reflejado en el gráfico 2.2.4, sobre la formación inicial. Las diferencias son especialmente significativas respecto al personal sanitario y al de los servicios sociales.<br />La globalidad de los resultados obtenidos, respecto a la formación especializada en el tema de la violencia contra las mujeres, refleja que el contexto más utilizado para proporcionarla son los cursos de formación permanente dirigidos a las/os profesionales que atienden a las víctimas de la violencia, y que su inclusión, en los estudios iniciales requeridos para acceder a dichos puestos, es bastante menor, con la excepción de la policía, a cuya formación, en este tema, se dedica la misma atención en la formación específica, para acceder al puesto de trabajo, que en la formación permanente. <img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_11.0.jpg" border="0" /> <p align="justify"></p><p align="justify"><br /><strong><span style="font-size:130%;color:#ffffff;">.</span></strong></p><p align="justify"><strong><span style="font-size:180%;">2.3. Recursos y servicios sociales para las víctimas</span> </strong></p><strong><p align="justify"><br /></strong></p><p>En el gráfico 2.3.1, se incluyen los resultados obtenidos, respecto a las medidas de atención a las víctimas existentes en los países de la Unión Europea. Como puede observarse en dicho gráfico, están disponibles, de forma generalizada, en los quince Estados miembros, los siguientes servicios generales: centros de información y asesoramiento, centros de acogida y páginas web (100%); servicios de emergencia y guías de recursos con información sobre los servicios existentes (93%). Las líneas telefónicas gratuitas de atención a las víctimas durante 24 horas están disponibles en trece países (87%); el protocolo de coordinación de actuaciones de las distintas instancias oficiales y las unidades específicas de atención a las víctimas de la violencia, en las unidades policiales, en once Estados miembros (73%); las unidades específicas en las dependencias judiciales y los cursos de formación a las víctimas, para favorecer su inserción y capacitación laboral, en nueve (60%) y, por último, el protocolo sanitario de atención a la víctimas, en seis (40%). </p><p><br />Los porcentajes reflejados en este gráfico ponen de manifiesto una disponibilidad mayoritaria de todas las medidas por las que se pregunta, con la única excepción del protocolo sanitario, medida de gran relevancia, para mejorar la calidad de la atención sanitaria que dichas víctimas reciben y su conexión con los otros servicios, que convendría generalizar. </p><p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_12.0.jpg" border="0" /><br />En el gráfico 2.3.2, se incluye información sobre los servicios disponibles –psicológico, jurídico y sociolaboral- en los centros de información y asesoramiento, en los centros de acogida, en las unidades específicas de las comisarías de policía y en las unidades judiciales. </p><p><br />Considerando globalmente los cuatro tipos de unidades tenidos en cuenta, puede afirmarse que el servicio jurídico, en general, está más presente que el psicológico y el sociolaboral, de forma que siete (47%) o más de los países disponen de servicio jurídico en los centros de información, centros de acogida, en las unidades policiales y en las judiciales. Sin embargo, tanto el servicio psicológico como el sociolaboral están presentes, en una gran mayoría de los países, en los centros de información y en los centros de acogida (más del 85% de los Estados miembros en ambos servicios, es decir, trece países o más), pero son muy pocos los países que tienen estos servicios en las unidades de las comisarías de policía y en las judiciales (cinco países, 33%, en el mejor de los casos y tres, 20%, en los restantes). </p><p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_13.1.jpg" border="0" /><br />Los tres tipos de servicios considerados –psicológicos, jurídicos y sociolaborales- son más frecuentes en los centros de información y centros de acogida que en las unidades específicas de la policía y en las judiciales.<br /><br /><br />Para valorar los resultados anteriormente resumidos, conviene tener en cuenta, también, que once de los Estados miembros (73%) mencionan haber llevado a cabo evaluaciones de algún o algunos de los servicios destinados a atender a las víctimas, evaluaciones que, de forma generalizada, han permitido comprobar su eficacia (gráfico 2.3.3). En la Guía de Buenas Prácticas, se detalla qué países disponen de cada medida, así como de su evaluación. </p><p></p><p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; WIDTH: 401px; CURSOR: hand; HEIGHT: 224px; TEXT-ALIGN: center" height="224" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_14.0.jpg" width="320" border="0" /> </p><p>Como puede deducirse de lo anteriormente expuesto, en los Estados miembros de la Unión Europea, se han llevado a cabo importantes esfuerzos en la implantación de una serie de servicios sociales, imprescindibles para proporcionar a las mujeres víctimas de la violencia la atención psicológica, jurídica y social que necesitan. A pesar de ello, es conveniente, siguiendo las recomendaciones elaboradas en las diversas reuniones de la Unión Europea, seguir mejorando, tanto en su extensión, para que puedan llegar a todas las personas afectadas, como en su calidad, incrementando la coordinación y evaluación sistemática, prácticas que comienzan a llevarse a cabo y que conviene generalizar. </p><p><br /><span style="font-size:180%;"><strong>2.4. Rehabilitación de agresores</strong></span><br />Como se refleja en el gráfico 2.4.1, trece países (87%) afirman disponer de medidas específicas dirigidas a la rehabilitación de los agresores. </p><p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_15.1.jpg" border="0" /><br />De acuerdo con los datos del gráfico 2.4.2, las medidas más disponibles son los tratamientos psicológicos o psiquiátricos, aplicados tanto fuera de la prisión, como dentro de la misma, en once países (73%). La participación en programas sistemáticos, de rehabilitación y las guías para el cambio de actitud están disponibles en seis Estados (40%). <span style="font-size:78%;">(Gráfico no disponible)</span></p><span style="font-size:0;"></span><p><br />Conviene destacar, por último, que, como se observa en el gráfico 2.4.3, sólo cinco países (33%) reconocen estar llevando a cabo evaluaciones sistemáticas de estos programas de rehabilitación, práctica que, como se ha recomendado en reuniones anteriores de la Unión Europea, convendría generalizar.<br /><br /></p><p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_17.0.jpg" border="0" /><br />El conjunto de los resultados obtenidos, respecto a las medidas de rehabilitación de agresores, ponen de manifiesto que dichas medidas se están desarrollando, en la mayoría de los países de la Unión Europea, aunque parece seguir tratándose de un campo que implica una especial dificultad y que continúa siendo controvertido. </p><p>En la Guía de Buenas Prácticas, se describen algunas de las medidas llevadas a cabo por los diferentes países de la Unión. </p><p></p><p><span style="color:#ffffff;">.<br /></span><span style="font-size:180%;"><strong>2.5. Medidas legales, judiciales y policiales</strong></span> </p><p><br /><strong>2.5.1. Integración de las medidas </strong></p><strong><p><br /></strong>Como puede observarse en el gráfico 2.5.1, la situación respecto a las medidas que se han adoptado para integrar el conjunto de las acciones realizadas contra la violencia hacia las mujeres, en función de los instrumentos que se utilizan para ello, han sido las siguientes:</p><p><span style="color:#ffffff;">......</span>1) Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres. Cuatro de los quince países de la Unión Europea (27%) afirman disponer de una Ley Integral para luchar contra la violencia hacia las mujeres. </p><p><span style="color:#ffffff;">......</span>2) Plan Integral de Acción contra la Violencia hacia las Mujeres. Se trata de la situación más frecuente, en la que afirman encontrarse once de los Estados miembros (73%). </p><p><span style="color:#ffffff;">......</span>3) Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres y Plan Integral de Acción. Solamente tres países disponen de estos dos instrumentos de coordinación. La existencia de cualquiera de estas dos herramientas representa una buena práctica de gran relevancia, para coordinar las distintas acciones que se llevan a cabo en la lucha contra la violencia hacia las mujeres e incrementar su eficacia. </p><p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_18.0.jpg" border="0" /><br />Para valorar los instrumentos de integración, anteriormente mencionados, conviene tener en cuenta, también, que: </p><p><br /><span style="color:#ffffff;">....</span>De los cuatro países que tienen Ley Integral, solamente uno cuenta con un presupuesto económico asignado y evalúa dicha Ley. </p><p><br /><span style="color:#ffffff;">....</span>De los once Estados miembros que disponen de Plan Integral, nueve han habilitado el correspondiente presupuesto económico y cuatro han evaluado este Plan. </p><p><span style="color:#ffffff;">.</span><br /><strong>2.5.2. Medidas legales, judiciales y policiales contra la violencia doméstica </strong></p><p><strong><br /></strong>En las respuestas dadas por los Estados miembros, se refleja que siete de ellos (47%) tienen tipificada la violencia doméstica como delito específico o falta. En los mismos siete países (47%), esta tipificación incluye la violencia física y sólo en cinco (33%) también la violencia psicológica y la sexual (gráfico 2.5.2). Lo anterior constituye una buena práctica que ayuda a combatir todas las modalidades de la violencia contra la mujer, en el lugar en el que se producen con más frecuencia</p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_19.0.jpg" border="0" /><br /><p></p><p></p><p></p><p></p><p>En el gráfico 2.5.3, se presentan los porcentajes sobre las formas de iniciar el procedimiento penal, en los casos de violencia doméstica. Como puede observarse, las formas más frecuentes son: a instancia del acusador público, en doce países (80%) y a instancia de la víctima, en once (73%). El hecho de que el acusador público pueda iniciar el proceso, independientemente de la denuncia de la víctima, es una buena y generalizada práctica, muy recomendada por las/os expertas/os que han analizado este tema, en reuniones anteriores de la Unión Europea. Conviene tener en cuenta, sin embargo, como plantean con frecuencia las ONG, que, a veces, dicha independencia, incluso cuando está claramente establecida a nivel legal, puede conducir a la impunidad del agresor, en el caso de que la víctima retire su denuncia o no se presente a testificar en el proceso. </p><p><br />Existen otras vías para iniciar el procedimiento penal, como la acusación particular, existente en ocho de los países 53%); a través del personal sanitario, en cuatro (27%); o a través de cualquier otra persona o entidad, en el 53%. Esta última vía existe, en algunos Estados miembros, para cualquier delito, pero, en otros, es específica para la violencia doméstica, por tratarse de un delito público, que transciende la esfera de lo privado y en la que todas las personas están implicadas. Esta ampliación de las posibilidades de iniciar el procedimiento penal a instancias de la acusación particular, a través del personal sanitario y a través de otras personas, constituyen buenas prácticas para avanzar contra la impunidad, así como para transmitir a los agentes implicados su responsabilidad en la lucha contra la violencia doméstica, superando, de esta forma, la denominada conspiración del silencio, que lo consideraba como un problema privado. </p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_20.1.jpg" border="0" /><br /><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>En el gráfico 2.5.4, se reflejan los porcentajes respectivos a la disponibilidad de otras medidas legales contra la violencia doméstica, respecto a las cuales cabe destacar: </p><p><span style="color:#ffffff;">........</span>1) La considerable extensión de las medidas destinadas a asegurar la colaboración entre las entidades públicas y privadas, disponibles en diez de los países (67%), generalmente a través de los instrumentos de integración, anteriormente mencionados. Esta situación contrasta con la escasa disponibilidad de medidas legales que aseguren la actuación coordinada de las distintas instancias, que intervienen en el proceso de violencia doméstica (jurídicas, policiales, sanitarias), lo que sucede en cuatro de los casos (27%), únicamente. </p><p><span style="color:#ffffff;">........</span>2) Que, en ninguno de los Estados miembros, las relaciones afectivas o de parentesco son reconocidas como una circunstancia atenuante y que, en ocho países (53%), son consideradas una circunstancia agravante, lo que puede considerarse una buena práctica, en la que se reconoce, de forma muy explícita, que la familia debe ser un lugar seguro, en el que no puede tener cabida la violencia. </p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">.......</span>3) La reducida disponibilidad de procedimientos judiciales específicos, para dar máxima celeridad a los casos de violencia doméstica, existente sólo en cinco países (33%). El disponer de estos procedimientos judiciales es una buena y poco frecuente práctica que es preciso extender, dada su relevancia, para disminuir el tiempo de exposición de las víctimas al riesgo de nuevas agresiones, disminución que, en las evaluaciones de algunos proyectos mencionados en el Cuestionario, se ha detectado de gran eficacia, para reducir las agresiones. </p><p></p><p></p><p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_21.0.jpg" border="0" /></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>En el gráfico 2.5.5 se resumen una serie de buenas prácticas, sobre el tratamiento que las víctimas de la violencia doméstica reciben en los procesos judiciales, en el que se observa que: </p><p><br /><span style="color:#ffffff;">............</span>La medida más extendida entre los quince países de la Unión Europea es la asistencia jurídica gratuita, para las víctimas de la violencia doméstica, existente en catorce de ellos (93%). El disfrute de este derecho depende de determinados requisitos, como la renta de la víctima, en algunos casos. La gratuidad de la cobertura que se presta en los catorce Estados señalados no es la misma, de forma que:<br />En diez Estados (67%), cubre tanto el asesoramiento como la asistencia jurídica durante el proceso.<br />En dos Estados (13%), sólo el asesoramiento jurídico.<br />En otros dos Estados (13%), sólo la asistencia jurídica, durante el proceso.<br /></p><p><span style="color:#ffffff;">.........</span>Las medidas más generalizadas, en el marco de la Unión Europea, después de la recién mencionada, son las siguientes: </p><p><br /><span style="color:#ffffff;">............</span>1) Las indemnizaciones a la víctima, establecidas legalmente (en once de los Estados, 73%), la prevención de revictimizaciones, evitando confrontaciones con el agresor o repetición de las declaraciones y las unidades policiales específicas para atender a dichas víctimas, con formación especial sobre cómo llevar a cabo dicho trabajo (en ocho de los países, 53%). Estas medidas son muy recomendadas, tanto en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, como en las reuniones anteriores de la Unión Europea, dado que pueden contribuir a paliar los efectos que la violencia produce en las víctimas, así como a prevenir nuevos daños. Además, a través de la asistencia jurídica gratuita a las víctimas y las indemnizaciones, se reconoce que el Estado es responsable por no haber podido protegerlas y que éstas no son culpables, por lo que tienen derecho a recibir una reparación del daño que han sufrido. Convendría generalizar esta práctica a todas las víctimas que sufren dicha violencia, en los países comunitarios. </p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">............</span>2) Entre las medidas propuestas en reuniones anteriores de la Unión Europea y cuya disponibilidad es escasa, cabe destacar: las unidades judiciales específicas para las víctimas de la violencia doméstica y la obligatoriedad de poner en su conocimiento los cambios procesales del agresor (en cuatro países, 27%), o los posteriores a la sentencia (en siete, 47%). Estas medidas tienen una gran relevancia, para garantizar la protección de dichas víctimas y la calidad de la atención que reciben, durante el proceso judicial, que convendría desarrollar. </p><p></p><p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_22.0.jpg" border="0" /></p><p>En el gráfico 2.5.6, se incluyen los datos sobre la disponibilidad de medidas que restringen la proximidad del agresor a la víctima. En él, se observa que doce países de la Unión (80%) declaran haber incluido, en su legislación, dichas medidas y que once (73%) emplea medios para garantizar su eficacia, que nueve (60%) consideran como delito su incumplimiento, siendo la comunicación a la comisaría próxima al domicilio el medio más empleado (60%), seguido de la comunicación a la comisaría próxima al trabajo (tres, 20%), las alarmas electrónicas y la vigilancia policial, sólo en dos (13%).<br /><br /></p><p><strong>2.5.3 Medidas legales, judiciales y policiales contra la violencia sexual</strong></p><p><strong><br /></strong>En el gráfico 2.5.7, se incluyen los porcentajes sobre la tipificación de algunos delitos contra la libertad sexual, entre los países comunitarios. Como puede observarse en dicho gráfico, catorce Estados miembros (93%) afirman tener tipificada como delito la violación y trece (87%), el abuso sexual, disponiendo, además, de otros delitos contra la libertad sexual, en once países (73%), con el fin de combatir esta forma de violencia contra las mujeres. Otro dato relevante, en este sentido, es que sólo uno de los quince Estados miembros responde que se incluyen, en su legislación, circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal en los delitos contra la libertad sexual, en función del parentesco o de las relaciones afectivas entre el agresor y la víctima, y que, en diez (67%) se contemplan circunstancias agravantes, en función de dichas relaciones. Estas medidas legales representan una buena práctica para luchar contra la impunidad y la conspiración del silencio, que suelen rodear a la violencia sexual contra las mujeres en dichas condiciones. </p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_24.jpg" border="0" /> <p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p>En el gráfico 2.5.8, se incluyen los datos sobre disponibilidad de otras medidas legales, judiciales y policiales, para luchar contra la violencia sexual, en el que se observa que: <span style="font-size:78%;">(gráfico no disponible)</span></p><p><br /><span style="color:#ffffff;">..........</span>1) En cuatro países (27%), existe un procedimiento judicial especial para dar máxima celeridad a los casos de violencia sexual. Estos resultados llevan a destacar, nuevamente, la conveniencia de establecer este mecanismo, para proteger mejor a las mujeres víctimas de la violencia. </p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">.........</span>2) Diez Estados miembros (67%) afirman tener disposiciones legales, para evitar que la víctima de violencia sexual sufra revictimizaciones. Estas disposiciones sólo pueden ser aplicadas en determinados casos: con menores de edad, cuando se comparece en condición de testigo o cuando se detecta, en la víctima, una vulnerabilidad especial, medidas que representan una buena práctica de gran relevancia, para evitar que las víctimas sufran nuevas victimizaciones, a lo largo del proceso judicial, como se destaca en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, y que convendría generalizar, de forma que pudieran aplicarse a todos los casos en los que fueran necesarias. </p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">.......,</span>3) Catorce países (93%) afirman que tienen asistencia jurídica gratuita para las víctimas de la violencia sexual, que, en algunos casos, depende de determinados requisitos, como la renta de la víctima. La gratuidad de la cobertura que se presta en los catorce Estados señalados no es la misma, de forma que:<br />En nueve Estados (60%), cubre tanto el asesoramiento como la asistencia jurídica, durante el proceso.<br />En dos Estados (13%), sólo el asesoramiento jurídico.<br />En otros dos Estados (13%), sólo la asistencia jurídica, durante el proceso.<br />Hay un Estado que, aunque afirma disponer de asistencia jurídica gratuita, no proporciona información sobre las modalidades en que se materializa dicha asistencia. </p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">........</span>4) Cuatro países (27%) tienen, en las dependencias judiciales, unidades específicas de atención a las víctimas de violencia sexual, en las que trabajan profesionales especializadas/os en dicho tema. Se trata de una buena práctica, que puede contribuir a mejorar dicha atención y a evitar las revictimizaciones, que, con frecuencia se producen, a lo largo del proceso judicial. </p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">.......</span>5) En nueve Estados miembros (60%), existen, en las dependencias policiales, unidades específicas de atención a las víctimas de la violencia sexual, que, casi siempre, cuentan con personal especializado en dicho tema. El establecimiento y desarrollo de este tipo de servicios, dentro de las fuerzas de seguridad, es una buena práctica, que puede contribuir a mejorar la atención a las víctimas de la violencia sexual y a evitar revictimizaciones. </p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">.......</span>6) Son once los países (73%) en los que existen indemnizaciones establecidas legalmente, para las víctimas de la violencia sexual, incluidas, bien dentro de las referidas a todo tipo de violencia o bien dentro de las referidas, específicamente, a las agresiones contra la libertad sexual. La existencia de indemnizaciones constituye una buena práctica para paliar los efectos destructivos de la victimización. </p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">.</span><br /><span style="font-size:130%;"><strong>2.5.4. Medidas legales, judiciales y policiales contra la violencia en el trabajo </strong></span></p><span style="font-size:130%;"><strong><p><br /></strong>En el gráfico 2.5.9, se incluyen los resultados sobre la disponibilidad de tipificaciones específicas, como delito o falta, del acoso sexual y del acoso moral en el trabajo, entre los cuales se observa que: </p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">......</span>1) Ocho países (53%) afirman tener tipificado, como delito específico o falta, el acoso sexual en el trabajo, una buena práctica que puede ayudar a combatir mejor la violencia que sufren las mujeres en este ámbito. En el caso de los países que no cuentan con dicha tipificación, el acoso sexual puede ser penalizado, a través de delitos contra la libertad, la dignidad o la integridad de la persona. </p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">......</span>2) En las legislaciones de dos Estados miembros (13%), se hace distinción entre el acoso de intercambio y el acoso ambiental. Esta distinción puede ayudar a combatir mejor las distintas modalidades que adopta esta forma de violencia contra las mujeres. </p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">......</span>3) Cuatro países (27%) tienen tipificado, como delito o falta, el acoso moral en el trabajo, tipificación reciente, que representa una buena práctica, para avanzar en la lucha contra todas las formas que puede adoptar la violencia en el trabajo y que convendría generalizar. </span></p><p><span style="font-size:130%;"></span></p><p><span style="font-size:130%;"></span></p><p><span style="font-size:130%;"></span></p><p><span style="font-size:130%;"></span></p><p><span style="font-size:130%;"></span></p><p><span style="font-size:130%;"></span></p><p><span style="font-size:130%;"></span></p><p><span style="font-size:130%;"></span></p><p><span style="font-size:130%;"><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; WIDTH: 555px; CURSOR: hand; HEIGHT: 775px; TEXT-ALIGN: center" height="320" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_26.jpg" width="283" border="0" /></span></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p></p><p><span style="font-size:0;"></span></p><p><strong></strong></p><p><span style="font-size:180%;"><strong>2.6. Encuestas e investigación</strong> </span></p><p><br />De las respuestas dadas al Cuestionario, puede concluirse que la práctica de encuestas está bastante extendida en los diferentes Estados miembros de la Unión Europea, en once (73%), y que éstas cumplen los requisitos exigidos por la comunidad científica dentro de la metodología de encuestas a muestras de la población. Las diferencias existentes entre ellas hacen muy difícil, sin embargo, comparar los resultados obtenidos en distintos países o, dentro de un mismo país, en distintos momentos. </p><p><br />En el gráfico 2.6.1, se incluyen los datos de las principales encuestas llevadas a cabo. Como se observa, en la mayoría de los países de la Unión Europea, se han realizado encuestas que tratan sobre la frecuencia y el tipo de violencia (diez, 67%), así como sobre las consecuencias de la violencia (ocho, 53%). Sobre las causas se han hecho encuestas en siete (47%) de los Estados miembros. La inclusión sistemática de preguntas sobre estos temas, en las encuestas nacionales que regularmente se llevan a cabo, está, sin embargo, poco extendida, observándose solamente en tres de los países (20%). </p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_28.jpg" border="0" /> <p><br />Las encuestas anteriormente mencionadas, se han financiado, en la práctica totalidad de los casos (diez sobre once), con fondos públicos. </p><p><br />En el gráfico 2.6.2, se incluyen los porcentajes de respuesta sobre las líneas prioritarias de investigación, en la actualidad, para los países de la Unión Europea. Como puede observarse, estos porcentajes son los siguientes:</p><p><span style="color:#ffffff;">........ </span>1) la evaluación de las medidas utilizadas para erradicar la violencia (73%, once países);</p><p><span style="color:#ffffff;">........ </span>2) las consecuencias de la violencia en las víctimas (60%, nueve); </p><p><span style="color:#ffffff;">.........</span>3) las causas de la violencia contra las mujeres (47%, siete); </p><p><span style="color:#ffffff;">.........</span>4) las dimensiones estadísticas del problema y las condiciones de riesgo de las víctimas (33%, cinco) y </p><p><span style="color:#ffffff;">..........</span>5) las características del agresor (13%, dos). </p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p>Los resultados anteriormente expuestos ponen de manifiesto la importancia que los Estados miembros de la Unión Europea atribuyen a la evaluación de las medidas, para erradicar la violencia contra las mujeres, reconocimiento que coincide con las recomendaciones elaboradas en las reuniones de expertas/os, así como la menor relevancia, que, actualmente, conceden a las características del agresor. </p><p><br />Las respuestas dadas al Cuestionario reflejan que, en los últimos años, se han llevado a cabo, en la Unión Europea, importantes encuestas e investigaciones sobre la violencia contra las mujeres, que representan un gran avance en el conocimiento sobre dicho problema, y que este conocimiento podría verse favorecido, en trabajos futuros, si se incrementara la comparabilidad de los datos de diferentes países, homogeneizando la forma de recogerlos, así como incluyendo preguntas comunes en las encuestas periódicas nacionales, para poder examinar, de forma regular, el conocimiento y la sensibilidad de la población europea, ante la violencia contra las mujeres. </p><p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_29.1.jpg" border="0" /><br />Como puede observarse en el gráfico 2.6.3, doce de los quince Estados miembros (80%) expresan su disponibilidad a participar en un estudio sobre violencia contra las mujeres, con preguntas consensuadas por todos los países de la Unión. Además, trece Estados miembros (87%) estarían dispuestos a incluir un conjunto de preguntas específicas sobre este tipo de violencia, también consensuadas, en los barómetros periódicos que pudieran realizarse, bien a nivel de la Unión Europea, bien a nivel nacional. </p><p></p><p></p><p></p><p></p><p><span style="font-size:0;"><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_30.jpg" border="0" /></span></p><br /><p></p><p><strong>2.7. Registros</strong> </p><p><br />En el gráfico 2.7.1, se incluyen los resultados, sobre los tipos de datos registrados, en los Estados miembros, referidos a las denuncias de delitos. Diez de los quince países de la Unión (67%) afirman contar con datos sobre los actos tipificados como delitos, relativos a la violencia contra las mujeres.</p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_31.jpg" border="0" /><br />Como puede observarse, el dato recogido, de forma más generalizada, en los registros de las denuncias de delitos, es el sexo del agresor (en once de los países, 73%), seguido de otras informaciones, que también tienen una gran relevancia para el tema que aquí nos ocupa, como la edad y el sexo de la víctima, la edad del agresor y la relación entre una y otro (en diez, 67%). El resto de los datos por los que se pregunta son registrados por la minoría de países, oscilando los porcentajes entre un 47% (siete), en el caso del lugar de comisión del delito y nacionalidad del agresor, y un 20% (tres), en el del nivel educativo de la víctima.<br />En las respuestas al Cuestionario que se presentan, se refleja que los sistemas de registro de sentencias son, en general, bastante más incompletos que los empleados para las denuncias.<br />Como puede observarse en el gráfico 2.7.2, los únicos datos de las sentencias registrados en la mayor parte de los países de la Unión Europea son: El tipo de pena y la duración de la condena, en nueve paíes (60%), por una parte, y la edad y el sexo del agresor, en ocho (53%), por otra. Los otros datos considerados en relación a las sentencias, según el número de países que las registran, son los siguientes: Edad y sexo de la víctima, en seis países (40%); estado civil de la víctima y del agresor, nacionalidad del agresor y seguimiento de la condena, en cinco (33%); nacionalidad de la víctima, relación víctima-agresor y lugar del delito, en cuatro (27%) y, por último, nivel educativo de la víctima y del agresor, en tres (20%). <img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_32.jpg" border="0" /><br /><p></p><p></p><p>Como puede observarse en el gráfico 2.7.3, siete de los quince Estados de la Unión Europea (47%) afirman que llevan a cabo registros sistemáticos de los casos de violencia detectados en los centros y casas de acogida; cuatro (27%), en los servicios de emergencia, y tan sólo uno de ellos (7%) en los servicios de urgencias de hospitales o clínicas. Conviene tener en cuenta, en este sentido, que, en estos contextos y especialmente en los dos primeros, podría recogerse abundante información sobre las víctimas y los agresores, la relación entre ambos, el tipo y condiciones de la violencia, las reacciones de la víctima, personas con las que entraron en contacto... Esta información suele quedar sin explotación, debido a dificultades de tiempo y recursos de las personas que trabajan con las víctimas, que estarían, sin embargo, muy dispuestas a proporcionarla, para mejorar la evaluación de los servicios y necesidades existentes y, con ello, la eficacia de medidas destinadas a paliar los efectos de la violencia hacia las mujeres y erradicar dicho problema. </p><p></p><p></p><p></p><p></p><p><img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_33.jpg" border="0" /></p><br /><p></p><p>Los datos anteriormente expuestos reflejan que el sistema de registros de los casos de violencia sigue siendo, como se afirmaba en la Conferencia de la Unión Europea, sobre la evaluación de la Campaña Tolerancia Cero y en el estudio del Lobby Europeo de Mujeres, de 1999 (Dévoiler les données cachées de la violence domestique dans l´UE, 1999) (Sacar a la luz los datos ocultos de la violencia doméstica en la Unión Europea), uno de los ámbitos menos privilegiados entre las acciones emprendidas para combatir la violencia contra las mujeres, aunque la disponibilidad a mejorarlo es casi unánime, entre los quince Estados miembros, ya que catorce de ellos (93%) afirman haber realizado mejoras, desde 1995, y doce (80%) que están dispuestos a unificar algunos de los datos incluidos en dichos registros, para poder integrarlos, a nivel europeo.<br />En el gráfico 2.7.4, se incluyen los porcentajes relativos al número de países que afirman estar dispuestos a incluir, en el registro de las denuncias, cada uno de los datos por los que se pregunta. Como puede observarse en dicho gráfico, la disponibilidad es especialmente alta, respecto al tipo de delito, edad y sexo de la víctima y lugar de comisión del delito, en trece Estados (87%). También es bastante alta la disponibilidad a incluir datos sobre la nacionalidad de la víctima, edad, sexo y nacionalidad del agresor, y relación víctima-agresor, en doce (80%). Once países (73%) están dispuestos a incluir datos sobre estado civil de la víctima y del agresor y nivel educativo de este último. Registrar información sobre el nivel educativo de la víctima y sobre la persona denunciante lo aceptan diez de los países (67%). Por último, ocho Estados miembros (53%) estiman oportuno incluir, en los registros nacionales, datos sobre la retirada de denuncias. <img style="DISPLAY: block; MARGIN: 0px auto 10px; CURSOR: hand; TEXT-ALIGN: center" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Estudio_img_34.jpg" border="0" /></p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">..</span></p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><p><span style="color:#ffffff;">.</span></p><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1149501217399731592006-06-05T11:52:00.000+02:002007-05-26T10:13:28.645+02:00OBJETIVOS Y METODOLOGÍA DEL ESTUDIO<div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"></div><div align="justify">1.1. <strong>Objetivos </strong></div><div align="justify"><br />El principal objetivo de este Estudio consiste en servir de punto de partida para la elaboración de una Guía de Buenas Prácticas, con el fin de paliar los efectos de la violencia contra las mujeres y contribuir a su erradicación, en el marco de la Unión Europea, de manera que ayude a superar las dificultades mencionadas en la Plataforma para la Acción de Beijing, sobre la escasez de información sistemática que dificulta la elaboración de los programas y el seguimiento de los cambios (...) y obstaculiza los esfuerzos encaminados a preparar estrategias concretas de intervención. Para ello, es necesario, como se ha propuesto en el documento de Ejecución de la Plataforma para la Acción, 1995-2000: crear una base internacional de conocimientos, sobre los modos de poner fin a la violencia contra las mujeres, que incluya directrices, modelos de legislación, módulos de capacitación, procedimientos de documentación y otros materiales decisivos al respecto. </div><div align="justify"><br /></div><div align="justify">Para avanzar en la consecución del objetivo general, anteriormente expuesto, se propusieron, en su momento, los siguientes <strong>objetivos de carácter más específico</strong>: </div><div align="justify"><br />1) Conocer qué avances se han producido, en la Unión Europea, respecto a las medidas propuestas en la Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, para mitigar los efectos de la violencia contra ellas y erradicar dicho problema. La recogida sistemática de dichos avances, llevada a cabo en este Estudio, necesaria para su valoración global, se ha utilizado, además, como punto de partida para el análisis comparado que se incluye en la Guía de Buenas Prácticas. </div><div align="justify"><br />2) Elaborar criterios, para seleccionar ejemplos de buenas prácticas llevadas a cabo en los Estados miembros de la Unión Europea, con el fin de incluir su descripción en la Guía, de forma que puedan servir como referencia para otros países y contextos que estén iniciando o planificando medidas similares. </div><div align="justify"><br />3) Incluir en la recopilación de las buenas prácticas: </div><div align="justify"><br />Además de las referidas a la violencia doméstica, el tema más estudiado, las llevadas a cabo respecto a la violencia sexual y la violencia en el trabajo. </div><div align="justify">Tanto las relacionadas con las medidas legales, judiciales y policiales, consideradas en casi todos los trabajos realizados, con anterioridad, en la Unión Europea, sobre la violencia contra las mujeres, como otro tipo de medidas menos estudiadas (como la formación especializada, los recursos y servicios sociales para las víctimas, la rehabilitación de los agresores, los sistemas de registro de los datos, las encuestas e investigaciones), al mismo tiempo que las medidas de sensibilización y educación, casi nunca incluidas en los trabajos anteriores. </div><div align="justify"><br />4) A partir del conocimiento resultante de los objetivos anteriores, elaborar propuestas de buenas prácticas, para paliar los efectos de la violencia contra las mujeres y contribuir a su erradicación en el marco de la Unión Europea. </div><div align="justify"><br />5) Facilitar la elaboración de pautas y procedimientos para evaluar el seguimiento de las propuestas destinadas a la lucha contra la violencia hacia las mujeres, en la Unión Europea, algunas de las cuales podrían ser incluidas en los estudios generales o específicos, a realizar en los Estados miembros, para obtener datos que permitan su comparación (al ser aplicados en distintos momentos y en diferentes países). </div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"></div><div align="justify"><br /><strong>1.2. Metodología</strong> </div><div align="justify"><br /><strong>1.2.1. Procedimiento seguido para la recogida de la información </strong></div><strong><div align="justify"><br /></strong>Para recoger la información sobre las buenas prácticas desarrolladas en los Estados miembros de la Unión Europea, se elaboró el Cuestionario que se incluye en el anexo, en el que se introducen preguntas agrupadas en siete bloques, según la temática a la que hacen referencia: </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">...............</span>Sensibilización<br /><span style="color:#ffffff;">...............</span>Educación y formación especializada<br /><span style="color:#ffffff;">...............</span>Recursos y Servicios sociales para las víctimas<br /><span style="color:#ffffff;">...............</span>Medidas específicas dirigidas a la rehabilitación de los agresores<br /><span style="color:#ffffff;">...............</span>Medidas legales, judiciales y policiales<br /><span style="color:#ffffff;">...............</span>Encuestas e investigaciones<br /><span style="color:#ffffff;">...............</span>Sistemas de registro de los datos sobre la violencia contra la mujeres </div><div align="justify"><br />El Cuestionario se completa con un último bloque de preguntas, el octavo, en el que se solicita que se describan las tres medidas más eficaces adoptadas en cada país, en relación a los siete ámbitos anteriores. </div><div align="justify"><br />Con carácter general, las preguntas planteadas en los siete primeros bloques se presentan en forma de tabla, debiendo cumplimentar las respuestas, poniendo un aspa en la casilla correspondiente, o marcando un determinado número. Este formato facilita la cuantificación global de las respuestas. Además, en todos los bloques del Cuestionario, se incluye uno o más apartados de observaciones, en los que se pueden introducir las matizaciones o comentarios oportunos, relativos a las medidas referidas y a su correspondiente valoración. Las observaciones incluidas en dichos apartados permiten matizar el sentido en el que se ha interpretado la pregunta y proporcionan información de extraordinaria relevancia, para la descripción de las medidas en la Guía de Buenas Prácticas. </div><div align="justify"><br /></div><div align="justify">A la hora de elaborar el Cuestionario empleado en este Estudio, se tuvieron en cuenta las recomendaciones y análisis que, sobre la violencia contra las mujeres, se incluyen en los siguientes documentos: </div><div align="justify"><br />1) La Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, celebrada en Beijing en 1995. En la Guía, elaborada a partir de este Estudio, puede encontrarse una referencia detallada de las propuestas incluidas en la citada Plataforma en cada una de las siete áreas temáticas que configuran la estructura del Cuestionario. </div><div align="justify"><br />2) Los documentos elaborados en reuniones organizadas, a partir de 1995, por la Unión Europea, sobre medidas para combatir la violencia contra las mujeres, entre los que es preciso destacar los confeccionados a partir de: la Conferencia de expertas/os, Viena 1998; la Conferencia Ministerial de Colonia, 1999; la Conferencia de expertas/os de Jyväskylä, 1999, y la Conferencia de clausura de la Campaña Europea contra la Violencia, Lisboa 2000. En dichas reuniones, se elaboraron recomendaciones específicas, respecto a los siguientes temas incluidos en este Estudio: formación especializada, recursos y servicios sociales para las víctimas, rehabilitación de agresores, medidas legales judiciales y policiales, encuestas e investigaciones y sistemas de registro de datos. En cada uno de los bloques de la Guía que tratan sobre estos temas, puede encontrarse una referencia detallada de las recomendaciones propuestas en las mencionadas reuniones. </div><div align="justify"><br />3) Los documentos elaborados, con posterioridad a 1995, por el Consejo de Europa, sobre buenas prácticas para combatir la violencia contra las mujeres, entre los que cabe destacar el Informe Legislation in the Member States of the Council of Europe in the field of violence against women, 2001 (Legislación en los Estados miembros del Consejo de Europa en el campo de la violencia contra las mujeres, 2001). En la Guía de Buenas Prácticas, puede encontrarse una referencia de las recomendaciones del Consejo de Europa sobre los mismos temas mencionados en el apartado anterior. </div><div align="justify"><br />4) Los trabajos realizados por las ONG, dentro de la Iniciativa y el Programa DAPHNE de la Unión Europea, entre los que cabe destacar los referidos en el Informe de Evaluación general de 1998, así como los llevados a cabo, en diversos países europeos, por el Lobby Europeo de Mujeres:<em> Dévoiler les données cachées de la violence domestique dans l’UE, 1999</em> (Sacar a la luz los datos ocultos de la violencia doméstica en la Unión Europea, 1999) y por la asociación española de mujeres juristas THEMIS: Guía de buenas prácticas y usos forenses para combatir la violencia de género, 2001 y Guía de los derechos de las mujeres víctimas de violencia familiar, 2001. </div><div align="justify"><br />A partir de la información anteriormente mencionada, el Instituto de la Mujer, juntamente con un equipo investigador de la Universidad Complutense de Madrid, elaboró el Cuestionario, que fue enviado a la Comisión Europea, así como a Bélgica y Dinamarca, países que precedían y sucedían a España en la Presidencia de la Unión Europea, con el fin de dar continuidad a los trabajos realizados durante la presidencia de los tres países. Durante los seis meses de la Presidencia belga, se trabajó en el tema de la discriminación salarial, por lo que, en el Cuestionario de la violencia contra las mujeres, elaborado por España, se incluye la violencia en el trabajo como una forma de continuar analizando las discriminaciones de las mujeres en el ámbito laboral. </div><div align="justify"><br />Por otra parte, Dinamarca tiene previsto elaborar una serie de indicadores para medir y valorar la eficacia de las buenas prácticas que puedan ponerse en marcha para luchar contra la violencia doméstica, analizando los posibles cambios producidos a lo largo del tiempo.<br />Posteriormente, se elaboró la versión definitiva del Cuestionario, que fue enviada a los quince Estados miembros de la Unión Europea, con el objetivo de recoger la información para este Estudio. </div><div align="justify"><br />En los análisis realizados, para la elaboración del Estudio, que se presenta en estas páginas, y de la Guía de Buenas Prácticas, se ha tenido en cuenta, prioritariamente, la información proporcionada por los países miembros de la Unión Europea. </div><div align="justify"></div><div align="justify"><br /><strong>1.2.2. Criterios de categorización y cuantificación de las respuestas del cuestionario </strong></div><strong><div align="justify"><br /></strong>Para valorar los resultados que se presentan a continuación, conviene tener en cuenta lo siguiente: </div><div align="justify"><br />1) Como se ha señalado anteriormente, todos los análisis que se presentan hacen referencia a los resultados obtenidos con la aplicación del Cuestionario, sobre las medidas disponibles en los quince Estados miembros. Estos resultados están expresados, siempre, en porcentajes, para facilitar su comparación. </div><div align="justify"><br />2) Los porcentajes se han calculado sobre los quince Estados miembros, aunque en algunos casos haya países que no han contestado la pregunta en cuestión. En los gráficos utilizados, salvo en los diagramas circulares, se representan solamente los porcentajes de los países que han afirmado que disponen de la medida sobre la que se les pregunta. En el porcentaje restante hasta cien, se incluyen no sólo a los que responden negativamente, sino también a los que no contestan. </div><div align="justify"><br />3) En la integración de los datos proporcionados por los quince Estados miembros, sobre la disponibilidad de una determinada medida, se ha tratado de mantener siempre los mismos criterios, completando, para ello, la información proporcionada en las respuestas cerradas (eligiendo una casilla o marcando con un aspa) con las observaciones y matices realizados por cada Estado miembro, sobre dicha medida, en las preguntas de tipo abierto.</div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">..</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">..</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">..</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">..</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span> </div><div align="justify"><span style="color:#999999;">..</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span> </div><div align="justify"> </div><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1149500912592151402006-06-05T11:47:00.000+02:002007-05-26T10:18:20.656+02:00INTRODUCCIÓN.<div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify">Tras la IV Conferencia Mundial de Naciones Unidas sobre las Mujeres, celebrada en Beijing, en 1995, el Consejo Europeo de Madrid, de diciembre de 1995, encargó a los Estados miembros de la Unión Europea que realizaran un examen anual de la aplicación de la Plataforma para la Acción. </div><div align="justify"><span style="color:#999999;">. </span><br />El proceso de seguimiento de esta Plataforma para la Acción, durante los años 1996 y 1997, puso de manifiesto la necesidad de que la Unión Europea llevara a cabo una observación y evaluación más coherentes y sistemáticas de la aplicación de la misma.<br /><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify">El Consejo de 2 de diciembre de 1998 convino en que el examen anual de la aplicación de la Plataforma para la Acción incluiría una propuesta sobre un conjunto sencillo de indicadores y de índices de referencia, que permitieran una evaluación comparada de los avances producidos en la Unión Europea, y sugirió que se empezara por los relativos a las mujeres en la toma de decisiones. Este tema fue objeto del trabajo de la Presidencia finlandesa, en el segundo semestre de 1999. </div><div align="justify"><span style="color:#999999;">. </span><br />Por su parte, el Consejo de 22 de octubre de 1999 adoptó una serie de conclusiones, entre las que se incluía la de estudiar, en los próximos años, la violencia contra las mujeres y las mujeres en la economía. Sobre el último de estos dos temas, han tratado los trabajos de la Presidencia francesa de 2000 (conciliación de la vida familiar y profesional) y de la Presidencia belga de 2001 (igualdad salarial), por lo que, de acuerdo con la agenda decidida en 1999, el estudio de la violencia contra las mujeres corresponde al año 2002. </div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;"><span style="color:#999999;">. </span><br /></span>Por ello, la Presidencia española de la Unión Europea se ha propuesto realizar, durante el primer semestre del año 2002, el Estudio que aquí se presenta y una Guía sobre buenas prácticas que contribuya a paliar los efectos de la violencia contra las mujeres y conseguir su erradicación. </div><div align="justify"></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span><br /><strong>Conceptualización de los tipos de violencia estudiados</strong> </div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span><br />En 1995, la Organización de las Naciones Unidas, en el ámbito de la Plataforma para la Acción de Beijing, además de establecer, como uno de sus objetivos estratégicos, la lucha para erradicar la violencia contra las mujeres, formuló una definición de la misma como todo acto de violencia sexista que tiene como resultado posible o real un daño de naturaleza física, sexual o psicológica, incluyendo las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad para las mujeres, ya se produzcan en la vida pública o en la privada. Por consiguiente, la violencia contra las mujeres puede tener, entre otras, las siguientes formas:</div><p align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;"><span style="color:#999999;">..............</span>.</span>a) La violencia física, sexual y psicológica en la familia. </p><p align="justify"><span style="color:#ffffff;"><span style="color:#999999;">..............</span>.</span>b) La violencia física, sexual y psicológica en su entorno social.</p><p align="justify"><span style="color:#ffffff;"><span style="color:#999999;">..............</span>.</span>c) La violencia física, sexual y psicológica perpetrada o tolerada por el Estado dondequiera que ocurra. </p><div align="justify"><br />A pesar de la amplitud de dicha definición, este Estudio sobre buenas prácticas trata acerca de la violencia doméstica, la violencia sexual y la violencia en el trabajo, excluyendo, expresamente, dentro de la violencia sexual, diferentes formas, como el tráfico de mujeres y la prostitución. En él, se presta una especial atención a la violencia doméstica, debido a las enormes dimensiones alcanzadas por este problema en nuestra sociedad, así como la especial dificultad existente para su detección y erradicación.</div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span><br />Son muchas las definiciones proporcionadas en los últimos años, sobre los tipos de violencia considerados en este Estudio. Referenciar aquí todas ellas resulta una misión ímproba, difícil y, posiblemente, innecesaria, teniendo en cuenta las limitaciones contextuales de este trabajo. En consecuencia, se va a intentar aportar una definición aglutinadora de un gran número de ellas, señalando las características comunes distintivas de cada una de las violencias estudiadas: doméstica, sexual y en el trabajo. </div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><br /><strong>Violencia doméstica</strong> </div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.<br /></span>Se entendería como violencia doméstica aquel tipo de violencia, ya sea física, sexual y/o psicológica –en este último caso, si se produce de manera reiterada-, ejercida sobre la/el cónyuge o la persona que está o haya estado ligada al agresor por una relación de afectividad, o sobre aquellos miembros de la familia que forman parte del mismo núcleo de convivencia. En muchos casos, sobre todo en el de la violencia doméstica ejercida sobre las mujeres, ésta tiene lugar porque el agresor está en una posición de dominio permanente sobre la mujer. </div><div align="justify"><br />Los elementos que debería reunir cualquier definición de violencia doméstica son los siguientes: </div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span><br /><span style="color:#ffffff;">.</span><span style="color:#999999;">.............. </span>Ejercicio de violencia física, sexual y/o psicológica. <span style="color:#ffffff;">..............</span> </div><div align="justify">Practicada por la/el cónyuge o excónyuge, pareja de hecho, expareja o cualquier otra persona con la que la víctima forme o haya formado una unión sentimental (novias/os) o por cualquier otro miembro de la unidad familiar.<br /><span style="color:#999999;">................</span>El agresor está en una situación de dominio permanente, en el caso de la violencia doméstica ejercida contra las mujeres.<br /><span style="color:#999999;">................</span>Habitualidad, esto es, reiteración de los actos violentos, en el caso de la violencia psicológica. </div><div align="justify"></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><br /><strong>Violencia sexual</strong> </div><div align="justify"><br />Podría denominarse como violencia sexual a todo acto en el que se obliga a una persona a soportar, bajo coacción, de otra u otras personas, acciones de naturaleza sexual o a realizarlas.<br />Las características que debería reunir cualquier definición de violencia sexual son las siguientes:<br /><span style="color:#999999;">...............</span>Se refiere a cualquier acto abusivo de naturaleza sexual.<br /><span style="color:#999999;">...............</span>Atenta contra la libertad sexual de una persona, lesionando su dignidad. </div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"></div><div align="justify"><br /><strong>Violencia en el trabajo</strong> </div><div align="justify"><br />Al hablar de este tipo de violencia, se haría referencia a la conducta abusiva, ejercida, en el lugar de trabajo, tanto por superiores jerárquicos como por iguales, sin el consentimiento de la persona que la sufre, de forma que crea un ambiente laboral intimidatorio, hostil y humillante para la víctima, y pone en peligro su puesto de trabajo o condiciona su carrera profesional. </div><div align="justify"><br />En consecuencia, los elementos que caracterizan a la violencia en el trabajo son los siguientes: </div><div align="justify"><br /><span style="color:#999999;">................</span>Conducta abusiva.<br /><span style="color:#ffffff;"><span style="color:#999999;">...............</span>.</span>Producida en el lugar de trabajo.<br /><span style="color:#ffffff;"><span style="color:#999999;">...............</span>.</span>Indeseada por parte de la persona que la sufre.<br /><span style="color:#999999;">................</span>Crea un ambiente de trabajo intimidatorio, hostil y humillante para la víctima.<br /><span style="color:#999999;">................</span>Pone en peligro el puesto de trabajo y limita las posibilidades de promoción profesional. </div><div align="justify"><br />Dentro del concepto de violencia en el trabajo, se consideran dos manifestaciones diferentes: El acoso sexual y el acoso moral. La única característica diferenciadora de uno y de otro es la connotación sexual que tiene la conducta originadora del primero.</div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"></div><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1148998970319458912006-05-30T16:21:00.000+02:002007-05-26T10:19:48.346+02:00GUIA DE BUENAS PRACTICAS<span style="color:#999999;">.<br />.<br />.<br />.<br /></span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/05/introduccin.html"><span style="color:#000000;">Introducción</span></a><span style="color:#000000;"><br /></span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/05/sensibilizacin.html"><span style="color:#000000;">Sensibilización</span></a><span style="color:#000000;"><br /></span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/05/educacion-y-formacion-especializada.html"><span style="color:#000000;">Educación y formación especializada</span></a><span style="color:#000000;"><br /></span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/05/recursos-y-servicios-sociales-para-las.html"><span style="color:#000000;">Recursos y servicios sociales para las víctimas</span></a><span style="color:#000000;"><br /></span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/05/medidas-especificas-dirigidas-la.html"><span style="color:#000000;">Medidas específicas dirigidas a la rehabilitación de los agresores</span></a><span style="color:#000000;"><br /></span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/05/medidas-legales-judiciales_114899828827632493.html"><span style="color:#000000;">Medidas legales, judiciales y policiales </span></a><br /><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/05/encuestas-e-investigacion.html"><span style="color:#000000;">Encuestas e investigación</span></a><span style="color:#000000;"><br /></span><a href="http://mariajosediaz-aguado.blogspot.com/2006/05/registros-sobre-violencia-contra-las.html"><span style="color:#000000;">Registros sobre violencia contra las mujeres</span></a><br /><p align="left"><span style="color:#999999;">,</span></p><span style="color:#999999;">.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />..<br />.</span><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1148998786086967232006-05-30T16:18:00.000+02:002007-05-26T10:22:17.112+02:00REGISTROS SOBRE VIOLENCIA CONTRA LAS MUJERES<div align="justify"><br /><strong>7.1. Medidas relacionadas con registros sobre violencia contra las mujeres, propuestas en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres</strong> </div><div align="justify"><br />La Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial aborda la problemática de los registros y estadísticas, sobre la violencia contra las mujeres, en los siguientes términos: La ausencia de datos estadísticos y datos desagregados por sexo, sobre la incidencia de la violencia, hace difícil la elaboración de programas y el seguimiento de los cambios. La falta de documentación adecuada y de investigación sobre violencia doméstica, acoso sexual y violencia contra mujeres y niñas, en lugares públicos y privados, incluido el lugar de trabajo, obstaculiza los esfuerzos encaminados a preparar estrategias concretas de prevención. </div><div align="justify"><br /><strong>7.2. Características de las buenas prácticas, sobre la violencia contra las mujeres, en registros y estadísticas </strong></div><strong><div align="justify"><br /></strong>Desde la Conferencia de personas expertas de la Unión Europea, sobre Medidas para combatir la violencia de los hombres contra las mujeres, celebrada en Viena, en 1998, se proponen las dos recomendaciones siguientes, sobre los registros y estadísticas: </div><div align="justify"><br />La policía debe desarrollar un sistema de documentación funcional, que no solamente registre el número de llamadas de auxilio, sino también el tipo de acción policial, datos específicos personales e informaciones acerca de detenciones anteriores, procesamientos y condenas. </div><div align="justify"><br />La policía debe poner en práctica mecanismos de control permanentes y eficaces, que puedan utilizarse, tanto en las unidades policiales, como por personas expertas ajenas a ella. </div><div align="justify"><br />En la Conferencia Ministerial sobre Violencia contra las Mujeres, celebrada en Colonia, en 1999, se debatió sobre la necesidad de incorporar mejoras en los registros, de forma que contribuyeran a delimitar la extensión, las causas y las consecuencias de dicho problema, para lo cual se propuso pedir, a los Estados miembros, la constitución de grupos, a nivel europeo, formados por investigado-ras/es y expertas/os de ONG, que contribuyan a obtener informaciones útiles y bases de datos con criterios comunes, así como a la elaboración de programas de investigación multidisciplinares, que tengan especialmente en cuenta la relación entre el culpable y la víctima. </div><div align="justify"><br />En la Conferencia de Lisboa de 2000, en la que se analizaron los resultados de la Campaña Tolerancia Cero, se destacó, de forma explícita, que una de las áreas menos privilegiadas ha sido la de sistemas de recogida y registros estadísticos de sucesos violentos. Solamente cuatro Estados miembros (España, Francia, Luxemburgo y Reino Unido) han promovido esfuerzos en este sentido. </div><div align="justify"><br />Desde el Consejo de Europa, también se ha reconocido, en repetidas ocasiones, la necesidad de mejorar los registros y estadísticas de la violencia contra las mujeres, llegando a concluir que: Por desgracia, la mayoría de los Estados miembros del Consejo de Europa carece aún de datos estadísticos precisos, para evaluar la envergadura y el peso social que constituyen los actos de violencia contra las mujeres. El Estado se basa, casi siempre, en los datos facilitados por las asociaciones y hace descansar su política principalmente en ellas. Es lamentable que las grandes agencias estadísticas, nacionales o europeas (EUROSTAT), posean muy escasos datos sobre la materia. ¿Cómo evaluar las necesidades, aplicar políticas eficaces y comprobar la incidencia de estas últimas sin la herramienta estadística? </div><div align="justify"><br />(...) Es de destacar, no obstante, que, desde las Conferencias de Beijing y el Cairo, los Estados se han ido implicando cada vez más en este tema (Asamblea Parlamentaria de 15-3-2000). </div><div align="justify"><br />Para avanzar en la superación de dichos problemas, el Consejo de Europa, en la reunión celebrada sobre este tema, en diciembre de 2000, propone las siguientes recomendaciones:</div><div align="justify"><br />Establecer servicios que proporcionen informaciones estadísticas precisas, sobre la extensión de la violencia contra las mujeres y las demandas a las que es preciso dar respuesta.</div><div align="justify"><br />Desarrollar un marco nacional que asegure la consistencia en la obtención de las estadísticas y su correspondencia con los registros europeos. </div><div align="justify"><br />Recoger, sistemáticamente, los datos nacionales, procedentes de todas las organizaciones que tienen contacto con las mujeres que sufren la violencia. </div><div align="justify"><br />Publicar y divulgar los datos nacionales, sobre los servicios disponibles para luchar contra la violencia hacia las mujeres. </div><div align="justify"><br />Presentar informes regulares de los progresos del plan de acción y compartir información, sobre las buenas prácticas, entre todas las personas implicadas. </div><div align="justify"></div><div align="justify"><br /><strong>7.3. Buenas prácticas relacionadas con los registros de la violencia contra las mujeres, en los Estados miembros de la Unión Europea </strong></div><strong><div align="justify"><br /></strong>En la misma dirección de lo detectado en las reuniones anteriormente mencionadas, las respuestas de los Estados miembros, a las preguntas sobre registros y estadísticas incluidas en el Cuestionario de Buenas Prácticas, reflejan que siguen existiendo, en este campo, importantes limitaciones y que la ausencia de un marco común, para la recogida de datos y la presentación de estadísticas, hace muy difícil la comparación entre países. Se resumen, a continuación, los sistemas descritos en dicho Cuestionario por los Estados miembros. </div><div align="justify"><br />El sistema de registro de delitos en Alemania es uno de los más elaborados, ya que incluye, además del tipo de delito, varios datos de la víctima y del agresor, como la edad, el sexo y la nacionalidad, así como el tipo de relación entre ambos, lo que permite un tratamiento más adecuado de la dimensión del problema de la violencia contra las mujeres. Esta información es procesada por el Ministerio del Interior, que presenta estadísticas anuales. </div><div align="justify"></div><div align="justify"><span style="color:#993399;">La recogida sistemática de datos en los centros de emergencia, acogida y asesoramiento existentes en Alemania representa, también, una buena práctica, puesto que, aunque dichos datos pueden tener algunos sesgos, constituyen una información esencial para avanzar en el conocimiento de la violencia doméstica.</span></div><span style="color:#993399;"></span><div align="justify"><br />Este país señala que ha mejorado sus sistemas de registro, desde 1995.<br /></div><div align="justify">Con respecto a la evaluación de los registros de delitos, otorga la máxima calificación a la actualización, pero una mínima a la información proporcionada y a su utilidad en la lucha contra la violencia, lo que corrobora las conclusiones del Informe del Lobby Europeo de Mujeres (Dévoiler les données cachées de la violence domestique dans l´UE) (Desvelar los datos escondidos de la violencia doméstica en la Unión Europea) (1999).<br /></div><div align="justify">Alemania, consciente de la importancia de estos registros, manifiesta su disponibilidad a consensuar un sistema común europeo, respondiendo afirmativamente a todos los elementos que sobre este tema se plantean en el Cuestionario.<br /></div><div align="justify">En el sistema de registro de delitos de Austria, se recoge la edad y el sexo de la víctima y del agresor, la nacionalidad de éste último y el tipo de relación entre ambos. Los datos son elaborados por el Ministerio del Interior, que presenta estadísticas anuales, nacionales y regionales. Se señala que dicho sistema ha mejorado, desde 1995.<br /></div><div align="justify"><span style="color:#993399;">Una buena práctica, existente en Austria, es la utilización de los registros oficiales en los trabajos de investigación sobre la violencia contra las mujeres, como el llevado a cabo a raíz de 1.074 resgistros policiales, a partir de los cuales se seleccionó a un conjunto de víctimas y agresores y se llevaron a cbo 32 entrevistas en profundidad, destinadas a evaluar la alicación de la Ley de Protección frente a la Violencia doméstica.</span></div><div align="justify"><span style="color:#993399;"></span></div><div align="justify">También, sobre esta ley, se ha realizado un estudio con mujeres migrantes y sus hijas/os, basado en 60 entrevistas a víctimas, agresores y personas expertas, en el que se analiza la aplicación de la ley, así como las causas y consecuencias de la violencia contra las mujeres, que se encuentran en esta situación de especial vulnerabilidad, cuya atención prioritaria ha sido destacada, tanto en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, como en las reuniones llevadas a cabo en la Unión Europea, sobre este tema.<br /></div><div align="justify">En las respuestas al Cuestionario, Austria no evalúa sus sistemas de registro y estadísticas y manifiesta su disponibilidad a consensuar datos comunes con los países de la Unión Europea, en toda la información requerida sobre los delitos, con dos únicas excepciones: sobre la persona denunciante y sobre la retirada de la denuncia.<br /></div><div align="justify">En Bélgica, los registros de delitos sólo incluyen datos, no sistemáticos, sobre la edad de la víctima y del agresor. Estos datos son elaborados por el Ministerio del Interior, organismo que presenta estadísticas nacionales, con periodicidad anual. En las respuestas al Cuestionario, este país no evalúa la calidad de dicho registro y manifiesta, en general, su disponibilidad a consensuar datos comunes con los Estados miembros de la Unión Europea, sin especificar qué elementos podrían formar parte de dicho consenso.<br /></div><div align="justify">En Dinamarca, la policía recoge información sobre los diferentes tipos de delitos, aunque no se incluyen datos de la víctima ni del agresor, ni tampoco sobre la relación entre ambos. El Ministerio de Justicia elabora estadísticas nacionales, con periodicidad trimestral. Mucho más detallado es el registro referido a sentencias, en el que se recogen múltiples datos de la víctima (edad, sexo, nacionalidad, estado civil y nivel educativo), aunque no del agresor, así como información sobre el tipo de sentencia, su duración y seguimiento. A partir de dicha información, el Ministerio de Justicia elabora estadísticas nacionales, regionales y locales, con periodicidad anual.<br /></div><div align="justify">Dinamarca también señala haber mejorado el sistema de registro, desde 1995, así como su disponibilidad a consensuar registros comunes con los países de la Unión Europea, tanto en lo que se refiere a delitos como a sentencias. En el primer caso, contesta afirmativamente, respecto a todos los elementos por los que se pregunta, con la excepción de los que se refieren a los datos del agresor. En las sentencias, su disponibilidad al consenso se extiende a todos los elementos.<br /></div><div align="justify">El sistema de registros en España es uno de los más elaborados, proporcionando información bastante detallada, que incluye: edad, sexo y nacionalidad de la víctima, sexo del agresor, relación entre ambos, identidad de la persona que presenta la denuncia y lugar de comisión del delito. Este último dato es de gran relevancia para calificar el tipo de violencia y poder avanzar en la delimitación de condiciones y contextos de riesgo. Los datos son recopilados por el Ministerio del Interior, que elabora estadísticas nacionales, regionales y locales, con periodicidad mensual.<br /></div><div align="justify">España señala que viene mejorando, desde 1995, sus sistemas de registro. De hecho, está previsto poner en marcha un nuevo módulo estadístico, a lo largo de este año 2002. Entre otras modificaciones, con este nuevo módulo, se pretende ampliar la información recogida, en relación a la violencia doméstica, a las parejas y exparejas de hecho y a las/os novias/os.<br /></div><div align="justify">En cuanto a la valoración, otorga calificaciones máximas a la información y actualización, pero mucho menor (5 sobre 10) a la eficacia de los registros.<br /></div><div align="justify">Manifiesta su disponibilidad a consensuar registros comunes con otros países de la Unión Europea, en todos los elementos por los que se pregunta, añadiendo, además, algunos otros datos de interés, que permitirían disponer de información para realizar estudios más detallados de la violencia contra las mujeres y las condiciones de riesgo, como el consumo de sustancias estupefacientes, en el momento de la comisión del delito, el maltrato a las/os hijas/os y el número de denuncias presentadas. Esta necesidad de registros comunes ya ha sido reconocida por España en su Plan Integral de Acción contra la Violencia Doméstica 2001-2004.<br /></div><div align="justify">El sistema de registro de delitos de Finlandia es de los más completos, ya que recoge datos de la víctima y del agresor: edad, sexo, nacionalidad y nivel educativo. También se especifica la relación entre el agresor y la víctima, en los casos de violencia doméstica, y recoge muy detalladamente el lugar del delito. Las fuentes son el Ministerio del Interior y el Instituto Finlandés de Estadística. Se obtienen anualmente, a nivel nacional y regional. Además, se registra la persona que presenta la denuncia, así como datos sobre la retirada. Los registros de sentencias no incluyen datos sociodemográficos de las víctimas, pero sí del agresor (edad, sexo y nacionalidad). Se especifica el tipo de sentencia y su duración, pero no el seguimiento. Las fuentes son el Registro Legal y las Estadísticas de Finlandia. Se presentan anualmente a nivel nacional.<br /></div><div align="justify">Finlandia señala que ha mejorado sus sistemas de registro desde 1995 y otorga una buena valoración a sus registros de delitos, especialmente en actualización y en utilidad para tomar medidas. Las valoraciones otorgadas a los registros siguen siendo positivas, respecto a dichas dimensiones, pero negativas, respecto a la cantidad de información. Finlandia manifiesta su disponibilidad a consensuar un sistema de registros común para los Estados miembros de la Unión Europea, respondiendo afirmativamente a todos los elementos que sobre este tema se plantean en el Cuestionario.<br /></div><div align="justify">El sistema de registros de delitos de Francia es muy completo, ya que incluye, tanto del agresor como de la víctima, toda la información sociodemográfica: edad, sexo, estado civil, nacionalidad y nivel educativo, así como datos sobre la relación del agresor y la víctima, del lugar de comisión del delito (hogar, trabajo, lugar público y todas las precisiones necesarias de otros lugares), y de la retirada de la denuncia. En cuanto a las fuentes, se caracterizan por la multiplicidad: Ministerio del Interior, Tribunales, Ministerio de Justicia y de Defensa (Gendarmería). Las estadísticas se publican a demanda de las autoridades y se presentan a niveles nacional, regional y local.<br /></div><div align="justify">Los registros de sentencias son igual de completos que los de delitos, recogiendo también los datos del agresor, la víctima y su relación, así como el tipo de sentencia, la duración de la condena y el seguimiento. Las fuentes son los Tribunales y el Ministerio de Justicia. Las estadísticas pueden obtenerse a nivel nacional, regional y local, en cualquier momento, gracias al tratamiento informatizado.<br /></div><div align="justify">Como los restantes países, Francia también destaca haber mejorado sus sistemas de registro desde 1995, otorgando una valoración media a la forma de registrar los delitos y algo más baja en los de sentencias. Manifiesta su disponibilidad a unificar los sistemas de registros entre los Estados miembros de la Unión Europea.<br /></div><div align="justify"><span style="color:#993399;">Cabe destacar, como buena práctica de Francia, la publicación, en el informe anual de actividades de los servicios de la seguridad pública, de dos secciones estadísticas sobre la delincuencia contra las mujeres: La violencia de carácter sexual y la violencia en el seno de la familia.</span></div><div align="justify"><span style="color:#993399;"></span></div><div align="justify">El sistema de registro de delitos en Grecia incluye datos del agresor: sexo, edad, estado civil, nacionalidad y nivel educativo, pero no de la víctima. Los registros proceden del Ministerio de Orden Público, que elabora estadísticas nacionales y regionales, con periodicidad anual. El sistema de registro de sentencias es similar, omitiendo los datos de la víctima e incluyendo los mismos datos del agresor, así como la sentencia y la duración de la condena, pero no de su seguimiento. Los datos proceden del Ministerio de Justicia y, a partir de ellos, se obtienen estadísticas nacionales y regionales, con periodicidad anual.<br /></div><div align="justify"><span style="color:#993399;">Una buena práctica de Grecia, recomendada en las reuniones europeas anteriormente mencionadas, es la recogida de datos de servicios de emergencia, centros de acogida y servicios de información, en cinco ciudades, para lo cual se utiliza un cuestionario estructurado, que permite recoger datos estandarizados y elaborar estadísticas que tienen gran impacto en la opinión pública.</span></div><div align="justify"></div><div align="justify">En el Cuestionario, Grecia no valora la cualidad informativa de los registros sobre delitos, aunque sí lo hace sobre las sentencias, con una calificación baja, por debajo del cinco. Al igual que sucede en los otros países, señala haber mejorado sus sistemas de registro, desde 1995, así como su disponibilidad a adoptar un protocolo estandarizado de registro común a los países de la Unión Europea, respondiendo afirmativamente a todos los elementos por los que se pregunta.<br /></div><div align="justify">El sistema de registro de delitos de Irlanda es muy completo, incluyendo edad, sexo, estado civil y nacionalidad de víctima y agresor, lugar de comisión del delito, relación entre víctima y agresor, persona que presenta la denuncia y, si se produce, información sobre su retirada. La fuente es la Garda Síochána (Policía Nacional Irlandesa), que presenta los datos anualmente, de forma nacional, regional y local.<br /></div><div align="justify">El sistema de registro de sentencias es igualmente completo, incluyendo los mismos datos de víctima y agresor y del lugar de comisión que el de delitos, así como el tipo de sentencia, la duración de la condena y el seguimiento. No se incluye, sin embargo, la relación de la víctima y el agresor. Las fuentes son el Ministerio de Justicia y los Tribunales. Las estadísticas se presentan anualmente, a nivel nacional, regional y local.<br />Aunque Irlanda no valora de forma cuantitativa los sistemas de registro, en las observaciones los considera muy completos y elaborados. Destaca que los ha mejorado, desde 1995, así como su disponibilidad a adoptar sistemas de registro comunes, pero añadiendo elementos a su sistema GARDA, considerado muy adecuado.<br /></div><div align="justify">En Italia, el sistema de registros es también muy completo y actualizado, tanto respecto a delitos como a sentencias. La información socio-demográfica de víctima y agresor comprende: edad, sexo, estado civil, nacionalidad y nivel educativo. Se incluye la relación de la víctima con el agresor y se recoge, muy detalladamente, el lugar de comisión del delito, así como la persona que hace la denuncia y si ésta es retirada o no. Las fuentes son múltiples: Ministerio del Interior, Tribunales de Justicia, Ministerio de Justicia, Centros Sanitarios y Centros Antiviolencia. La periodicidad es anual, con información nacional, regional y local.<br /></div><div align="justify">Los registros de las sentencias son también muy completos, siendo similares a los de delitos en los datos sociodemográficos de víctimas y agresores, relación y lugar, e incluyendo el tipo de sentencia, la duración de la condena y su seguimiento. Las fuentes son el Ministerio de Justicia y los Tribunales. La periodicidad también es anual, así como el nivel de desagregación: nacional, regional y local. Además, se recogen datos de los centros de acogida.<br /></div><div align="justify">A pesar de disponer de tanta información, la valoración que Italia hace de sus sistema de registro es media, expresando que no existe la suficiente estandarización en la recopilación de datos y señalando la necesidad de una recogida sistemática por parte del ISTAT (Instituto Italiano de Estadística). Destaca que ha mejorado sus sistemas de registro desde 1995. Y manifiesta su disponibilidad a consensuar un sistema común de registros en la Unión Europea, respondiendo positivamente a todos los elementos por los que se pregunta en este sentido.<br /></div><div align="justify"><span style="color:#993399;">Una buena práctica de Italia es la presentación de estadísticas específicas, en la apertura del año judicial: identificación de la violencia contra la mujer dentro del marco de delitos contra la persona, identificación de la violencia doméstica, identificación de la violencia sexual extra-familiar y en el ámbito del trabajo.</span></div><div align="justify"><span style="color:#993399;"></span></div><div align="justify">En las respuestas de Luxemburgo al Cuestionario, no se incluye información sobre el sistema de registro de delitos, ni sobre el de sentencias, aunque sí se señala que se recogen, sistemáticamente, datos sobre violencia contra las mujeres en los servicios de urgencia y casas de acogida, así como la existencia de un nuevo proyecto de ley, que establece como obligatoria la recogida de datos específicos sobre las denuncias relativas a la violencia contra las mujeres.<br /></div><div align="justify">También, se afirma haber mejorado dichos registros, desde 1995, así como la disponibilidad a consensuar un sistema de registro unificado con los restantes países de la Unión Europea, respondiendo a la mayor parte de los elementos planteados. Son excepción, en el caso de las denuncias, algunos datos personales de las víctimas (estado civil, nacionalidad y nivel educativo), la identidad de la persona que la presenta y de quien la retira.<br /></div><div align="justify">En el caso de las sentencias, se excluyen, de los datos a consensuar, además de los anteriores, la relación entre el agresor y la víctima y el lugar de comisión del delito.<br /></div><div align="justify">En el sistema de registro de delitos de Portugal, se incluyen datos sobre el sexo y el estado civil de la víctima y del agresor, la relación entre ambos y la identidad de la persona que denuncia. También, se recogen dichos datos en las sentencias, junto con el tipo de éstas y su duración. A partir de dicha información, el Ministerio del Interior elabora estadísticas nacionales, con periodicidad anual. Igualmente, se realizan registros sistemáticos de los casos que llegan a los servicios de emergencia y a las casas de acogida<br /></div><div align="justify">Portugal también afirma haber mejorado los sistemas de registro, desde 1995, así como su disponibilidad a consensuar dicho sistema con los otros Estados miembros de la Unión Europea, en todos los elementos por los que se pregunta.<br /></div><div align="justify">El sistema de registro de delitos en el Reino Unido es bastante completo, incluyendo como datos sociodemográficos de la víctima y del agresor: edad, sexo y estado civil, así como la relación entre el agresor y la víctima, si el delito se ha cometido en el domicilio o en el lugar de trabajo, la persona que pone la denuncia y si es retirada o no. No indica las fuentes, pero sí la periodicidad y desagregación de las estadísticas, que son publicadas trimestral y anualmente, a nivel nacional, regional y local.<br /></div><div align="justify">En cuanto a los registros de sentencias, son similares a los anteriores en datos sociodemográficos y relación agresor-victima, contemplando específicamente si el delito ha tenido lugar en el domicilio, así como el tipo de sentencia, su duración y el seguimiento. La fuente es el Ministerio de Justicia y la periodicidad de la publicación y el nivel de desagregación son los mismos que en el caso de los delitos.<br /></div><div align="justify">El Reino Unido atribuye una valoración media a sus registros, en cuanto a cantidad de información y utilidad para adoptar medidas, y muy buena valoración, en actualización. Destaca que el principal problema es que no existe un formato uniforme para todo el país, lo que hace muy difícil la comparabilidad de los datos. Ha mejorado sus registros desde 1995, y estaría dispuesto a llevar a cabo una estandarización a nivel comunitario, aunque, considera que debería hacerlo antes con su sistema.<br /></div><div align="justify">El sistema de registro de delitos de Suecia incluye, para determinados casos de violencia, datos sobre el sexo y la edad de la víctima y del agresor, así como de la relación entre ambos (si se trata de personas conocidas o desconocidas). Datos similares del agresor, pero no de la víctima, se recogen en las sentencias, en las que se registra también: el tipo de sentencia, la duración y el seguimiento.<br /></div><div align="justify"><span style="color:#993399;">La recogida de esta última información, en Suecia, representa una buena práctica, que puede ayudar a evaluar el impacto de determinadas medidas judiciales. A partir de dichas informaciones, el Consejo Nacional para la Prevención del Crimen elabora estadísticas nacionales y locales, que son presentadas con periodicidad mensual y anual. Una de las tareas importantes es la difusión de la información, que se hace por medio de publicaciones específicas, en una página web y en diferentes proyectos y actividades educativas.</span></div><div align="justify"><span style="color:#993399;"></span></div><div align="justify">Suecia señala que se han mejorado, desde 1995, tanto la documentación como el sistema de clasificación de delitos, indicando que proporciona información actualizada y útil para tomar medidas. Asimismo, manifiesta su disponibilidad a consensuar un protocolo común con otros países de la Unión Europea, aunque expresa la dificultad de pronunciarse sobre qué elementos podrían ser incluidos dentro de dicho protocolo.<br /></div><div align="justify">A partir de las descripciones anteriormente expuestas, pueden extraerse las siguientes conclusiones sobre buenas prácticas, relativas a registros de la violencia contra las mujeres, en los Estados miembros de la Unión Europea:<br /></div><div align="justify">1) Todos los países, excepto uno, (93%), han manifestado que han introducido mejoras en la actualización de los sistemas de registro, desde 1995: Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido y Suecia.<br /></div><div align="justify">2) Doce Estados miembros (80%) manifiestan, en principio, su disponibilidad a consensuar un protocolo común de recogida de datos, en la Unión Europea: Bélgica, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Italia, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido y Suecia.<br /></div><div align="justify">3) El registro de los delitos parece ser más completo que el de las sentencias. Conviene tener en cuenta, en este sentido, que los datos sobre delitos son fundamentales para determinar la magnitud y extensión del problema de la violencia contra las mujeres, requisito imprescindible para el análisis de necesidades y la programación de servicios.<br /></div><div align="justify">Las comisarías de policía suelen recoger algunos datos fiables y actualizados, pero, con frecuencia, insuficientes.<br /></div><div align="justify">Los datos sobre sentencias y condenas por el delito específico de violencia contra las mujeres suelen ser muy escasos, limitación que impide obtener información de gran relevancia, para evaluar la puesta en práctica de las medidas judiciales.<br /></div><div align="justify">Los problemas en la estandarización de la recogida de la información son destacados en el Cuestionario por diversos países.<br /></div><div align="justify">4) Los datos oficiales son los que proceden de organismos e instituciones gubernamentales, como los departamentos de estadística e investigación de diversos ministerios u organismos oficiales, es decir, instituciones responsables de la recopilación de datos, basándose en criterios precisos sobre lo que constituye un delito. Las respuestas a estas cuestiones son esenciales, ya que son la primera etapa para la elaboración, a largo plazo, de un sistema de recogida de la información, sobre la violencia contra las mujeres, en la Unión Europea.<br /></div><div align="justify">5) En general, se suele utilizar un método similar de recogida y elaboración de las estadísticas criminales, referidas a los delitos contemplados en el Código Penal. La mayor parte de los países que responden a la evaluación de la calidad de los registros son conscientes de que se podrían mejorar, ya que proporcionan datos poco eficaces para dar respuesta a la violencia contra las mujeres.<br /></div><div align="justify">6) A partir de las respuestas dadas al Cuestionario, se deriva la conveniencia de desarrollar, como buenas prácticas, en relación al registro de delitos y sentencias, las siguientes:<br /></div><div align="justify">Establecer un protocolo común, o con un elevado número de elementos comunes, para todos los Estados miembros de la Unión Europea, medida sobre la que se expresa una disponibilidad casi unánime.<br />Incrementar la recogida de información y el seguimiento de las sentencias, práctica poco extendida en los Estados miembros de la Unión Europea.<br /></div><div align="justify">Incrementar, tanto en el caso de las denuncias como en el de las sentencias, la recogida de información sociodemográfica relevante, respecto a las víctimas y los agresores, para poder obtener así datos desagregados por diferentes variables y avanzar en la comprensión de las condiciones que incrementan la vulnerabilidad de las mujeres ante la violencia.<br /></div><div align="justify">Entre estas informaciones, parecen muy importantes las referidas a edad, sexo, nivel educativo, nacionalidad y relación de la víctima con el agresor, que se recogen ya en varios de los Estados miembros.<br /></div><div align="justify">También, sería conveniente disponer de otros datos (como los relativos al consumo de sustancias estupefacientes, en el momento de la comisión del acto delictivo, y el lugar en el que se produce la agresión), que pueden incrementar el conocimiento sobre las condiciones de riesgo.<br /></div><div align="justify"><span style="color:#993399;">Los sistemas de registro de denuncias de Alemania, España, Francia, Irlanda, Italia y Reino Unido representan buenas prácticas sobre el detalle de la información recogida. En dicha dirección, cabe destacar, también, la experiencia llevada a cabo por Austria, tomando como punto de partid los registros policiales de delitos, en los que se refleja la utilidad de realizar análisis, en profundidad, de los mismos, así como de seleccionar casos que puedan participar en estudios cualitativos.</span></div><div align="justify"><span style="color:#993399;"></span></div><div align="justify">Completar los análisis realizados a nivel nacional con otros desagregados por regiones, como actualmente ya se está llevando a cabo en la mayoría de los Estados miembros, práctica que permite un conocimiento más detallado de la extensión del problema.<br /></div><div align="justify">Ampliar la información procedente de los registros y estadísticas oficiales con la de otras fuentes de información, como las ONG que trabajan con las víctimas, o los servicios sociales implicados en este problema, como los centros de información, emergencia y acogida. Esta práctica es mencionada por muy pocos de los Estados miembros.<br /></div><div align="justify">Normalmente, estos organismos suelen recoger abundante información, tanto de las víctimas, como de los agresores: edad, nacionalidad, profesión, estado civil, tipo de abuso o maltrato experimentado, primera reacción de la víctima, personas con las que entraron en contacto (policía, médica/o, trabajadora o trabajador social...), relación de la víctima con el agresor, lugar del maltrato, etc. Pero, desgraciadamente, estos datos suelen quedar sin explotación, debido a dificultades de tiempo y recursos de las personas que trabajan con las víctimas, aunque las organizaciones suelen estar dispuestas a compartir datos con otras instituciones. </div><div align="justify"></div><div align="justify"><span style="color:#993399;">Una buena práctica, en este sentido, es la que se ha llevado a cabo en Grecia, utilizando un cuestionario estandarizado para la recogida sistemática de dicha información, con lo que pueden evitarse también algunas de sus limitaciones. En el Reino Unido, The Women´s Aid Federation of England (Federación Inglesa de Ayuda a las Mujeres), recoge, de forma regular, datos y encuestas en los centros de acogida, de los que puede disponer el Gobierno.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">--</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">--</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span> </div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span> </div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"> </div><div align="justify"></div><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1148998651317739942006-05-30T16:16:00.000+02:002007-05-26T10:25:57.285+02:00ENCUESTAS E INVESTIGACION<div align="justify"><br /><strong>6.1. Medidas relacionadas con las encuestas y la investigación, propuestas en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres</strong><br /><br />La necesidad de llevar a cabo investigaciones sobre la violencia contra las mujeres aparece señalada dentro del Objetivo Estratégico D.2 de la Plataforma para la Acción: Estudiar las causas y consecuencias de la violencia contra la mujer y la eficacia de las medidas preventivas, porque solamente la promoción continuada de innovaciones en investigación y monitorización puede cambiar la situación actual.<br /><br />Como acciones específicas que deben llevarse a cabo por parte de los Gobiernos, las Naciones Unidas, otras organizaciones internacionales, institutos de investiga­ción, organizaciones de mujeres y ONG se proponen las siguientes: Promover la investigación, recoger datos y compilar estadísticas, especialmente referidas a la violencia doméstica, prevalencia de diferentes formas de violencia contra la mujer, sus causas, naturaleza, y consecuencias, así como sobre la eficacia de las medidas aplicadas, y divulgar ampliamente los resultados de dichas investigaciones, en el conjunto de la población.<br /><br />Como acciones que deben llevar a cabo especialmente los Gobiernos, se destaca:<br /><br />a) Desarrollar nuevas investigaciones en determinadas áreas, incluido el trabajo con grupos específicos de mujeres que plantean requisitos especiales de atención y/o que pueden haber sido ignoradas en el trabajo previo.<br /><br />b) Proporcionar ayudas a la investigación local.<br /><br />c) Evaluar las nuevas iniciativas y programas.<br /><br />d) Diseminar la investigación nacional e internacionalmente.<br /><br />e) Identificar continuamente necesidades emergentes, por medio de la investiga­ción y monitorización.<br /><br />f) Examinar los efectos de los cambios en la legislación.<br /><br /><br /><strong>6.2. Encuestas e investigación sobre violencia contra las mujeres, en Europa</strong><br /><br />En la Conferencia de personas expertas de Jyväskylä (1999), sobre Violencia contra las Mujeres, se hacen referencias explícitas a la investigación y evaluación de los programas.<br /><br />Así, con respecto a la investigación, se señala: Recomendamos que la Unión Europea reconozca la necesidad de realizar amplios estudios comparativos, recogida de datos, difusión de la información, sobre todas las áreas de violencia contra las mujeres, y que dedique recursos suficientes, destinados a poner fin a este tema. El seguimiento de esta recomendación deberá ser dirigido por un grupo consultivo, compuesto por personas investigadoras, políticas y ONG de mujeres, con amplia experiencia en esta materia.<br /><br />El Consejo de Europa también ha dedicado una especial atención al tema de la investigación, en este campo, como se refleja en la conclusión de la conferencia de personas expertas sobre violencia contra las mujeres, de 1999, en la que se afirma que: La investigación, en general, y las encuestas, en particular, son esenciales, puesto que aún hay cierta negación del fenómeno y pueden usarse como instrumentos para convencer a los políticos del grado real de violencia contra la mujer. Para comprender mejor la prevalencia de dicha violencia, se necesitan instrumentos estandarizados, que permitan obtener datos válidos, fiables y comparables, así como resultados que sean representativos de la realidad. Este esfuerzo debe llevarse a cabo a nivel local, regional, nacional e internacional.<br /><br />Entre las principales recomendaciones propuestas por las/os expertas/os del Consejo de Europa, en las conferencias desarrolladas en 1999 y 2000, cabe destacar las siguientes:<br /><br />1) Realizar estadísticas desagregadas por sexo y desarrollar una serie de indicadores comunes, para mejorar la valoración de la violencia contra las mujeres, así como la evaluación de la eficacia de las medidas adoptadas para prevenirla y paliar sus efectos.<br /><br />2) Tener en cuenta ciertas influencias frecuentemente olvidadas, que pueden alterar los resultados de encuestas e investigaciones, como: la variabilidad en la valoración de los distintos tipos de violencia contra las mujeres en función del contexto, del origen sociocultural o lingüístico, o de los cambios que, con gran rapidez, se están produciendo, en los últimos años, en los esquemas a partir de los cuales se conceptualiza este problema.<br /><br />3) Avanzar en la estandarización y rigor de las encuestas, a través de las siguientes medidas:<br /><br />· Extraer muestras representativas de la población, con un tamaño mínimo de unas 1.000 personas, y controlar mejor los posibles errores de muestreo.<br />· Establecer escalas con descripciones muy detalladas de los actos de violencia, para cuya construcción es necesario disponer de información directa de las víctimas.<br />· Realizar un buen entrenamiento de las personas entrevistadoras e investigadoras, que incluirá información sobre cómo tener en cuenta los siguientes aspectos: diferencias culturales, étnicas, sociales y económi­cas, así como las peculiaridades de los grupos marginales.<br />· Recurrir a especialistas en lenguaje, para evitar problemas de traduc­ción, en las investigaciones internacionales.<br /><br />4) Llevar a cabo encuestas e investigaciones sobre temas de interés prioritario, entre los cuales se destacan los siguientes:<br /><br />· Costes económicos y sociales de la violencia contra las mujeres.<br />· Representación de la violencia contra las mujeres por el conjunto de la población.<br />· Influencia que la inestabilidad y los cambios sociales producen en las relaciones de género y en la violencia contra las mujeres.<br />· Condiciones protectoras y de riesgo de agresores y víctimas, tanto respecto al riesgo general de violencia contra las mujeres, como respecto al patrón específico que adopta dicha violencia.<br />· Consecuencias de la violencia doméstica sobre la infancia y la juventud.<br />· Consecuencias de la violencia contra las mujeres en las víctimas y en los testigos.<br />· Acciones para prevenir la violencia en todas sus modalidades, incluyendo las que es preciso llevar a cabo con las mujeres que se encuentran en situación de especial vulnerabilidad.<br /><br />5) Favorecer la cooperación a distintos niveles:<br /><br />· Mejorando las interacciones interdisciplinares entre las personas que trabajan en los distintos ámbitos implicados (judicial, seguridad, salud, educación, servicios sociales...), tanto de instituciones públicas como privadas, incluyendo a las ONG, así como la interacción entre dichos ámbitos y la comunidad científica.<br />· Promoviendo la investigación en redes nacionales e internacionales.<br />· Contribuyendo a la creación de centros de investigación, especializados en el estudio de la violencia contra las mujeres.<br /><br />6) Establecer instituciones gubernamentales, que coordinen la evaluación de la eficacia de las medidas adoptadas en la lucha contra la violencia hacia las mujeres, a nivel nacional e internacional, y que consulten con los agentes sociales implicados, incluidas las ONG, para llevar a cabo su trabajo.<br /><br />7) Compilar y elaborar los resultados obtenidos en las investigaciones sobre la violencia contra las mujeres, de forma que se facilite su divulgación al conjunto de la población, utilizando para ello todos los medios disponibles.<br /><br /><br /><strong>6.3. Buenas prácticas, en la realización de encuestas e investigación, sobre la violencia contra las mujeres, en general, y sobre la violencia doméstica, en particular, en los Estados miembros de la Unión Europea</strong><br /><br />En cumplimiento de lo propuesto en la IV Conferencia Mundial, la mayoría de los Estados miembros de la Unión Europea han llevado a cabo trabajos basados en datos fiables y válidos, para determinar la extensión o prevalencia del problema de la violencia contra las mujeres, procedentes sobre todo de encuestas a muestras de la población, como complemento a los registros y estadísticas oficiales.<br /><br />Aunque las valoraciones realizadas sobre el valor de cada fuente suelen presentar los beneficios de un tipo de datos frente a las limitaciones del otro, conviene tener en cuenta que se trata de fuentes de información complementarias.<br /><br />La principal limitación de los registros oficiales es la invisibilidad de los casos no denunciados, así como la escasa información recogida sobre las víctimas, limitaciones que, como se analiza posteriormente, la mayor parte de los Estados miembros está dispuesta a tratar de superar.<br /><br />Entre los principales beneficios de las encuestas, cabe destacar que incluyen información de incidentes violentos no denunciados a la policía; pueden repetirse en diferentes momentos y lugares, por lo que se prestan, en mayor grado, a la comparación; proporcionan la oportunidad de obtener más datos sobre las víctimas, las circunstancias del suceso y sus efectos, dando más posibilidades para estudiar las causas y consecuencias de la violencia que los registros oficiales. Como contrapartida, entre las principales deficiencias de las encuestas, están los errores de muestreo, la exclusión de los sujetos que no se encuentran en el marco muestral (entre los cuales suelen situarse algunos grupos de víctimas) o los problemas ligados al recuerdo de las personas encuestadas.<br /><br /><span style="color:#993399;">De las respuestas dadas al Cuestionario, puede concluirse que la realización de encuestas es una buena práctica bastante extendida en los diferentes Estados miembros de la Unión Europea.<br /></span><br />En once Estados miembros (73%), se han llevado a cabo encuestas realizadas a grandes muestras de la población, que tratan exclusivamente el tema de la violencia contra las mujeres. Las diferencias existentes entre ellas hacen muy difícil, sin embargo, comparar los resultados obtenidos en distintos países.<br /><br />Los análisis realizados sobre los cambios producidos, en los últimos años, en la realización de encuestas sobre violencia, suelen hacer referencia a cuatro grupos de trabajos, cada uno de los cuales proporciona tasas diferentes de delitos de violencia contra las mujeres, que se incrementan con el tiempo.<br /><br />Al principio, las encuestas trataban sobre delitos, en general. En una segunda fase, estas encuestas incluyen un apartado especial de violencia contra las mujeres, dedicado, prioritariamente, a la violencia doméstica. Dentro de este segundo grupo, se encontrarían las denominadas encuestas revisadas, entre las que cabe resaltar las llevadas a cabo en el Reino Unido con el nombre de British Crime Survey (Encuestas sobre Delitos en Gran Bretaña).<br /><br /><strong>Irlanda</strong> menciona, en su respuesta al Cuestionario, la realización de una encuesta, por parte del National Crime Council (Consejo Nacional del Delito), que también parece encajar en este segundo grupo.<br /><br />Las encuestas de tercera generación, dedicadas exclusivamente a la violencia doméstica, permiten la formulación de preguntas más detalladas y adaptadas a la naturaleza de dicho problema. A este tipo pertenece la Macroencuesta sobre Violencia doméstica contra las mujeres, llevada a cabo en <strong>España</strong>, por encargo del Instituto de la Mujer (1999), mediante entrevistas a una muestra de 20.552 mujeres. Su objetivo fue delimitar la extensión del problema, así como las causas y las consecuencias de la violencia sobre las víctimas. También pertenecen a este grupo las encuestas llevadas a cabo en Suecia sobre Prevalencia de la violencia doméstica (1997 y 2001), dirigidas a las mujeres de 18 a 64 años, sobre muestras de 10.000 mujeres, por medio de encuesta postal. En el estudio de 2001, participaron el <em>National Centre for Battered and Raped Women </em>(Centro Nacional para las Mujeres Maltratadas y Violadas), la Universidad de Uppsala y el hospital de esta misma universidad.<br /><br />Finalmente, las encuestas más recientes, o de cuarta generación, han tratado todo el rango de manifestaciones de violencia contra la mujer de forma específica. Tienen su origen en la <em>Statistics Canada Violence Against Women Survey</em> (Encuesta sobre Violencia contra las Mujeres), 1993, que ha servido como referencia y modelo a la mayor parte de las realizadas en Europa y en Estados Unidos, en los últimos años. Dentro de este cuarto tipo, cabe considerar las encuestas que se describen a continuación:<br /><br /><strong>Francia:</strong> Entre los años 1997 y 2000, se realizó la <em>Enquête Nationale sur les Violences Envers les Femmes</em> (ENVEFF) (Encuesta Nacional sobre las Violencias hacia las Mujeres), con una muestra de 6.970 mujeres de 20 a 59 años. Su objetivo era conocer la frecuencia y los tipos más comunes de violencia, así como analizar las consecuencias sobre las víctimas. Incluía preguntas específicas de violencia doméstica (física y de otros tipos), sexual, en el trabajo y en la esfera pública.<br /><br /><strong>Finlandia:</strong> En 1998, se llevó a cabo la encuesta <em>Faith, Hope, and Battering</em> (Fe, Esperanza y Maltrato), con el objetivo de establecer la frecuencia y tipos de violencia contra las mujeres, en los ámbitos doméstico, sexual y en el trabajo, así como sus causas y consecuencias. La encuesta fue realizada por correo a una muestra de 7.051 mujeres de 15 a 74 años, con una tasa de respuesta del 70%.<br /><br /><strong>Italia:</strong> El Instituto de Estadística Italiano (ISTAT) realizó, en 1998, una encuesta dirigida a evaluar la frecuencia y tipos de violencia contra las mujeres, en sus tres formas: doméstica, sexual y en el trabajo. El tamaño de la muestra fue de 50.000 familias. Italia destaca, en su respuesta al Cuestionario, la realización de otra encuesta, en siete ciudades de más de 500.000 habitantes, sobre una muestra de 15.000 personas de la población general, con el objetivo de analizar las causas de la violencia contra las mujeres.<br /><br /><strong>Alemania:</strong> Está en proceso de realización, durante 2002, la <em>Erhebung zu gewalt gegen Frauen</em> (Encuesta sobre la Violencia contra las Mujeres), de promoción pública, sobre una muestra de 10.000 mujeres mayores de 16 años, mediante la que se intenta determinar los tipos, las causas y las consecuencias de dicho problema.<br /><br />Además de los ejemplos de buenas prácticas, sobre realización de encuestas, anteriormente mencionados, otros Estados miembros señalan las siguientes:<br /><br /><strong>Bélgica</strong> (1998): Prévenir, subir et recourir à la violence (Prevenir, sufrir y denunciar la violencia). La muestra ha estado compuesta por 656 varones y 783 mujeres de 20 a 49 años, seleccionadas/os por muestreo aleatorio, en 23 comunas.<br /><br /><strong>Dinamarca</strong> (1996): Destaca un estudio sobre violencia en la calle, doméstica y en el lugar de trabajo, llevado a cabo por la policía y consistente en la realización de 26.000 entrevistas.<br /><br /><strong>Holanda:</strong> <em>Violence against Women in Heterosexual Relationships</em> (Violencia contra las Mujeres en las Relaciones Heterosexuales), realizada en 1989, y <em>Sexual Abuse of Girls by Relatives</em> (Abuso Sexual de las Jóvenes por parte de Familiares), llevada a cabo en 1998. Estos dos trabajos fueron subvenciona­dos por el propio gobierno holandés.<br /><br /><strong>Portugal</strong> (1997): Encuesta general sobre la violencia, basada en una muestra de 1.000 mujeres. Los principales objetivos fueron determinar los tipos de violencia, las causas y las consecuencias de dicho problema.<br /><br /><span style="color:#993399;">Como puede deducirse de lo anteriormente expuesto, la realización de encuestas específicas para conocer los tipos de violencia contra las mujeres, sus causas y las consecuencias sobre las víctimas es una de las recomendaciones de la Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, bastante extendida en los Estados miembros de la Unión Europea, y, por lo tanto, puede considerarse como una buena práctica.<br /></span><br />El Eurobarómetro de 1999, al que nos hemos referido en varias ocasiones con anterioridad, también constituye una buena práctica relacionada con las encuestas; en este caso, de opinión y a nivel de toda la Unión Europea. Su objetivo era evaluar el grado de conocimiento y de sensibilidad sobre la violencia contra las mujeres, especialmente en el ámbito doméstico. El estudio cubre la población, de 15 ó más años, que reside en cada uno de los Estados miembros. Todas las entrevistas se realizaron con presencia física, en el hogar, y en la correspondiente lengua vernácula. Fueron seleccionados en torno a 1.000 casos en cada país.<br /><br /><span style="color:#993399;">Como buena práctica, cabe considerar, también, la inclusión de algunas preguntas sobre violencia contra las mujeres en las encuestas nacionales, que, con carácter periódico y general, se realizan en cada Estado miembro.</span><br /><br />De las contestaciones dadas al Cuestionario, se deduce que solamente tres Estados miembros (20%) incluyen preguntas sobre violencia contra las mujeres en encuestas de carácter más general: Finlandia, Reino Unido y Suecia.<br /><br />Las encuestas constituyen un instrumento indispensable para profundizar en el análisis del fenómeno de la violencia contra las mujeres. No obstante, esta buena práctica podría mejorarse, siguiendo las siguientes pautas:<br /><br />1. Aumentar la comparabilidad de los datos de diferentes países, homogeneizando la forma de recogerlos, participando en estudios comunes con preguntas consensuadas. Doce Estados miembros (80%) están de acuerdo en iniciar esta práctica.<br /><br />2. Incluir un conjunto de preguntas comunes en encuestas periódicas, realizadas bien en el ámbito nacional, bien en el ámbito comunitario, para poder examinar el conocimiento y la sensibilidad de la población ante la violencia contra las mujeres. Trece países (87%) manifiestan su disponibilidad para establecer, en este sentido, algunas preguntas comunes que permitan la integración y comparación de resultados.<br /><br />3. Incorporar a las estadísticas de EUROSTAT, de forma sistemática, datos sobre violencia contra las mujeres, en los países de la Unión Europea. Incluso, varios Estados señalan la necesidad de introducir estos datos en las propias Estadísticas Nacionales.<br /><br />4. Realizar algunas mejoras, en la recogida y tratamiento de la información, de carácter metodológico, entre las que cabe destacar las siguientes:<br /><br />· Eliminar algunos problemas del marco muestral, de modo que permita incluir a las personas de la población marginal que no ocupan vivienda fija, porque es posible que, entre ellas, se den altas tasas de víctimación.<br /><br />· Perfeccionar las listas de preguntas y la forma de preguntar, especialmente en las cuestiones referidas a abuso y acoso sexual, de modo que permitan captar todas las variaciones posibles de estas conductas.<br /><br />· Desarrollar mejores procedimientos de registrar sucesos, de forma cronoló­gica, para captar la escalada de la violencia.<br /><br />· Desarrollar estadísticos desagregados por niveles socioeconómicos, para poder examinar posibles relaciones con la pobreza y la exclusión social, así como con la pertenencia a grupos especiales, fundamentalmente a los de alta vulnerabilidad.<br /><br />La información proporcionada, a través del Cuestionario, por los quince Estados miembros, refleja, en todos los casos, que se han financiado, desde 1995, otras investigaciones sobre la violencia contra las mujeres, distintas de las encuestas citadas anterior­mente. A continuación, se mencionan las referidas a la violencia contra las mujeres, en general, y/o a la violencia doméstica, en particular.<br /><br /><strong>Alemania:</strong> Las principales investigaciones destacadas, relativas a estos tipos de violencia, son éstas: <em>Untersuchugung Gewalt</em> (Estudios sobre la Violencia), <em>Untersuchugung Beschäftigtenschutzgesetz</em> (Estudios de la Ley de Protección contra la Violencia) y <em>Evaluation des Gewaltschutzgesetzes</em> (Evaluación de la Ley de Protección contra la Violencia).<br /><br /><strong>Austria</strong>: Ha financiado varias investigaciones relacionadas con los tipos, causas y consecuencias de la violencia contra las mujeres, en general, destacando, en este sentido, las tres siguientes:<br /><br />· <em>Combating Violence against Women and Children</em> (Combatiendo la Violencia contra las Mujeres y las Niñas).<br />· <em>Offer to Help Inform and so Prevent Violence in Schools</em> (Ayuda de Información, así como para la Prevención de la Violencia en las Escuelas).<br />· <em>Study to Evaluate the Federal Act on the Protection against Domestic Violence</em> (Estudio para Evaluar el Acta Federal sobre Protección contra la Violencia Doméstica).<br /><br /><strong>Bélgica:</strong> Dos de las investigaciones que se destacan tratan sobre la política judicial en materia de violencia contra las mujeres, en general, y en el seno de la pareja, en particular, desarrolladas a partir de muestras de sentencias judiciales. Entre las relacionadas en el Cuestionario contestado por Bélgica, cabe destacar las siguientes:<br /><br />· <em>La politique judiciaire en matière de violences sexuelles et de violence au sein du couple</em> (La política judicial en materia de violencias sexuales y de violencia en el seno de la pareja).<br />· <em>Prévenir, subir et recourir à la violence</em> (Prevenir, sufrir y denunciar la violencia).<br /><br /><strong>Dinamarca:</strong> Señala dos investigaciones importantes, llevadas a cabo desde 1995, referidas a la violencia contra las mujeres, en general, y, más concretamente, a la violencia doméstica:<br /><br />· <em>Violence on the Street, Domestically and in the Workplace</em> (Violencia en la Calle, Doméstica y en el Lugar de trabajo), estudio llevado a cabo por la policía, que ofrece una panorámica general, basada en los resultados obtenidos con la realización de una encuesta con más de 26.000 entrevistas.<br />· <em>Department for Gender Equality’s Survey on EU Countrie’s Initiatives on Domestic Violence</em> (Encuesta del Departamento para la Igualdad de Género sobre las Iniciativas de los Países de la Unión Europea sobre la Violencia Doméstica).<br /><br /><strong>España:</strong> Informa que ha llevado a cabo trece investigaciones sobre violencia contra las mujeres, desde 1995, destacando, en el ámbito de las violencias tratadas en este epígrafe, un estudio sobre la violencia cotidiana cuando las víctimas son las mujeres, una investigación experimental, en la que se desarrolla y comprueba un programa para favorecer la construcción de la igualdad y la prevención de la violencia contra la mujer desde la educación secundaria y la macroencuesta sobre la violencia contra las mujeres, de la que ya se ha hablado en este mismo epígrafe.<br /><strong><br />Finlandia:</strong> Menciona los siguientes estudios sobre la violencia contra las mujeres, en general. En primer lugar, resalta un ambicioso programa de investigación de la <em>Finnish Academy</em> (Academia finlandesa) sobre <em>Power, Violence and Gender</em> (Poder, Violencia y Género), para el período 2000-2003. También destaca otro programa de investigación, de los países nórdicos, sobre <em>Gender and Violence</em> (Género y Violencia), entre 2000 y 2004. Además, ha financiado un proyecto titulado <em>The Price of Violence; the Costs of Men’s Violence against Women in Finland</em> (El Precio de la Violencia; los Costos de la Violencia de los Hombres contra las Mujeres en Finlandia), tema que comienza a ser objeto de atención en diversos países.<br /><br /><strong>Francia:</strong> Resalta, en el apartado del Cuestionario sobre estudios e investigaciones sobre la violencia contra las mujeres, en general, la siguiente:<br /><br />· <em>Enquête nationale sur les violences envers les femmes en France</em> (Encuesta nacional sobre las violencias hacia las mujeres en Francia), a la que acaba de hacerse alusión en este epígrafe.<br /><br /><strong>Grecia:</strong> Indica que el <em>Research Centre for Gender Equality</em>, KETHI, (Centro de Investigación para la Igualdad de Género) ha llevado a cabo seis investigaciones, desde 1995, entre las que cabe resaltar las siguientes, referidas a las violencias de las que se está tratando:<br /><br />· <em>Speaking of Domestic Violence: Reports of Abused Women on Domestic Violence (</em>Violencia Doméstica: Informes sobre Mujeres Maltratadas por esta Violencia).<br />· <em>Violence against Women by their Partner</em> (Violencia contra las Mujeres por la Pareja).<br />· <em>Victim or Survivor, a Rhetorical Construction of Identity in Consultancy Procedures on Women’s Abuse: a Case Study</em> (Víctima o Superviviente, una Construcción Retórica de la Identidad en los Procedimientos de Asesoramiento sobre el Maltrato de las Mujeres: Un Estudio de Caso).<br /><strong><br />Holanda:</strong> Las dos investigaciones consideradas más relevantes tratan sobre la violencia doméstica: una de ellas, sobre su delimitación, extensión y asistencia, y la otra, sobre las acciones destinadas a luchar contra dicho problema y a prevenirlo.<br /><br />· <em>Domestic Violence: Nature, Scope and Assitance</em> (Violencia Doméstica: Naturaleza, Dimensión y Asistencia)<br />· <em>The Prevention and Combating of Violence against Women</em> (La Prevención y Lucha contra la Violencia hacia las Mujeres)<br /><br /><strong>Irlanda:</strong> Relacionados específicamente con la violencia ejercida sobre las mujeres, en general, sobresalen los siguientes proyectos:<br /><br />· <em>Making the Links</em> (Estableciendo Vínculos)<br />· <em>Safety and Sanctions</em> (Seguridad y Sanciones)<br /><br /><strong>Italia:</strong> Varios de los trabajos que menciona se inscriben dentro de los estudios URBA de <em>Violenza contra le donne</em> (Violencia contra la mujer), en grandes ciudades, realizados durante el 2001. Otro de los trabajos destacados se refiere a la respuesta de las Instituciones a la violencia contra la mujer: <em>Violenza alle donne e risposte delle istituzioni</em>. <em>Prospettive Internaziona</em>li (Violencia contra las mujeres y respuesta de las instituciones. Prospectiva internacional) y, finalmente, hace referencia a la ayuda e intervención para luchar contra la violencia hacia las mujeres: <em>Le luminose trame. Sistemi di aiuto e modelli d’intervento contra la violenza alle done</em> (Tramo luminoso. Sistema de ayuda y modelo de intervención contra la violencia sobre las mujeres).<br /><br /><strong>Portugal:</strong> Ha realizado dos estudios desde 1995:<br /><br />· <em>Violence against Women</em> (la Violencia contra las Mujeres).<br />· <em>Women Battered by their Husbands</em>: <em>from Victims to Survivors (</em>Mujeres Maltratadas por sus Maridos: de las Víctimas a los Supervivientes).<br /><br />Además, ha iniciado tres estudios sobre los costos de la violencia, la violencia detectada en los hospitales y la violencia detectada por la medicina forense.<br /><em><br />Reino Unido:</em> Menciona tres líneas de investigación actualmente en curso. El<em> Crime Reduction Programme</em> (Programa de Reducción del Delito) financia, en la actualidad, cincuenta proyectos de medidas frente a la violencia doméstica, violación y acoso sexual, en los que se pone un acento especial en la evaluación de la eficacia de las medidas para la reducción de estos delitos. Una segunda línea de investigación trata sobre los remedios civiles para luchar contra la violencia doméstica; intenta averiguar si hay lagunas, a este respecto, en la Ley de Familia de 1996. La acomodación de las víctimas de la violencia doméstica y su ayuda es el tercer tema de investigación.<br /><strong><br />Suecia:</strong> Destaca dos investigaciones sobre la violencia hacia las mujeres, en general:<br /><br />· <em>Men’s Violence against Women</em> (Violencia de los Hombres contra las Mujeres)<br />· <em>Prevalence of Male Violence against Women in Sweden </em>(Prevalencia de la Violencia Masculina contra las Mujeres en Suecia)<br /><br />Asimismo, ha hecho un estudio sobre <em>Thoughts of Police Officers on Domestic Violence</em> (Pensamientos de los Oficiales de Policía ante la Violencia Doméstica). También cabe destacar, como buenas prácticas, en el ámbito de la investigación, el encargo explícito al <em>Council for Crime Prevention</em> (Consejo para la Prevención del Delito) de desarrollar investigaciones específicas sobre violencia contra las mujeres, así como de incorporar la perspectiva de género en el resto de las investigaciones.<br /><br />En las respuestas dadas al Cuestionario sobre Buenas Prácticas por los Estados miembros, acerca de las líneas prioritarias de investigación sobre la violencia contra las mujeres, en la actualidad, se observa una coincidencia bastante elevada. Se incluyen, a continuación, los temas mencionados, el número de países que hacen referencia a ellos y, entre paréntesis, el porcentaje:<br /><br />· Evaluación de medidas para erradicar la violencia: 11 (73%)<br />· Consecuencias de la violencia en las víctimas: 9 (60%)<br />· Causas de la violencia contra las mujeres: 7 (47%)<br />· Dimensiones estadísticas del problema: 5 (33%)<br />· Condiciones de riesgo de las víctimas: 5 (33%)<br />· Rasgos del agresor: 2(13%)<br />· Otros:<br /><span style="color:#999999;">.............</span> Costos sociales o económicos de la violencia contra las mujeres: 2 (13%)<br /><span style="color:#ffffff;">.</span><span style="color:#999999;">........... .</span>Naturaleza de las formas de violencia: 1 (7%)</div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;"><span style="color:#999999;">.......... ..</span> </span>Acumulación de situaciones de violencia (pareja, trabajo): 1 (7%)<br /><br /><span style="color:#993399;">En las respuestas anteriormente mencionadas, se observa la importancia que los Estados miembros de la Unión Europea atribuyen a la evaluación de las medidas para erradicar la violencia, reconocimiento que coincide con las recomendaciones elaboradas en las reuniones de expertas/os.<br /><br /></span><br /><strong>6.4. Buenas prácticas en encuestas e investigación, sobre la violencia sexual, en los Estados miembros de la Unión Europea<br /></strong><br />Algunos Estados miembros también han llevado a cabo encuestas e investigaciones sobre temas relacionados con la violencia sexual. En este sentido, cabe destacar:<br /><br /><strong>Bélgica:</strong> La politique judiciaire en matière de violence sexuelle (La política judicial en materia de violencias sexuales). También tiene cabida, en este epígrafe, la investigación mencionada en el anterior, que trata sobre las violencias sexuales y la violencia en el seno de la pareja, simultáneamente.<br /><br /><strong>Dinamarca:</strong> Ha realizado un estudio sobre violencia en la calle, violencia doméstica y violencia en el trabajo, que ha sido referido anteriormente.<br /><br /><strong>Holanda:</strong> Sexual abuse of Girls by Relatives (Abuso Sexual de las Chicas por sus Familiares).<br /><br /><strong>Irlanda:</strong> Attrition in Sexual Assault Offense Cases in Ireland: A Qualitative Analysis (Arrepentimeinto en los Casos de Ofensa de Agresiones Sexuales: Un Análisis Cualitativo).<br /><br /><strong>Austria y Grecia</strong> también mencionan sendas investigaciones sobre violencia sexual, pero referidas al tráfico y explotación sexual de mujeres y a la prostitución, respectivamente, temas que no son objeto de tratamiento en esta Guía. Austria destaca que, en dicho trabajo, se prestó atención especial a las mujeres discapacitadas, como grupo de elevada vulnerabilidad.<br /><br /><br /><strong>6.5. Buenas prácticas de encuestas e investigación, sobre la violencia contra las mujeres en el trabajo, en los Estados miembros de la Unión Europea<br /></strong><br />Como buena práctica de investigación, cabe considerar el trabajo desarrollado por la Comunidad Europea, desde la DG-V, con la realización de los dos informes sobre el acoso sexual en los países comunitarios. El objetivo de estos estudios fue recoger información válida sobre la prevalencia, gravedad y consecuencias del acoso sexual en los Estados miembros.<br /><br />El primer estudio fue realizado por M. Rubenstein (1987) <em>The dignity of women at work. A report of the problem of sexual harassment in the Member States of the European Community</em> (La dignidad de las mujeres en el trabajo. Un informe del problema de acoso sexual en los Estados miembros de la Comunidad Europea).<br /><br />La Comisión encargó un segundo estudio de revisión de todos los proyectos de investigación relevantes, realizados, en los Estados miembros, entre 1987 y 1997 (un total de 74 estudios, entre los que se incluyen tanto encuestas como investigaciones). El estudio fue llevado a cabo, por una parte, en los diez Estados miembros del Norte (Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, Finlandia, Holanda, Irlanda, Luxemburgo, Reino Unido y Suecia), cuya coordinación corrió a cargo de Timmerman (Holanda). Por otra parte, utilizando la misma metodología, en los cinco países del Sur (España, Francia, Grecia, Italia y Portugal), asumiendo la responsabilidad de la coordinación, Alemany (España).<br /><br />En las respuestas dadas al Cuestionario sobre Buenas Prácticas, cuatro Estados miembros (27%) hacen referencia a encuestas e investigaciones sobre la violencia contra las mujeres en el lugar de trabajo:<br /><strong><br />Bélgica:</strong> Ha realizado una encuesta sobre la figura de la “persona de confianza” en las empresas: <em>La personne de confiance: Qui?, Statut?, Tâches? Qui sont les victimes qui déposent une plainte?</em> (La persona de confianza: Quién, Estatuto, Profesión. ¿Quiénes son las víctimas que presentan una denuncia?), financiada por el Servicio de Igualdad de Oportunidades. En ella participaron 456 empresas privadas y 54 instituciones públicas.<br /><br />El trabajo sirvió para detectar las principales deficiencias de esta figura y, por lo tanto, para sacar conclusiones que ayudaran a intentar su mejora.<br /><br /><strong>Dinamarca:</strong> Ha realizado un estudio, citado anteriormente, sobre violencia en la calle, además de en el hogar y en el lugar de trabajo.<br /><br /><strong>Grecia:</strong> Ha financiado el estudio <em>Sexual harassment in the workplace: suggestions for the penalisation of the behaviour in Greece</em> (Acoso sexual en los lugares de trabajo: sugerencias para la penalización de la conducta en Grecia).<br /><br /><strong>Francia:</strong> Ha realizado una investigación sobre la evaluación de la Ley de 1992, relativa al abuso de la autoridad en materia sexual en las relaciones en el trabajo: <em>Evaluation de la loi du 2 novembre 1992 relative a l’abus de l’autorité en matière sexuelle dans les relations du travail.<br /><br /></em>Como buena práctica en la identificación del acoso moral en el trabajo, cabe considerar los estudios llevados a cabo, por iniciativa del Parlamento Europeo, para conocer la extensión de dicho problema, así como algunos de sus principales efectos.<br /><br />Destacan, en este sentido, la Encuesta de la Fundación Europea para la Mejora de las Condiciones de Vida y Trabajo (Dublín, 1997) y el Estudio piloto sobre el Estado de la Seguridad y Salud en el Trabajo, en la Unión Europea, realizado por la correspondiente Agencia en el año 2000. Basándose en estos estudios, Andersson señala que un 8% de las/os empleadas/os de la Unión Europea, es decir, 12 millones de trabajadoras/es, han sido víctimas de acoso moral en el trabajo, en los últimos doce meses, aceptando que, dada la dificultad de la identificación de casos, la cifra es mucho mayor (Informe presentado al Parlamento Europeo, julio de 2001).<br /><br />En la Resolución sobre el acoso en el trabajo, de 20 de Septiembre de 2001, el Parlamento Europeo recomienda continuar con estudios que ayuden a delimitar la extensión y las características del problema en los Estados miembros, recomenda­ción que convendría llevar a cabo, para comprobar si cabe considerar esta forma de acoso como violencia contra las mujeres.<br /><br />De los informes presentados al Parlamento Europeo, se deduce que quedan muchos aspectos de la violencia contra las mujeres en el trabajo que requieren investigación futura. Desde el punto de vista descriptivo, se pone de relieve la enorme dispersión y variabilidad de las tasas de acoso sexual, imposible de comparar, debido a la ausencia de una metodología común que lo permita.<br /><br />Por otra parte, hay algunas hipótesis de especial relevancia para la prevención de la violencia, insuficientemente comprobadas, como la relación postulada, desde Canadá y Estados Unidos, sobre la importancia de las características y el clima de la organización en el acoso sexual. En función de ella, podrían explicarse las diferencias en las tasas de acoso por sectores laborales.<br /><br />Organizaciones caracterizadas por un ambiente de trabajo sexualizado son más permisivas con el acoso y lo favorecen, mientras que, en aquellas empresas con clima social positivo, más orientadas a las personas empleadas que al puesto de trabajo, el acoso sexual se produce en menor medida.<br /><br />En una dirección similar, también se observa, en ocasiones, que, en entornos laborales con mayor presencia femenina, se desarrolla una mayor sensibilidad contra el acoso sexual y que las mujeres tienden a expresar más abiertamente sus experiencias de violencia en el trabajo, a medida que su número aumenta. Investigar dichas relaciones, de forma sistemática, debe ser considerado, por tanto, como una buena práctica para luchar contra la violencia hacia las mujeres.</div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"></div><div align="justify"></div><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1148998288276324932006-05-30T16:08:00.002+02:002007-05-26T10:27:41.892+02:00MEDIDAS LEGALES, JUDICIALES Y POLICIALES<div align="justify"><span style="font-size:130%;"><strong>5. MEDIDAS LEGALES, JUDICIALES Y POLICIALES</strong></span><br /><br /><strong>5.1. Medidas legales, judiciales y policiales, propuestas en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres<br /></strong><br />Como se reconoce en la Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial, para combatir la violencia contra las mujeres, es preciso introducir sanciones penales, civiles, laborales y administrativas en las legislaciones nacionales, o reforzar las vigentes, con el fin de castigar y reparar los daños causados a las mujeres y las niñas víctimas de cualquier tipo de violencia, ya sea en el hogar, el lugar de trabajo, la comunidad o la sociedad. A pesar del establecimiento de dichas sanciones, la violencia que se ejerce contra las mujeres es, con frecuencia, tolerada, por lo que resulta muy difícil de detectar y de eliminar. En los casos en los que se denuncia, a menudo no se protege a la víctima, ni se castiga a los agresores.<br /><br />Para superar dichos problemas, se proponen, como medidas más específicas: revisar y analizar periódicamente las leyes existentes, haciendo hincapié en su eficacia para prevenir la violencia, enjuiciar a los agresores y proteger a las víctimas; adoptar medidas para favorecer la reparación de los daños causados, la indemnización y el tratamiento de las víctimas; crear mecanismos institucionales, o reforzar los existentes, a fin de que las mujeres y las niñas puedan denunciar los actos de violencia cometidos contra ellas, en condiciones de seguridad y confidencialidad, sin temor a castigos o represalias; promover y establecer estrategias para impedir que las mujeres víctimas de la violencia vuelvan a sufrirla, por falta de perspectiva de género en las leyes, en las prácticas de aplicación de las leyes y en los procedimientos judiciales; y adoptar medias especiales para eliminar la violencia que sufren las mujeres que están en situación de especial vulnerabilidad, haciendo cumplir la legislación vigente y elaborando, según proceda, nueva legislación para las trabajadoras migrantes, tanto en los países de origen como en los de acogida.<br /><br /><strong>5.2. Situación, respecto a las medidas legales, judiciales y policiales, para combatir la violencia contra las mujeres, en general, en la Unión Europea</strong><br /><br />A partir de los debates planteados en las Conferencias de personas expertas, organizadas por la Unión Europea, en Viena, 1998, y en Jyväskylä, en 1999, sobre cómo combatir la violencia contra las mujeres, se propusieron las siguientes medidas legales, judiciales y policiales:<br /><br />1) El hogar debería ser un lugar seguro, por lo que el hecho de que un miembro del mismo cometa un delito en la unidad familiar debería ser considerado como un factor agravante.<br /><br />2) Los procedimientos penales por actos de violencia contra las mujeres deberían celebrarse con la máxima celeridad.<br /><br />3) En los casos de este tipo de violencia, debería ser posible iniciar el procedimiento penal de oficio.<br /><br />4) Las víctimas deberían ser informadas del desarrollo del proceso, en todas las fases y sin demoras innecesarias, especialmente en el caso de la puesta en libertad del agresor. Es responsabilidad de la persona funcionaria garantizar que dicha información sea comprendida por la víctima, que deberá tener derecho a una traducción gratuita, cuando ésta sea necesaria.<br /><br />5) Conviene establecer medidas para prevenir revictimizaciones a lo largo del proceso, evitando las confrontaciones de la víctima con el agresor, en el juzgado o en sus alrededores, así como las repeticiones de la declaración por parte de la víctima.<br /><br />6) En todas las fases del proceso, se debería dar prioridad a las medidas destinadas a proteger a la víctima, a través de autos provisionales, órdenes de alejamiento que restrinjan la proximidad del agresor, sistemas de alarma, etc., de forma que se garantice el derecho de la víctima a permanecer en el hogar familiar, en los casos de violencia doméstica (en los que debe ser el agresor quien lo abandone), contemplando, también, la posibilidad, si la mujer lo prefiere, de que ella y sus hijas/os puedan irse a una casa de acogida, en condiciones de total seguridad.<br /><br />7) Se debería proporcionar asistencia jurídica gratuita, a lo largo de todo el proceso, a las víctimas de la violencia contra las mujeres.<br /><br />8) Las/os profesionales que se encarguen de atender a las víctimas de la violencia deberían haber recibido formación específica sobre cómo hacerlo, de forma que puedan proporcionarles la atención que necesitan y prevenir revictimizaciones, tanto en los servicios policiales como en los judiciales. Es aconsejable establecer unidades especiales en los centros urbanos densamen­te poblados.<br /><br />9) Deberían existir indemnizaciones, establecidas legalmente, para las víctimas de la violencia contra las mujeres.<br /><br />10) Sería preciso que las diversas medidas sociales, legales, judiciales y policiales, que se desarrollen para ayudar a las víctimas de la violencia contra las mujeres, se encuentren adecuadamente coordinadas entre sí.<br /><br />Los análisis realizados, en diversos países de la Unión Europea, dentro de la Iniciativa DAPHNE, como el llevado a cabo por el Lobby Europeo de Mujeres, Dévoiler les données cachées de la violence domestique dans l’UE, 1999, (Desvelar los datos ocultos de la violencia doméstica en la Unión Europea) y los realizados por la asociación española de mujeres juristas THEMIS, durante 2001, Guía de buenas prácticas y usos forenses para combatir la violencia de género y Guía de los derechos de las mujeres víctimas de la violencia familiar, reflejan que, con frecuencia, existen dificultades serias para llevar a la práctica las nuevas medidas legales, judiciales y policiales, pudiéndose destacar, entre las principales dificulta­des, las siguientes:<br /><br />· Cuando la víctima comienza a perder el miedo y se atreve a plantear la denuncia contra su agresor, paso decisivo para que pueda salir de la situación de violencia que sufre y para que la sociedad avance en su erradicación, puede producirse un incremento de dicho problema, para lo que es preciso protegerla, sin lesionar sus derechos y contribuyendo al fortalecimiento de su posición.<br /><br />· Las medidas que restringen la proximidad entre el agresor y la víctima suelen ser difíciles de controlar.<br /><br />La víctima retira, con frecuencia, su denuncia antes del juicio o no se presenta a testificar en él. A pesar de que suelen haberse establecido procedimientos para evitar que dichas condiciones conduzcan a la impunidad de los agresores, estos procedimientos son difíciles de aplicar; probable­mente, debido a la dificultad de adaptar, sobre todo en la práctica, sistemas legales fuertemente orientados a garantizar la presunción de inocencia.<br /><br />A partir de la evaluación de las medidas legales, judiciales y policiales llevadas a cabo en los estudios anteriormente mencionados, se concluye que, en general, en la Unión Europea, las principales dificultades existentes en este campo, para luchar contra la violencia hacia las mujeres, son debidas, fundamentalmente, a la forma de interpretar y aplicar las normas jurídicas existentes.<br /><br />En relación a estas dificultades, cabe considerar, también, las siguientes conclu­siones, incluidas en los trabajos preparatorios de la Evaluación de la Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres:<br /><br />· Las estrategias jurídicas por sí solas no bastan. Para la efectiva aplicación de la ley, ésta debe ir acompañada de otro tipo de medidas, que garanticen y aseguren su cumplimiento.<br /><br />Para avanzar en la eficacia de las leyes existentes, es preciso superar una serie de obstáculos que, con frecuencia, se producen, entre los que cabe destacar los relacionados con el cumplimiento de la legislación vigente, la falta de protección de las mujeres y niñas víctimas de la violencia y la impunidad de que gozan, en muchas ocasiones, quienes cometen actos de violencia.<br /><br />Por otra parte, como reflejo de las opiniones de la población europea sobre el papel de las medidas legales, judiciales y policiales, cabe considerar el porcentaje de acuerdo manifestado, en el Eurobarómetro de 1999, con las siguientes cuestiones:<br /><br />· Las dos medidas sobre las que se pregunta, en las que se obtiene un porcentaje de acuerdo mayor, giran en torno a la necesidad de castigar a los agresores (95%) y la necesidad de endurecer fuertemente las leyes existentes (91%), el mismo porcentaje que se obtiene al preguntar por la educación basada en el respeto mutuo. Además, también cuentan con un elevado porcentaje de acuerdo otras dos preguntas relacionadas con la legislación: endurecer las leyes (86%) y el establecimiento de leyes, para prevenir la discriminación sexual (85%).<br /><br />El 62,4% considera que la violencia doméstica es inaceptable, en todas las circunstancias, y que debería ser siempre castigada por la ley; el 32,2% la considera, también, inaceptable, en todas las circunstancias, aunque no siempre punible por la ley, frente al 2,3% que la considera aceptable, en determinadas circunstancias, y el 0,7% que la considera aceptable, en cualquier circunstancia.<br /><br /><br /><strong>5.3. Buenas prácticas legales, para combatir la violencia contra las mujeres, en general, en los Estados miembros de la Unión Europea<br /></strong><br />A partir de las respuestas dadas al Cuestionario sobre Buenas Prácticas, por los Estados miembros, se desprende que, en catorce de ellos (93%), se han adoptado medidas para integrar el conjunto de las acciones realizadas contra la violencia hacia las mujeres, observándose tres tipos diferentes, sobre la forma de llevar a cabo dicha integración, en función de los instrumentos que se utilizan para ello:<br /><br />1) Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres. Cuatro de los quince países de la Unión Europea (27%) afirman disponer de una Ley Integral para luchar contra la violencia hacia las mujeres: Austria, Irlanda, Italia y Portugal.<br /><br />2) Plan Integral de Acción contra la Violencia hacia las Mujeres. Se trata de la situación más frecuente, en la que afirman encontrarse once de los Estados miembros (73%): Alemania, Austria, España, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido y Suecia.<br /><br />3) Ley Integral contra la Violencia hacia las Mujeres y Plan Integral de Acción. Solamente tres países disponen de estos dos instrumentos de coordinación (20%): Austria, Irlanda y Portugal. La existencia de cualquiera de estas dos herramientas representa una buena práctica de gran relevancia, para coordinar las distintas acciones que se llevan a cabo en la lucha contra la violencia hacia las mujeres e incrementar su eficacia.<br /><br />Holanda afirma haber establecido planes generales dirigidos contra la violencia hacia las mujeres, con anterioridad, desde 1982 hasta 1995, pero no tenerlos actualmente en vigor. Entre 2001 y 2002, está desarrollando un Plan para Prevenir y Combatir la Violencia Doméstica, en el que se integran las acciones destinadas a luchar contra la violencia hacia las mujeres, en dicho ámbito, y las que sufren otros miembros de la unidad familiar<br /><br />Para valorar los instrumentos de integración, anteriormente mencionados, conviene tener en cuenta, también, que:<br /><br />0 De los cuatro países que tienen Ley Integral, solamente Austria cuenta con un presupuesto económico asignado y, además, este país es el único que evalúa dicha Ley.<br />0 De los once Estados miembros que disponen de Plan Integral, nueve han habilitado el correspondiente presupuesto económico (Alemania, España, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Luxemburgo, Reino Unido y Suecia) y cuatro han evaluado este Plan (España, Francia, Portugal y Suecia).<br /><br /><span style="color:#993399;">Como buena práctica legal, para combatir, en general, todas las formas de violencia contra las mujeres, cabe considerar el hecho de que todos los Estados miembros de la Unión Europea hayan firmado los principales Instrumentos Internacionales de Derechos Humanos relevantes en este campo, como se recomienda en la IV Conferencia Mundial contra las Mujeres, así como que, en la mayoría de los casos, también hayan ratificado dichos Instrumentos, condición que obliga, jurídicamente, a su cumplimiento por parte del Estado y que convendría generalizar.<br /></span><br /><br /><strong>5.4. Buenas prácticas legales, judiciales y policiales, para combatir la violencia doméstica contra las mujeres, en los Estados miembros<br /></strong><br />En las respuestas dadas al Cuestionario sobre Buenas Prácticas, se refleja que, en todos, existen medidas legales, judiciales y policiales, respecto a la violencia doméstica, en la dirección de las recomendaciones de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, observándose, en este sentido, que:<br /><br />1) En siete Estados miembros (47%), está tipificada como delito específico o falta la violencia doméstica: Alemania, España, Francia, Irlanda, Italia, Portugal y Suecia. Por otra parte, cinco de ellos (33%) condenan la violencia doméstica a través de las tipificaciones generales existentes contra cualquier clase de violencia: Austria, Finlandia, Grecia, Holanda y Reino Unido. De los tres países restantes de la Unión Europea, no se dispone de información al respecto.<br /><br />En los siete países que tienen tipificada la violencia doméstica como delito específico o falta, se incluye la violencia física; en cinco, la violencia psicológica y, también en cinco, la sexual.<br /><br /><span style="color:#993399;">La consideración de la violencia física, sexual y psicológica como delito o falta es una buena práctica que ayuda a combatir todas las modalidades de la violencia doméstica.</span><br /><br />2) Según las respuestas proporcionadas por los Estados miembros, en ningún caso, se considera el parentesco o las relaciones afectivas como circunstancia atenuante de la responsabilidad penal. Y, en ocho Estados (el 53%), dicha condición representa una circunstancia agravante: Alemania, Bélgica, Francia, Holanda, Irlanda, Italia, Portugal y Suecia.<br /><br /><span style="color:#993399;">La anterior es una buena práctica, en la que se reconoce, de manera muy explícita, que la familia debe ser un lugar seguro, en el que no puede tener cabida la violencia.<br /></span><br /><span style="color:#993399;">3) Cinco países, de los quince de la Unión Europea (33%), afirman disponer de un procedimiento judicial específico para dar máxima celeridad a los casos de violencia doméstica: Alemania, Francia, Irlanda, Italia y Luxemburgo. Esta es una buena práctica que es conveniente extender, dada su relevancia, para disminuir el tiempo de exposición de las víctimas al riesgo de nuevas agresiones.<br /></span><br />4) Once Estados miembros (73%) afirman que el procedimiento penal puede ser iniciado a instancias de la víctima: Alemania, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Grecia, Irlanda, Italia, Portugal, Reino Unido y Suecia. Por iniciativa del acusador público, en doce (80%): Alemania, Austria, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Portugal, Reino Unido y Suecia.<br /><br /><span style="color:#993399;">El hecho de que el acusador público pueda iniciar el proceso, independientemente de la denuncia de la víctima, es una buena y generalizada práctica, muy recomendada por las personas expertas que han analizado este tema, en reuniones anteriores de la Unión Europea.<br /><br /></span>Conviene tener en cuenta, sin embargo, como plantean con frecuencia las ONG, que, a veces, dicha independencia, incluso cuando está claramente establecida a nivel legal, tiene dificultades para llevarse a la práctica, en la que suele observarse, por ejemplo, que, cuando la víctima retira su denuncia o no se presenta a testificar en el proceso, el agresor tiende a quedar impune.<br /><br />Como reflejo de estas situaciones, cabe considerar la disposición legal que Austria menciona en el Cuestionario, en la que se establece que: La comisión de una intimidación peligrosa (...) contra la esposa, un pariente de primer grado (madre, hija, etc.), la hermana u otra persona residente en el domicilio (...) sólo será perseguida o continuará siendo perseguida por el Ministerio Fiscal, si cuenta con autorización de la víctima. La autorización se considerará denegada, si no se otorga, en el plazo de catorce días, a contar desde la notificación de una (preceptiva) interpelación por parte del Ministerio Fiscal. (...) En el resto de los delitos considerados aquí, como, por ejemplo, las lesiones corporales, éstos son perseguibles de oficio, sin que sea necesaria la autorización de la víctima.<br /><br />En Francia, se puede iniciar el procedimiento de oficio como consecuencia de las constataciones efectuadas por la misma policía.<br /><br />Por otra parte, Italia matiza, en este punto, que, además de a instancias de la víctima, el proceso puede iniciarse de oficio, en determinadas condiciones, como cuando se producen lesiones graves.<br /><br />5) Además de las vías anteriormente mencionadas (a instancias de la víctima o del acusador público), también existe la posibilidad de iniciar el proceso penal a través de la acusación particular (destacada por ocho países, 53%: Alemania, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Irlanda, Portugal y Reino Unido) y a través del personal sanitario (señalada por cuatro, 27%: Alemania, España, Irlanda y Portugal). En ocho Estados miembros (53%), se añade que el procedimiento puede iniciarlo cualquier persona: Alemania, Austria, España, Finlandia, Francia, Irlanda, Italia y Portugal.<br /><br />En Austria y en Francia, el personal sanitario está obligado a romper el secreto profesional, si sospecha que, a través de una acción punible, se ha producido la muerte o una lesión grave a una persona, o en el caso de maltrato de menores.<br /><br />Francia añade otra vía de iniciar el procedimiento penal: a instancia de las asociaciones creadas con el objetivo de luchar contra la violencia sexual o doméstica.<br /><br /><span style="color:#993399;">La ampliación de las vías de iniciación del procedimiento penal, a instancia de la acusación particular, del personal sanitario y de cualquier persona, constituye una buena práctica para avanzar contra la impunidad del agresor, así como para transmitir a los agentes implicados su responsabilidad, en la lucha contra la violencia doméstica, superando, de esta forma, la denominada conspiración del silencio, que lo considera como un problema privado.<br /></span><br />6) Siete países (47%) afirman que sus legislaciones establecen la obligatoriedad de poner en conocimiento de la víctima los cambios procesales en la situación del agresor: España, Francia, Holanda, Irlanda, Portugal, Reino Unido y Suecia; y cuatro de ellos (el 27%) destacan que es obligatorio poner en conocimiento de la víctima las circunstancias del agresor, una vez cumplida la sentencia: Bélgica (en el caso de la libertad condicional), Francia, Reino Unido y Suecia.<br /><br />Austria matiza, sobre este tema, que, si las víctimas se han adherido al proceso penal con peticiones basadas en el derecho privado, emanadas de la comisión del delito, son citadas a la vista de la causa y se les notifica la sentencia mediante nota escrita, lo cual les permite estar informadas sobre cualquier modificación de la situación del agresor. Además, la Ley austriaca de Enjuiciamiento Criminal establece la obligatoriedad de informar, a las personas agredidas, sobre las órdenes impuestas a los infractores, que afectan directamente a los intereses de aquéllas.<br /><br />Francia contesta a esta pregunta especificando que, con carácter general, durante la ejecución de la pena, la víctima puede ser informada sobre la situación del agresor, sobre todo, de su liberación. Además, el juez que aplica la pena tiene la facultad de escuchar a la víctima para considerar sus intereses antes de decidir el establecimiento de la pena.<br /><span style="color:#993399;"><br />El hecho de establecer en la legislación medidas que faciliten información a las víctimas, sobre la situación del agresor, representa una buena práctica que puede contribuir a la protección y a la seguridad de aquéllas.</span><br /><br />7) Ocho países (53%) afirman que sus legislaciones incluyen disposiciones legales para evitar que la víctima de la violencia doméstica sufra revictimizaciones: Alemania, Austria, España, Francia, Italia, Luxemburgo, Portugal y Suecia.<br /><br />España y Suecia matizan que dichas medidas especiales se limitan a las/os menores de 18 años, si bien, en España, se establece que, asimismo, pueden adoptarse con las personas adultas, cuando comparecen en condición de testigos, sin acusación particular, y la autoridad judicial aprecie un peligro grave para su persona, libertad o bienes.<br /><br />Alemania señala que la Ley de Protección de Testigos introduce la posibilidad de grabar en vídeo sus declaraciones, como sustitución del interrogatorio.<br /><br />En Austria, también existe la posibilidad anterior para las mujeres que han sido víctimas de violencia doméstica o sexual que lo soliciten, así como para las/os menores de 14 años que hayan sido víctimas de este último tipo de violencia, aunque no lo soliciten.<br /><br />En Francia, existe la posibilidad de mantener en secreto la dirección de la víctima o de domiciliarla en la comisaría. A discreción del juez instructor, es posible, igualmente, evitar a la víctima audiencias repetidas o confrontaciones con el agresor.<br /><span style="color:#993399;"><br />La existencia de estas disposiciones legales, que evitan las repeticiones de la declaración de la víctima, así como su confrontación con el agresor, muy recomendada por las/os expertas/os, en las reuniones de la Unión Europea, constituye una buena práctica, para proteger a las víctimas de la violencia doméstica del riesgo de sufrir nuevas revictimizaciones, a lo largo del procedimiento judicial.</span><br /><br />8) Doce Estados miembros (80%) afirman que sus legislaciones contemplan medidas que restringen la proximidad del agresor a la víctima: Alemania, Austria, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Holanda, Irlanda, Italia, Portugal, Reino Unido y Suecia. Aunque Luxemburgo no dispone actualmente de dichas medidas, las recoge en un proyecto de ley, actualmente en curso de aprobación. Entre las más extendidas, en los Estados miembros que ya disponen de este tipo de medidas, destaca el alejamiento del agresor, contemplada en once (73%), seguida por la prohibición de comunicación con la víctima, en diez (67%) y por el desalojo de la vivienda, en nueve (60%). En España y Francia, existe, además, la posibilidad de prohibir al agresor frecuentar ciertos lugares, y de forma especial, en Francia, la obligación de fijar su domicilio en un lugar determinado.<br /><br />9) En once de los Estados miembros (73%) que disponen de medidas para restringir la proximidad del agresor a la víctima, se emplean algunos medios para garantizar la efectividad de dichas medidas: Austria, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Holanda, Irlanda, Italia, Portugal, Reino Unido y Suecia. Entre los que se mencionan como utilizados, se destacan: la comunicación del tribunal a la comisaría más cercana al domicilio, en nueve (60%); la comunicación del tribunal a la comisaría más cercana al trabajo, en tres (20%); las alarmas electrónicas y la vigilancia policial del agresor, en dos (13%).<br /><br />Además, algunos países disponen de otro tipo de medidas destinadas a garantizar la efectividad de las que restringen la proximidad, como: la comunicación a través de la base de datos de la policía (Finlandia) o los servicios de libertad condicional y las asociaciones de control judicial encargadas de vigilar el cumplimiento de estas prohibiciones (Francia).<br /><br /><span style="color:#993399;">La utilización de medios eficaces, que garanticen el cumplimiento de las medidas de restricción de proximidad del agresor a la víctima, es una buena práctica de gran relevancia para protegerla</span>.<br /><br />10) De los quince países de la Unión Europea, nueve (60%) afirman que, en sus legislaciones, se considera delito el incumplimiento de las medidas que restringen la proximidad del agresor a la víctima: Alemania, Austria, España, Finlandia, Holanda, Irlanda, Italia, Reino Unido y Suecia.<br /><br />Francia señala que el incumplimiento de estas medidas, por parte del agresor, supone una infracción que conlleva la imposición de ciertas sanciones, como la detención provisional, la revocación de su suspensión o una condena.<br /><br /><span style="color:#993399;">La consideración, como delito, del incumplimiento de las medidas relativas a la proximidad de los agresores a las víctimas representa una buena práctica, para mejorar la protección de estas últimas.</span><br /><br />11) La casi totalidad de los Estados miembros, catorce (93%), afirman disponer de asistencia jurídica gratuita para las víctimas de la violencia doméstica: Alemania, Austria, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido y Suecia; en doce de ellos (80%), esta asistencia cubre el asesoramiento jurídico y, también en doce, la asistencia jurídica, durante el proceso. Algunos países matizan que la gratuidad de dicha asistencia depende de que el caso o la persona cumpla determinados requisitos y otros países añaden que, además de la asistencia jurídica gratuita, anteriormente mencionada, se puede proporcionar a las víctimas la posibilidad de disponer de una persona de apoyo general (Finlandia) o, concretamente, de apoyo psicológico y material, por parte de asociaciones (Francia).<br /><br /><span style="color:#993399;">El hecho de disponer de asesoramiento jurídico gratuito constituye una buena práctica, ya que permite a las víctimas conocer las posibilidades de actuación ante una agresión y facilita su acceso a la justicia.<br /></span><br />12) En cuatro países (27%) existen, en los servicios judiciales, unidades específicas de atención a las víctimas de la violencia doméstica: Francia, Holanda, Irlanda e Italia. Holanda destaca, en relación a dichas unidades, que, en todas las fiscalías públicas de distrito, hay un fiscal especializado en casos sexuales, que desempeña un importante papel en el desarrollo del trabajo especializado y en la cooperación con otros servicios.<br /><br />España, pese a indicar que no dispone de las unidades específicas recién mencionadas, señala que existen oficinas de asistencia a las víctimas de cualquier delito violento y contra la libertad sexual y, en consecuencia, a las de la violencia doméstica, que cuentan con personal especializado para proporcionar dicha atención.<br /><br />13) Ocho países (53%) afirman que cuentan con unidades específicas de atención a las víctimas de la violencia doméstica, en los servicios policiales, en las que trabajan profesionales que han recibido formación especializada, para desempeñar dicha función: Alemania, España, Francia, Holanda, Italia, Portugal, Reino Unido y Suecia.<br /><br /><span style="color:#993399;">Una buena práctica para luchar contra la violencia doméstica sería la de disponer, en los servicios judiciales y policiales, de unidades específicas de atención a las víctimas y, en todo caso, de personal especializado, para prestarles el apoyo necesario y evitar revictimizaciones.<br /><br /></span>14) De las respuestas dadas a la pregunta sobre la existencia de indemnizaciones, establecidas legalmente, para las víctimas de la violencia doméstica, se deduce que once Estados miembros (73%) cuentan con ellas, aunque, en la mayoría, no se hace referencia específica, en su legislación, a la violencia doméstica, sino que se habla de los delitos violentos, considerados globalmente. Portugal constituye la única excepción a esta observación de carácter general, ya que sí tiene previstas, en su normativa, las indemnizaciones a las víctimas de la violencia conyugal, cuando cumplen determinados requisitos. Los restantes países, incluidos en el porcentaje mencionado, son los siguientes: Alemania, Austria, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo y Suecia.<br /><br /><span style="color:#993399;">El hecho de garantizar que la víctima reciba una indemnización, así como el de reconocer la responsabilidad del Estado, en este sentido, por no haber podido protegerla, representa una buena práctica, para paliar los efectos destructivos que la violencia produce en la mujer que la sufre (al dejar muy claro que no es culpable y que tiene derecho a una reparación), práctica que convendría generalizar.</span><br /><br />15) Sólo cuatro países (27%) afirman que existen medidas legales que aseguran la actuación coordinada de las distintas instancias que intervienen en el proceso penal por delito de violencia doméstica (jurídicas, policiales, sanitarias...): Austria, Portugal Reino Unido y Suecia.<br /><br />Varios de los países que afirman no disponer de dichas medidas de forma general, destacan, sin embargo, acciones específicas destinadas a la coordinación: Holanda, en donde algunas comunidades están sistematizando la coordinación a nivel local, para mejorar las acciones destinadas a prevenir y combatir la violencia doméstica; Finlandia, en donde la policía colabora con otras autoridades y asociaciones de voluntarias/os para prevenir la violencia contra las mujeres dentro de las familias y monitoriza el desarrollo internacional en este ámbito; Francia, donde unas circulares incitan a una acción coordinada, reforzada por la creación de una comisión nacional contra la violencia; e Italia, en donde la Magistratura y la Policía coordinan sus procedimientos en violencia doméstica, especialmente respecto a las/os menores.<br /><br /><span style="color:#993399;">La existencia de un mandato legal, que asegure la actuación coordinada de las distintas instancias que intervienen en el proceso penal por delito de violencia doméstica, constituye una buena práctica que es preciso incrementar a todos los niveles (local, regional, nacional), para mejorar la eficacia de las medidas llevadas a cabo.<br /></span><br />16) Diez Estados (67%) afirman disponer de medidas que aseguran la colaboración entre las entidades públicas y privadas, en la lucha contra la violencia doméstica: Alemania, Austria, España, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo y Portugal.<br /><br /><span style="color:#993399;">La colaboración de los organismos públicos con los privados, y especialmente con las ONG que trabajan en la lucha contra la violencia doméstica, es una buena práctica que conviene mantener y desarrollar, tal como se recomienda en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres.<br /></span><br /><br /><strong>5.5. Buenas prácticas legales, judiciales y policiales, para combatir la violencia sexual contra las mujeres, en los Estados miembros de la Unión Europea</strong><br /><br />En las respuestas dadas al Cuestionario sobre Buenas Prácticas, por los países comunitarios se refleja que, en todos de los que se dispone de información (Alemania, Austria, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido y Suecia), existen medidas legales, judiciales y policiales, respecto a la violencia sexual, en la dirección de las recomendaciones de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, observándose, en este sentido, que:<br /><br />1) Los catorce países recién señalados (93%) tienen tipificada, entre otros delitos contra la libertad sexual, la violación y trece de ellos (87%), también el abuso sexual. En Luxemburgo, el único país que afirma no tener tipificado el abuso sexual, las conductas relacionadas con él pueden ser penalizadas, dentro de los delitos definidos como actos contra el pudor, cometidos sin violencia, contra menores, o con violencia, contra cualquier persona.<br /><br />2) En once de los países (73%), se contemplan otros delitos contra la libertad sexual que ayudan a combatir esta forma de violencia contra las mujeres: agresiones sexuales distintas de la violación, tráfico de personas, exhibición pornográfica de menores, exposición de menores a amenazas contra la moralidad, seducción de jóvenes, rufianismo, alcahuetismo, explotación sexual... Estos países son los siguientes: Alemania, Austria, Bélgica, España, Finlandia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido y Suecia.<br /><br />3) En ninguno de los nueve países que responden, se considera el parentesco o las relaciones afectivas entre el agresor y la víctima como circunstancias atenuantes de la responsabilidad penal, si bien Austria matiza, en este sentido, respecto al abuso sexual dentro de la pareja, lo siguiente:<br /><br />En el caso de abusos sexuales con fuerza, contra la esposa o la pareja, no hay prevista, con carácter general, una atenuación de la pena, si bien, cuando existe disposición de la víctima a continuar la convivencia con el autor del delito y un pronóstico favorable a la continuidad de la vida en común, en el momento de la sentencia, existe la posibilidad de aplicar la mínima pena, legalmente prevista, por vía de atenuación extraordinaria de la misma (dentro de ciertos límites).<br /><br />4) En diez países (67%), se contemplan circunstancias agravantes de la responsabilidad penal, en función del parentesco o de las relaciones afectivas, en los delitos contra la libertad sexual: Alemania, Bélgica, España, Francia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal y Reino Unido.<br /><br /><span style="color:#993399;">De acuerdo con lo reconocido en las reuniones de expertas/os, celebradas en la Unión Europea, este tipo de medidas legales representan una buena práctica para luchar contra la impunidad y la conspiración del silencio, que suelen rodear a la violencia sexual contra las mujeres.</span><br /><br />5) En cuatro Estados (27%), existe un procedimiento judicial especial, para dar máxima celeridad a los casos de violencia sexual: Francia, Irlanda, Italia y Reino Unido. Sin embargo, cuando dicha agresión entra dentro de la violencia doméstica, en Alemania y Luxemburgo, pueden utilizarse los procedimientos previstos, para estas situaciones.<br /><br /><span style="color:#993399;">El establecimiento de unos mecanismos especiales para acelerar los procesos de enjuiciamiento de los casos de violencia sexual puede considerarse como una buena práctica, que protege a las mujeres víctimas de la violencia.<br /></span><br />6) Diez países (67%) afirman tener disposiciones legales para evitar que la víctima de violencia sexual sufra revictimizaciones: Alemania, Austria, Bélgica, España, Francia, Holanda, Irlanda, Luxemburgo, Portugal y Suecia. Estas disposiciones, en algunos países, sólo pueden ser aplicadas en determinadas circunstancias: con menores de edad, cuando se comparece en condición de testigo, o cuando se detecta, en la víctima, una vulnerabilidad especial.<br /><br /><span style="color:#993399;">Estas medidas representan una buena práctica, de gran relevancia, para evitar que las víctimas sufran nuevas victimizaciones a lo largo del proceso judicial, como se destaca en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, y que convendría extender, de forma que pudieran aplicarse a todos los casos en los que sean necesarias. Cabe destacar, en este sentido, la eficacia que Alemania observa, en sus nuevas medidas de protección a las víctimas y testigos, en las que se contempla, de forma generalizada, la posibilidad de que las declaraciones puedan ser filmadas en vídeo. En este mismo sentido, Francia indica que ha comenzado un registro audiovisual de las declaraciones de las/os menores víctimas en todas las fases del procedimiento.</span><br /><br />7) Los catorce países que responden a esta pregunta (93%) afirman que existe asistencia jurídica gratuita para las víctimas de la violencia sexual, dependiendo del cumplimiento de determinados requisitos, como la situación económica. Esta asistencia varía según los Estados miembros:<br /><br />· En Austria, Bélgica, Finlandia, Francia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal y Reino Unido, se proporcionan, de manera gratuita, tanto el asesoramiento como la asistencia jurídica durante el proceso.<br />· En España y Grecia, el asesoramiento jurídico.<br />· En Alemania y Suecia, la asistencia jurídica durante el proceso.<br /><br />Algunos países añaden que, además de la asistencia jurídica gratuita, anteriormente mencionada, se proporciona a las víctimas la posibilidad de disponer de una persona de apoyo (Finlandia), o una atención integral, de tipo psicológico y psiquiátrico, proporcionada por la Seguridad Social, a las/os menores que han sufrido violencia sexual (Francia).<br /><br />8) Cuatro Estados miembros (27%) señalan que existen, en los servicios judiciales, unidades específicas de atención a las víctimas de violencia sexual, en las que trabajan profesionales especializadas/os en dicho tema: España, Francia, Holanda y Suecia.<br /><br />9) Nueve países (60%) señalan que existen, en los servicios policiales, unidades específicas de atención a las víctimas de la violencia sexual: Alemania, Austria, España, Francia, Holanda, Italia, Luxemburgo (sólo para menores), Portugal y Reino Unido; estas unidades, casi siempre, cuentan con personal especializado, en dicho tema.<br /><br />Holanda destaca, en esta pregunta, que el tratamiento de los casos de delitos sexuales ha emergido como un campo específico de especialización en la policía, cada día más solicitado, y que las fuerzas de seguridad regionales emplean especialistas, disponibles 24 horas al día, entre las que debe haber un número suficiente de mujeres oficiales.<br /><br />En Suecia, aunque no existen las citadas unidades específicas, se matiza que la atención a las víctimas de violencia sexual es una prioridad, generalmente cubierta por profesionales especializadas/os en ella.<br /><br /><span style="color:#993399;">El establecimiento y desarrollo de este tipo de servicios, dentro de las dependencias judiciales y policiales, es una buena práctica que puede contribuir a mejorar la atención a las víctimas de la violencia sexual y a evitar revictimizaciones.<br /></span><br /><span style="color:#993399;">10) Once países (73%) declaran que existen indemnizaciones, establecidas legalmente, para las víctimas de la violencia sexual: Alemania, Austria, Bélgica, España, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido y Suecia; están incluidas, bien dentro de las que existen respecto a todo tipo de violencia o bien como forma específica referida a los delitos contra la libertad sexual. Esta sería una buena práctica, de gran relevancia para paliar los efectos destructivos de la victimización.<br /></span><br /><br /><strong>5.6. Buenas prácticas legales, judiciales y policiales, para combatir la violencia contra las mujeres en el trabajo, en los Estados miembros<br /></strong><br />En las respuestas dadas al Cuestionario sobre Buenas Prácticas, se refleja que, en todos los países, se han producido, en los últimos años, importantes avances, en las medidas legales, respecto al acoso sexual en el trabajo, en la dirección de las recomendaciones de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, observándose, en este sentido, que:<br /><br />1) Ocho Estados miembros (53%) tienen tipificado, como delito específico o falta, el acoso sexual en el trabajo: Bélgica, España, Francia, Holanda, Irlanda, Luxemburgo, Portugal y Reino Unido.<br /><br /><span style="color:#993399;">La tipificación, como delito o falta, del acoso sexual en el trabajo es una buena práctica, que puede ayudar a combatir mejor la violencia que sufren las mujeres en este ámbito.<br /></span><br />En el caso de los países que no cuentan con dicha tipificación, el acoso sexual puede ser penalizado, a través de delitos contra la libertad, la dignidad o la integridad de la persona, en forma de: abuso de autoridad, abuso sexual, coacción, insulto, ofensa, vejación, ataque y violencia ilegal, contando, además, para combatirlo, con otros instrumentos legales, como las normas laborales.<br /><br /><span style="color:#993399;">Pueden servir como ejemplos de buenas prácticas la regulación del acoso sexual, en la legislación laboral de Bélgica y Holanda:<br /><br />· El Real Decreto, de 18 de septiembre de 1998, de Bélgica, obliga a las/os empleadoras/es a incluir, en los Reglamentos del Trabajo: 1) Una definición del acoso sexual en el trabajo, mencionando que dicho comportamiento no será tolerado en la empresa; 2) la designación de una persona o de un servicio de confianza, al que puedan dirigirse las víctimas del acoso sexual; 3) el procedimiento aplicable a las denuncias; 4) las sanciones previstas para los culpables.<br /><br />· La legislación de Holanda, para la Mejora de las Condiciones del Trabajo, obliga a las/os empleadoras/es a adoptar una política, sobre este tema, basada en medidas de riesgos laborales, así como a utilizar los Servicios de Seguridad y Salud para la detección y asistencia de dicho problema. Un aspecto importante de esta ley es el acoso sexual, que puede ser denunciado desde que una persona comienza a sufrirlo.<br /><br />2) En Alemania y España, se hace distinción entre el acoso de intercambio y el acoso ambiental. Esta distinción puede ayudar a combatir mejor las distintas modalidades que adopta esta forma de violencia contra las mujeres.<br /><br />3) Cuatro países (27%) tienen tipificado, como delito o falta, el acoso moral en el trabajo: Bélgica, Francia, Irlanda y Reino Unido (Irlanda del Norte), lo que representa una buena práctica, para avanzar contra todas las formas que puede adoptar la violencia en el trabajo, que convendría generalizar.<br /><br /></span>Aunque Italia manifiesta que no tiene tipificado como delito o falta el acoso moral en el trabajo, puntualiza que está contemplado en alguna normativa regional.<br /><br />En otros países, se mencionan otros delitos, a través de los cuales se puede condenar el acoso moral: la ofensa y la coacción (Alemania); la acción que origina lesiones físicas, reconocidas como tales por las/os médicas/os (Austria); las coacciones y delitos contra la integridad moral (España); la agresión, la amenaza y el chantaje (Grecia); el daño, la amenaza y la acción contra la vida privada (Luxemburgo); el ataque, la amenaza ilegal, la vejación o la conducta insultante (Suecia).<br /><br />4) Diez Estados miembros (67%) afirman que existe asistencia jurídica gratuita para las víctimas de la violencia en el trabajo, dependiendo del cumplimiento de determinados requisitos, como la situación económica de la víctima. Esta asistencia varía según los Estados miembros:<br /><br />· En Austria, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo y Portugal, se proporcionan, de manera gratuita, tanto el asesoramiento como la asistencia jurídica durante el proceso.<br />· En España y Grecia, el asesoramiento jurídico.<br />· En Alemania y Suecia, la asistencia jurídica durante el proceso.<br /><br />Finlandia matiza, en este punto, que, aunque no hay reglas específicas para proporcionar asistencia legal gratuita a las víctimas de la violencia en el trabajo, éstas pueden beneficiarse de las reglas generales para obtener ayuda legal.<br /><br /><span style="color:#993399;">La prestación de asistencia jurídica gratuita a las víctimas de la violencia en el trabajo puede considerarse como una buena práctica, dado que facilita el acceso de la víctima a la información legal y posibilita una mejor defensa de sus derechos.<br /><br />5) Sólo dos países (13%), España y Luxemburgo, afirman disponer de un procedimiento judicial específico para dar la máxima celeridad a los casos de violencia en el trabajo, lo que puede considerarse como una buena práctica, que contribuye a paliar las graves consecuencias que el alargamiento de estos procesos origina en las víctimas.<br /><br /></span><strong>5.7. Evaluación de las medidas legales, judiciales y policiales, para luchar contra la violencia hacia las mujeres, en los Estados miembros de la Unión Europea<br /></strong><br />En este apartado, se habla de las respuestas que doce Estados miembros han proporcionado, al pedirles, en el Cuestionario de Buenas Prácticas, que indicaran las tres medidas, legales, judiciales o policiales, que consideran más eficaces.<br /><br /><strong>Alemania</strong> destaca, en primer lugar, la Ley de Protección contra la Violencia (2001), recientemente aprobada, en la que se mejora la protección preventiva civil contra actos violentos, en general, y contra la violencia doméstica, en particular, incluyendo medidas legales, como la prohibición de contacto, aproximación y acoso. Se recono­ce la obligación del agresor de entregar el domicilio común, cuando el agresor y la víctima lo vienen administrando de manera perdurable. En segundo lugar, destaca la Ley de Protección a las Víctimas, en la que se incluyen mejoras procesales, para incrementar la seguridad de víctimas y testigos. Y, en tercer lugar, la Ley de Protección del Empleado, que contempla medidas eficaces, para proteger contra el acoso sexual en el puesto de trabajo. Respecto a la evaluación de la eficacia de las medidas, Alemania comenta que todos los proyectos de intervención cuentan con una evaluación científica y que la referente a las nuevas medidas destacadas estará disponible próximamente.<br /><br /><strong>Austria</strong> señala, en primer lugar, el Acta Federal de Protección frente a la Violencia Doméstica (1997), que reconoce, a la policía, autoridad para expulsar al autor de un acto violento o de una amenaza de violencia fuera del hogar y del entorno inmediato en el que vive la víctima, pudiendo, incluso, prohibirle volver, al menos, durante diez días (orden de prohibición). Si la víctima de la violencia doméstica es un pariente cercano del perpetrador, puede solicitar un requerimiento interino al tribunal, que sustituya a la orden de prohibición, si ésta ha sido ya expedida. Este requerimiento se extiende más allá del hogar y cubre un área más extensa que la decretada por la policía. El tribunal también puede prohibir al agresor ir o permanecer en determinados sitios, como los centros educativos a los que asisten sus hijas/os o las hijas/os de la mujer o como el lugar de trabajo de ella. Asimismo, es posible dar instrucciones al agresor, para que se abstenga de encontrarse o contactar con la víctima. Si el tribunal recibe un informe suficientemente detallado de la intervención policial (que se incluya en la orden de prohibición), puede dejar de escuchar al agresor (o a su defensora o defensor).<br /><br />En segundo lugar, Austria destaca las disposiciones de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, que contribuyen a prevenir revictimizaciones a lo largo del proceso, evitando una nueva declaración, en la vista de la causa, así como la posibilidad de tomar declaración a la víctima con medidas de gracia (sin verse confrontada con el autor del delito), de forma que se pueda realizar el interrogatorio sin estar presentes. También puede encargarse dicho interrogatorio a un/a profesional experto/a (la mayoría de las veces un/a psiquiatra).<br /><br /><strong>España</strong> señala, como las tres medidas legales, judiciales y policiales de mayor relevancia, para combatir la violencia contra las mujeres: 1) La inclusión de la violencia psíquica en el delito de violencia doméstica; 2) el reconocimiento de asistencia jurídica gratuita, para las víctimas de delitos y faltas de violencia doméstica y 3) la inclusión, en la legislación procesal, como medida cautelar, del distanciamiento físico entre el agresor y la víctima.<br /><br />También merece destacarse, por parte de España, la creación de una Comisión Interministerial, compuesta por responsables del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Ministerio del Interior, Ministerio de Sanidad y Consumo, Ministerio de Justicia y Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, para la coordinación, evaluación y seguimiento del Plan Integral contra la Violencia.<br /><br /><strong>Finlandia</strong> destaca, en primer lugar, el Acta sobre la Orden de Restricción, en vigor desde hace tres años, durante los cuales se han firmado unas cien órdenes al mes, demostrándose con ello la necesidad de dicha medida, que va a ser mejorada a través de una nueva propuesta, que se estima termine sus trámites parlamentarios en el 2002, con la que se pretende ampliar la extensión de dichas órdenes, para que se puedan aplicar a agresores que conviven con las víctimas, obligándoles a dejar la casa común, puesto que en el Acta anterior se excluía dicha situación. En segundo lugar, se destaca la reforma de 1999 del capítulo del código penal, sobre los delitos sexuales, reforma de gran relevancia para adaptar dicho capítulo a la situación de debilidad en la que suelen encontrarse las víctimas, y en la que, entre otros cambios, se establece que los delitos sexuales puedan ser perseguidos a instancias del ministerio público. Y, en tercer lugar, se destaca el Acta Criminal de 1997, a partir de la cual el tribunal puede designar a una persona de apoyo para que atienda a la víctima de un delito sexual, a lo largo del proceso de la investigación y en el juicio.<br /><strong><br />Francia</strong> menciona, en primer lugar, la mejora del sistema de acogida y de ayuda a las víctimas: 1) reforzando sus derechos, especialmente a partir de la ley de 15 de junio de 2000 (obligación de registrar las denuncias, aunque el servicio no tenga competencia territorial, obligación de informar a la víctima del conjunto de sus derechos a lo largo del procedimiento, simplificación de los modos de constitución de la parte civil...) y 2) mejorando la extensión de las unidades de atención a las víctimas en los servicios de policía y la formación inicial y continua de dichos profesionales en este tema. En segundo lugar, destaca la tipificación como delito de la violencia conyugal, reconociendo como agravante el hecho de que la violencia se ejerza por el cónyuge o pareja de hecho. En tercer lugar, menciona el establecimiento y promoción de las comisiones departamentales de acción contra la violencia hacia las mujeres, a través de las cuales se favorece la colaboración entre las instituciones locales, las/os representantes electas/os y las asociaciones, coordinadas por la autoridad del gobernador civil, así como la creación, en 2001, de la comisión nacional contra la violencia hacia las mujeres.<br /><br /><strong>Grecia</strong> indica, como la medida más eficaz en este ámbito, la creación del Comité Interministerial para la represión de la violencia contra las mujeres, en 1999, por una decisión del Ministerio del Interior, Administración Pública y Descentralización, en cooperación con el Ministerio de Salud y Bienestar Social y el de Orden Público, con el objetivo de coordinar, especificar y poner en práctica acciones adecuadas inmediatas, para reprimir este fenómeno. Está compuesto por equipos en los que se integran miembros de cada uno de los ministerios responsables, así como por el Research Centre on Equality Matters, KETHI, (Centro de Investigación para Asuntos de Igualdad), en el que participan personas expertas del más alto prestigio, procedentes de la comunidad académica y del movimiento de mujeres.<br /><strong><br />Holanda</strong> destaca el estudio sobre la eficacia de la legislación relativa al acoso sexual en el trabajo, publicado en 2000, en el que se comparan los resultados obtenidos, entonces, con la evaluación llevada a cabo en 1995. Este estudio refleja que las/os empleadoras/es han mejorado considerablemente el conocimiento de sus obligaciones, derivadas del Acta sobre las Condiciones en el Trabajo, para afrontar el acoso sexual, puesto que el 72% de las/os empleadoras/es ha llevado a cabo medidas de identificación de riesgos y el 57%, una estrategia de acción, cifras sensiblemente superiores a las de 1995: 23% y 19%, respectivamente. El procedimiento más común utilizado, para la protección contra el acoso sexual, son las reuniones en el trabajo, en las que se discute, abiertamente, sobre el tema (26%, en 2000, frente a 22%, en 1995).<br /><strong><br />Irlanda</strong> menciona, en primer lugar, el Children First Protocol (Primer Protocolo sobre Niñas/os), sobre procedimientos de actuación entre la policía y los equipos de salud, una guía nacional para la protección y el bienestar de las/os menores. Uno de sus objetivos es mejorar la identificación, medida, tratamiento y control del abuso infantil. En segundo lugar, el establecimiento del DVSAIU, en marzo de 1993, una unidad nacional destinada a promover las mejores prácticas en la intervención DV y en la investigación de violaciones, agresiones sexuales y abuso sexual infantil. Y, en tercer lugar, el Acta sobre Violencia Doméstica de 1996, en la que se extiende la ley sobre Barring Orders (Órdenes de Protección) para más tipos de personas, incluyendo las que conviven con la víctima y sus hijas/os, en la que se capacita al tribunal para establecer ordenes de protección a largo plazo y se dan nuevos poderes al Health Board (Consejo de Salud).<br /><br /><strong>Luxemburgo</strong> señala, entre las medidas legales, judiciales y policiales más destacadas, las relacionadas con la formación de la policía.<br /><strong><br />Portugal</strong> indica, como las tres medidas más relevantes, en este ámbito: 1) Que el Estado, en determinadas circunstancias, indemnice a las víctimas de la violencia conyugal; 2) el alejamiento del agresor del lugar donde se cometió el delito, o donde viven la víctima u otros miembros de la familia y 3) el Plan Nacional contra la Violencia Doméstica, que está siendo actualmente evaluado y en el que se incluyen medidas, no sólo sobre la sensibilización y prevención contra la violencia doméstica, sino también sobre la protección de las víctimas, así como sobre la realización de estudios e investigaciones sobre este tema.<br /><br /><strong>Reino Unido</strong> destaca, en primer lugar, el Victim Support’s National Witness Service (Servicio Nacional de Testigos de Apoyo a la Víctima), que está disponible en cada Crown Court (Tribunal Real) de Inglaterra y Gales. Puede facilitar visitas para familiarizarse con el tribunal antes del juicio, ofrecer un lugar separado de espera antes, durante y después del juicio, ayudar con los gastos y proporcionar información sobre compensaciones. En segundo lugar, se destaca el trabajo de colaboración con la Policía Metropolitana, destinado a desarrollar una estrategia proactiva para la violencia doméstica, denominada Enough is Enough (Lo suficiente es suficiente), centrada en la seguridad de las víctimas y las/os niñas/os que la sufren y en la responsabilidad de los abusadores. Ha contribuido a desarrollar buenas prácticas de intervención en situaciones de crisis y apoyo a las víctimas a más largo plazo, proporcionando un marco para la revisión de los casos de violencia doméstica con resultado de muerte, con el objetivo de fortalecer la colaboración entre agencias y proteger mejor a las víctimas. En tercer lugar, se destaca la Guía sobre los casos denunciados de violencia doméstica (Prosecuting Cases of Domestic Violence) realizada por The Crown Prosecution Service, CPS (Servicio de la Corona para la Denuncia), con la que se pretende ayudar a las usuarias a lo largo del proceso, informándoles de la legislación relevante y de los procedimientos a seguir.<br /><br /><span style="color:#993399;">Suecia</span> destaca, en primer lugar, la tipificación, como delito, de la grave violación contra la integridad de la mujer ejercida a la fuerza, nueva figura que hace posible el incremento del valor penal de los delitos repetidos (ataque, amenaza ilegal, vejación sexual), cuando son cometidos por un hombre contra una mujer, con la que tiene una relación estrecha, con un castigo de prisión que oscila entre seis meses y seis años. En segundo lugar, se señalan las instrucciones dadas por el Gobierno, como parte de la Reforma de Violencia contra las Mujeres, para que los siguientes organismos realicen tareas comunes, destinadas a combatir la violencia contra las mujeres: la Fiscalía General y las Fiscalías regionales, la Oficina Nacional de la Policía y las autoridades policiales regionales, el Consejo Nacional para la Prevención del Crimen, los Servicios Nacionales de Salud y Bienestar y algunas secciones de la Administración Nacional de Justicia. Estas instrucciones se centran en los siguientes cinco temas: Aumentar los esfuerzos, para prevenir la violencia contra las mujeres; diseñar un plan de acción y un documento sobre la política a llevar a cabo; cooperar con otras autoridades y organizaciones relevantes; supervisar el desarrollo, en este tema, a nivel internacional; e informar, regularmente, al Gobierno sobre las acciones adoptadas. Como tercera medida, Suecia destaca que, en 2001, aprobó un conjunto de actuaciones destinadas a mejorar la situación de las víctimas, incluyendo una, para aumentar el reconocimiento de los derechos de dichas víctimas, principalmente las mujeres, con el fin de extender la posibilidad de su defensa gratuita.<br /><br />En las respuestas recogidas en el Cuestionario sobre Buenas Prácticas, se refleja que, en la Unión Europea, se han desarrollado instrumentos legales, judiciales y policiales de gran relevancia, para luchar contra la violencia hacia las mujeres. Estos instrumentos, de acuerdo con los análisis llevados a cabo por diversos organismos, durante los últimos años, podrían mejorar su eficacia, a través de una evaluación sistemática y continua de todas las medidas adoptadas, de forma que puedan detectarse y subsanarse las limitaciones existentes para su cumplimiento y aplicación. Se pueden destacar, como recomendaciones más específicas, las siguientes:<br /><br />1) Evaluar si la actual tipificación de delitos y faltas es suficiente y adecuada para que no queden impunes las acciones de violencia contra las mujeres, prestando una especial atención a los delitos o faltas que no se encuentran tipificados como tales, como la violencia doméstica de tipo psicológico, el acoso sexual y el acoso moral.<br /><br />2) Extender y evaluar las medidas que garanticen la protección de las víctimas, como las que restringen la proximidad del agresor, destacadas por varios Estados miembros entre las medidas de eficacia especial, o las que se llevan a cabo para informar a la víctima de los cambios en la situación de aquél, subsanando, con la máxima celeridad, las limitaciones que se detecten en dicha evaluación, para garantizar la seguridad de la víctima, objetivo prioritario de todas las acciones legales, judiciales y policiales.<br /><br />3) Generalizar las medidas destinadas a prevenir revictimizaciones a lo largo del proceso. Estas medidas existen, actualmente, en la mayoría de los Estados miembros, para determinados casos, de forma que puedan proteger a todas las mujeres víctimas de la violencia del riesgo de sufrir dicho problema.<br /><br />4) Establecer mecanismos que permitan dar la máxima celeridad al proceso judicial, en los casos de violencia contra las mujeres, y, especialmente, en aquellos en los que, en función de la situación en la que se encuentran el agresor y la víctima, existe riesgo de nuevas agresiones, durante el período de tiempo comprendido entre el inicio del proceso y la fecha de la sentencia.<br /><br />5) Extender las unidades especializadas de atención a las víctimas, tanto dentro de los servicios policiales, como de las dependencias judiciales, de forma que la especialización abarque a todo tipo de violencia contra las mujeres.<br /><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span> </div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span> </div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span> </div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span> </div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span> </div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span> </div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">-</span></div><div align="justify"> </div><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1148997946584107902006-05-30T16:04:00.000+02:002006-06-09T17:09:22.963+02:00MEDIDAS ESPECIFICAS DIRIGIDAS A LA REHABILITACION DE LOS AGRESORES<div align="justify"><span style="font-size:130%;"><strong>4. MEDIDAS ESPECÍFICAS DIRIGIDAS A LA REHABILITACIÓN DE LOS AGRESORES<br /></strong></span><br /><strong>4.1. Medidas sobre rehabilitación de los agresores, propuestas en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres</strong><br /><br />En la Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial, se propone que las medidas legales deben estar orientadas a lograr la prevención de la violencia, el enjuiciamiento y sanción de los agresores, la protección de las mujeres, la reparación del daño sufrido y la rehabilitación de los propios agresores. En relación a este último tema, se habla textualmente de: proporcionar, financiar y promover servicios de asesoramiento y rehabilitación para los agresores y promover el estudio de las posibilidades de realizar actividades encaminadas a prevenir su reincidencia. <br /><br /><br /><strong>4.2. Rehabilitación de los agresores en la Unión Europea</strong><br /><br />Como reflejo de la controversia que suele plantearse en torno a la prioridad que hay que dedicar a la rehabilitación de los agresores, respecto a otras medidas destinadas a combatir la violencia contra las mujeres, cabe considerar los resultados obtenidos en el Eurobarómetro, 1999, en el que el 65% de las personas encuestadas manifestó su acuerdo con la necesidad de rehabilitar a los agresores, frente al porcentaje de las que expresaron su conformidad con la necesidad de someterles a procesamiento penal (95%) o de aplicar las leyes con más rigor (91%).<br /><br />En las respuestas dadas, por los Estados miembros, al Cuestionario sobre Buenas Prácticas, respecto a la rehabilitación de los agresores, se observa que:<br /><br />1) Trece Estados miembros (87%) afirman disponer de medidas específicas dirigidas a su rehabilitación: Alemania, Austria, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido y Suecia.<br /> <br />2) Entre los trece países que afirman tener medidas de rehabilitación de agresores:<br /><br />· La disponibilidad del tratamiento psicológico o psiquiátrico, dentro de la prisión, es mayoritaria, pero no unánime, puesto que se da en once Estados, el 73%: Alemania, Austria, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Reino Unido y Suecia. Fuera de la prisión, disponen de este tratamiento los siguientes once Estados: Alemania, Austria, Dinamarca, España, Finlandia, Francia, Holanda, Irlanda, Portugal, Reino Unido y Suecia.<br /><br />En seis Estados, el 40%, se da una participación en programas sistemáticos de rehabilitación: Austria, España, Holanda, Irlanda, Reino Unido y Suecia. <br /><br />También en seis países se dispone de guías para el cambio de actitud en la rehabilitación de agresores: Alemania, Austria, Irlanda, Portugal, Reino Unido y Suecia.<br /><br />Sólo en cinco Estados (33%) se han llevado a cabo evaluaciones sistemáticas de los programas de rehabilitación: Alemania, España, Holanda, Irlanda y Reino Unido. Austria matiza que, aunque no realiza evaluaciones en este ámbito de forma generalizada, sí se han evaluado algunos proyectos piloto, como el denominado Proyecto para el trabajo con hombres que practican abusos sexuales.<br /><br />Los resultados anteriormente expuestos ponen de manifiesto que se están desarro­llando medidas orientadas a la rehabilitación de los agresores, aunque parece que se trata de un campo con una especial dificultad.<br /><br /><strong>4.3. Características de las buenas prácticas en rehabilitación de los agresores</strong><br /><br />La preocupación por el avance en las medidas destinadas a la rehabilitación de los agresores ha estado muy presente en las reuniones organizadas por la Unión Europea sobre la violencia contra las mujeres, como puede observarse a continua­ción.<br /><br />Desde la Conferencia de personas expertas, sobre Medidas para combatir la violencia de los hombres contra las mujeres, celebrada en Viena en 1998, se viene destacando que el trabajo con los agresores debe ayudar a que asuman su responsabilidad, evitando todo aquello que el hombre pudiera interpretar como una justificación o una minimización de su comportamiento, recomendación expresada también en reuniones posteriores. <br /><br />En la Conferencia Ministerial sobre Violencia contra las Mujeres, celebrada en Colonia en 1999, en la que se dedica un foro a la reflexión sobre el trabajo con los agresores, se llega a las dos conclusiones siguientes:<br /><br />Es preciso establecer, en todos los Estados, condiciones legales generales, que proporcionen pautas y consignas, que permitan la participación de los agresores en programas de reinserción.<br /><br />El trabajo con los culpables debe tener en cuenta los resultados obtenidos en experiencias internacionales y estar establecido y evaluado científicamente, formando parte de un conjunto de medidas de lucha contra la violencia hacia las mujeres y sus hijas/os. Se deben tener en cuenta, para este trabajo, las opiniones y experiencias de dichas víctimas.<br /><br />En la Conferencia sobre Violencia contra las Mujeres, celebrada en Jyväskylä, Finlandia, en 1999, se plantean, además, las siguientes recomendaciones para las buenas prácticas en los programas dirigidos a agresores, orientadas, sobre todo, a la erradicación de la violencia doméstica:<br /><br />1) Los programas para los agresores no deben ser utilizados como sustitución de las medidas penales.<br /><br />2) En el trabajo a realizar con los agresores, se deberán incluir los mecanismos necesarios para asegurar que, en ningún momento, se pone en peligro la seguridad y el bienestar de las víctimas, objetivos a los que hay que dar prioridad.<br /><br />3) De acuerdo con las prioridades expuestas en el punto anterior, la financiación de los programas para los agresores no debe recaer sobre el coste de los servicios para las víctimas, sino sobre otras partidas presupuestarias. Dichos programas sólo podrán llevarse a cabo, si están suficientemente cubiertas las necesidades de las víctimas (servicios de ayuda, casas de acogida independientes...)<br /><br />4) Las víctimas de la violencia deben recibir información sobre la estructura del programa y los cambios en el agresor, garantizando siempre la seguridad y confidencialidad de dichas víctimas.<br /><br />5) Es preciso establecer mecanismos que garanticen que, si, en algún momento del desarrollo de los programas con los agresores, se produce o se conoce algún riesgo para la confidencialidad o seguridad de las mujeres y sus hijas/os, se informe, con la máxima celeridad, a los organismos implicados, así como a las fuerzas de seguridad.<br /><br />6) La conceptualización de la violencia contra las mujeres, por parte de quienes trabajen en estos programas, deberá reconocer que incluye agresiones físicas, psicológicas, sexuales y económicas, así como la conexión que existe entre dicha violencia y otro tipo de comportamientos que se aproximan a ella, como el excesivo control y otros antecedentes del abuso emocional que, a veces, son interpretados, erróneamente, como exageraciones de comportamientos aceptables, dentro de la relación de pareja.<br /><br />7) Los programas deben buscar la reeducación de los hombres violentos, a través del cambio de la mentalidad que les condujo a la violencia, enseñando que no tienen derecho a controlar ni agredir a sus (ex) compañeras, objetivo prioritario de la intervención, por encima de otros cambios que pueda necesitar el agresor, como, por ejemplo, el tratamiento contra el abuso del alcohol.<br /><br />8) Los programas deberán tener una duración máxima de doce meses, a razón de una sesión semanal, como mínimo, puesto que los programas de corta duración no son suficientes, pudiendo resultar, incluso, peligrosos. Han de comprender tanto trabajo individual como grupal. Este último componente resulta fundamental, para la eficacia del programa.<br /><br />9) Es preciso que los programas se basen en investigaciones adecuadas, en función de las cuales se establecen los métodos que pueden ser eficaces, que han sido desarrollados y evaluados en programas anteriores.<br /><br />10) Se debe llevar a cabo un seguimiento y evaluación de los programas, para asegurarse de que mejoran la seguridad de las mujeres y que son eficaces para cambiar la mentalidad de los hombres. La citada evaluación debe llevarse a cabo utilizando, además del informe personal del agresor, otras fuentes de información, incluyendo, siempre que sea posible, las versiones aportadas por las víctimas y otros tipos de evidencia del cambio que se haya podido lograr.<br /><br />11) Los programas para los agresores deben formar parte de una acción coordina­da, en la lucha contra la violencia hacia las mujeres, que involucre a la policía, a la justicia, a los servicios que trabajan con las víctimas y a los organismos de bienestar social, para lo cual conviene establecer acuerdos formales de colaboración entre dichos organismos.<br /><br /><br /><strong>4.4. Buenas prácticas en rehabilitación de agresores, en los Estados miembros de la Unión Europea</strong><br /><br />Cuatro Estados miembros recogen, en sus respuestas al Cuestionario, descripciones bastante detalladas de las medidas de rehabilitación de agresores que llevan a cabo. Se resumen, a continuación, algunas de las características de dichas medidas que representan buenas prácticas de carácter innovador:<br /> <br /><strong>Alemania:</strong> En el Plan de Acción para Combatir la Violencia contra las Mujeres, del Gobierno Federal, se describen las medidas adoptadas para la rehabilitación de los agresores en los siguientes términos: El tratamiento de los agresores implica, por una parte, que el Estado les trate como los delincuentes que son (...) Pero, además, hay que iniciar un proceso que lleve al agresor a modificar su conducta violenta (...). Porque, aunque la aplicación consistente de la sanción penal tenga un efecto preventivo general, demostrando a la sociedad que se condena dicha conducta, no suele tener ningún efecto preventivo hacia la futura conducta del individuo condenado.<br /><br />De acuerdo con lo anteriormente expuesto, en el Cuestionario de Buenas Prácticas, Alemania incluye, entre otras, las siguientes observaciones, sobre los programas de rehabilitación de agresores:<br /><br />· En el enfoque adoptado en el tratamiento que proporcionan las oficinas para hombres violentos, suelen combinarse tres esquemas de trabajo: psicotera­pia, cursos de adiestramiento social y asesoramiento.<br /><br />· En el caso de suspensión condicional de la pena, el juzgado puede imponer al agresor, durante el tiempo de suspensión condicional, órdenes dirigidas, específicamente, a su rehabilitación. Por ejemplo, el juzgado puede imponer un tratamiento psicoterapéutico y/o prohibir al autor del delito cualquier contacto con la víctima. En el caso de que proceda, también puede ordenarle abstenerse de consumir alcohol o imponerle la orden, con su consentimiento, de someterse a una cura de desintoxicación.<br /><br />· Durante la ejecución de la pena, se establecen medidas de rehabilitación diferentes para quienes han cometido delitos contra la integridad física y los que han cometido delitos sexuales. En el caso de los primeros, se utilizan entrenamientos antiviolencia (denominados Collness), que se realizan en la mayoría de instituciones tutelares de menores, con el objetivo de modificar las actitudes y los rasgos de personalidad que conducen a la violencia. Durante dichos cursos, se debate, intensamente, con los participantes, para que asuman la responsabilidad de sus acciones (historial previo, desarrollo, consecuencias para la(s) víctima(s)) y, si es necesario, se les confronta con la propia víctima. Uno de los objetivos de estos programas es ayudar a desarrollar la práctica de comportamientos alternativos, entre los que se incluyen el mantenimiento de una actitud reflexiva en situaciones estresantes.<br /><br />De acuerdo con los resultados encontrados en numerosos estudios nacionales y extranjeros, en los que se observa que el riesgo de reincidencia de delitos sexuales disminuye, si se proporciona al agresor un tratamiento terapéutico intenso, se han adoptado medidas para que los condenados que cumplan determinados criterios tengan un acceso, lo más temprano posible, a dicho tratamiento. Conforme al derecho vigente hasta 1998, las autoridades penitenciarias decidían qué medidas terapéuticas eran necesarias y, aunque comprobaran la necesidad de su traslado a una institución socioterapéutica, éste sólo era posible si tanto el agresor como el director de la institución daban su consentimiento. Las plazas existentes, en las instituciones socioterapéuticas de los distintos Länder, no eran suficientes para atender a todos los presos que precisaban terapia. Lo insatisfactorio de esta situación hizo que el legislador introdujera una modificación en la Ley de Ejecución Penitenciaria (que entrará en vigor el 1 de enero de 2003), estableciendo el traslado obligatorio a una institución socioterapéutica de delincuentes sexuales que precisen terapia, siempre que el traslado esté indicado en virtud de un estudio de la personalidad y las condiciones vitales del reo, y que el mismo tenga una condena de privación de libertad superior a dos años.<br /><br />· En el marco del acompañamiento científico de los proyectos de intervención contra la violencia doméstica, en Alemania, desde comienzos de 2001, se evalúan los programas de rehabilitación de agresores, cuyos resultados es previsible tener disponibles para finales de 2002. En la actualidad, ya se disponen de resultados sobre el tratamiento de delincuentes sexuales.<br /><br /><span style="color:#993399;">El enfoque desarrollado en Alemania representa una buena práctica de cómo incluir, en el tratamiento de los agresores, medidas que les ayuden a cambiar la mentalidad que subyace a la violencia, así como de la realización de programas-piloto que evalúen con rigor la eficacia de dichas medidas, para su posterior generalización.<br /></span><br /><strong>Austria:</strong> Los Centros de Consejo para Hombres de varias ciudades austríacas (Viena, Linz, Salzburg, Innsbruck, Bregnez y Klagenfurt) ofrecen programas para hombres violentos. En el de Viena, en donde el ministerio público y las autoridades responsables de la juventud obligan a los agresores a seguir dichos cursos, se ha desarrollado, durante los últimos años (1997-2001), un proyecto piloto de trabajo con agresores sexuales, evaluado por el Instituto de Psicología de la Universidad de Viena, cuyo informe final será publicado próximamente. Uno de sus capítulos trata sobre el diagnóstico y el pronóstico de los abusadores e incluye una selección de instrumentos de medida que resultan adecuados para este ámbito.<br /><br />Como base para los programas de rehabilitación de agresores que se llevan a cabo en Austria, diversos grupos de expertas realizaron una serie de trabajos destinados a proponer pautas de actuación, entre los que cabe destacar el estudio, de 1998, sobre Modelos internacionales de la actuación de los autores de abusos sexuales, y el llevado a cabo, de 1998 a 2000, en el que se proponen una serie de medidas y criterios para dicho ámbito, en la dirección de las recomendaciones de la Conferencia celebrada en Jyväskylä, Finlandia, en 1999. El modelo de trabajo resultante de este proceso se ha publicado en el año 2000, con el título Täterarbeit - ein Beitrag zum Opferschutz (La acción de los autores de abusos sexuales, una contribución para la protección a las víctimas). El resultado de este trabajo se concreta en una serie de premisas, normas y contenidos para la intervención con los agresores (diferenciando entre perpetradores de violencia sexual contra menores y los de violencia contra mujeres), que han sido aprobadas tanto por los establecimientos de protección a las víctimas como por las instituciones que trabajan con los agresores.<br /><br />A partir del trabajo mencionado en el párrafo anterior, se adoptaron las siguientes premisas básicas para el trabajo con los agresores:<br /><br />· Estar al servicio de la protección de las víctimas.<br />· Su objetivo primario es poner coto a la violencia e impedir nuevos actos de violencia.<br />· La seguridad de mujeres y menores es una parte fundamental del trabajo con los agresores.<br />· La responsabilidad de los actos violentos es exclusiva del agresor –sus ataques no pueden justificarse ni por dinámicas familiares perturbadoras, ni por experiencias anteriores de violencia o de otro tipo-.<br />· Exige una perspectiva que vea en él al ser humano total que ha llevado a cabo agresiones, pero que, al mismo tiempo, dispone del potencial para modificarse a sí mismo y su comportamiento violento.<br /><br />Estas premisas se concretan en unas normas específicas para trabajar con los perpetradores de violencia contra las mujeres, que van en la misma dirección que las señaladas anteriormente en este mismo epígrafe, como las acordadas en la Conferencia de Jyväskylä.<br /><br /><span style="color:#993399;">El trabajo de rehabilitación de agresores desarrollado en Austria representa una buena práctica sobre cómo utilizar en dicho trabajo las evaluaciones llevadas a cabo desde una perspectiva internacional, sobre cómo dar prioridad a la protección de las víctimas y sobre cómo coordinar a los organismos encargados de dicha protección y los que trabajan con los agresores.<br /></span><strong><br />Reino Unido</strong>: Destaca, entre otros, los siguientes trabajos llevados a cabo en rehabilitación de agresores:<br /><br />1) El Programa “<em>Duluth</em>” para perpetradores de violencia doméstica. Su eficacia está siendo investigada por equipos de las Universidades de Liverpool y Leicester, sobre una muestra de 200 sujetos. Incluye una evaluación múltiple de su eficacia, contrastando las llamadas a la policía con los resultados obtenidos en las siguientes medidas para perpetradores y víctimas:<br /><br />· Utilizadas por profesionales que trabajan con agresores: Spousal Assault Risk Assesment Guide (SARA); Dobash checklist offender version; Quality of life offender interview; Revised attitudes to offence scale (RATOS); Inventory of beliefs about wife beating (IBWB); Locus of control scale (LCS) ) (Guía de medidas del riesgo de abuso contra la esposa; listado de Dobash sobre la versión del agresor; entrevista sobre calidad de vida del agresor; escala de actitudes examinadas hacia el delito; inventario de opiniones sobre el maltrato a la esposa; escala sobre punto de control).<br /><br />· Utilizadas por profesionales que trabajan con víctimas: Spousal Assault Risk Assesment Guide (SARA); Dobash cheklist victim versión; Injury assesment index (IAI) victim; Quality of life victim interview (Guía de medidas del riesgo de abuso contra la esposa; Listado de Dobash sobre la versión de la víctima; Índice de evaluación de injurias a la víctima; Entrevista sobre la calidad de vida de la víctima).<br /><br />· Utilizadas por investigadoras/es: Staff impact survey; Stakeholder survey (Encuesta sobre el impacto al personal; Encuesta a las personas implicadas).<br /><br />2) El Proyecto de Edimburgo para perpetradores de violencia doméstica en libertad condicional (The Edinburgh Domestic Violence Probation Project), destacado en la respuesta del Reino Unido al Cuestionario como el primer programa desarrollado en Europa en este campo, comenzó, en 1990, con unos treinta y cinco hombres. En él se proporciona un servicio paralelo de atención a las parejas. Los hombres que participan están en situación de libertad condicional (probation order), con una duración mínima de un año, ocho sesiones individuales y trabajo grupal, durante veintiuna semanas. Este proceso es monitorizado tanto por la policía como por su pareja, con el objetivo de comprobar el progreso de los agresores y garantizar la seguridad de sus familias. Este proyecto tiene vínculos con otro, subvencionado por la Iniciativa DAPHNE y denominado Working with men (Trabajando con hombres), cuyo objetivo consiste en extender la intervención que llevan a cabo agencias que atienden a las víctimas, de forma que consideren la posibilidad de trabajar también con los hombres, para mejorar la seguridad de las mujeres y sus hijas/os.<br /><br /><span style="color:#993399;">El trabajo de rehabilitación de agresores llevado a cabo en el Reino Unido representa una buena práctica en el desarrollo de programas sistemáticos de intervención, que incluyen una evaluación rigurosa y muy completa de sus resultados, dentro de la cual se considera la opinión de las víctimas.</span><br /><br /><strong>Suecia:</strong> El Gobierno sueco está prestando una atención prioritaria al trabajo con los hombres en este campo, como se refleja en el hecho de que la Presidencia sueca de la Unión Europea, en marzo de 2001, celebrara una reunión de expertas/os sobre Hombres e igualdad de género, en la que se discutió sobre su responsabilidad en la violencia contra las mujeres. En las respuestas de Suecia al Cuestionario, se destacan, además, las cinco medidas siguientes:<br /><br />1) En los últimos años, se han creado diversas organizaciones de hombres que, de acuerdo a la Ley de violencia contra las mujeres, reciben financiación pública para ayudar a los agresores a abandonar la violencia. En este sentido, se está llevando a cabo, por ejemplo, un proyecto, en colaboración con organizaciones de inmigrantes, que trabajan con los hombres de dichos grupos, para erradicar la violencia contra las mujeres.<br /><br />2) La National Prison and Probation Administration (Administración Nacional de Prisiones y Libertad Condicional), en colaboración con el National Board for Health and Social Welfare (Consejo Nacional de Salud y Bienestar Social), ha investigado sobre los métodos empleados en el tratamiento de los hombres que han cometido delitos de violencia contra las mujeres; y, en colaboración con la Sección del Instituto Psiquiátrico Forense de Karolinska, ha investigado sobre las medidas de privación de libertad y de libertad condicional de los hombres condenados por violencia sexual.<br /><br />3) En la evaluación de los programas, se utilizan instrumentos de medida previamente contrastados, que contribuyen a mejorar la eficacia y el rigor de dicho trabajo:<br /><br />a) SARA, Guía de Medida del Riesgo de Abuso contra la Esposa, instru­mento evaluado en Canadá y utilizado también en los programas que destaca el Reino Unido en este campo, que permite detectar situaciones de riesgo y saber qué hacer para prevenir recaídas, y que, con la adecuada formación, puede ser utilizado por trabajadoras/es sociales, personal de prisiones, policías y otras/os profesionales que trabajan en este campo.<br /><br />b) HCR-20, instrumento que sirve para medir necesidades y situaciones de riesgo en delincuentes condenados por delitos violentos, y que puede ser utilizado por psicólogas/os y psiquiatras entrenadas/os.<br /><br />4) Se ha establecido, en la mitad de las prisiones locales de Suecia, un esquema de colaboración entre la policía, los servicios sociales y los servicios de investigación judicial (probation services), tanto en el trabajo con los perpetradores como con las víctimas de la violencia. La policía tiene la responsabilidad de iniciar esta colaboración, que implica:<br /><br />a) Formación de los equipos profesionales que trabajan con perpetra­dores de violencia doméstica contra mujeres, dentro de cada ámbito.<br /><br />b) Cuando un oficial de policía investiga un caso de violencia doméstica contra una mujer, advierte a la víctima para que contacte con los servi­cios sociales especiales que pueden ayudarle y, si fuera necesario, le traslade a un lugar de residencia seguro.<br /><br />En algunas áreas, la policía usa una versión especial de la Guía SARA, anteriormente citada, para decidir qué es necesario hacer después de un incidente de violencia masculina contra la mujer en la familia.<br /><br />c) Comunicación con el agresor, para que se incorpore a un programa grupal especial, proporcionado dentro de los servicios sociales y que, a veces, puede empezar antes del juicio. En otras ocasiones, la participación, en dicho programa, forma parte de una orden judicial, combinada con la libertad vigilada, si es posible evitar la prisión.<br /><br />5) La colaboración e intercambio de información a nivel internacional. Actual­mente, en colaboración con la Home Office in England (Oficina de Interior Inglesa), se está desarrollando, en Suecia, un programa basado en evalua­ciones sistemáticas, que se espera tener finalizado, en su primera versión, para finales de 2002.<br /><br />Por otra parte, en algunas prisiones, y en colaboración con los servicios de libertad condicional, se está desarrollando un programa contra la agresión, especialmente con delincuentes juveniles, basado en el elaborado por Goldstein, Glick and Gibbs, ampliamente utilizado en prisiones de Estados Unidos, y creado para trabajar en contextos escolares con jóvenes agresivos, que incluye tres componentes: entrenamiento en habilidades, control de la ira y desarrollo moral. El programa desarrollado en Suecia consta de treinta sesiones de dos horas.<br /><br /><span style="color:#993399;">El trabajo desarrollado, en <strong>Suecia,</strong> constituye una buena práctica sobre cómo implicar a las organizaciones de hombres en el trabajo de rehabilitación de agresores, elaborar programas con una base y metodología científicas, evaluarlos, teniendo en cuenta la experiencia internacional previamente realizada, y aplicarlos a través de la colaboración entre las/os distintas/os profesionales que trabajan con perpetradores y víctimas.<br /><br /></span>Según las respuestas dadas al Cuestionario, en otros Estados miembros, se están llevando a cabo, también, programas de rehabilitación de agresores, dirigidos por organismos especializados en el tratamiento psicosocial, o en la investigación en este campo, que también representan buenas prácticas sobre cómo desarrollar dichas medidas, teniendo en cuenta los resultados obtenidos en aplicaciones anteriores, así como sobre la implicación, en las mismas, de organismos que pueden contribuir a mejorar su eficacia y difusión. Se incluyen, a continuación, las referencias explícitas que España, Finlandia, Francia, Holanda, Irlanda y Portugal realizan en este sentido:<br /><br /><strong>España:</strong> Se ha puesto en marcha, en el año 2001, un programa piloto de tratamiento y atención psicológica y educativa para perpetradores de actos de violencia doméstica. El programa consta de cuatro fases: Evaluación previa de internos carcelarios, desarrollo de las sesiones de tratamiento, seguimiento de los internos que han llevado a cabo el programa y evaluación del conjunto del proyecto.<br /><br />La duración prevista del programa es de cinco meses y se desarrolla en veintidós sesiones.<br /><br /><strong>· Finlandia.</strong> Hay varios tipos de programas de participación voluntaria. El más conocido, el modelo Jyväskylä, está siendo evaluado en este momento. Se caracteriza por llevar a cabo la intervención desde una cooperación multiprofesional muy estrecha. El Centro proporciona una disponibilidad permanente para acceder a los servicios, durante las 24 horas del día. Se da mucha importancia a la fase de evaluación, como una parte fundamental del tratamiento de los abusadores. Entre sus principales objetivos, destaca el de ayudar a que comprendan que su conducta violenta es un problema y el establecimiento de un plan de seguridad para las víctimas (mujeres y menores).<br /><br />El programa experimental Lyömätön Linja Espoo comenzó en 2001 y está todavía llevándose a cabo. Representa un nuevo tipo de cooperación entre la policía, la fiscalía, responsables del tratamiento para hombres y la asociación Naisten Apu de ayuda para mujeres. En su contexto, la policía recomienda, a los hombres que se reconocen culpables de violencia doméstica, que participen en el programa para romper el círculo de la violencia. Su objetivo es que asuman la responsabilidad de su conducta para ayudarles, a partir de ello, a detener su violencia. Se estima que este programa piloto puede resultar muy significativo en el desarrollo de medidas de ámbito nacional. <br /><br /><strong>Francia:</strong> La Ley, de 17 de junio de 1998, sobre prevención y represión de infracciones sexuales, así como de protección de menores, prevé un seguimiento socio-judicial que implica medidas de vigilancia y asistencia llevadas a cabo por la justicia. Este seguimiento se aplica a la mayoría de los perpetradores de agresiones sexuales. En el marco de este seguimiento socio-jurídico, una orden de atención se puede establecer si una médica o un médico especialista la justifica, supervisada por una coordinadora o coordinador médica/o. Para facilitar la aplicación de la Ley, los ministerios de la Salud y de Justicia han puesto en marcha un grupo interministerial de trabajo sanidad/justicia, con el objetivo de desarrollar la formación del conjunto de profesionales implicados en la investigación, prevención y definición de una adecuada organización de este servicio. Los cambios generados por esta iniciativa, así como su eficacia, serán objeto de evaluaciones.<br /><br /><strong>Holanda:</strong> el Instituto Zorg Onderzoek desarrolla, gracias a la financiación pública, un ambicioso programa de investigación-acción, destinado a la rehabilitación de hombres que han cometido actos de violencia doméstica o sexual.<br /><br /><strong>Irlanda:</strong> Se han desarrollado dos programas para autores de delitos de agresión sexual, desde una perspectiva interdisciplinar, con el objetivo de reducir el riesgo de reincidencia de los participantes y favorecer su rehabilitación. Se basan en el trabajo, en grupos de diez. A todos los presos condenados por delitos sexuales, se les ofrece la posibilidad de participar voluntariamente en dichos programas. Se intenta que los delincuentes afronten las cuestiones relacionadas con su conducta delictiva, ayudándoles a desarrollar empatía hacia la víctima y a planear y aplicar estrategias para prevenir reincidencias y eliminar la conducta violenta. De forma complementaria, se proporcionan sesiones de atención individualizada, así como un servicio voluntario de seguimiento, después de haber finalizado el programa. Además, las/os funcionarias/os encargadas/os de la libertad condicional, en algunas instituciones, en colaboración con profesionales de otras disciplinas, llevan a cabo programas de preparación para la participa­ción grupal, con aquellos agresores que desean integrarse en el tratamiento grupal, pero que carecen de las condiciones necesarias para llevarlo a cabo con éxito. El Departamento de Justicia, Igualdad y Reforma de la Ley ha encargado a la Universidad de Dublín una evaluación de los programas de tratamiento de agresores de la prisión de Arbour Hill, en el que se está comparando el cambio producido en un grupo experimental con un grupo de control.<br /><br /><strong>Portugal:</strong> En las facultades de Psicología de la Universidad de Mihno y de la Universidad de Porto, se desarrollan programas destinados a la rehabilitación de los agresores.<br /><br /><span style="color:#993399;">Las medidas de rehabilitación de agresores anteriormente mencionadas, llevadas a cabo en España, Finlandia, Francia, Holanda, Irlanda y Portugal, representan buenas prácticas de inserción de dichas medidas dentro de programas sistemáticos, con evaluación rigurosa de sus resultados, que pueden ser de gran utilidad para la posterior generalización de las más eficaces.</span><br /><br /><br /></div><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1148997546730149342006-05-30T15:57:00.000+02:002006-06-09T16:23:30.600+02:00RECURSOS Y SERVICIOS SOCIALES PARA LAS VICTIMAS<div align="justify"><strong>3.1. Medidas sobre recursos y servicios sociales para las víctimas, propuestas en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres</strong> </div><div align="justify"><br />Como se reconoce en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, los gobiernos deben establecer centros de acogida y servicios de apoyo, dotados de los recursos necesarios para atender a las niñas y mujeres víctimas de la violencia y prestarles servicios médicos, psicológicos y de asesoramiento, así como asistencia letrada gratuita o de bajo coste, cuando sea necesario, además de la orientación que corresponda para ayudarles a encontrar medios de subsistencia. </div><div align="justify"><br />Para garantizar que las mujeres que necesiten dichos medios tengan conocimiento de su disponibilidad, se recomienda difundir, adecuadamente, la información sobre su existencia y la manera de acceder a ellos. </div><div align="justify"><br />Se hace mención explícita a algunos grupos de mujeres que suelen encontrarse en situación de especial vulnerabilidad frente a la violencia, como son, entre otras, las mujeres con discapacidad, las de edad avanzada, las refugiadas o migrantes, etc., a las que es necesario garantizar el acceso a la información y a los servicios disponibles, en caso de que sean víctimas de la violencia, para lo cual puede ser preciso establecer servicios, lingüística y culturalmente accesibles, para las mujeres migrantes, que sean víctimas de la violencia sexista. </div><div align="justify"><br /><strong>3.2. Características de las buenas prácticas, en recursos y servicios sociales, para ayudar a las víctimas de la violencia contra las mujeres</strong> </div><div align="justify"><br />Desarrollando las propuestas de la IV Conferencia Mundial, en noviembre de 1997, el Consejo de Europa elaboró un Plan de Acción para Combatir la Violencia contra las Mujeres, en el que se recoge la necesidad de que todas las mujeres y niñas que sufren violencia tengan acceso inmediato a la seguridad y a la protección, mediante servicios de apoyo apropiados, que atiendan a sus necesidades y les permitan disponer de recursos financieros adecuados, independientemente de su relación con el agresor. </div><div align="justify"><br />A partir de los debates planteados en las Conferencias de expertas/os, organizadas por la Unión Europea, en Viena, en 1998, y en Jyväskylä, en 1999, sobre cómo combatir la violencia contra las mujeres, se propusieron las siguientes recomendaciones, relacionadas con los recursos y servicios sociales para las víctimas de la violencia: </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">.......</span>1) Crear una red suficientemente amplia de centros de atención a las mujeres, que proporcionen una plaza por cada 10.000 mujeres, por lo menos, y en los que las víctimas de la violencia puedan recibir la asistencia que necesitan. </div><div align="justify"><br />Estos servicios deberán estar atendidos por personal cualificado y adecuadamente remunerado y han de proporcionar asesoramiento legal, psicológico y socio-laboral. El derecho de asistencia a las víctimas no debe depender de su situación económica y su permanencia ha de tener la duración necesaria para responder a sus necesidades. Los centros contarán, además, con personal cualificado, para atender a las/os hijas/os. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">.....</span>2) Orientar los servicios al logro del fortalecimiento (empowerment) de las mujeres, ayudándoles a organizar su vida de forma independiente del agresor, para lo cual, es necesario facilitar la obtención de un trabajo, si fuera preciso, especialmente cuando tengan hijas e hijos a su cargo. </div><div align="justify"><br />Conviene tener en cuenta, en este sentido, que los centros de acogida suelen proporcionar una solución a corto plazo, por lo que esta medida debe estar coordinada con otras que garanticen la seguridad y el fortalecimiento de la víctima, también a largo plazo. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">.....</span>3) Superar las dificultades especiales en las que se encuentran determinados grupos de mujeres, puesto que los problemas anteriormente expuestos suelen aumentar, cuando las víctimas de la violencia pertenecen a grupos estigmatizados por la sociedad o cuando se sitúan en la frontera de la legalidad, como puede suceder, con frecuencia, en la Unión Europea, con las mujeres inmigrantes en situación irregular. </div><div align="justify"><br />Para ayudar a superar dichas dificultades, es necesario adoptar medidas que les garanticen seguridad y protección frente a la violencia, independientemente de su estatus legal, así como otras destinadas a facilitar su autonomía respecto del agresor, como el acceso a un trabajo, la realización de cursos de idiomas gratuitos y los servicios de guardería para sus hijas/os. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">....</span>4) Reconocer el decisivo papel que las ONG desempeñan en estos servicios. En este sentido, se señala que deberán ocuparse, de las casas de acogida, ONG de mujeres, con perspectiva feminista. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">....</span>5) Organizar los servicios desde una perspectiva de cooperación multi-institucional, creando las condiciones adecuadas para que ésta se produzca. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">....</span>6) Establecer mecanismos que permitan una evaluación y control continuos de la calidad de los servicios existentes, para ayudar a las mujeres víctimas de la violencia. </div><div align="justify"><br />La Conferencia Ministerial de Colonia (1999), sobre la Violencia contra las Mujeres, haciéndose eco de las recomendaciones anteriores, concluye que todos los gobiernos nacionales tienen la obligación de establecer y financiar, bajo la dirección de ONG de mujeres, programas de apoyo a favor de las mujeres maltratadas y sus hijas/os, independientemente de su estatus jurídico. </div><div align="justify"><br />Como reflejo del apoyo que determinados principios, anteriormente expuestos, tienen entre el conjunto de la población europea, cabe considerar algunos de los resultados obtenidos en el Eurobarómetro de 1999, en el que el 89% de las personas consultadas se pronuncia a favor de la existencia de un teléfono de asistencia gratuito. </div><div align="justify"><br />Respecto a quien debe implicarse en la ayuda a las víctimas, se observa que: el 93% está a favor de que lo hagan los servicios sociales; el 91%, los servicios médicos; el 90%, la policía; el 86%, el Estado; el 83%, las/os abogadas/os o procuradoras/es; el 80%, las organizaciones de voluntariado; y el 65%, las organizaciones religiosas. </div><div align="justify"><br /><strong>3.3. Buenas prácticas de recursos y servicios sociales, para ayudar a las víctimas de la violencia contra las mujeres, en los Estados miembros de la Unión Europea </strong></div><strong><div align="justify"><br /></strong>Como buena práctica, respecto a la prestación de servicios de atención a las víctimas, en la Unión Europea, cabe considerar, en primer lugar, y con carácter general, la Iniciativa y el Programa DAPHNE (1997-1999; 2000-2003), creados con el objetivo de garantizar la protección de la salud física y psíquica de mujeres, jóvenes y niñas/os, a través de la prevención de la violencia y del apoyo a las víctimas. </div><div align="justify"><br />Sus acciones están dirigidas a fomentar la transnacionalidad, estableciendo redes multidisciplinares y asegurando el intercambio de información, la puesta en marcha de buenas prácticas, la cooperación comunitaria y la sensibilización de la sociedad. </div><div align="justify"><br />En la primera fase, se financiaron proyectos a ONG, ampliándose, en la segunda, a las instituciones públicas, a las organizaciones del sector privado, a los países candidatos a la adhesión a la Unión Europea y a los países del Espacio Económico Europeo.</div><div align="justify"><br />La evaluación realizada de la Iniciativa DAPHNE (1997-1999) refleja su eficacia para favorecer buenas prácticas en los servicios de apoyo a las víctimas, especialmente en los aspectos de cooperación y en el desarrollo de una cultura de evaluación de proyectos y servicios; reflejando, en este sentido, que los más eficaces se basaron en enfoques multisectoriales, que contaron con la participación de diversos organismos, característica que facilita la transferencia de conocimientos. </div><div align="justify"><br />Las organizaciones participantes valoraron muy positivamente la acción cooperativa internacional, señalando que la experiencia fue una importante oportunidad de aprendizaje y muy gratificante. La incorporación de evaluaciones externas supuso, además, una fuente de ayuda e intercambio de ideas, para dichas organizaciones. </div><div align="justify"><br />Las respuestas dadas, por los Estados miembros de la Unión Europea, al Cuestionario sobre Buenas Prácticas, reflejan que los servicios de atención a las víctimas de la violencia contra las mujeres han tenido un cumplimiento de las recomendaciones acordadas mayor del que se observa en otros ámbitos, aunque existen diferencias en la naturaleza, extensión y calidad de los servicios ofrecidos, así como algunas dificultades generalizadas que es preciso superar. </div><div align="justify"><br />Se aprecia, además, que la mayor parte de los servicios se han dirigido a las víctimas de la violencia doméstica y que los esfuerzos por extenderlos a los otros tipos de violencia son sensiblemente menores. </div><div align="justify"><br />A partir de las respuestas proporcionadas al Cuestionario por los quince Estados miembros, se derivan las siguientes conclusiones, sobre las buenas prácticas desarrolladas, respecto a los servicios de ayuda a las mujeres víctimas de la violencia: </div><div align="justify"><br />1) Los centros de información y asesoramiento para las víctimas de la violencia están disponibles en los quince Estados miembros, aunque existen diferencias respecto a su extensión y en los servicios proporcionados. En los casos en los que se especifica el tipo de servicios, todos los Estados, excepto uno, incluyen asistencia psicológica, jurídica y socio-laboral.</div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br /><span style="color:#993399;">Una buena práctica, referida a los centros de información y asesoramiento para las víctimas de la violencia, es la introducida por Italia, con los Grupos de Auto-Ayuda, que tienen como objetivo que la mujer tome conciencia de su situación y posibilidades.</span> </div><div align="justify"><br />2) En los quince Estados miembros, se han creado centros de acogida para mujeres víctimas y sus hijas/os, que siempre incluyen asistencia psicológica y, en el 87% de los casos, asistencia legal y socio-laboral. </div><div align="justify"><br />3) Los servicios de emergencia para la asistencia a las víctimas también están disponibles en catorce de los quince países (93%): Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido y Suecia. </div><div align="justify"><br />4) Las líneas telefónicas gratuitas de atención a las víctimas durante 24 horas han sido establecidas en trece de los quince Estados (87%): Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido y Suecia. </div><div align="justify"><br />En este sentido, destaca la buena práctica de Francia, que tiene las líneas clasificadas según los diferentes tipos de violencia: doméstica, sexual y en el trabajo. </div><div align="justify"><span style="color:#993399;"></span> </div><div align="justify"><br />5) Se han elaborado guías de recursos sobre los servicios disponibles para las víctimas en catorce países (93%): Alemania, Austria, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Suecia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Portugal, Reino Unido y Suecia. </div><div align="justify"><br />6) Todos han creado o están desarrollando páginas web oficiales, para divulgar información de interés, a través de internet. </div><div align="justify"><br />En algunos casos, como el de España, se da la facilidad de poder presentar las denuncias a través del correo electrónico. Esta es una buena práctica que puede ayudar a superar algunas de las dificultades que plantean las denuncias de los casos de violencia contra las mujeres.<br /><br /><span style="color:#993399;">También son destacables las siguientes buenas prácticas del Reino Unido, con información difundida a través de Internet: el proyecto Living without Fear (Vivir sin Miedo), el programa Crime Reduction (Reducción del Delito), y la información específica sobre servicios para niñas/os. Living without Fear está dirigida a las/os profesionales de los servicios y presenta un conjunto de buenas prácticas que se han identificado como especialmente eficaces y como marco estratégico para el futuro. Destaca también la Guía elaborada para las autoridades locales, dirigida a su sensibilización para tratar con mujeres víctimas o potenciales víctimas de la violencia doméstica.</span></div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br />7) Once Estados miembros (73%) afirman disponer, en los servicios policiales, de unidades específicas de atención a las mujeres víctimas de la violencia, en las que se proporciona ayuda psicológica y legal, estando coordinados con los servicios sociales correspondientes: Alemania, Austria, Bélgica, España, Grecia, Holanda, Irlanda, Italia, Portugal y Reino Unido. Francia responde con ciertos matices, señalando que existen en todas las circunscripciones de policía del territorio. </div><div align="justify"><br />Suecia afirma no disponer de dichas unidades, pero matiza que toda la policía recibe formación sobre la violencia contra las mujeres y que, de estos casos, se encargan profesionales que están especialmente preparadas/os para ello. En estas unidades, se ofrecen servicios psicológicos y legales, o información para acudir a los servicios específicos fuera de las unidades. Es obligatorio para la policía informar a las víctimas sobre sus derechos a recibir asistencia y sobre los servicios sociales. Se ha creado, en este sentido, un grupo de trabajo en la policía con representantes de las policías locales, que tiene, entre otras, la misión de producir y difundir buenas ideas. Uno de los productos elaborados por dicho grupo es un manual sobre las víctimas del delito. </div><div align="justify"><br />8) Nueve Estados miembros (60%) afirman disponer de unidades específicas de atención a las mujeres víctimas de la violencia en los servicios judiciales: Alemania, Austria, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Holanda, Reino Unido y Suecia. En la mayor parte de estos países, se dispone de asesoramiento legal. Suecia matiza que esta asistencia legal no es automática, sino que está condicionada al cumplimiento de determinados requisitos. En algunos casos, estos servicios disponen de asistencia psicológica y están coordinados con los servicios sociales. </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br /><span style="color:#993399;">En Alemania, se han desarrollado unidades de protección a los testigos, una buena práctica que puede mejorar la protección de las víctimas de la violencia y la eficacia en el procesamiento de los agresores.</span><br /><br />A pesar de que Reino Unido y Francia han respondido negativamente a esta pregunta, se han contabilizado entre los países que han contestado positivamente porque:<br /></div><div align="justify"><strong>Reino Unido</strong> señala que se han establecido algunos servicios, prestados por ONG, para dar apoyo a las víctimas de violaciones y acoso sexual (así como de otros delitos). Además, Irlanda del Norte afirma que dispone de unidades específicas de atención a las víctimas en los servicios judiciales.</div><div align="justify"><br /><strong>Francia</strong> destaca la existencia de servicios de ayuda, pero no específicamente dirigidos a las mujeres. Dentro de estos servicios, y para las víctimas de violencia doméstica, se proporcionan todas las informaciones útiles, en cuanto a alojamiento, búsqueda de empleo, atención a las/os niñas/os y ayudas financieras y sociales. </div><div align="justify"><br />9) Nueve Estados miembros (60%) afirman que llevan a cabo, de forma general, cursos de formación, dirigidos a las mujeres víctimas de la violencia, para favorecer su inserción y capacitación laboral: Alemania, Bélgica, España, Francia, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo y Reino Unido (Irlanda del Norte). </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br /><span style="color:#993399;">Esto puede considerarse como un ejemplo de buena práctica que contribuye al fortalecimiento <em>(empowerment</em>) de las víctimas, garantizando su independencia económica respecto del agresor. Su eficacia se incrementa cuando se completa con otras medidas, como se ha comprobado en proyectos desarrollados dentro de la Iniciativa DAPHNE.</span></div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br />10) Seis Estados miembros (40%) afirman disponer de un protocolo sanitario de atención a las víctimas: España, Francia, Irlanda, Italia, Reino Unido (Irlanda del Norte) y Suecia, protocolo que puede ser de gran utilidad para la detección de los casos de violencia contra las mujeres. Respecto a este punto, los siguientes países añaden algunas matizaciones que conviene tener en cuenta: </div><div align="justify"><br /><strong>Austria:</strong> Se han desarrollado catálogos de síntomas con destino a las/os profesionales de la salud y se han distribuido por todo el país en forma de trípticos. Con el objetivo de generar una toma de conciencia, en los hospitales, sobre cómo descubrir la violencia y las medidas a tomar, se han creado, en estos centros, grupos multidisciplinares de protección a la infancia, formados por médicas/os, enfermeras/os, psicólogas/os y trabajadoras/es sociales.</div><div align="justify"><br /><strong>Finlandia</strong>: Dentro del Programa Nacional para la Prevención de la Violencia contra las Mujeres, se ha elaborado un protocolo dirigido a las violaciones. </div><div align="justify"><br /><strong>Francia:</strong> Se han elaborado y difundido documentos específicos con el propósito de que las/os profesionales de la salud puedan ayudar a las víctimas de la violencia conyugal y de la violencia sexual. </div><div align="justify"><br /><strong>Grecia:</strong> La Universidad de Atenas ha elaborado un manual sobre las condiciones del tratamiento médico con las víctimas. </div><div align="justify"><br /><strong>Reino Unido:</strong> Se han elaborado diversas Guías Sanitarias, en áreas locales, en Inglaterra y Gales, en las que se trata una serie de cuestiones referidas a: cómo reconocer el abuso y maltrato, qué preguntas se deben formular a las víctimas y cómo establecer contactos con los servicios de apoyo locales. A nivel nacional, destaca la publicación realizada por el Departamento de Salud: Domestic Violence: A resource manual for Healht Care (Violencia Doméstica: Un manual de recurso para el Cuidado de la Salud). </div><div align="justify"><br /><strong>Suecia:</strong> A través del National Centre for Battered and Raped Women (Centro Nacional para las mujeres maltratadas y violadas), vinculado al hospital universitario de Uppsala, se proporciona asistencia, tratamiento y ayuda a las mujeres víctimas de la violencia, se desarrollan investigaciones específicas sobre las formas de ayuda que los servicios sanitarios pueden proporcionar a estas mujeres, y se difunde la información sobre sus métodos de trabajo a otras regiones del país. En tres condados suecos, se está desarrollando, además, un proyecto de detección de mujeres víctimas de violencia en clínicas de maternidad y centros de acogida. </div><div align="justify"><br />11) Once Estados miembros (73%) afirman disponer de un protocolo de coordinación de actuaciones de las distintas instancias oficiales que trabajan con las mujeres víctimas de violencia: Alemania, Bélgica, Dinamarca, España, Francia, Grecia, Holanda, Irlanda, Portugal, Reino Unido y Suecia. Este protocolo tiene gran relevancia para organizar, de forma coordinada, la atención que se proporciona a dichas víctimas, evitar repeticiones de sus historiales y nuevas victimizaciones y mejorar la eficacia de los recursos disponibles. Respecto a la coordinación mencionada, los siguientes países incluyen algunas especificaciones que conviene destacar: </div><div align="justify"><br /><strong>Austria:</strong> Ha desarrollado un pliego de documentación para el procesamiento jurídico y psicosocial de los casos, que sirve para coordinar la cooperación entre las diversas instituciones implicadas. Por otra parte, destaca la especial relevancia que, para favorecer la coordinación, tienen los Servicios de Intervención contra la Violencia en la Familia. La policía está obligada a comunicar al servicio de intervención correspondiente cualquier decisión de expulsión del hogar. El servicio establece contacto con la mujer afectada y le ofrece protección: elaboración de un plan de seguridad, asistencia jurídica y psicosocial, atención a la infancia... Las mujeres afectadas también pueden dirigirse directamente a estos servicios, que coordinan el conjunto del proceso de intervención entre todos los grupos profesionales, destacando, en este sentido, por su efectividad, las denominadas Conferencias sobre el caso. </div><div align="justify"><br /><strong>España:</strong> Dispone, además del protocolo de coordinación, de dos Comisiones creadas específicamente con dicha función: </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">.........</span>Comisión Interministerial, compuesta por representantes del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Ministerio del Interior, Ministerio de Sanidad y Consumo, Ministerio de Justicia y Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, que intervienen no sólo en la coordinación, sino también en la evaluación y seguimiento de las medidas puestas en marcha para luchar contra la violencia doméstica. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">........</span>Comisión Permanente con los Organismos de Igualdad de las Comunidades Autónomas, que posibilita el intercambio de experiencias eficaces y/o novedosas, además de una adecuada coordinación. </div><div align="justify"><br /><strong>Francia:</strong> Tiene establecido un dispositivo de coordinación a dos niveles: 1) a nivel nacional, una comisión formada por representantes de los ministerios (Asuntos Sociales, Justicia, Interior, Defensa, Salud, Vivienda, Educación Nacional..), representantes electos, asociaciones y expertas/os y 2) a nivel local, unas comisiones de acción para combatir las violencias ejercidas contra las mujeres, constituidas en todos los departamentos, que se reagrupan bajo la autoridad de los gobernadores civiles y de las/os representantes de: las instituciones locales, distintas profesiones, los cargos electos y las redes de asociaciones. </div><div align="justify"><br /><strong>Italia:</strong> Trabaja actualmente en el establecimiento de la coordinación. Dentro del programa Rete Antiviolenza: URBAN (Red Antiviolencia: URBAN), se está elaborando un protocolo común de coordinación de servicios. </div><div align="justify"><br /><strong>Reino Unido:</strong> El <em>Crime and Disorder Act</em> (Acta del Delito y el Desorden) de 1998 proporciona direcciones a las autoridades locales y otras agencias sobre la cooperación. También se ha publicado un documento para que las diversas agencias tomen conciencia de las necesidades de la cooperación: <em>Domestic Violence: Break the Chain, Multi-Agency Guidance for Addressing Domestic Violence</em> (Violencia Doméstica: Romper la cadena, Guía Multiagencia para el Tratamiento de la Violencia Doméstica). </div><div align="justify"><br /><strong>Suecia:</strong> La <em>Bill on Violence Against Women</em> (Norma sobre violencia contra las mujeres) de 1997 establece las tareas comunes entre diversas administraciones (Fiscalía General, Policía Nacional, Consejo Nacional para la Prevención del Delito, Consejo Nacional de Salud y Bienestar...), así como con organizaciones no gubernamentales relevantes, y el seguimiento de los desarrollos internacionales. </div><div align="justify"><br />12) Once de los Estados miembros (73%) manifiestan haber llevado a cabo evaluaciones de algún o algunos de los servicios destinados a atender a las víctimas; estas evaluaciones han permitido, en la mayoría de los casos, comprobar su eficacia. Se incluyen, a continuación, las referencias de los servicios y los países que los han evaluado: </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">.............</span>Centros de información y asesoramiento a las víctimas: Austria, Grecia, Holanda e Italia. En España, está previsto llevar a cabo su evaluación, dentro del actual Plan de Acción contra la Violencia Doméstica. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">.............</span>Centros y casas de acogida: Austria, Dinamarca, Francia, Grecia, Holanda e Italia. En España, está prevista su evaluación, dentro del actual Plan de Acción contra la Violencia Doméstica. En Francia, se ha puesto en marcha, durante el año 2002, una experiencia de gestión de calidad, inscrita en una política de modernización de servicios, teniendo en cuenta algunos de los principios que rigen la acción de estos centros (como, entre otros, el trabajo en redes), con sensibilidad en las cuestiones de igualdad entre mujeres y hombres.</div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">............</span>Servicios de emergencia: Austria, Francia, Grecia e Italia. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">............</span>Teléfonos de atención 24 horas: Austria, Italia y Reino Unido (Irlanda del Norte). </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">............</span>Guías de recursos y servicios sociales: Austria, Grecia, Holanda, Irlanda e Italia. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">............</span>Información en internet: Austria, Francia, Holanda e Italia. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">............</span>Unidades específicas en los servicios policiales: Grecia, Holanda, Irlanda e Italia. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">............</span>Unidades específicas en los servicios judiciales: Finlandia, Francia, y Holanda. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">............</span>Cursos de formación para el empleo: Francia, Irlanda e Italia. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">............</span>Protocolo Sanitario: Irlanda e Italia. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">............</span>Protocolo de coordinación de servicios: Alemania y Suecia. </div><div align="justify"><br />Como puede observarse en lo anteriormente expuesto, en los Estados miembros, se han llevado a cabo importantes esfuerzos en la implantación de una serie de servicios sociales, imprescindibles para proporcionar a las mujeres víctimas de la violencia la atención psicológica, jurídica y social que necesitan, servicios que, siguiendo las recomendaciones de la Unión Europea y del Consejo de Europa, conviene seguir mejorando, tanto respecto a su expansión, para que puedan llegar a todas las personas afectadas, como respecto a su calidad. </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br /><span style="color:#993399;">Dos buenas prácticas para lograrlo son la coordinación y la evaluación sistemática, que comienzan a llevarse a cabo actualmente y que conviene generalizar. Como buena práctica de coordinación de servicios contra la violencia hacia las mujeres, cabe considerar la creación de organismos que tengan reconocida, de forma explícita, dicha función y puedan darle continuidad.</span> </div><div align="justify"><br />En <strong>Alemania</strong>, cumple esta función el Foro Alemán para la Prevención del Delito; en España, la Comisión Interministerial de Seguimiento de la Violencia Doméstica; en Grecia, el Comité Interministerial de Violencia contra las Mujeres; en Portugal, el Comité de Expertos para el Seguimiento del Plan Nacional contra la Violencia Doméstica; y, en el Reino Unido, el Grupo Interdepartamental para Desarrollar Políticas en la Lucha contra la Violencia hacia las Mujeres. </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br /><span style="color:#993399;">Por otra parte, conviene destacar, como buenas prácticas, aquellas que prestan una atención especial a los colectivos que pueden encontrarse en situaciones de especial vulnerabilidad, entre las cuales pueden destacarse las siguientes: </span></div><span style="color:#993399;"><div align="justify"><br /></span><strong>• Alemania:</strong> Está desarrollando proyectos innovadores para mejorar la asistencia a las mujeres de edad avanzada (Violencia hacia las personas ancianas en su ambiente personal, Hannover, 2000; Prácticas de cuidado para enfermeras/os que asisten a las/os ancianas/os) y de prevención del síndrome de estar quemado (<em>burnout</em>) del personal que trabaja en estos centros (Manejando el burnout: medidas profilácticas para personas que cuidan de las/os ancianas/os). </div><div align="justify"><br /><strong>. Austria:</strong> En el marco de la plataforma contra la violencia en la familia, se están desarrollando proyectos específicos sobre la Violencia contra Ancianas/os, con diversas medidas, destacando las que contribuyen a la sensibilización (periódicos, conferencias, congresos...) o el acompañamiento a grupos de auto-ayuda para familiares a cargo de ancianas/os, para prevenir el burnout. </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><strong>. Dinamarca:</strong> El análisis estadístico de las características de las mujeres víctimas de la violencia, que acuden a los centros de acogida, ha llevado a detectar que las mujeres migrantes representan alrededor del 35%, así como a dedicar financiaciones especiales a las ONG que trabajan con minorías étnicas y a programas específicos de asistencia a mujeres que no conocen el idioma danés.</div><div align="justify"> </div><div align="justify"><strong>. España:</strong> La creación de las EMUMES, oficinas de la Guardia Civil en las zonas rurales, para la atención específica de las mujeres de este sector de la población. </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br /><span style="color:#993399;"><strong>· Finlandia:</strong> En el Proyecto Nacional de cinco años, para la prevención de la violencia contra las mujeres, uno de los siete temas considerados hace referencia a la multiculturalidad de las mujeres inmigrantes.</span></div><span style="color:#993399;"></span><div align="justify"><br /><strong>. Luxemburgo:</strong> La creación de un centro de acogida específico para adolescentes, víctimas de la violencia. </div><div align="justify"><br /><strong>. Suecia:</strong> También dispone de treinta centros de acogida para mujeres jóvenes. </div><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1148990365021628712006-05-30T13:58:00.000+02:002006-06-10T10:35:21.716+02:00EDUCACION Y FORMACION ESPECIALIZADA<div align="justify"><br /><span style="font-size:180%;"><strong>2.1. Educación</strong></span> </div><div align="justify"><br /><strong>2.1.1. Medidas para combatir la violencia contra las mujeres desde la educación, propuestas en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres</strong> </div><div align="justify"><br />Como se reconoce en la Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, la igualdad, la colaboración entre mujeres y hombres y el respeto de la dignidad humana deben estar presentes en todos los estadios del proceso de socialización. Los sistemas educativos deberían promover el respeto propio, el respeto mutuo y la cooperación entre mujeres y hombres. </div><div align="justify"><br />Entre las medidas que han de adoptarse, se incluyen, como referencias más explícitas a la educación: </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">.......</span>La necesidad de modificar los modelos y prejuicios sexistas basados en la idea de la inferioridad o superioridad de uno u otro sexo.<br /><span style="color:#ffffff;">......</span> Despertar la conciencia de que la violencia contra las mujeres constituye una violación contra sus derechos humanos.<br /><span style="color:#ffffff;">.......</span>Sensibilizar contra los efectos negativos de la violencia en la familia, en el entorno y en la sociedad.<br /><span style="color:#ffffff;">.......</span>Enseñar a comunicarse sin violencia.<br /><span style="color:#ffffff;">.......</span>Asesorar a las víctimas de la violencia, actuales o potenciales, para que puedan protegerse de las agresiones.<br /><span style="color:#ffffff;">.......</span>Eliminar el acoso y otras formas de violencia de las instituciones educativas. </div><div align="justify"></div><div align="justify"><br /><strong>2.1.2. Medidas propuestas, en el ámbito de la educación, para combatir la violencia contra las mujeres, en la Unión Europea </strong></div><strong><div align="justify"><br /></strong>El reconocimiento del papel crucial que la educación puede y debe desempeñar en la erradicación de la violencia contra las mujeres es generalizado en la Unión Europea, tanto entre las personas que trabajan específicamente en este tema, desde distintos ámbitos, que casi siempre destacan la prioridad del cambio educativo, como entre el conjunto de la población, que considera la educación como una herramienta fundamental para cambiar las actitudes y las conductas que llevan a perpetuar el sexismo y la violencia contra las mujeres de generación en generación.</div><div align="justify"><br />En este sentido, cabe considerar los resultados obtenidos, en el Eurobarómetro de 1999, sobre la violencia domestica, en el que el 91% de las personas entrevistadas afirmaron que educar a la juventud en el respeto mutuo podría ayudar a combatir dicho problema. </div><div align="justify"><br />Pero, reconocer la importancia que el cambio educativo puede tener para avanzar en la erradicación de la violencia contra las mujeres no parece ser suficiente para llevarlo a la práctica. En este sentido, cabe interpretar que las propuestas desarrolladas, en distintos foros internacionales, sobre este tema, pocas veces incluyen recomendaciones detalladas y específicas que permitan ir mucho más allá de lo propuesto en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres.<br />Asimismo, las respuestas dadas, por los Estados miembros, al Cuestionario utilizado para la realización de este trabajo, indican que solamente en cuatro de ellos (España, Finlandia, Francia y Reino Unido) se destacan, como especialmente eficaces, las buenas prácticas educativas mencionadas, observándose, además, que la incorporación del tema de la violencia contra las mujeres en el currículo de la formación reglada y en la formación inicial o permanente del profesorado está extendiéndose, pero dista bastante de ser una práctica sistemática y generalizada. </div><div align="justify"><br />Estos resultados concuerdan con el obtenido en el Eurobarómetro de 1999, en el que sólo el 8,6% de las personas encuestadas manifestaron haber tratado este asunto en la escuela. </div><div align="justify"><br />Por otra parte, entre las estrategias que se están empleando, para superar dichas limitaciones e incluir este tema en la educación escolar, destacan: </div><div align="justify"></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.........</span>La edición y envío de materiales a los centros educativos (Austria, España, Finlandia, Holanda, Portugal, Reino Unido y Suecia). </div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.........</span>Estimular la elaboración de dichos materiales a través de subvenciones y premios (España y Suecia).<br /><span style="color:#ffffff;">.........</span>La incorporación transversal dentro del tema de la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres (Austria, Bélgica, España y Francia), dentro del tratamiento general de la violencia (Italia y Luxemburgo), o de forma más específica, a través de programas destinados a combatir la violencia escolar, que incluyen entrenamiento concreto sobre cómo afrontarla (Alemania, Austria, España y Holanda), a través de campañas generales de sensibilización contra la violencia doméstica dirigidas a la población escolar (Portugal).<br /><span style="color:#ffffff;">........</span>El tema de la violencia doméstica está tratado indirectamente dentro de un área amplia que comprende asignaturas sobre relaciones y ciudadanía (Reino Unido) o en un módulo opcional que pueden cursar, si así lo deciden, las/os alumnas/os de secundaria (Irlanda).<br /><span style="color:#ffffff;">........</span>La inclusión de la perspectiva del género en los programas de educación sexual y para la salud (Alemania, Francia, Holanda y Suecia), llevando a las escuelas programas específicos de prevención de la violencia sexual desarrollados desde otras instituciones (Reino Unido, dentro del <em>Crime Reduction Programme,</em> Programa de Reducción del Delito) o en los encuentros escolares con personas expertas en cómo prevenir el abuso sexual (Austria).<br /><span style="color:#ffffff;">........</span>El entrenamiento en procedimientos no violentos de resolución de conflictos (Alemania, Grecia, Holanda y Reino Unido).<br /><span style="color:#ffffff;">........</span>La realización de programas piloto, llevados a cabo por la propia Administración o por equipos de investigación, que son sistemáticamente evaluados antes de ser distribuidos o implantados de forma general (Alemania, España, Finlandia, Grecia, Holanda y Reino Unido).<br /><span style="color:#ffffff;">........</span>La inclusión, de forma obligatoria, del tema ligado a las diferencias sexuales en la formación del profesorado (Francia) o en la formación pedagógica que debe cursar el profesorado universitario (Suecia). </div><div align="justify"></div><div align="justify"><br /><strong>2.1.3. Características de las buenas prácticas educativas, para combatir la violencia, en general, contra las mujeres</strong> </div><div align="justify"><br />Los resultados obtenidos en las investigaciones publicadas, en los últimos años, sobre este tema, van en la misma dirección que las propuestas de la IV Conferencia de Beijing y llevan a reconocer, como características generales de las buenas prácticas educativas, destinadas a prevenir la violencia contra las mujeres en todas sus manifestaciones, las que cumplen los siguientes criterios: </div><div align="justify"><br />1) Enseñar a construir la igualdad en la práctica, a través de experiencias de colaboración entre chicas y chicos, basadas en el respeto mutuo. De esta forma, colaborando desde la infancia y la juventud en torno a objetivos compartidos desde un estatus de igualdad, pueden construirse nuevas formas de desarrollar el control sobre la propia vida (empowerment), incompatibles con la violencia contra las mujeres, y avanzar en la superación de dos de las principales condiciones que subyacen a la misma: la desigual distribución del poder que existe en la sociedad y la resistencia al cambio que esta situación produce, especialmente en los hombres. </div><div align="justify"><br />2) Incluir la lucha contra el sexismo y la violencia en el currículo escolar, enseñando a detectar y a combatir los problemas que conducen al sexismo y a la violencia contra las mujeres, porque los mecanismos, a través de los cuales se siguen transmitiendo, son tan difíciles de erradicar que no basta con que la escuela se limite a no ser sexista ni violenta, sino que resulta necesario incluir, en el currículo escolar, experiencias que contribuyan a combatir, activa y explícitamente, estos dos graves problemas. </div><div align="justify"><br />3) Favorecer la superación de los diversos componentes del sexismo y la violencia de género, estimulando cambios cognitivos, emocionales y de comportamiento, para lo cual hay que tener en cuenta que: </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">.........</span>El componente cognitivo del sexismo consiste en confundir las diferencias sociales o psicológicas existentes entre mujeres y hombres con las diferencias biológicas ligadas al sexo, con la creencia errónea de que aquéllas surgen, automática e inevitablemente, como consecuencia de éstas, sin tener en cuenta la influencia de la historia, la cultura, el aprendizaje...<br /><span style="color:#ffffff;">.........</span>Estas creencias llevan, a menudo, a creer que las mujeres son inferiores a los hombres y a justificar, de ese modo, la discriminación y la violencia. Una buena práctica contra este problema es superar la invisibilidad de las mujeres en el currículo, incluyendo el estudio de la historia de las discriminaciones y la violencia contra las mujeres.<br /><span style="color:#ffffff;">.........</span>El componente afectivo o valorativo que subyace a estos problemas gira en torno a la forma sexista de construir la identidad, asociando los valores femeninos con la debilidad y la sumisión, y los valores masculinos con la fuerza, el control absoluto, la dureza emocional o la utilización de la violencia; sobre todo, en aquellas situaciones en las que dicha hombría se ve amenazada.<br /><span style="color:#ffffff;">........</span>Este componente permite explicar las relaciones observadas, desde hace décadas, y también en los estudios recientes, entre la forma sexista de construir la identidad masculina y la mayor parte de la violencia que llevan a cabo los hombres, incluyendo no sólo la dirigida contra las mujeres, sino también la que ejercen contra otros hombres e incluso contra sí mismos.<br />Para favorecer la superación de este componente, son eficaces las prácticas en las que se proporcionan experiencias con personas de referencia (entre compañeras/os y profesoras/es) que manifiestan actitudes contrarias al sexismo y a la violencia.<br /><span style="color:#ffffff;">........</span>El componente conductual del sexismo consiste en la tendencia a llevarlo a la práctica, a través de la discriminación y la violencia. Su riesgo se incrementa cuando faltan alternativas positivas, con las que dar respuesta a determinadas funciones psicológicas y sociales (llamar la atención, reducir la incertidumbre, integrarse en el grupo de iguales, resolver conflictos de intereses...), sin recurrir a conductas destructivas. </div><div align="justify"><br />Para favorecer la superación de este componente, son eficaces las prácticas que proporcionan experiencias para desarrollar alternativas. </div><div align="justify"><br />4) Integrar la lucha contra el sexismo y la violencia dentro de una perspectiva más amplia: la defensa de los derechos humanos. Para avanzar en la prevención del sexismo y de la violencia contra las mujeres, es preciso ayudar a descubrir que estos problemas perjudican no sólo a sus víctimas más visibles, sino a toda la sociedad, integrándolos en una perspectiva más amplia, universal. </div><div align="justify"><br />Para conseguirlo, son eficaces las prácticas que logran sensibilizar sobre las violaciones de los derechos humanos que se producen en el ámbito privado, en el que suelen concentrarse la mayoría de estas violaciones, ayudando a comprender que el sexismo representa una grave amenaza para dichos derechos, especialmente cuando éste se convierte en violencia.<br /></div><div align="justify">Al incluir el sexismo y la violencia dentro de una perspectiva más amplia, conceptualizándolos como dos graves amenazas a los derechos humanos, se favorece su comprensión como problemas que nos afectan a todas y a todos, puesto que ponen en peligro el nivel de justicia necesario para que se respeten también nuestros derechos. </div><div align="justify"><br />Conviene, además, ayudar a tomar conciencia de las limitaciones que el sexismo y la violencia suponen para todos los seres humanos, al reducir los valores a los estereotipos ligados con el propio sexo (la ternura para las mujeres, la energía para los hombres, por ejemplo) e impidiendo el desarrollo de los valores tradicionalmente asociados al otro sexo, o incluso discriminando a las personas que los incluyen en su identidad. </div><div align="justify"><br />5) Desarrollar procedimientos educativos que permitan llevar a la práctica los objetivos anteriormente expuestos, en los que se da un papel muy activo a las alumnas y a los alumnos, en interacción con sus compañeras y compañeros y en los que se contrarrestan las influencias sociales que conducen al sexismo y a la violencia contra las mujeres, enseñando a analizar críticamente los estereotipos y modelos que pueden llevar a reproducirlos, como los que transmiten con frecuencia los medios de comunicación. Una buena práctica para conseguirlo es utilizar dichos medios de comunicación en los programas escolares contra el sexismo y la violencia. </div><div align="justify"><br />6) Proporcionar a los centros educativos las condiciones que permitan llevar a la práctica programas eficaces para prevenir la violencia contra las mujeres, favoreciendo una formación teórico-práctica del profesorado que debe desarrollarlos, incentivando el esfuerzo que siempre supone la innovación educativa, alentando su inserción en los proyectos educativos de los centros escolares, para que los programas puedan ser asumidos de forma compartida, proporcionando el espacio y el tiempo para prepararlos y llevar a cabo una evaluación sistemática, que permita conocer los avances conseguidos y los ajustes que sea preciso realizar, facilitando las diversas condiciones que los hagan viables (recursos económicos, materiales para la aplicación, ajustes en los horarios, medios humanos, expertas/os disponibles para consultar dudas...) </div><div align="justify"><br />7) Integrar la intervención, que se realice desde la educación, con la que debe llevarse a cabo en todos los contextos, desde los que se estructura la sociedad,<br />conectándola desde un enfoque multidisciplinar, que permita al profesorado colaborar con otros agentes sociales (a los que invitar a participar desde la escuela, por ejemplo) y valorar la eficacia de su tarea en la prevención de la violencia, superando el frecuente sentimiento de impotencia que este tema produce a profesoras y profesores, debido a su complejidad, ayudándoles a pensar globalmente (para combatir influencias que proceden de todos los sectores desde los que se estructura la sociedad: los medios de comunicación, la familia...) y actuar localmente (desde el aula de clase, por ejemplo). </div><div align="justify"></div><div align="justify"><br /><strong>2.1.4. Dificultades de las instituciones educativas para desarrollar las medidas propuestas en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, con el fin de combatir la violencia contra ellas</strong> </div><div align="justify"></div><div align="justify"><br />Como muestra de la dificultad que parece suponer pasar de la teoría a la práctica educativa, en el tema de la prevención de la violencia contra las mujeres, cabe considerar uno de los casos mencionados en la evaluación del programa DAPHNE de la Unión Europea (1998), sobre la lucha contra la violencia hacia el colectivo femenino, menores y jóvenes: </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">.............</span><span style="color:#000000;">En</span> un primer momento, la mayoría de los proyectos presentan una buena idea, viable, que se corresponde con las medidas y actividades especificadas por la iniciativa DAPHNE. No obstante, a veces se produce un desfase entre una idea, el plan de actuación y la puesta en práctica real de dicha idea. Los factores más comúnmente determinantes de la ineficacia fueron las propuestas no suficientemente meditadas, con la consiguiente carencia de una metodología coherente. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">............</span>(...) Un ejemplo ilustrativo es una organización cuyo objetivo era desarrollar un programa preventivo sobre el acoso sexual, dirigido tanto a mujeres jóvenes como a autoridades educativas. En la práctica, sin embargo, ni las/os estudiantes, ni el personal educativo estaban interesados en los problemas del acoso sexual y no desearon continuar la formación. Los efectos fueron bastante desalentadores. </div><div align="justify"><br />Y es que, para valorar la eficacia y dificultad de los programas destinados a luchar contra la violencia hacia las mujeres desde la educación, conviene tener en cuenta que los agentes que deberían liderar el cambio educativo, propuesto por la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, entre los que cabe destacar al profesorado, suelen manifestar serias dudas sobre cómo llevarlo a la práctica, debido, entre otras, a las siguientes dificultades: </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">.......</span>La insuficiencia de la formación profesional previamente recibida para ello.<br /><span style="color:#ffffff;">.......</span>La imposibilidad de repetir los esquemas de la educación recibida durante su infancia y juventud para avanzar en este tema.<br /><span style="color:#ffffff;">.......</span>La desigualdad de los avances producidos con los programas llevados a cabo desde la perspectiva del género hasta la actualidad, que, con frecuencia, han resultado más eficaces para las mujeres que para los hombres, siendo, en algunas ocasiones, percibidos por éstos como una amenaza.<br /><span style="color:#ffffff;">.......</span>Lo complejo de un problema, en el que la percepción de los riesgos que implica impide avanzar. Entre éstos, cabe considerar los siguientes:<br /><span style="color:#ffffff;">........................</span>El riesgo que podría derivarse de la posible transmisión de un miedo generalizado, que obstaculiza el desarrollo de relaciones de pareja constructivas, basadas en el respeto mutuo.<br /><span style="color:#ffffff;">........................</span>El riesgo de convertir el aula en un contexto de expresión de problemas clínicos, para cuyo tratamiento el profesorado no está ni se siente preparado, ante lo cual teme que el remedio pueda ser peor que la enfermedad.<br /><span style="color:#ffffff;">........................</span>La imposibilidad de contrarrestar con métodos de enseñanza tradicionales el conjunto de influencias sociales que pueden llevar a reproducir los esquemas sexistas, unida a la dificultad de una buena parte del profesorado para utilizar el tipo de procedimientos educativos que podrían permitirlo. </div><div align="justify"></div><div align="justify"><br /><strong>2.1.5. Buenas prácticas sobre la prevención o detección de la violencia doméstica, desde la educación, en los Estados miembros de la Unión Europea</strong> </div><div align="justify"><br />A partir del trabajo desarrollado con las víctimas de la violencia doméstica, incluido el catalogado, sistemáticamente, como investigación, se pueden destacar tres buenas prácticas educativas para combatirla, en las que: </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">........</span>1) Se ayuda a romper con la reproducción intergeneracional de la violencia, desarrollando las condiciones que protegen de dicho riesgo.<br />Los estudios, sobre las características de los adultos que viven en familias en las que se produce la violencia, reflejan que, con frecuencia, su propia familia de origen también fue violenta, pero que la reproducción intergeneracional no es inevitable. La mayoría de las personas que la sufrieron en la infancia no reproducen ni sufren dicho problema en edades posteriores. </div><div align="justify"><br />Se observa, además, que las personas que rompen en su vida adulta con la violencia sufrida en la infancia difieren de las que la reproducen por una serie de características, que pueden, por tanto, ser desarrolladas para romper el ciclo de la violencia y prevenir así su transmisión: </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">..........</span>El establecimiento de vínculos afectivos no violentos, que proporcionen experiencias sociales positivas y contribuyan a desarrollar la confianza básica y la autoestima.<br /><span style="color:#ffffff;">..........</span>El rechazo a toda forma de violencia, incluyendo en él la crítica al maltrato infantil y a la violencia contra las mujeres, incorporando, a la propia identidad, el compromiso explícito de excluir la violencia de las relaciones futuras.<br /><span style="color:#ffffff;">..........</span>La conceptualización de las experiencias de violencia vividas en la familia de origen como tales, reconociendo su inadecuación y expresando a otras personas las emociones que suscitaron (cuando, por el contrario, dichas experiencias se justifican con argumentos sexistas o patriarcales, el riesgo de reproducirlas aumenta).<br /><span style="color:#ffffff;">..........</span>La adquisición de habilidades alternativas a la violencia que permitan afrontar el estrés y resolver los conflictos sociales con eficacia. </div><div align="justify"><br />El trabajo realizado con las víctimas de la violencia doméstica, tratando de desarrollar dichas condiciones, refleja su eficacia para ayudar a romper con la reproducción de dicha violencia. </div><div align="justify"><br />Por otra parte, los programas de prevención primaria realizados desde la escuela sugieren, además, que pueden desarrollarse estas mismas condiciones en adolescentes que no han estado expuestos a dicha violencia para protegerles de los efectos negativos que la futura exposición a la violencia podría producirles. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#993399;">Como ejemplo de buena práctica, en este sentido, cabe considerar la que se lleva a cabo en Alemania, a partir del Plan de Acción del Gobierno Federal Alemán para combatir la violencia contra las mujeres, en el que se destaca la necesidad de romper con la reproducción intergeneracional de la violencia doméstica, como uno de los pilares básicos del trabajo de prevención, teniendo en cuenta que el aprendizaje de la violencia sólo puede ser cambiado a largo plazo, si, no sólo las madres y los padres, sino también las/os educadores, el profesorado e incluso los medios de comunicación proporcionan ejemplos de estrategias libres de violencia para resolver los conflictos en la vida personal y manifiestan, en el trato a las personas, una cultura de la no-violencia, a partir de la cual se elaboran los materiales dirigidos al profesorado, a las madres y padres y a quienes trabajan con jóvenes y se inspiran diversos programas piloto.</span></div><div align="justify"><br />Entre estos programas piloto, cabe señalar: Girls in the Context of Youth Services and Social Services for the Young, Alliance for Democracy and Tolerance, against extremism and violence (Chicas en el Contexto de los Servicios de Juventud y Servicios Sociales para las/os Jóvenes, Alianza para la Democracia y Tolerancia contra el extremismo y la violencia) o el Programa Federal de Educación para la Salud, orientado a favorecer habilidades de comunicación y de resolución de conflictos, la autoestima, la responsabilidad personal y la necesidad de cambiar los estereotipos que conducen a la violencia. </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">..........</span>2) Enseñan a detectar cómo son las primeras manifestaciones de la violencia en la pareja, desde que dichas relaciones comienzan a establecerse. Los trabajos realizados sobre la violencia en la pareja reflejan que, con frecuencia, dicho problema aparece pronto. </div><div align="justify"><br />En un principio, la víctima cree que podrá controlarla. En esta primera fase, la violencia suele ser de menor frecuencia y gravedad que la de fases posteriores, adoptando, a menudo, la forma de abuso emocional. La víctima intenta acomodarse al agresor para evitar ser agredida, aumentando así su vulnerabilidad. La mayoría de los agresores combina la conducta violenta con otro tipo de comportamientos, a través de los cuales convence a la víctima de que la violencia no va a repetirse, alternando dos estilos opuestos de conducta, como si fuera dos personas diferentes. </div><div align="justify"><br />En las fases más avanzadas, el agresor amenaza a la víctima con actos violentos muy graves, si llega a abandonarle, amenazas que pueden hacer temer, incluso, sobre la seguridad de las/os hijas/os o de otras/os familiares. </div><div align="justify"><br />Un adecuado conocimiento de la pauta que se acaba de describir por las posibles víctimas contribuye a prevenir la violencia, al alertar sobre el riesgo que pueden implicar las primeras fases e incorporar el rechazo de la violencia y la victimización en la propia identidad. </div><div align="justify"><br />Conviene tener en cuenta que, en la adolescencia, se producen cambios muy significativos en la identidad de género y comienzan a establecerse las primeras relaciones de pareja. </div><div align="justify"></div><div align="justify"><span style="color:#993399;">Una buena práctica, en este sentido, consiste en ayudar a entender la necesidad de que las relaciones de pareja se basen en el respeto mutuo y a conceptualizar el abuso emocional y el control absoluto como incompatibles con él.</span> </div><div align="justify"><br />En torno a dicho objetivo, se orientan los programas (un libro y dos vídeos) que el Instituto de la Mujer español va a enviar a todos los centros de educación secundaria de España, en los que se incluye una secuencia de diecisiete actividades, elaborada y comprobada por un equipo de investigadoras de la Universidad Complutense de Madrid, en colaboración con profesoras/es de educación secundaria, en torno a las siete recomendaciones descritas en el apartado anterior, con el objetivo de que las y los adolescentes construyan una identidad contraria al sexismo y a la violencia. </div><div align="justify"><br />En una de dichas actividades, por ejemplo, las y los jóvenes desempeñan el papel de expertas/os sobre la violencia ejercida contra las mujeres, diseñando campañas de televisión dirigidas a adolescentes, con el objetivo de sensibilizarles para que no reproduzcan la violencia o puedan romper con ella en sus primeras fases. Al desempeñar este papel de personas expertas contra la violencia y el sexismo, adquieren las habilidades y conocimientos implicados en dichas actividades y se identifican con su objetivo: la defensa de la igualdad y la dignidad de todos los seres humanos, comprendiendo la amenaza que el sexismo supone, en este sentido, para todas y para todos. </div><div align="justify"><br />En el Reino Unido, uno de los objetivos de las asignaturas Educación Personal para la Salud y Social y Educación Cívica consiste en proporcionar a las/os jóvenes los conocimientos, habilidades y comprensión necesarios para llevar a una vida segura, saludable e independiente y para llegar a ser ciudadanas/os informadas/os, activas/os y responsables. </div><div align="justify"><br />.......3) Establecen mecanismos que permiten a los equipos educativos de los centros escolares detectar, entre el alumnado, los casos de violencia doméstica, que puedan estar sufriendo las niñas y sus madres. </div><div align="justify"><br />Las y los profesionales que trabajan en la escuela se encuentran en una posición privilegiada para detectar dichos problemas, debido a:<br /><span style="color:#ffffff;">.................</span>Que generalmente pueden observar a las niñas diariamente y a lo largo, como mínimo, de un curso escolar.<br /><span style="color:#ffffff;">.................</span>La posibilidad de comparar su conducta con la de otras niñas de la misma edad y contexto socio-cultural.<br /><span style="color:#ffffff;">.................</span>El tipo de interacción que tienen con ellas y sus familias. Los estudios realizados, en este sentido, reflejan, sin embargo, que la mayoría de las/os profesionales que trabajan en la escuela tienen serias dudas para inferir, a partir de lo que observan, que una niña está siendo maltratada, en función de lo cual puede explicarse por qué, con frecuencia, no informan de los casos de riesgo que detectan a partir de sus observaciones, debido al miedo a equivocarse y a las posibles consecuencias negativas que anticipan de dicho error. </div><div align="justify"></div><div align="justify"><span style="color:#993399;">Existen experiencias bien fundamentadas que reflejan que, a través de cuestionarios o protocolos elaborados específicamente para ello, pueden superarse dichos obstáculos y sistematizarse las observaciones que el profesorado puede tener sobre las niñas en situación de riesgo, para iniciar el estudio y posterior trabajo con dichos casos, por los servicios sociales o judiciales competentes. </span></div><span style="color:#993399;"><p align="justify"><br /></span><strong>2.1.6. Buenas prácticas sobre la prevención de la violencia sexual, desde la educación, en los Estados miembros de la Unión Europea</strong> </p><p align="justify"><br />Los programas educativos desarrollados, en las últimas décadas, para prevenir o detener el abuso sexual desde la infancia, tratan de desarrollar una serie de habilidades y recursos que protegen contra el riesgo de victimización, tanto en el ámbito sexual como en otros ámbitos. Estas habilidades permiten a las niñas y adolescentes: </p><p align="justify"><span style="color:#ffffff;">........</span>1) Detectar y evitar situaciones peligrosas, sin alterar su confianza básica en las otras personas.<br /><span style="color:#ffffff;">........</span>2) Decir que no en situaciones que puedan implicar abuso, sin disminuir su capacidad para la empatía y el establecimiento de relaciones sociales positivas.<br /><span style="color:#ffffff;">........</span>3) Pedir ayuda cuando la necesitan y, especialmente, cuando comienzan a ser víctimas o están en riesgo de serlo.<br />........4) Estar preparadas emocionalmente para no sentirse culpables, cuando no lo son. </p><p align="justify"><br />Las investigaciones realizadas sobre la prevención de la victimización en la infancia y en la juventud enfatizan, además, sobre la necesidad de enseñar: </p><p align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">........</span>1) Que toda persona tiene derecho a la libertad sexual y, por tanto, a decir que no a una relación de intimidad o a un contacto corporal no deseado.<br /><span style="color:#ffffff;">........</span>2) Que hay secretos que no hay que guardar y que una víctima nunca es, ni debe sentirse, culpable de las situaciones llevadas a cabo por personas que han abusado de su posición, entre las que siempre hay que considerar a las personas mayores.<br /><span style="color:#ffffff;">........</span>3) Que es preciso contar a personas de confianza (a las que hay que enseñar a elegir) las situaciones inquietantes o no deseadas que se hayan sufrido, para poder, así, encontrar la protección que cualquiera necesita, cuando comienza a ser víctima, puesto que, de lo contrario, el problema suele hacerse cada vez más grave. </p><p align="justify"><br />En los estudios realizados sobre la prevención de la victimización, se encuentra que incluso los programas de una hora permiten que las víctimas que están sufriendo estas situaciones las denuncien, al ayudarles a vencer el miedo y el sentimiento de culpa (los principales aliados del abusador) y pedir ayuda. </p><p align="justify"><br />Se observa, también, que, unos meses después de participar en los programas, hay dos cosas que suelen olvidar: que las niñas o los niños nunca son culpables del abuso sexual de los adultos y que hay secretos que no se deben guardar, creencias que contribuyen a la victimización y que parecen estar especialmente arraigadas en la cultura sexista tradicional, tal como se sigue transmitiendo a la infancia y la juventud. </p><p align="justify"><br /><span style="color:#993399;">De acuerdo a lo que se acaba de exponer, cabe destacar, como buena práctica, la incorporación de la perspectiva del género en los programas escolares de educación sexual (Alemania, Francia y Suecia) y prevención del abuso sexual (Austria, Holanda y Reino Unido).</span> </p><p align="justify"><br />En este sentido, por ejemplo, el Ministerio de Educación, Cultura y Ciencia de Holanda ha enviado a los centros educativos el documento Escuelas seguras, en el que se enfatiza que la educación sólo es posible en contextos que cumplan dicha característica y que estimulen la creación de ambientes que garanticen dicha seguridad, con la puesta en marcha de teléfonos de información para el alumnado, madres, padres, así como para el profesorado y el desarrollo de proyectos específicamente orientados a la prevención del abuso y del acoso sexual, en los que se ofrece información, materiales y métodos de entrenamiento, conferencias y otras actividades, destinadas a crear una atmósfera segura en la escuela. </p><p align="justify"></p><p align="justify"><br /><strong>2.1.7. Buenas prácticas sobre la prevención de la violencia en el trabajo, desde la educación, en los Estados miembros de la Unión Europea </strong></p><strong><p align="justify"><br /></strong>Los trabajos realizados, en los últimos años, sobre el acoso en la escuela, entre los que se encuentran varios de los proyectos sobre violencia escolar, desarrollados dentro del programa Sócrates de la Unión Europea, y cuyo estudio fue iniciado de forma pionera en Noruega, reflejan que dicha violencia tiene algunas características similares a los procesos de acoso sexual y acoso moral que se producen en los contextos laborales entre adultos, puesto que aquéllos: </p><p align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">........</span>1) Suelen incluir, además de las agresiones físicas, burlas, amenazas, intimidaciones, humillaciones, aislamiento sistemático, insultos...<br /><span style="color:#ffffff;">........</span>2) Tienden a originar problemas que se repiten y prolongan durante cierto tiempo.<br /><span style="color:#ffffff;">........</span>3) La violencia suele estar provocada por un alumno, apoyado generalmente en un grupo, contra una víctima que se encuentra indefensa, que no puede, por sí misma, salir de esta situación.<br /><span style="color:#ffffff;">.......</span>4) Perdura, debido a la ignorancia o pasividad de las personas que rodean a los agresores y a las víctimas, que no intervienen directamente. </p><p align="justify"><br />Los estudios realizados sobre el acoso (bullying) en la escuela reflejan que éste se produce con una frecuencia bastante superior a lo que cabría esperar. Parece que, a lo largo de su vida escolar, todas las alumnas y todos los alumnos podrían verse dañadas/os por este problema, como observadoras/es pasivas/os, víctimas o agresores, incrementando con ello el riesgo de reproducir dichos problemas en su vida adulta. </p><p align="justify"><br />Las buenas prácticas desarrolladas, en los últimos años, para prevenir o detener el acoso que, a veces, se produce en la escuela se orientan a la creación de contextos normalizados (como las asambleas de aula), en los que, de forma periódica y preventiva, se exponen los problemas que surgen y se desarrollan esquemas que ayudan a establecer una cultura de la no violencia, de tolerancia cero a la violencia, por parte de todos los miembros de la comunidad escolar. Para lo cual: </p><p align="justify"><br />.......a) Se adopta un estilo no violento, para expresar las tensiones y resolver los conflictos que puedan surgir, ayudando a construir activamente una cultura de la no violencia, enseñando a rechazar cualquier comportamiento que provoque la intimidación y la victimización. Para lo cual, las personas adultas deben renunciar a utilizar dichas conductas entre ellas o con quienes deben educar.<br /><span style="color:#ffffff;">.......</span>b) Se rompe con la conspiración del silencio, que suele establecerse en torno al acoso escolar, en la que el propio sistema educativo, dentro de las instituciones, parece aliarse con los agresores, cuando no se favorece la denuncia de situaciones de naturaleza destructiva, que, si no se interrumpen activamente, desde un principio, tienden a ser cada vez más graves.<br /><span style="color:#cccccc;">......</span>c) Se acaba con la impunidad de los agresores, rompiendo con la tendencia a mirar para otro lado, que suele producirse en la escuela, cuando surge la violencia. Procedimientos de disciplina eficaces contra la impunidad y contra la tendencia a la repetición de las agresiones son aquellos que ayudan a que el violento se ponga en el lugar de la víctima, entienda lo destructiva que es la violencia, se arrepienta de haberla utilizado e intente reparar el daño originado. La disponibilidad de agentes mediadores, entre agresores y víctimas, suele ayudar a la eficacia de estas prácticas. </p><p align="justify"></p><p align="justify"></p><p align="justify"><br /><strong><span style="font-size:130%;">2.2. Formación especializada</span></strong> </p><p align="justify"><br /><strong>2.2.1. Medidas sobre formación especializada, propuestas en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres</strong> </p><p align="justify"><br />Como se reconoce en la Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, para combatir la violencia contra las mismas es preciso promover la integración activa y visible de la perspectiva de género en todas las políticas y programas relativos a la violencia contra las mujeres; e impulsar, respaldar y aplicar las medidas y los programas destinados a desarrollar los conocimientos y propiciar la comprensión de las causas, las consecuencias y los mecanismos de la violencia contra las mujeres entre las personas responsables de la aplicación de esas políticas, como el personal funcionario encargado del cumplimiento de las leyes, policías, asistentes sociales, personal médico y judicial, así como entre las personas que se dedican a actividades relacionadas con las minorías, las personas migrantes y las refugiadas; la formación proporcionada debe ayudar a conseguir que las víctimas reciban un trato justo, evitando los abusos de poder y que vuelvan a sufrir nuevas victimizaciones. </p><p align="justify"><br /><strong>2.2.2. Formación especializada, en violencia contra las mujeres, para las/os profesionales que atienden a las víctimas, en la Unión Europea </strong></p><strong><p align="justify"><br /></strong>A partir de las respuestas dadas al Cuestionario sobre Buenas Prácticas, acerca de la formación especializada en violencia contra las mujeres, para el personal de atención y asistencia a las víctimas, se observa que: </p><p align="justify"><br />1) Son las/os profesionales de la policía y los cuerpos y fuerzas encargados de la seguridad los que parecen haber recibido en mayor medida formación especializada sobre la violencia contra las mujeres.<br />En nueve Estados miembros (60%), la formación está incluida en los estudios necesarios para acceder al puesto de trabajo: Austria, Bélgica, España, Finlandia, Francia, Irlanda, Luxemburgo, Portugal y Suecia. También son nueve los países que incluyen estos estudios en la formación permanente: Alemania, Austria, Bélgica, España, Francia, Holanda, Irlanda, Italia y Portugal. Las instituciones que proporcionan la formación especializada a los cuerpos encargados de la seguridad son casi siempre públicas.<br />Como reflejo del especial reconocimiento que la formación de la policía en este tema tiene en la Unión Europea, cabe considerar el hecho de que se incluyera una pregunta en este sentido en el Eurobarómetro (1999) y de que el 78% de las personas encuestadas manifestaran su acuerdo con la necesidad de que la policía reciba formación específica en el tema de la violencia contra las mujeres. </p><p align="justify"><br />2) En tres Estados (20%), las/os profesionales de los servicios sociales reciben formación específica sobre violencia contra las mujeres, para acceder al puesto de trabajo (Alemania, Grecia e Irlanda). En nueve (60%), se proporcionan cursos de formación permanente (Austria, Bélgica, España, Holanda, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Reino Unido –Irlanda del Norte- y Suecia), impartidos, principalmente, por instituciones públicas, aunque, en algunos casos, también participen organismos privados. Con frecuencia, esta formación se adquiere dentro de programas más amplios destinados a combatir la violencia contra las mujeres. </p><p align="justify"><br />3) Solamente en España y Francia, 13% de los Estados miembros, las/os profesionales de la administración de justicia reciben formación específica, sobre violencia contra las mujeres, para acceder al puesto de trabajo. En seis (40%), se proporcionan cursos de formación permanente: Alemania Austria, Bélgica, España, Francia y Suecia. </p><p align="justify"><br />4) Nueve Estados miembros (60%) imparten cursos sobre violencia contra las mujeres, como formación permanente al personal sanitario: Austria, Bélgica, España, Francia, Holanda, Irlanda, Italia, Reino Unido –Irlanda del Norte- y Suecia.</p><p align="justify"><br />5) La realización de estudios sobre la violencia contra las mujeres, por parte de las/os profesionales dedicados a la abogacía, antes de acceder al puesto de trabajo, sólo tiene lugar en España e Irlanda. Por lo que respecta a la educación permanente de estas/os profesionales, además de España e Irlanda, también Austria y Suecia proporcionan cursos de formación en relación a la violencia contra las mujeres. </p><p align="justify"></p><p align="justify"><br /><strong>2.2.3. Características de las buenas prácticas, en formación especializada, para las/os profesionales que atienden a las víctimas </strong></p><strong><p align="justify"><br /></strong>A partir de las recomendaciones propuestas en la Conferencia celebrada en Viena (1998), sobre Medidas para combatir la violencia de los hombres contra las mujeres, se deducen, como características de buenas prácticas en formación especializada, las siguientes: </p><p align="justify"><br />1) Características generales. La formación especializada tiene que ayudar a la cooperación interinstitucional en este campo -proceso que supone superar importantes obstáculos- y ser sometida a un proceso de evaluación continua, que permita conocer qué modelos y procedimientos resultan más eficaces y convendría, por tanto, implantar de forma generalizada.<br />Para ello, es necesario elaborar y evaluar materiales de formación específicos, adaptados a la peculiaridad del trabajo que se desarrolla en cada ámbito. Dada la especial vulnerabilidad de las mujeres inmigrantes, las/os profesionales que trabajan en este tema deberían recibir formación acerca de la diversidad cultural y del racismo. </p><p align="justify"><span style="color:#993399;">Una buena práctica, en este sentido, es incorporar, a los servicios de atención a las víctimas de grupos minoritarios, a profesionales pertenecientes a dichos grupos, especialmente mujeres</span>.</p><p align="justify"><br />2) Formación y atención a las víctimas de la violencia por la policía. El encargo de atender los casos de violencia contra las mujeres, en las organizaciones policiales, debe recaer en funcionarias/os que hayan recibido formación especializada. </p><p align="justify"><span style="color:#993399;">Una buena práctica para dicha formación es la de implicar en ella a personas expertas en el tema, que procedan de instituciones públicas y a personas que procedan de ONG, que trabajen con las víctimas de la violencia.</span> </p><p align="justify"><br />De cara a las ambivalencias existentes en la sociedad sobre la violencia que se ejerce contra las mujeres, las/os funcionarias/os de la policía tienen derecho a recibir líneas maestras claras y precisas. Además, la formación de la policía tiene que ayudar a la comprensión de las necesidades de las víctimas, de tal forma que el tratamiento que reciban contribuya a su fortalecimiento (empowerment), prescindiendo de todo lo que pueda obstaculizar el proceso de recuperación del trauma psicosocial causado por la violencia; especialmente, debe evitar todo tipo de presión a la víctima a lo largo del proceso penal. </p><p align="justify">Los Estados han de garantizar que sus funcionarias/os estén capacitadas/os para evitar la revictimización y han de implementar medidas legales efectivas, que garanticen la seguridad de las víctimas, desarrollando mecanismos de control eficaces y continuos. </p><p align="justify"></p><p align="justify"><br />Por otra parte, las investigaciones publicadas en los últimos años, sobre las características de la formación especializada, cuando ésta implica habilidades para afrontar situaciones de especial dificultad, como sucede a las/os profesionales que deben atender a las víctimas de la violencia, reflejan, como peculiaridades de las buenas prácticas, las siguientes: </p><p align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">........</span><strong>El modelo de formación</strong> favorece la cooperación a distintos niveles: en un primer nivel, entre las/os policías que deben aplicar los nuevos conocimientos y habilidades en su práctica cotidiana; en un segundo nivel, entre las/os policías y otros profesionales que trabajan desde perspectivas complementarias (desde instituciones públicas y desde ONG, por ejemplo) y, en un tercero, entre los dos grupos de profesionales citados anteriormente y personas expertas independientes, que dirigen programas de lucha contra la violencia hacia las mujeres.<br /><span style="color:#ffffff;">.......</span><strong>El programa de formación</strong> combina la teoría con la práctica, distribuyendo el curso en una serie de sesiones dedicadas a reflexionar sobre los objetivos a alcanzar, los obstáculos que suelen existir y las innovaciones que pueden permitir superarlos, conectando los principios teóricos con actividades prácticas.<br />La distribución de dichas sesiones debe llevarse a cabo en un tiempo conocido previamente, de forma que proporcione la oportunidad de planificar una determinada innovación, aplicarla en la práctica cotidiana y reflexionar sobre los logros y obstáculos de dicha práctica en sucesivas ocasiones. Para ello, es conveniente que el programa de formación dure varios meses.<br /><span style="color:#ffffff;">......</span><strong>Se incentiva</strong> el esfuerzo que supone la participación en el programa de formación, reconociéndolo y valorándolo adecuadamente en el currículo profesional y en la remuneración económica. </p><p align="justify"><br /><strong>2.2.4. Buenas prácticas de formación especializada, sobre violencia contra las mujeres, en los Estados miembros de la Unión Europea</strong> </p><p align="justify"><br />En el documento sobre Legislación en los Estados Miembros del Consejo de Europa en el campo de la violencia contra la mujer (2001), se recogen algunos ejemplos de buenas prácticas, respecto a la formación especializada de las/os profesionales que atienden a las víctimas, en los que se desarrollan los principios anteriormente expuestos:<br /><span style="color:#ffffff;">.........</span><strong>Bélgica:</strong> Los miembros de la gendarmería y de la policía reciben formación sobre asistencia a las víctimas de la violencia y asisten a un curso básico sobre violencia. Algunas comisarías de policía reciben subvenciones por instalar servicios de recepción, donde dichas víctimas puedan ser atendidas e interrogadas en un entorno tranquilo. Para poder optar a la ayuda, la comisaría debe enviar a una/o de sus profesionales al entrenamiento especializado en técnicas de entrevista para las víctimas.<br /><span style="color:#ffffff;">........</span>Desde 1997, el programa de formación para juezas/ces y fiscales ha incluido estudios especiales sobre violencia física y sexual. En 1998, estos estudios se han añadido al programa básico de formación para juezas/ces, por lo que todas/os las/os profesionales del país lo reciben en la actualidad. </p><p align="justify"><br /><span style="color:#993399;">La formación especializada, llevada a cabo en Bélgica, constituye un ejemplo de buena práctica, en la que se imparten, de manera integrada, conocimientos teóricos y prácticos, sobre asistencia a las víctimas, y en la que se forma, a las/os profesionales que reciben esta formación, en técnicas específicas de recogida de información, relativa a personas que se encuentran en una situación especialmente delicada.</span></p><span style="color:#993399;"><p align="justify"><br /></span><span style="color:#ffffff;">......</span><strong>Reino Unido</strong>: En junio de 1999, la Home Office y la Women´s Unit publicaron un documento titulado Living without fear (Vivir sin miedo), mencionado en el apartado de sensibilización, que incluye una aproximación integrada para afrontar la violencia contra las mujeres. Se dirige a todas las formas de violencia contra éstas, incluyendo la violencia doméstica, la violación, el acoso sexual y otras formas de violencia en el trabajo. </p><p align="justify">El documento destaca ejemplos concretos y prácticos de diferentes organizaciones, agencias e instituciones locales, sobre cómo se trabaja con eficacia contra la violencia en diferentes lugares del país. Se centra en la forma en que distintas organizaciones y agencias coordinan sus trabajos para proporcionar mejores y más rápidos servicios a las mujeres que han sido víctimas de la violencia. </p><p align="justify"><br /><span style="color:#993399;">Esta buena práctica desarrollada en el Reino Unido refleja la importancia que tiene cumplir las recomendaciones del documento de Ejecución de la Plataforma para la Acción de Beijing, 1995-2000, sobre la necesidad de: Crear una base internacional de conocimientos, sobre los modos de poner fin a la violencia contra la mujer, que incluya directrices, modelos de legislación, módulos de capacitación, procedimientos de documentación y otros materiales decisivos al respecto.</span></p><span style="color:#993399;"><p align="justify"><br /></span>En el Cuestionario sobre Buenas Prácticas, elaborado como punto de partida de esta Guía, algunos Estados miembros describen, con cierto detalle, algunas características sobre el proceso seguido para desarrollar la formación especializada entre las personas encargadas de atender a las víctimas de la violencia, en el que se aprecian algunas características importantes de las recomendaciones propuestas para mejorar la calidad de dicha formación: </p><p align="justify"><span style="color:#ffffff;">.........</span><strong>Austria</strong>: En 1996/1997, se llevaron a cabo seminarios especiales de formación para las/os profesionales del ámbito legal, médico, social, etc…, para garantizar un adecuado tratamiento de las víctimas y una forma apropiada de manejar el fenómeno de la violencia por parte de la propia persona entrenada.<br />Desde 1998, se celebran seminarios especiales para los equipos profesionales de las oficinas de atención a mujeres y de otras instituciones que asisten a las que han sufrido violencia. Los seminarios interdisciplinares se basan en el reconocimiento, basado en la experiencia anterior, de que es necesaria la cooperación entre los distintos grupos profesionales para proteger a las víctimas. En ellos, se estudia, entre otras cuestiones, la manera de mejorar la cooperación entre instituciones y con la región en la que están arraigados, y la forma de potenciar puntos fuertes de la cooperación y minimizar los puntos débiles.<br />De acuerdo con la información proporcionada por Austria, los seminarios mencionados han demostrado una gran eficacia. </p><p align="justify"><br /><span style="color:#993399;">El trabajo de formación especializada llevado a cabo en Austria constituye una buena práctica sobre la cooperación interdisciplinar, en la que, además, se reconoce la dificultad que el contacto con la violencia produce entre las personas que deben ayudar a las víctimas y la necesidad de enseñar habilidades para superar dicha dificultad.</span></p><span style="color:#993399;"><p align="justify"><br /></span><strong>Bélgica:</strong> En 1998, en el programa de formación de los pasantes (stagiaires) judiciales, se incluyó la formación específica sobre violencia física y sexual. En el marco del Plan Nacional de Acción contra la Violencia hacia las Mujeres, de 11 de mayo de 2001, el Ministerio de Justicia estableció, a través del Consejo Superior de Justicia, la formación específica de la magistratura, respecto a la violencia dentro de la pareja. </p><p align="justify">A través de jornadas de estudio (organizadas por las coordinadoras provinciales contra la violencia hacia las mujeres) y la publicación para médicas/os Aidez-les à rompre le silence (Ayúdales a romper el silencio), estas/os profesionales se han sensibilizado sobre la problemática de la violencia física y sexual. </p><p align="justify">En el marco del mencionado Plan Nacional de Acción contra la Violencia hacia las Mujeres, el Ministerio de Salud se ha encargado de sensibilizar acerca de la violencia doméstica, principalmente a las/os médicas/os de familia, así como al personal sanitario de los servicios de urgencia. </p><p align="justify">El Ministerio del Interior se encarga de proporcionar la formación a las/os policías y futuras/os policías. La problemática de la violencia es abordada desde diferentes tipos de formación: jurídica, general y sociopsicológica, así como en relación a técnicas profesionales de tipo práctico.<br />Los servicios de apoyo para el acompañamiento policial de las víctimas o la oficina de asistencia a las víctimas tienen como función la sensibilización, cara a cara, de todas/os las/os funcionarias/os de sus cuerpos. Velan para que todos los miembros de los mismos reciban una formación sobre la atención a las víctimas, adaptada a la situación local y mantienen contacto con otros agentes que intervienen en el cuidado de dichas víctimas.<br />En 1996, los ministerios del Interior y de Empleo y Trabajo elaboraron un protocolo relativo a la prevención de la victimización secundaria, que implica la puesta en marcha, en el seno de las comisarías, de locales de acogida para las víctimas de la violencia física y sexual y la presencia de personal que haya recibido una formación específica. </p><p align="justify"><br /><span style="color:#993399;">Como puede observarse en la descripción anterior, las buenas prácticas de Bélgica, recogidas en el documento sobre Legislación en los Estados Miembros del Consejo de Europa en el campo de la violencia contra la mujer (2001), continúan dando sus frutos y representan un modelo sobre cómo implicar a los diversos organismos afectados para tratar de extender al máximo la formación de todas/os las/os profesionales que deben atender a las víctimas<br /><br /><br />Así mismo, son un ejemplo de coordinación de la teoría y la práctica en la formación y de prevención de la revictimización, uno de los objetivos más destacados en la Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial.</span> </p><p align="justify"><br /><strong>España:</strong> Durante el periodo comprendido entre 1998 y 2000, se han realizado un total de 1.502 actividades formativas, a las que asistieron un total de 60.878 de las/os distintas/os profesionales que intervienen en el campo de la atención y prevención de la violencia contra las mujeres.<br />El número de actividades y la asistencia a las mismas de los diferentes grupos de profesionales fue la siguiente:<br /><span style="color:#ffffff;">...............................................................................................</span> Actividades formativas Asistentes<br /><br />Personal sanitario........................................................................... 106 ..................................4.218<br />De Servicios Sociales....................................................................... 152 ..................................8.579<br />Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, Policía Local ...........................279 ................................15.951<br />Judicatura y Profesionales del Derecho.........................................201..................................8.782<br />Ámbito educativo .............................................................................763.................................23.185<br />Medios de comunicación.......................................................................1.......................................163<br />TOTAL<strong>.........................................................................1.502</strong> <strong>........................60.878 </strong></p><p align="justify"><br /><span style="color:#993399;">Las actividades de formación celebradas en España pueden considerarse como un ejemplo de buena práctica, en la que se ha combinado la instrucción teórica y práctica, habiéndose tenido en cuenta, a la hora de diseñarlas, las opiniones de las asociaciones de mujeres y de las ONG.</span></p><span style="color:#993399;"></span><p align="justify"><br /><strong>Grecia:</strong> Aunque este país confiesa, en las respuestas dadas al Cuestionario, que no organiza cursos de formación permanente, de manera periódica, sin embargo, ha celebrado varios seminarios, dirigidos a distintos grupos de profesionales, que se destacan a continuación: </p><p align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">..........</span><strong>Seminarios dirigidos</strong> al personal de la policía y proporcionados por <em>The Inter-ministerial Committee for the Repression of Violence against Women </em>(Comité Interministerial para la Represión de la Violencia contra las Mujeres).<br /><span style="color:#ffffff;">..........</span><span style="color:#000000;"><strong>Desde 1999</strong>, se han celebrado</span><span style="color:#ffffff;"> </span><span style="color:#000000;">seminarios frecuentes para abogadas/os, dirigidos por <em>The</em></span><em> Research Centre on Equality Matters</em> (KETHI) (Centro de Investigación sobre Temas de Igualdad).<br /><span style="color:#ffffff;">..........</span>La misma institución ha llevado a cabo seminarios para, entre otros grupos, personal de enfermería y trabajadoras/es sociales. </p><p align="justify"><br />El citado Comité está planificando la producción de material educativo y la intensificación de los seminarios para los servicios sociales de las prefecturas, hospitales, municipalidades y servicios de bienestar. </p><p align="justify"><br /><strong>Holanda:</strong> Ha puesto en marcha cursos de formación, de especiales características, para profesionales de la salud y los servicios sociales, además de los existentes para la policía.<br />Con el fin de proporcionar un estímulo extra en el proceso de implementación, el <em>Netherlands Centre for Gender-Specific Care Innovation and The Combating of Sexual Violence</em> (Centro Holandés para el Cuidado, la Innovación y la Lucha contra la Violencia Sexual desde la Perspectiva del Género) ha asumido, durante cuatro años, el papel de catalizador, con cuatro deberes básicos: promover la cooperación interregional, intentar asegurar que el problema de la violencia sexual reciba atención estructural, en los cursos de formación profesional, mejorar la calidad de la política y contribuir al fortalecimiento de la víctima. </p><p align="justify"><br />Los resultados de esta política fueron: un conjunto de materiales para la formación práctica; un módulo de formación sobre violencia contra las mujeres, para estudiantes universitarias/os; cursos de formación para las personas formadoras en violencia doméstica; la inclusión, en la programación de la formación de las/os psiquiatras, del estudio de la violencia sexual; un módulo de formación, sobre el incesto, para las universidades; un curso de formación sobre abuso sexual, su detección y tratamiento, para las/os psicólogas/os y psicoterapeutas. </p><p align="justify"></p><div align="justify"><br /><span style="color:#993399;">El trabajo desarrollado en Grecia y en Holanda constituye una buena práctica de colaboración con los organismos especializados en la investigación y en la formación superior, para favorecer la implantación de los programas y desarrollar materiales de calidad en la lucha contra la violencia hacia las mujeres.<br /></span><br />La mayoría de las respuestas dadas, por los Estados miembros, al Cuestionario sobre Buenas Prácticas, reflejan que los principales avances, en la incorporación de la formación especializada de las/os profesionales que trabajan con las víctimas de la violencia, se han producido, en la mayoría de los casos, dentro de cursos puntuales y en el proceso de la formación permanente, y, excepcionalmente, dentro de cursos puntuales, con el posible riesgo, que de ello se deriva, de que esta formación no llegue al conjunto de las/os profesionales que trabajan en dicho tema.<br /><br /><span style="color:#993399;">Una buena práctica para conseguir la expansión de la referida formación es estimular que los organismos encargados de elaborar los planes de estudio y su puesta en práctica, como son las universidades y las entidades dedicadas a la investigación, tomen conciencia de la relevancia que el tema de la violencia contra las mujeres adquiere para el futuro de las/os profesionales que están formando.<br /></div></span><div align="justify">El hecho de implicar a dichos organismos en la colaboración con las instituciones públicas y privadas, que se dedican habitualmente a trabajar en este tema (incluyéndolo, por ejemplo, en convocatorias de investigación o para el diseño de programas de formación permanente, como se está llevando a cabo en Grecia y en Holanda) suele contribuir a dicho objetivo. </div><div align="justify"><br />La experiencia acumulada, en los últimos años, en la formación de la policía y las/os profesionales de los servicios sociales, puede ser de gran ayuda para extender dicha formación a otros ámbitos de gran relevancia, en la lucha contra este problema, entre los que cabe destacar a las/os profesionales de la administración de justicia, el personal sanitario, las/os psicólogas/os y otras profesiones que trabajan con grupos de riesgo (como son las mujeres inmigrantes o las mujeres con discapacidad), así como las/os funcionarias/os de la administración central, regional o local. </div><div align="justify"></div><div align="justify"><br /><span style="color:#993399;">Como buena práctica de la propuesta anteriormente mencionada, incluyendo el estudio de la violencia contra las mujeres en el currículo universitario obligatorio, cabe considerar la que se lleva a cabo en Suecia, dentro de los temas sobre igualdad de género, que forman parte de los requisitos para el examen obligatorio (a nivel universitario) de derecho, medicina, enfermería, psicología, psicoterapia, trabajo social, cuidado social y teología.</span><br /><br />En Holanda, también se han realizado importantes avances, en este sentido, al incorporar el estudio de la violencia contra las mujeres en diversos currículos, como en el que deben seguir las personas que se preparan para la administración de la justicia y las/os policías. Este progreso se ha producido en el contexto de la campaña nacional lanzada, a principios del 2001, para prevenir y combatir la violencia doméstica, iniciada por el Ministerio de Justicia, y en la que se han implicado numerosas organizaciones gubernamentales y no gubernamentales, con dos objetivos prioritarios: promover la inclusión formal del estudio de la violencia doméstica en el currículo de la formación básica de todas las profesiones relevantes y desarrollar e implementar el entrenamiento en el trabajo, para mejorar la atención que se proporciona a las víctimas y un tratamiento eficaz para los agresores.<br /><br /><span style="color:#993399;">La experiencia de Holanda es una buena práctica sobre cómo impulsar la cooperación entre los distintos organismos implicados, incluidas las ONG, para mejorar la calidad y extensión de la formación especializada en los currículos que, obligatoriamente, deben cursar las personas que van a trabajar en la lucha contra la violencia hacia las mujeres.<br /></div></span><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1148990058379739732006-05-30T13:52:00.000+02:002007-05-26T10:30:51.537+02:00Sensibilización<div align="center"></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">. </span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><br /><strong><span style="color:#000000;">1.1. Medidas de sensibilización para combatir la violencia contra las mujeres, propuestas en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres </span></strong></div><strong><div align="justify"><br /></strong><span style="color:#000000;">Como se reconoce en la Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial, la violencia contra las mujeres es una manifestación de las relaciones de poder históricamente desiguales entre mujeres y hombres, que han conducido a la dominación masculina, a la discriminación contra las mujeres por parte de los hombres y a impedir su pleno desarrollo. La experiencia obtenida en diversos países demuestra que es posible movilizar a mujeres y hombres, con el fin de superar la violencia en todas sus formas. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Entre las medidas que han de adoptarse, dentro de las campañas de sensibilización, se incluye la necesidad de: modificar los modelos y prejuicios sexistas; sensibilizar contra los efectos negativos que la violencia contra las mujeres produce para todas y todos; concienciar a las víctimas de la violencia, actuales o potenciales, para que puedan protegerse de las agresiones y salir de dicha situación, y difundir información sobre los recursos disponibles para ello. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Se destaca, asimismo, de forma especial, el papel que, dentro de la sensibilización, pueden tener las organizaciones de mujeres y los medios de comunicación, al recomendar: apoyar las iniciativas de las asociaciones de mujeres y las organizaciones no gubernamentales de todo el mundo (ONG), encaminadas a despertar la conciencia sobre el problema de la violencia contra las mujeres; y concienciar acerca de la responsabilidad de los medios de comunicación en la promoción de imágenes no estereotipadas de mujeres y hombres y eliminar los modelos de conducta generadores de violencia que en ellos se presentan, así como alentar a las personas responsables del contenido que se difunde a que establezcan directrices y códigos de conducta profesionales; y sensibilizar sobre la importante función de los medios de comunicación en lo relativo a informar y educar a la población acerca de las causas y los efectos de la violencia contra las mujeres y a estimular el debate público sobre el tema. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;"><strong>1.2. La sensibilización contra la violencia hacia las mujeres, en la Unión Europea</strong> </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En 1997, el Parlamento Europeo adoptó un informe por el que pedía a la Comisión Europea y a los Estados miembros considerar como delito todas las formas de violencia basada en el sexo. Asimismo, instó a la Comisión a iniciar una campaña para promover la no tolerancia (Campaña de Tolerancia Cero) frente a la violencia contra las mujeres, que se inició en marzo de 1999. Esta campaña se vinculó a la designación del año 1999 como Año Europeo contra la violencia hacia las mujeres. Estas dos propuestas y acciones supusieron un gran avance hacia la sensibilización y concienciación de toda la ciudadanía europea, respecto a la no tolerancia de la violencia contra las mujeres. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Como muestra de los avances y limitaciones producidos en la Unión Europea, a través de las medidas de sensibilización, cabe considerar los resultados obtenidos en el Eurobarómetro realizado en 1999, en el que se refleja que las/os europeas/os condenan masivamente la violencia doméstica contra las mujeres y reconocen que se trata de un problema relativamente frecuente. Sólo el 4% afirma no haber oído nunca hablar de él. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La principal fuente de información que han tenido para adquirir dicho conocimiento han sido los medios de comunicación (la televisión, en el 89% de los casos; la prensa, en el 65% y la radio, en el 44%). El porcentaje de las personas que hablan sobre este problema en sus relaciones interpersonales es muy escaso (con las amistades, el 31%; con la familia, el 19%), resultado que sugiere que la violencia contra las mujeres continúa siendo, en gran medida, un tema tabú. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Respecto a cómo combatirlo, el 95% considera útil el hecho de condenar al agresor y el 91% cree necesaria una aplicación más estricta de las leyes existentes, así como la necesidad de educar a las y los jóvenes en el respeto mutuo. Consideran que las principales causas que influyen en la aparición de dicha violencia son: el alcohol (el 96%), la toxicomanía (el 94%), el desempleo (el 79%), la pobreza y la exclusión social (el 73%) y el hecho de que el agresor haya sido a su vez víctima de la violencia (el 73%). </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Por otra parte, se observa un elevado reconocimiento de la necesidad de llevar a cabo medidas de sensibilización, puesto que el 86% cree que deben distribuirse más folletos informativos y el 84% que deben realizarse más campañas de información pública. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Cabe destacar, por último, que el 67% cree que la Unión Europea debería implicarse en la violencia doméstica contra las mujeres, pero el 79% desconoce que existan políticas propuestas por la Unión Europea en este ámbito. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Como se refleja en los resultados anteriormente expuestos, en la comunidad internacional europea se han producido avances importantes en la condena y el conocimiento de la violencia contra las mujeres, en los que han tenido un decisivo papel los medios de comunicación y las campañas de sensibilización, que a través de dichos medios se han llevado a cabo. Los cambios son especialmente significativos respecto a la condena de los agresores y el reconocimiento de la necesidad de su sanción. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Entre las causas de dicho problema mencionadas con más frecuencia, no se reconoce una de las más importantes: la desigual distribución del poder entre mujeres y hombres que existe en la sociedad, probablemente debido a la escasa frecuencia con que aluden a ella los medios de comunicación. Esta limitación puede reducir la eficacia de la sensibilización, al distanciar a las personas que la reciben de un problema que creen afectar sólo a hombres con problemas especiales. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La visibilidad de las políticas de la Unión Europea, que la mayoría de la población considera convenientes, parece ser también muy escasa. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;"><strong>1.3. Buenas prácticas de sensibilización, contra la violencia, en general, hacia las mujeres y contra la violencia doméstica, en particular, en los Estados miembros de la Unión Europea</strong> </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En las respuestas dadas por los Estados miembros al Cuestionario sobre Buenas Prácticas para combatir la violencia contra las mujeres, en relación con las tres principales campañas llevadas a cabo en cada país, desde 1995, se observa que: todos los países han realizado medidas de este tipo; dirigidas, generalmente, al conjunto de la población, o a las víctimas de la violencia; la valoración de los resultados que se hace en todos los casos es muy positiva y, aunque la evaluación sistemática de su impacto no sea generalizada, cuando dicha evaluación se ha llevado a cabo (situación que suele reducirse a las campañas nacionales, que incluyen spots de televisión), los resultados han sido, incluso, superiores a los esperados. La mayor parte de las campañas realizadas se refieren a la violencia doméstica o a la violencia contra las mujeres en general. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En Alemania, se han realizado, desde 1995, varias campañas para combatir la violencia contra las mujeres, tanto en el ámbito regional como en el local, que han sido concebidas y realizadas por diferentes entidades, y en las que han participado tanto organismos públicos como ONG. La primera de dichas campañas (19931996), destacada por su eficacia, fue realizada por el Gobierno Federal, conjuntamente con iniciativas regionales. Se prestó apoyo a cincuenta ciudades y circunscripciones, para que concibieran y pusieran en práctica acciones propias con carácter local. De dicho proceso, resultaron más de trescientas acciones, dirigidas a todo tipo de destinatarias/os (población general, víctimas, menores, agresores, testigos, policía, empleadas/os del hogar, escuelas). La concreción de dichas actividades fue publicada en un manual de la campaña, en el que se incluían, también, apuntes generales y documentación de trabajo para la opinión pública y para la captación de fondos. Los diversos materiales desarrollados en esta campaña, continúan, aún, distribuyéndose y continuarán en el futuro. Se trata de folletos, posters, carteles fotográficos, un curso concebido para la policía y un paquete multimedia para tratar el tema en las escuelas. En segundo lugar, Alemania destaca el trabajo de sensibilización realizado con la opinión pública para introducir la Ley de Protección contra la Violencia, aprobada recientemente. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">El trabajo de sensibilización desarrollado en Alemania representa una buena práctica de coordinación entre los organismos públicos y las ONG, a distintos niveles (nacional, regional y local), adaptando la concreción final de las actividades a las peculiaridades de cada localidad, prologando, así, en el tiempo, el impacto de dichas acciones, como se refleja en el hecho de que los materiales elaborados continúen distribuyéndose todavía.</span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La campaña de ámbito nacional más importante llevada a cabo en Austria, en los cinco últimos años, Stop violence (Stop a la violencia) (1998-1999), tenía como principal objetivo incrementar el conocimiento sobre la violencia contra las mujeres, y durante su desarrollo se puso en funcionamiento una línea telefónica gratuita, de 24 horas, en la que se proporciona información sobre qué hacer en situaciones de violencia contra las mujeres, así como sobre los servicios sociales disponibles (casas de acogida, centros de intervención, asistencia jurídica...). </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Esta campaña fue divulgada a través de un spot de televisión y folletos. Estaba dirigida a todo tipo de destinatarias/os (población en general, víctimas, testigos de actos violentos, agresores...). </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">El número de llamadas recibidas en el servicio de atención telefónica ha sido muy elevado desde el principio, lo que ha hecho que siga estando disponible. Este servicio está dirigido por personas expertas que diseñan cómo hay que responder en situaciones de crisis de violencia, así como la información que se proporciona sobre dónde acudir a lo largo de todo el proceso. Se llevó a cabo, además, una evaluación del impacto de la campaña, que reflejó resultados mejores de los esperados. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Además, en los últimos cinco años, en Austria, se han llevado a cabo dos campañas más, también nacionales, basadas en folletos, dirigidas a las víctimas y a los equipos profesionales que las deben atender. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La primera, Combating Violence against Women and Children (Combatiendo la Violencia contra las Mujeres y las/os Niñas/os) (1998), tenía como objetivo comenzar a cubrir la falta de información existente sobre este tema. A partir del conocimiento acumulado con dicha experiencia, se diseñó la última campaña, Women have rights/ are right (Las mujeres tienen derechos/ es justo) (2002), en la que se trata de responder de forma más específica sobre qué hay que hacer cuando surge la violencia, así como sobre las medidas legales y penales existentes.</span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">El trabajo de sensibilización llevado a cabo en Austria representa una buena práctica de coordinación e integración de los distintos servicios de ayuda a las víctimas de la violencia, que va incorporando con eficacia el conocimiento acumulado en las fases anteriores para las siguientes. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Las tres principales campañas llevadas a cabo en Bélgica, en los cinco últimos años, contra la violencia hacia las mujeres, dirigidas a la población en general, son: </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">1) <em>Rompez le silence avant qu´il ne vous casse</em> (Romped el silencio antes de que os destruya) (1999), destinada a informar a las víctimas y a las/os forenses acerca la violencia física y sexual;</span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;">2) <em>Brisons le silence avant qu´il ne nous brise. La violence dans le couple est un délit puni par la loi (</em>Rompamos el silencio antes de que nos rompa. La violencia en la pareja es un delito castigado por la ley) (2001), campaña que representa una primera etapa de una política de sensibilización más extensa emprendida por el Gobierno federal y las Entidades federadas, y en la que se han utilizado posters, folletos informativos y anuncios en prensa, así como una conferencia de prensa;</span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;">3) <em>Cool, moins de violence ça ne ferait pas de mal</em> (Cálmate, no estaría mal menos violencia) (1999), mensaje que trata de suscitar la reflexión, sobre todo, de la juventud, con un objetivo preventivo, sobre la presencia de la violencia en la sociedad, destacando cuatro grandes temas: violencia escolar, violencia familiar, violencia en la calle y problemática de las bandas de jóvenes. Sus soportes han sido posters y postales. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Las dos campañas más importantes llevadas a cabo en Dinamarca, en los últimos cinco años, se han incluido dentro del Plan de Acción General para prevenir la violencia doméstica contra las mujeres, han sido de ámbito nacional y han utilizado, como soportes, folletos informativos, publicaciones y páginas web. Una de estas campañas, White Ribbon (El lazo blanco) (2000-2001), financiada por el Ministerio para la Igualdad de Género, se ha dirigido a la población masculina general y a los agresores, con el propósito de incrementar su conocimiento contra la violencia hacia las mujeres y detener la aceptación de dicha violencia por los hombres. La evaluación del impacto de esta campaña reflejó, tal como se esperaba, resultados muy positivos. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">El Ministerio de Asuntos Interiores ha dirigido otra campaña, en el año 2000, con el objetivo de proporcionar información sobre la violencia en la pareja a los grupos étnicos minoritarios (sobre todo a las víctimas y a los testigos de la violencia). </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Como continuación del trabajo de sensibilización llevado a cabo, en los primeros meses del 2002, Dinamarca va a emprender nuevas campañas de sensibilización contra la violencia hacia las mujeres, dirigidas también a las/os profesionales (servicios de salud, médicas/os, oficiales de policía, trabajadoras/es sociales, y personas empleadas en centros de atención a mujeres en crisis), que trabajan con los perpetradores y con las víctimas de la violencia. Su objetivo es fortalecer la cooperación entre dichos profesionales, así como proporcionar un amplio conocimiento mutuo de los distintos esfuerzos e iniciativas, conocimiento que se incluirá en una publicación, que sintetizará la información sobre el trabajo de cada grupo profesional. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;">Las campañas realizadas por Dinamarca representan buenas prácticas de sensibilización dirigidas al conjunto de la población masculina para concienciarla contra la violencia que algunos hombres ejercen contra las mujeres, así como de la necesidad de coordinar el trabajo que las/os profesionales de distintos ámbitos llevan a cabo con las víctimas y los perpetradores de dicha violencia. Coordinación repetidamente recomendada tanto en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, como en las diversas reuniones de expertas/os de la Unión Europea</span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Las tres campañas más importantes llevadas a cabo en España, en los últimos cinco años (por el Instituto de la Mujer), para combatir la violencia de género, han sido de ámbito nacional y han empleado múltiples medios (spots de televisión, radio y prensa escrita, así como carteles y folletos). </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La primera de estas campañas, 1999, dirigida especialmente a las víctimas, tuvo como objetivo animar a que denunciaran los actos de violencia que pudieran haber sufrido. Se ve, en ella, a una mujer que, al desmaquillarse frente a un espejo, observa las secuelas de los golpes en su rostro. Y el lema es: si ocultas la verdad, nadie sabrá que necesitas ayuda, que no te marque el miedo, marca este teléfono.</span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En la segunda, 2000, dirigida a toda la población, a los testigos de la violencia y a los agresores, se ve a un niño que consuela a su madre, inmóvil en el suelo, después de una agresión. Su objetivo consistía en concienciar a la población española sobre la gravedad del problema de la violencia contra las mujeres. El lema fue La violencia contra las mujeres nos duele a todas, nos duele a todos. La sociedad condena, la ley también. El debate social suscitado a partir de este spot, que obtuvo un premio otorgado por los medios de comunicación, fue especialmente intenso.<br />La última de estas campañas (2001), dirigida, también, a las víctimas, tiene como objetivo, igualmente, el promover la denuncia de las mujeres que estuvieran sufriendo actos agresivos contra ellas. En esta campaña, se ve a una mujer que llama al teléfono de asistencia del Instituto de la Mujer, pero que es incapaz de hablar. Y el lema es: Si te quedas sin palabras, te quedarás sin nada. Recupera tu vida. Habla. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Todas las campañas han sido evaluadas de forma sistemática, reflejando que han tenido una gran repercusión, tanto informativa, por parte de los medios de comunicación, como en las personas destinatarias. Como indicador de dicho impacto, cabe destacar que, en cada ocasión, coincidiendo con las emisiones, el número de llamadas sobre malos tratos, recibidas en el teléfono de información 24 horas del Instituto de la Mujer, se ha incrementado notablemente. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">De forma paralela a dichas campañas, se han llevado a cabo distintas acciones para sensibilizar a los medios de comunicación sobre su papel en esta lucha, como: </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">1) Declarar el 25 de Noviembre de cada año como Día para combatir la violencia contra las mujeres, fecha que sirve para reafirmar el compromiso de la sociedad en este sentido y en la que, tanto los medios escritos, como la radio y la televisión, suelen dedicar una especial atención a conmemorar los avances y las limitaciones producidos. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">2) El desarrollo de un Observatorio de la Publicidad, destinado a erradicar el sexismo, con dos instrumentos básicos, un teléfono gratuito de recogida de denuncias publicitarias y un Consejo Asesor de Imagen de las mujeres en los medios. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">3) La creación, en 1999, de un premio anual, destinado a los medios de comunicación y agencias de publicidad, con el fin de galardonar a los que destaquen por su compromiso para combatir la violencia contra las mujeres. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">4) La realización de jornadas y seminarios con representantes y directivas/os de dichos medios, destinados a analizar su papel en la erradicación de este problema, en el que, además de reconocer su importante contribución a los avances producidos, se han expresado autocríticas relevantes sobre la necesidad de proteger mejor a las víctimas de la violencia, también desde el tratamiento que reciben en los medios de comunicación. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">El trabajo realizado por España en el ámbito de la sensibilización constituye una buena práctica sobre la evaluación del impacto de las campañas, la estimulación del debate de la sociedad y sobre cómo favorecer que los medios de comunicación asuman su responsabilidad para combatir el sexismo y la violencia contra las mujeres.</span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En Finlandia se han realizado, desde 1995, dos importantes campañas para combatir la violencia contra las mujeres. En el año 1998, se llevó a cabo la campaña denominada A single blow is one too many (Una sola bofetada ya es demasiado), de ámbito nacional y local, dirigida a la población general, a las víctimas, a la infancia y juventud y a los agresores, y en la que se utilizaron spots de televisión, anuncios en prensa, carteles, posters y folletos informativos. Además, la campaña incluyó un seminario de ocho días para profesionales, artículos en DV en periódicos internos, revistas informativas distribuidas en cada casa en Helsinki, lecturas denominadas When love hurts (Cuando el amor daña), para el público general en el Centro de Educación de Adultos de Helsinki, cuatro posters diferentes: (woman, a bride with a black eye – love is patient how patient, man – you have the courage to hit, do you have the courage to seek help, boy . from father to son?, a girl – from mother to daughter?) (Mujer, una novia con un ojo negro – el amor es paciente, cuan paciente </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">– si tienes la valentía de golpearla, ¿por qué no tienes la valentía de ayudarla? </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;">– del padre al hijo o de la madre a la hija) colocados durante las semanas de la campaña </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">en autobuses, tranvías y metros, así como en las estaciones de dichos transportes en el centro de la ciudad. El principal soporte difundido a nivel nacional fue un spot de televisión con el mensaje central A single blow is one too many (Una sola bofetada ya es demasiado) en el que, además, se informaba sobre una línea telefónica de ayuda, disponible durante la campaña. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En el año 2000, se ha realizado, en Finlandia, otra importante campaña para combatir la violencia contra las mujeres, When love hurts (Cuando el amor daña), de ámbito regional, dirigida a la población general, la infancia y juventud, las/os testigos de la violencia, el profesorado, líderes juveniles y trabajadoras/es. Los soportes utilizados han sido: spots de radio y televisión, anuncios en prensa, posters y páginas web. Su principal objetivo ha consistido en cambiar las actitudes de los hombres jóvenes. La mayor parte del trabajo se ha llevado a cabo en las escuelas, utilizando métodos participativos, como la dramatización y la música. La colaboración internacional ha permitido producir materiales en finlandés y en sueco, editándose, además, en inglés, los posters de la campaña de la Unión Europea. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Las dos campañas anteriormente descritas, llevadas a cabo en Finlandia, desde 1995, han sido evaluadas de forma sistemática. Los resultados han sido, tal como se esperaba, muy positivos. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">El trabajo de sensibilización llevado a cabo en Finlandia representa una buena práctica de cómo dirigir las campañas de forma que ayuden a cambiar también las actitudes de los hombres, incluidos los agresores, así como sobre la conexión del trabajo realizado a gran escala, desde los spots y los carteles, con el trabajo en profundidad, realizado desde las escuelas, tratando de implicar al alumnado a través de métodos participativos, los más eficaces para permitir que incorporen las actitudes contrarias a la violencia contra las mujeres en su propia identidad. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La campaña llevada a cabo en Francia, en 2001-2002, para combatir la violencia, en general, contra las mujeres tiene ámbito nacional, con el lema En Cas de violence, brisez le silence (En caso de violencia, rompe el silencio), y se ha dirigido a la población general, las víctimas, las/os testigos, así como a las/os profesionales que trabajan con las víctimas. Ha utilizado como soportes: anuncios en prensa, carteles, folletos informativos, publicaciones, páginas web y tarjetas sobre servicios telefónicos, nacionales y permanentes de acogida y orientación. Con esta campaña se pretende sensibilizar tanto a las/os profesionales como al conjunto de la población sobre la violencia contra las mujeres, en sus distintas modalidades, proporcionando información sobre sus características, las conductas que es preciso promover, los pasos a seguir y las posibilidades jurídicas. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La campaña se inserta dentro de un plan trianual de acción global, que se caracteriza por tratar de promover una estrecha cooperación entre instituciones y asociaciones, y de conectar las acciones de ámbito nacional con las de ámbito local, a través de tres ejes básicos: 1) el refuerzo de las redes de acción existentes por toda Francia; 2) el desarrollo de acciones de prevención y de acompañamiento de las víctimas (que incluye la colaboración de las asociaciones e instituciones) y 3) la realización de colaboraciones de proximidad con los colectivos locales para favorecer la inserción o reinserción profesional de las mujeres víctimas de violencia. Esta campaña de sensibilización debe permitir reforzar la eficacia de las tres medidas descritas, así como la sensibilización de las/os profesionales. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Además, en Francia, se ha puesto en marcha, en enero de 2002, una campaña, también de ámbito nacional, para combatir la violencia sexual contra menores, que se comenta en el apartado siguiente, dedicado específicamente a la violencia sexual. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La sensibilización realizada en Francia, para combatir todas las formas de violencia contra las mujeres es una buena práctica de colaboración entre organismos públicos y privados, en la que se conecta con eficacia el trabajo realizado a nivel nacional con el local. Así, las comisiones departamentales de lucha contra la violencia hacia las mujeres agrupan instituciones locales, profesionales y recursos asociativos, permitiendo coordinar las diferentes acciones dirigidas a erradicar este problema.</span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La campaña más importante llevada a cabo para combatir la violencia contra las mujeres, en Grecia, durante los últimos años, Zero Tolerance (Tolerancia cero) (1999-2000), se dirigió al ámbito doméstico y a la población en general, utilizando múltiples soportes: spots de televisión, radio y prensa, posters, folletos y publicaciones. La campaña fue dirigida por el Centre on Equality Matters y financiada por la Unión Europea y la Secretaría General para la Igualdad (GSE). </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Su objetivo era incrementar el conocimiento de dicho problema y sensibilizar contra él. Para conseguirlo, se colocaron posters gigantes en cinco ciudades griegas (Athens, Patra, Volos, Iraklio, Thessaloniki), se emitieron mensajes por televisión y radio, tanto en cadenas locales como nacionales, se enviaron seis millones de folletos informativos sobre la violencia doméstica suscritos por Public Energy Corporation (DEH), se editó material impreso, se organizaron stands informativos y un congreso de dos días en Atenas con el título Breaking the Silence–Violence in the Family. A Crime Behind Closed Windows (Rompiendo el Silencio–Violencia en la Familia. Un Crimen detrás de las Ventanas Cerradas). </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La evaluación realizada del impacto de la campaña reflejó excelentes resultados, incluso mejores de los esperados; otro indicador de su eficacia fue el incremento del número de visitas de mujeres víctimas de la violencia a los centros destinados a su ayuda. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La segunda campaña más importante llevada a cabo en Grecia, sobre este tema, ha sido de ámbito regional, Information Campaign in the Area of Epirus about Violence Against Women (Campaña de Información en el Área de Epiro sobre Violencia contra las Mujeres). Fue realizada por el Centre for Research and Support of Victims of Abuse and Social Exclusion e incluyó las siguientes acciones: producción y divulgación de material impreso sobre los recursos disponibles, producción y emisión por un canal local de televisión de 32 programas, uno por semana, titulado la ventana de la vida, un maratón de televisión de siete horas, para sensibilizar a la comunidad local y recoger dinero para las víctimas de la violencia, establecimiento de un stand de información en la plaza central, abierto doce horas al día, durante seis meses, producción y difusión de mensajes de radio; y emisión de un mensaje de televisión, a través de tres canales nacionales. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Además, en Grecia, se ha realizado, en los últimos cinco años, una tercera campaña, Awareness of Violence against Women (Sensibilización sobre la Violencia contra las Mujeres), de ámbito local, dirigida a las asociaciones locales, organizaciones de mujeres, servicios sociales y hospitales. Esta campaña ha sido realizada por la Institución de Tecnología Educativa de Creta y la Prefectura de Iraklion. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">El trabajo de sensibilización llevado a cabo en Grecia constituye una buena práctica sobre cómo implicar a múltiples sectores de la sociedad en las campañas contra la violencia doméstica, y articular la colaboración entre instituciones públicas y privadas, incluyendo, en este sentido, a los centros especializados (en investigación, educación, comunicación), a los medios de comunicación y a las instituciones locales.</span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En Irlanda, se han llevado a cabo, desde 1995, tres importantes campañas para combatir la violencia contra las mujeres. La primera, Important information for women (Información importante para mujeres), 1999 (reeditada en 2000), de ámbito nacional, regional y local, se dirigió a las víctimas, utilizando como soportes: spots de radio y televisión, anuncios en prensa y folletos informativos, adaptados a las ocho regiones del Departamento de Salud de Irlanda. Para ello, se configuró un Directorio de Servicios para las mujeres que soportan violencia o amenaza de violencia. Este Directorio proporciona información específica sobre todos los servicios disponibles. Se distribuyeron más de 5.000 copias a doctores, equipos de A&E, centros de información ciudadana, bibliotecas, policía y servicios sociales. El Directorio está disponible en CD rom y también puede accederse a él a través de la página web del Departamento de Justicia, Igualdad y Reforma de la Ley (www.justice.ie). Aunque no se ha llevado a cabo una evaluación formal, el hecho de haber tenido que reeditar este directorio en los años siguientes, debido a la demanda, es un buen indicador de su éxito. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En el año 2000, se ha realizado, en Irlanda, una segunda campaña, con el emblema Going forward (Caminando hacia delante), dirigida a la población general, en la que se han empleado spots de televisión y radio, anuncios de prensa, posters, prensa y pins. La campaña ha tratado de lanzar un emblema con el que mostrar apoyo a las mujeres que sufren violencia. Como indicador de su éxito, cabe considerar que se hayan vendido más de 30.000 pins con dicho emblema en toda Irlanda. El lema de esta campaña ya había sido objeto de otra anterior, llevada en cabo con gran eficacia en 1998, a través de la prensa, con el objetivo de incrementar el conocimiento de la existencia del National Steering Committee on Violence against Women (Comité Directivo Nacional sobre la Violencia contra las mujeres), transmitir a las víctimas que no están solas, que hay servicios disponibles para ayudarles, y a los perpetradores, que la violencia contra las mujeres es un crimen que debe acabar. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">El trabajo de sensibilización realizado en Irlanda representa una buena práctica de coordinación entre acciones de ámbito nacional y local, así como entre los distintos servicios implicados para ayudar a las mujeres víctimas de la violencia y sensibilizar al conjunto de la población sobre la necesidad de apoyar a dichas víctimas. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En Italia, se han llevado a cabo, desde 1995, tres importantes campañas, para combatir la violencia contra las mujeres, financiadas con fondos europeos. La primera de ellas, Tolerancia cero, 1988-1999, de ámbito regional y local, se dirigió a la población general, las víctimas, la infancia y juventud, las/os testigos de actos violentos y las fuerzas de seguridad. En ella, se emplearon múltiples soportes: spots de televisión y radio, anuncios de prensa, carteles, posters, folletos informativos, publicaciones, vídeos y páginas web. En sus mensajes, se ve a mujeres jóvenes en episodios de vida cotidiana y se les anima a vivir sin miedo, tratando de sensibilizar a la opinión pública para reconocer que existe la violencia contra las mujeres, así como la necesidad de no tolerar a los hombres violentos. Esta campaña se ha realizado siguiendo la propuesta europea, que encontró una gran sensibilidad en determinadas comunidades, sobre todo en Bolonia y en la Región de Emilia Romana. Ha contribuido a sensibilizar sobre la lucha contra la tendencia a legitimar la violencia. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En 1998, el Teléfono Rosa, la primera asociación italiana contra la violencia, ha promovido la campaña Se un giorno qualcuno (Si un día cualquiera), de ámbito nacional, dirigida a la población general, las víctimas y las mujeres ancianas, utilizando como soportes: spots de televisión y radio, anuncios en prensa, folletos informativos y conferencias-debate. Los spots tratan sobre episodios normales que pueden suponer riesgo de violencia para las mujeres, sobre todo para las ancianas. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La tercera campaña italiana se ha llevado a cabo en 1999, con el título Europa Rosa 2000, y ha estado dirigida la población general, a las víctimas y a las jóvenes turistas, utilizando como soportes: spots de televisión, anuncios en prensa, folletos informativos, publicaciones… Uno de sus objetivos ha consistido en alertar a las mujeres jóvenes que están de viaje acerca de posibles agresiones y engaños, proporcionándoles la información básica sobre qué hacer en caso de ser víctimas de actos violentos. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Las tres campañas anteriormente descritas, llevadas a cabo en Italia desde 1995, han sido evaluadas de forma sistemática. Sus resultados han sido, tal como se esperaba, muy positivos, han suscitado curiosidad e interés, estimulando la discusión sobre las características de la violencia contra las mujeres, ayudando a que muchas mujeres y hombres, profesionales de los servicios sociales y responsables políticos tomen conciencia de la gravedad de la violencia masculina y de la necesidad de formar a las/os profesionales que trabajan en este tema, así como de la necesidad de intervenir desde diferentes contextos para prevenirla y para acabar con la tolerancia social hacia la violencia. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">El trabajo realizado por Italia, en el ámbito de la sensibilización, representa una buena práctica sobre la evaluación del impacto de las campañas, la implicación de las ONG, la conexión con las acciones organizadas a nivel europeo y la estimu­lación del debate en el conjunto de la sociedad. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La campaña más importante llevada a cabo en Luxemburgo, en los últimos cinco años, para combatir la violencia contra las mujeres y las niñas, Fini le compromis (Termina el compromiso) (1999-2001), ha sido de ámbito nacional, utilizando múltiples soportes (spots de televisión, carteles, folletos y publicaciones), y dirigiéndose a numerosos destinatarios: población general, víctimas, testigos de la violencia, menores y jóvenes. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">De forma paralela a la emisión de la campaña, la mayoría de los periódicos han publicado diversos artículos sobre este tema. Sus contenidos pretenden sensibilizar contra la violencia y a favor de las víctimas, proporcionar información sobre medidas preventivas y apoyo jurídico, eliminar tabús, sensibilizar sobre la responsabilidad de los culpables y la necesidad de represión de la violencia sobre una base jurídica e institucional. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Esta campaña corresponde a una iniciativa del Ministerio para la Promoción Femenina y ha sido realizada en colaboración con una treintena de ONG, otros ministerios y la policía. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Además del trabajo cooperativo entre dichas instituciones, en la campaña se llevaron a cabo las siguientes actividades: una conferencia sobre investigaciones, que resumen estadísticas concretas y alarmantes sobre la violencia potencial existente en los hombres; formación sobre desvictimización e intervención feminista, dirigida a las y los profesionales de las casas de acogida (método de trabajo basado en el desarrollado en Québec, con excelentes resultados, y que permite a las víctimas de la violencia recuperar la confianza y curarse del sentimiento de culpabilidad) y cursos de autodefensa para mujeres adultas y adolescentes. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En colaboración con el Ministerio de Educación y Formación Profesional, se conectó la campaña con la realizada para combatir la violencia en la escuela, convocando un concurso de carteles sobre este tema y dedicando la fecha de cierre de la campaña, el 27 de noviembre de 1999, a la solidaridad con las víctimas. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;">El trabajo realizado en Luxemburgo constituye una buena práctica sobre cómo articular la colaboración entre instituciones públicas y entre éstas y la treintena de ONG activamente implicadas en ella, colaboración muy destacada en las propuestas de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres y que, sin duda, tuvo un importante papel en los buenos resultados obtenidos. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En Portugal, se han realizado, en los últimos cinco años, dos campañas de ámbito nacional, destinadas a combatir la violencia doméstica. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En una de ellas, Youth Foundation (Fundación de Juventud) (1999-2000), destinada al conjunto de la población y de forma especial a la juventud, se han utilizado múltiples soportes: spot de televisión, posters, folletos informativos y páginas web. Su objetivo era proporcionar información sobre dicha violencia para cambiar la mentalidad que conduce a ella y avanzar así en su prevención y en su denuncia. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La segunda campaña nacional, Information service for victims of domestic violence (Servicio de información para las víctimas de la violencia doméstica), que está dirigida a la población en general y a las víctimas, ha utilizado distinto tipo de soportes: spots de televisión, radio y prensa escrita, posters, folletos informativos y publicaciones. Su objetivo era proporcionar información sobre un servicio telefónico de ayuda de 24 horas. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La tercera campaña destacada, School against violence in family (La Escuela contra la violencia en la familia) (1999-2000), de ámbito regional, se ha basado en posters, folletos informativos y publicaciones. Su objetivo era sensibilizar a la comunidad educativa, y especialmente a la infancia y a la juventud, sobre la realidad de la violencia doméstica, especialmente sobre la que sufren las mujeres y las/os menores, proporcionando información y documentos que ayudaran a clarificar conceptos y a tomar conciencia de dicho problema. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Aunque no se han llevado a cabo evaluaciones sistemáticas del impacto de dichas campañas, la valoración global de sus resultados fue positiva. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Las campañas desarrolladas en Portugal, dirigidas de forma prioritaria a la infancia, a la juventud y a la escuela, representan una buena práctica de transformación de la mentalidad que conduce a la violencia antes de que dicha mentalidad se haya desarrollado, medida de gran relevancia para prevenir su reproducción en el futuro, que, a pesar de la frecuencia con que se reconoce como fundamental, no suele ser suficientemente desarrollada en la práctica. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">De las respuestas al Cuestionario del Reino Unido cabe destacar tres campañas de sensibilización, realizadas desde 1995: </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">1) Breaking the Chain (Rompiendo la Cadena), 1999, Inglaterra y Gales, campaña basada en una guía informativa y en posters, dirigidos a la población general y a las víctimas de la violencia doméstica, así como a aquellas personas que quieren ayudarlas, y distribuidos en edificios públicos (de organismos municipales, librerías, estaciones de policía y centros médicos de urgencia). De acuerdo con la información disponible, una versión actualizada de la Guía podría ser divulgada a partir del verano del 2002. Al mismo tiempo, está previsto otro proyecto, continuación del anterior, para el 2003, iniciativa publicitaria de la cadena de televisión BBC, que comprende un drama sobre la violencia doméstica y un reportaje con temas actuales, donde se presentan testimonios de personas que han sufrido este tipo de violencia. Además, habrá distinto tipo de información sobre este problema en la página web de dicha cadena y una línea telefónica de ayuda e información, que estará disponible una vez que hayan empezado dichas emisiones. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">2) Living without fear (Viviendo sin miedo), 1999, Inglaterra y Gales, campaña dirigida a las víctimas y a las personas que trabajan con ellas, que ha utilizado como soportes: anuncios de prensa, posters, folletos informativos y publicaciones. En estos soportes se muestran ejemplos de buenas prácticas que se han llevado a cabo en distintos lugares de Inglaterra y Gales y se destaca cómo el apoyo del Gobierno a las acciones llevadas a cabo por las instituciones locales proporciona un valor añadido a dichas acciones. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">3) Behind closed doors (Detrás de las puertas cerradas), 2000-2001, Escocia, campaña dirigida al conjunto de la población, realizada a través de un spot de televisión y cine. La investigación realizada sobre su eficacia permitió comprobar un factor de conocimiento del 75%, reconocido como muy elevado en este tipo de evaluaciones. Anteriormente, en 1998-99, en Escocia, se había llevado a cabo una campaña titulada Domestic Bliss (Felicidad Doméstica), que recibió un premio de tres estrellas por parte del Institute of Practitioners in Advertising (Instituto de Profesionales de la Publicidad). </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Además de las campañas, anteriormente mencionadas, el Reino Unido destaca también las llevadas a cabo con carácter local, con el objetivo de adaptar la información de forma muy específica a las peculiaridades del contexto en el que se aplica, como sucede con las realizadas en Irlanda del Norte, entre las cuales se encuentra la que trata sobre violencia doméstica y embarazo, y que incluye directorios con los servicios disponibles, ejemplos de buenas prácticas y otras informaciones básicas. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;">El trabajo de sensibilización llevado a cabo en el Reino Unido representa una buena práctica de colaboración entre instituciones nacionales y locales, sobre cómo integrar, en un plan general, las diversas campañas llevadas a cabo, para llegar, en su conjunto, a una amplia variedad de audiencias e incrementar su eficacia, implicando al sector privado y ampliando los instrumentos a utilizar a través de la cooperación con la televisión. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Entre las campañas llevadas a cabo en Suecia, destacan por su eficacia las desarrolladas en Estocolmo con el título Operation Leave women alone (Operación Dejar a las Mujeres en Paz), dirigidas a la población en general, y que han utilizado, como soportes básicos, folletos informativos y posters, colocados, sobre todo, en transportes públicos (metro, autobús y tren). </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La primera de estas campañas, 1997, destaca la vulnerabilidad de las mujeres cuando son víctimas de la violencia. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La segunda, 1999, trata de incrementar la conciencia sobre la responsabilidad de los hombres en la violencia masculina contra las mujeres y sensibilizarles sobre la necesidad de su implicación en la lucha contra este problema. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En la tercera, 2000, se busca incrementar el conocimiento sobre la situación de las niñas y los niños de las familias, en las que el hombre ejerce la violencia contra la mujer. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La evaluación de su impacto ha reflejado que los resultados han sido muy positivos; incluso, mejor de lo que se esperaba. El 80% de la población manifestó tener conocimiento de las campañas. La atención proporcionada por los medios de comunicación (prensa escrita, radio y televisión) fue también muy significativa, incluso más allá del ámbito local de difusión. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Además, en 1998, Suecia ha desarrollado una campaña de ámbito nacional, llevada a cabo por la National Organization for Women’s Shelters and Young Women’s Shelters in Sweden (Organización Nacional de Casas de Acogida de Mujeres y Jóvenes en Suecia) y financiada por el Gobierno, con múltiples soportes (anuncios de prensa, radio y televisión, folletos informativos, carteles y publicaciones), con el objetivo de erradicar los mitos que contribuyen a la violencia contra las mujeres, dirigida tanto a los perpetradores como a las víctimas, destacando que se trata de un delito y sensibilizando sobre el papel de los servicios de acogida para las víctimas. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;">Las campañas llevadas a cabo, en Suecia, representan una buena práctica en el intento de sensibilizar al conjunto de la población sobre su relación con la violencia contra las mujeres, tratando de ayudar a superar la fuerte tendencia que lleva a considerarla, erróneamente, como un problema que afecta sólo a hombres y mujeres muy alejados de quienes reciben la información, para que puedan, de esta manera, utilizarla, con el fin de mejorar sus relaciones cotidianas y prevenir, con ello, todas las formas que puede adoptar la violencia contra las mujeres. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;"><strong>1.4. Buenas prácticas de sensibilización contra la violencia sexual hacia las mujeres, en los Estados miembros de la Unión Europea</strong> </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Los resultados obtenidos, en el Eurobarómetro (1999), reflejan que la población europea rechaza, de una forma especial, la violencia sexual contra las mujeres, puesto que el porcentaje de las personas que la consideran muy grave (90%) es más elevado que el porcentaje de las que atribuyen una gravedad similar a los otros tipos de violencia por los que se pregunta: violencia física (87%); violencia psicológica (65%); limitación de libertad (64%) y amenaza de violencia (58%). </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">A pesar de lo anteriormente expuesto, los estudios realizados sobre la violencia sexual señalan que su frecuencia es muy superior a lo que cabría esperar y que, para prevenirla, es necesario erradicar una serie de creencias sexistas que contribuyen a dicha violencia y que siguen asociando el valor de los hombres con su capacidad para vencer la resistencia de las mujeres ante sus demandas sexuales, infravalorando la capacidad masculina de autocontrol en dichas situaciones, sobre todo, cuando se han producido ciertos niveles de excitación, y atribuyendo al varón una continua tensión sexual que puede dañarle, si no la descarga.</span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Y es que, aunque, durante las últimas décadas, se han producido, en la Unión Europea, importantes avances en la información sexual proporcionada al conjunto de la población, ayudando a superar algunos tabús y a reducir determinados riesgos (como el de los embarazos no deseados o el contagio de enfermedades de transmisión sexual), resulta significativa la escasa visibilidad que, dentro de dichas campañas, han tenido los intentos de prevenir las agresiones sexuales. Los avances han sido más relevantes en los programas desarrollados en contextos educativos, que se describen más adelante. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Una buena práctica, en este sentido, es extender a toda la población algunos de los componentes que han demostrado ser eficaces en dichos programas educativos; por ejemplo: el concepto de abuso sexual y su incompatibilidad con el derecho a la libertad sexual, la superación de las creencias que llevan a asociar el valor del hombre con su capacidad para vencer la resistencia de las mujeres, o la necesidad de que los hombres acepten que, cuando una mujer dice no, quiere decir no. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Dinamarca realizó, en 1999, una campaña de ámbito nacional, dirigida exclusivamente a las y los profesionales que atienden a las víctimas de la violencia sexual y en la que se utilizaron, como soporte, folletos informativos y publicaciones.</span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">El hecho de lleva a cabo una campaña, como la realizada por Dinamarca, cuyo objetivo primordial sea la sensibilización de las y los profesionales que se encargan de prestar ayuda a las mujeres que sean víctimas de agresiones y abusos sexuales, puede considerarse una buena práctica, relativa a este tipo de violencia.</span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">En Francia, se ha lanzado, en el mes de enero de 2002, una campaña de ámbito nacional para combatir la violencia sexual contra menores, dirigida a la población general, las víctimas y las/os testigos. Los principales soportes utilizados son: spots de televisión, películas cortas (de tipo publicitario), películas largas (situacionales), un cartel conmemorativo sobre los derechos de la infancia ante la Asamblea Nacional, colaboraciones con la prensa y con grupos editoriales. Un pre-test muy positivo se ha realizado, comparando los resultados de las madres y padres, por un lado, e hijas e hijos, por otro.</span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La campaña de sensibilización que va a llevarse a cabo en Francia representa una buena práctica, para ayudar a romper el silencio en una de las formas de violencia en la que más cuesta superarlo, la violencia sexual, y en torno a la cual se han llevado a cabo todavía pocos intentos de sensibilizar al conjunto de la población. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Como buena práctica de sensibilización contra la violencia sexual hacia las mujeres, cabe considerar, también, la campaña llevada a cabo en Holanda, antes de 1995, por el Departamento para la Coordinación y la Política de Emancipación del Ministerio de Empleo y Asuntos Sociales. El objetivo fue crear una atmósfera en la que poder discutir sobre este tema y sensibilizar a los hombres y a las/os jóvenes sobre el carácter estereotipado que, con frecuencia, tienen las imágenes de masculinidad y feminidad, la influencia que ejercen sobre sus expectativas y conductas en la relación con las mujeres y el riesgo de que originen distintos tipos de violencia sexual. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Esta campaña se desarrolló, por una parte, a través de intermediarios y, por otra, a través de los medios de comunicación (en cuatro sub-campañas). Durante los cinco años de su duración, se emplearon soportes muy diversos: una revista para jóvenes, folletos, posters y anuncios de prensa y televisión. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La investigación realizada sobre la eficacia de dicha campaña reflejó un gran interés por parte de los medios de comunicación, debido, probablemente, a la novedad de su tema. Los resultados mostraron que dos terceras partes de la población de Holanda habían visto algo de las subcampañas y su reconocimiento, dentro del grupo al que de forma prioritaria se destinaba, era del 70%. Se observó, además, que las personas que habían visto la campaña habían hablado más sobre dicho tema, se sentían más implicadas en él y tenían un mayor conocimiento y actitudes más coherentes con sus objetivos que las personas que no la habían visto. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">El trabajo de sensibilización contra la violencia sexual desarrollado en Holanda representa una buena práctica de prevención de dicha violencia, modificando en el conjunto de la población, y especialmente en los hombres y en las/os jóvenes, los prejuicios y estereotipos sexistas que pueden conducir a las agresiones sexuales. La investigación llevada a cabo sobre su eficacia puede ser considerada un modelo sobre cómo incorporar metodologías rigurosas y sistemáticas a la evaluación de las medidas que se llevan a cabo para prevenir la violencia contra las mujeres. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;"><strong>1.5. Buenas prácticas de sensibilización contra la violencia hacia las mujeres, en el ámbito del trabajo, en los Estados miembros de la Unión Europea</strong> </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">A pesar de las recomendaciones propuestas por la Comisión Europea, en su Código de conducta sobre las medidas para combatir el acoso sexual, de 1991, el Informe sobre el acoso sexual en el trabajo en la Unión Europea (Luxemburgo, 1999), publicado ocho años después, refleja que los avances producidos en este ámbito son poco significativos. ¿Por qué se avanza tan lentamente en la lucha contra el acoso sexual en el trabajo? </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Entre las posibles causas, en dicho informe, se destacan una serie de dificultades, cuya superación podría tener lugar a través de adecuadas campañas de sensibilización, como son:<br />El desconocimiento y la incomprensión del concepto de acoso sexual por amplios sectores de la población, especialmente entre los hombres, pero también entre las propias mujeres.<br />La dificultad de erradicar los estereotipos que contribuyen a mantener dicho problema.<br />Los obstáculos que siguen existiendo para la denuncia y la resistencia de las empresas a afrontarlo. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Estas dificultades llevan a dar prioridad a la prevención sobre la sanción y a destacar como imprescindible, para la agenda política de los próximos años, la realización de campañas de sensibilización dirigidas tanto al conjunto de la población, como a los sectores que deben desempeñar un papel decisivo en su erradicación (empresarias/os, sindicatos, equipos de dirección y atención de personal, juezas/ces y fiscales...). </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La experiencia acumulada en la sensibilización contra la violencia doméstica, descrita anteriormente, puede ayudar a avanzar en este ámbito, que parece ser muy resistente al cambio. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Conviene tener en cuenta, además, el riesgo de que la conciencia de la extremada gravedad, que, a veces, adquiere la violencia doméstica pudiera llevar a infravalorar otras formas de violencia contra las mujeres, como son las que, con más frecuencia, se producen en los lugares de trabajo, sin comprender la relación que existe entre ambas, ni poder utilizar la sensibilidad adquirida en las más graves para combatirlas todas. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">De ello se deriva la necesidad de extender el impacto de las campañas de sensibilización, de forma que se comprenda la violencia contra las mujeres como un ataque a su dignidad, dentro del cual entran tanto las agresiones más extremas y poco frecuentes como otro tipo de agresiones, como el acoso sexual en el trabajo, que, aunque menos graves, también tienen consecuencias desastrosas sobre la vida profesional y la salud física y psíquica de la víctima, reduciendo la eficacia y calidad de las instituciones en las que se produce y representando un grave obstáculo para su desarrollo y para el avance hacia la igualdad de oportunidades. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Como buena práctica contra la violencia hacia las mujeres en el lugar de trabajo, cabe considerar la sensibilización y el debate sobre los posibles componentes de género que puedan existir en el acoso moral, problema que parece afectar sobre todo a las personas que se encuentran en determinadas situaciones laborales (como la de subordinación), más habituales entre las mujeres, y ampliar así la lucha contra el acoso sexual a todas las formas de acoso contra la mujer que se producen en el trabajo. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Siguiendo las pautas propuestas en los informes de la Unión Europea, así como las recomendaciones y análisis elaborados por las organizaciones sindicales, cabe destacar, como características de las buenas prácticas de sensibilización contra el acoso sexual y moral en el trabajo, las siguientes: </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">1) Realizar campañas que incrementen la visibilidad del acoso que las mujeres sufren con frecuencia en el lugar de trabajo, ayudando a concienciar a las víctimas de que no están solas, indicándoles cuáles son sus derechos, los mecanismos a seguir y los recursos a su disposición. Estas campañas deben eliminar estereotipos sobre la culpabilidad de las acosadas y la falta de responsabilidad de los acosadores, así como concienciar de que denunciar los casos de violencia en el trabajo es un deber. Con la denuncia, se abre la vía de superación del problema y se contribuye a evitar que surjan nuevos casos. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">2) Fomentar y difundir, en el ámbito empresarial, la aplicación del Código de Conducta adoptado por la Comisión Europea, con el fin de combatir el acoso sexual y tratar de extenderlo al acoso moral. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">3) Incluir en los convenios colectivos referencias específicas al acoso sexual y moral, elaborando cláusulas que lo definan en sentido amplio, así como estableciendo una lista abierta de ejemplos sobre las conductas constitutivas de acoso, abarcando todas sus modalidades. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">4) Promover, en el ámbito sindical, las medidas incluidas en el Código de Conducta de la Unión Europea para combatir el acoso sexual, igualmente válidas para el acoso moral, recogiéndolas en las propuestas sindicales, en las cláusulas de los convenios colectivos y en las actividades informativas que se llevan a cabo con las/os trabajadoras/es. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">5) Elaborar cartas o declaraciones empresariales que definan las conductas que pueden ser constitutivas de acoso, abarcando tanto el acoso sexual como el moral. </span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#000000;">Los programas de prevención de la violencia en todos los lugares de trabajo, realizados en Dinamarca desde los sindicatos, representan una buena práctica, en la que se han desarrollado una gran parte de los principios anteriormente expuestos.</span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Por otro lado, en la pregunta sobre campañas incluida en el Cuestionario, utilizado como punto de partida de esta Guía, dos Estados miembros, Bélgica y Holanda (en este último caso, antes de 1995), destacan campañas contra el acoso sexual en el trabajo, que representan buenas prácticas sobre cómo extender el gran esfuerzo de sensibilización, que los Estados miembros de la Unión Europea han realizado contra la violencia doméstica, al ámbito específico del acoso contra las mujeres en el trabajo: </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">• En Bélgica, se han llevado a cabo tres campañas contra dicho problema, realizadas por el Servicio para la Igualdad de Oportunidades, organismo encargado de garantizar la primera atención a las víctimas del acoso sexual, informarles de sus derechos y orientarles hacia las instancias competentes (sindicatos, inspección legal, inspección médica, ONEm, tribunales...). </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Con una de dichas campañas, <em>Reseaux de persones de confiance harcèlement sexual sur les lieux de travail </em>(Redes de personas de confianza contra el acoso sexual en el trabajo), 1996-2000, se pretende colaborar, atender, intercambiar información y formular problemas relacionados con esta forma específica de violencia, partiendo del reconocimiento de que la persona de confianza requiere una gran implicación, tanto a nivel psicológico e intelectual, como a nivel administrativo. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La segunda campaña, 1998, desarrollada a través de carteles, ha tenido como mensaje: <em>Un entretien avec la personne de confiance peut vous aider? Si pour vous, c’est dérangeant, c’est du harcèlement</em> (¿Puede ayudarle una conversación con la persona de confianza? Si para usted es molesto, es acoso). La necesidad de dicha campaña, destinada a clarificar el papel de las personas de confianza, fue manifestada por dichas personas en la red formada a partir de la primera campaña. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">La tercera campaña (2001) ha utilizado, como soportes, folletos, publicaciones y una página web, elaborando varios documentos sobre el papel de la persona de confianza, la tipificación del acoso sexual en el código penal, la situación de dicho problema en el sector privado... e incluyendo la información sobre el acoso sexual dentro de un folleto informativo titulado<em> Violence: comment se s’en sortir?</em> (¿Violencia: cómo se sale de ella?), en el que se describen también otras formas de violencia. </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">• La campaña de Holanda que se llevó a cabo en 1994, después de la aprobación como ley del Working Conditions Act (Acta sobre las Condiciones en el Trabajo) e incluía un spot de televisión, en el que se mostraba a un hombre que intentaba hacer unas fotocopias mientras era víctima de un perro que trataba de copular con su pierna. A través de esta situación, muy incómoda para el que la sufre, se refleja cómo puede sentirse una mujer que es tratada de forma similar por un hombre. El lema fue: <em>Women feel like this when sexually harassed by a man. How would you behave in such situation?</em> (Las mujeres se sienten así cuando son sexualmente acosadas por un hombre. ¿Cómo te comportarías tú en esta situación?) </span></div><div align="justify"><br /><span style="color:#000000;">Se distribuyeron también copias de dicha imagen en contextos laborales. Esta medida se insertó en una campaña más amplia, descrita en el apartado anterior, contra la violencia sexual hacia las mujeres, llevada a cabo en Holanda, de 1991 a 1995</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">..</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">..</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#999999;"></span></div><div align="justify"></div><div align="justify"></div><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1148989708810600832006-05-30T13:46:00.000+02:002006-06-09T16:58:10.306+02:00Introducción<div align="justify"></div><div align="justify"><br /><span style="font-size:85%;"><span style="font-size:78%;">Este trabajo ha sido realizado por el Instituto de la Mujer, Organismo Autónomo adscrito al Ministerio español de Trabajo y Asuntos Sociales, y por las Catedráticas de Psicología, de la Universidad Complutense de Madrid: María José Díaz-Aguado Jalón (Dirección general) y Rosario Martínez Arias (Dirección metodológica), con la valiosa colaboración de personas que, desde cada uno de los quince Estados miembros de la Unión Europea, respondieron al Cuestionario en cuyas respuestas se basa este trabajo, a quienes desde aquí queremos agradecer su importantísima contribución.</span> </span></div><div align="justify"><span style="font-size:85%;"></span></div><div align="justify"><span style="font-size:85%;color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"><br />La violencia contra las mujeres es un problema generalizado que afecta a todos los países, con independencia de su grado de desarrollo, y se produce en todos los ámbitos de la sociedad. Esto ocurre, también, en los países europeos más avanzados, donde sus normas fundamentales propugnan, como valores superiores de los ordenamientos jurídicos, la libertad, la justicia, la igualdad y la protección de la dignidad de la persona y de su vida privada. </div><div align="justify"><br />La violencia contra las mujeres no es un problema aislado y puntual; es un problema con hondas raíces estructurales, por lo que la solución definitiva del mismo requerirá de un esfuerzo continuado de la Sociedad, en su conjunto. La violencia contra las mujeres es un fenómeno social de múltiples y diferentes dimensiones. Es la expresión de un orden social basado en la desigualdad, como consecuencia de la asignación de roles diferentes a las mujeres y a los hombres, en función de su sexo, y un reconocimiento distinto y superior para lo masculino. La violencia, manifestación de la desigualdad entre géneros, es, por tanto, la fórmula a la que recurren muchos hombres para dominar a las mujeres y mantener sus privilegios, produciendo terribles efectos para las víctimas. </div><div align="justify"><br />La comunidad internacional, y especialmente la del espacio europeo de la Unión, ha reconocido que el problema de la violencia contra las mujeres constituye una violación de los derechos humanos fundamentales y, por tanto, un atentado contra el derecho a la vida, a la seguridad, a la libertad, a la dignidad y a la integridad física y psíquica de la víctima, suponiendo un obstáculo para el desarrollo de toda la sociedad democrática. </div><div align="justify"><br />Las organizaciones de mujeres han jugado un papel muy importante en descubrir y dimensionar, en su justa medida, el problema de la violencia contra las mujeres. Su actuación fue de vital importancia para que, lo que era considerado un problema familiar y, por tanto, perteneciente al ámbito privado, pasara a incluirse en el orden del día del debate político, tanto a nivel nacional como internacional. </div><div align="justify"><br />La lucha contra la violencia ha de constituirse en un eje básico de las políticas de intervención social. Las medidas de intervención que se pongan en marcha, en este terreno, han de ir encaminadas, fundamentalmente, a<strong> erradicar la violencia,</strong> mediante la prevención de los actos violentos, a través de la sensibilización de la población sobre la gravedad del problema y de una educación basada en la igualdad y no discriminación por razón de sexo, a sancionar las conductas violentas, como otra forma de prevención, por su fuerza persuasiva, y a <strong>paliar los efectos </strong>que los actos violentos producen en las víctimas. De todas formas, es preciso indicar que las medidas que puedan tomarse, en este campo, tanto preventivas como reparadoras, se enfrentan, en muchos casos, especialmente en el de la violencia doméstica, con problemas relacionados con la intimidad y las relaciones privadas, donde la intervención es mucho más difícil que en los espacios públicos.<br /></div><div align="justify">La violencia contra las mujeres sólo puede erradicarse desde la prevención, desde el rechazo activo de toda la comunidad. Es preciso, por tanto, continuar desarrollando campañas de <strong>sensibilización</strong>, para que ningún miembro de la sociedad continúe insensible ante el problema de la violencia contra las mujeres, que afecta al conjunto de la comunidad. En ciertas ocasiones, quizás sea necesario enfocar dichas campañas en colectivos concretos, como juezas/ces, magistradas/os y fiscales, a los que, con frecuencia, se les achaca una patente falta de concienciación sobre la gravedad del problema. </div><div align="justify"><br />La educación es un instrumento básico para generar comportamientos basados en el diálogo, respeto, tolerancia e igualdad. Para atajar el problema desde la raíz, es necesario sembrar la simiente en las primeras etapas de la vida –infancia y adolescencia-, cuando germinan las actitudes y valores que van a marcar, en gran medida, la línea de comportamiento de las personas adultas. Las/os profesionales de la docencia también necesitan estar imbuidas/os de los conocimientos, actitudes y valores señalados, por lo que parece imprescindible que la lucha contra la violencia hacia las mujeres focalice sus esfuerzos, en una gran medida, en <strong>la educación y la formación. </strong></div><div align="justify"><br />Las mujeres víctimas de la violencia se hallan, en muchos casos, indefensas, por su situación de dependencia, incluso económica, en que llegan a estar, después de haber sido agredidas. Se sienten desprotegidas, bloqueadas e incapaces de solventar el problema que les embarga. Como personas indefensas y en circunstancias de especial vulnerabilidad, los poderes públicos han de ayudarles a protegerse y defenderse, destinando <strong>recursos sociales</strong>, de diversa índole, que les ayuden a paliar los efectos de los actos violentos padecidos. En tales circunstancias, es patente la necesidad de proporcionar a las víctimas la debida atención, incluida una terapia curativa, no sólo física, sino también psicológica, posibilitándoles su acomodo en casas de acogida o en centros de recuperación y haciendo un seguimiento de su evolución, hasta la superación del problema, con la ayuda de especialistas. En definitiva, se trata de proporcionar la adecuada asistencia y ayuda terapéutica, de tipo psicológico, económico, laboral, social y jurídico. </div><div align="justify"><br />Para combatir de manera eficaz la violencia contra las mujeres, es preciso dotar a la Sociedad de las <strong>medidas legales, jurídicas y policiales precisas</strong>. En muchos casos, será necesario introducir cambios legislativos para tipificar la penalización de las conductas agresivas con mayor claridad, en otros, mejorar y simplificar los procedimientos jurídicos y de aplicación de la ley, etc., encaminando todos ellos a la mayor protección de la víctima. </div><div align="justify"><br />El conocimiento profundo de los factores o variables que favorecen la aparición de los actos violentos y que son un caldo de cultivo para que determinados sujetos acaben siendo agresivos, así como de los efectos producidos por tales actos, ayuda a enfocar, de manera precisa, las medidas puestas en marcha para paliarlos. De ahí la necesidad de disponer de unos <strong>registros</strong> lo más completos posibles sobre las denuncias y sentencias, así como de realizar <strong>encuestas e</strong> <strong>investigaciones</strong> sobre el tema. </div><div align="justify"><br />La preocupación generalizada por este problema, en el marco de la Unión Europea, y el hecho de pertenecer a un espacio común, en el que cada día es más lo que nos une que lo que nos separa, son razones suficientes para sumar esfuerzos y para tomar medidas de manera conjunta y consensuada para luchar contra esta lacra, que tanto preocupa a la comunidad internacional. De esta forma, el esfuerzo que pueda llevarse a cabo por cada uno de los Estados miembros resultará menos gravoso, pero más eficaz. </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br /><span style="font-size:130%;"><strong>Antecedentes históricos</strong></span> </div><div align="justify"><br />La Carta de las <strong>Naciones Unidas,</strong> en vigor desde el 24 de octubre de 1945, reafirma la fe en los derechos fundamentales del ser humano, en la dignidad y el valor de la persona y en la igualdad de derechos de mujeres y hombres. Desde ese momento, en el seno de la Organización de las Naciones Unidas, han sido numerosos los documentos y los instrumentos jurídicos aprobados, en los que se refleja la sensibilización de la comunidad internacional, respecto de la eliminación de la discriminación por razón de sexo, permitiendo así el desarrollo de programas de acción dedicados a los derechos de las mujeres. Sin embargo, el avance hacia el reconocimiento y la lucha para combatir la violencia contra las mujeres ha resultado muy lento.<br />Uno de los instrumentos legales más importantes para la promoción de los derechos y libertades fundamentales de las mujeres es la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW), de 18 de diciembre de 1979 y su Protocolo Facultativo, de 6 de octubre de 1999. El Comité sobre la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer, en su Recomendación General número 19, de 1992, aplica las previsiones de la CEDAW al tema de la violencia contra las mujeres. </div><div align="justify"><br />Con motivo de la I Conferencia Mundial sobre las Mujeres, celebrada en Méjico, tienen lugar las primeras reflexiones sobre este tema, y no es hasta cinco años más tarde, en el marco de la II Conferencia Mundial sobre las Mujeres, que tuvo lugar en Copenhague, cuando se adopta, por primera vez, una resolución sobre violencia. Ésta se limitaba a la situación de las mujeres maltratadas y a la violencia familiar, y declaraba que la violencia que tiene lugar en el seno familiar es el crimen encubierto más frecuente del mundo. </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br />Es en la III Conferencia Mundial sobre las Mujeres, organizada en Nairobi, en 1985, cuando la violencia emerge como un verdadero problema de la comunidad internacional, que va en aumento, y hacia el que los gobiernos y la sociedad, en su conjunto, deben dirigir todo su esfuerzo. En esta Conferencia, se vincularon la promoción y el mantenimiento de la paz con la erradicación de la violencia contra las mujeres en las esferas pública y privada. Y se incluyó la violencia como el mayor obstáculo para alcanzar el desarrollo, la igualdad y la paz.<br />Ese mismo año, la Asamblea General aprueba la primera Resolución sobre violencia doméstica y, en 1986, se reúne un grupo de expertas y expertos sobre violencia familiar, con el fin de reflexionar sobre la implementación de dicha Resolución. </div><div align="justify"><br />La Conferencia Mundial de los Derechos Humanos, celebrada en Viena, en 1993, marca un hito en el reconocimiento internacional del problema que supone la violencia contra las mujeres. Se reafirmó que todos los derechos humanos tienen su origen en la dignidad y el valor de la persona, y que ésta es el objeto central de aquéllos y de las libertades fundamentales. Se reconoció que los derechos humanos de las mujeres y las niñas son inalienables y constituyen parte integrante de los derechos universales humanos, considerándose incompatibles con los mismos la violencia y todas las formas de acoso y explotación sexual, en particular las derivadas de prejuicios culturales. Se instó a los gobiernos, a las instituciones intergubernamentales y a las ONG a intensificar sus esfuerzos en favor de la protección y promoción de los derechos humanos de las mujeres y las niñas. </div><div align="justify"><br />En la IV y última Conferencia Mundial sobre las Mujeres, celebrada en Beijing, en 1995, se aprobaron dos documentos, la Declaración y la Plataforma para la Acción, en los que se proclama que los derechos de las mujeres son derechos humanos. </div><div align="justify"><br />En la citada Declaración, se manifiesta la necesidad de adoptar las medidas necesarias para eliminar todas las formas de discriminación contra las mujeres y las niñas y suprimir todos los obstáculos para la igualdad de género, así como prevenir y eliminar todas las formas de violencia contra las mujeres y las niñas. </div><div align="justify"><br />En la Plataforma, se enumeran doce obstáculos para el adelanto de la mujer en el mundo, proponiendo los objetivos y estrategias que, para eliminarlos, debe adoptar la comunidad internacional, los gobiernos, las ONG y el sector privado, en los siguientes cinco años. Uno de los obstáculos enunciados es la violencia contra las mujeres, acordando la adopción de medidas integradas para prevenir y eliminar este tipo de violencia, el estudio de sus causas y sus consecuencias, así como la eficacia de las medidas de prevención. </div><div align="justify"><br />En junio de 2000, la Sesión especial de la Asamblea General revisó los avances producidos durante los años posteriores a la aprobación de la Plataforma para la Acción de Beijing, examinó los obstáculos que impedían la plena aplicación de la Plataforma y decidió nuevas medidas e iniciativas destinadas a lograr su aplicación plena y acelerada. </div><div align="justify"><br />Entre los logros alcanzados, está el hecho de que muchas formas de violencia contra mujeres y niñas, tanto en el ámbito público como privado, han sido abordadas desde las legislaciones nacionales, sus políticas y programas. Asimismo, se han tratado cuestiones que han aparecido o se han hecho más preeminentes desde Beijing, como la violación marital o la necesidad de apoyar campañas públicas de sensibilización. </div><div align="justify"><br />El <strong>Consejo de Europa</strong> ha venido estudiando el problema de la violencia contra las mujeres desde el año 1985, fecha a partir de la cual fueron aprobadas distintas disposiciones normativas sobre esta materia. La labor principal, en torno a este problema, la desarrolló con ocasión de la III Conferencia Ministerial sobre Igualdad entre Mujeres y Hombres, celebrada en Roma, en octubre de 1993, donde se abordó directamente la cuestión de la eliminación de la violencia contra las mujeres. En el contexto de la misma, se aprobó una serie importante de Declaraciones y Resoluciones. </div><div align="justify"><br />Entre ellas, cabe destacar la Declaración sobre las Políticas para combatir la violencia contra las mujeres en una Europa democrática, donde se propone la elaboración de un Plan de Acción concertado, así como instrumentos legales adecuados para la lucha contra la violencia hacia las mujeres. Se incluyó, también, un tema prioritario, el de los Elementos de las Estrategias de Intervención que deben ser incluidos en un Plan de Acción para combatir la violencia contra la mujer. </div><div align="justify"><br />Asimismo, se aprobaron la Declaración sobre la IV Conferencia Mundial de las Mujeres (Beijing, 1995), la Declaración sobre la Violación de los Derechos Humanos de la Mujer en los territorios de la Ex–Yugoslavia y una Resolución sobre la Violación y el Abuso Sexual a las Mujeres. </div><div align="justify"><br />En la IV Conferencia Ministerial sobre Igualdad entre Mujeres y Hombres, celebrada en Estambul, en 1997, y cuyo tema principal fue La democracia y la igualdad entre la mujer y el hombre, la cuestión de la violencia ejercida contra las mujeres vuelve a aparecer. Así, el Consejo de Europa insta a los Estados miembros a preparar un instrumento legal europeo sobre esta cuestión. </div><div align="justify"><br />El citado Plan de Acción para combatir la violencia contra las mujeres, que ya se preveía en la III Conferencia Ministerial, fue elaborado, en 1997, por un grupo de especialistas en la materia (EG-S-VL). El objetivo principal fue la identificación de las medidas que deben adoptarse y las instituciones nacionales, internacionales, gubernamentales y no gubernamentales que se encargarían de la ejecución del Plan o de su desarrollo. </div><div align="justify"><br />En la Declaración de la Segunda Cumbre del Consejo de Europa de 1997, los Jefes de Estado y de Gobierno afirmaron su determinación de combatir la violencia hacia las mujeres y toda forma de explotación sexual de éstas. En el seguimiento de esta declaración, el Comité Directivo para la Igualdad entre Mujeres y Hombres organizó un Foro de información, en 1998, consagrado específicamente a la eliminación de la violencia en el seno de la familia. </div><div align="justify"><br />Posteriormente, el Consejo de Europa aprobó la Recomendación número 1325 (1997), relativa a la trata de mujeres y a la prostitución forzada en los Estados miembros, la Recomendación 11 (2000), sobre tráfico de seres humanos para fines de explotación sexual, la Recomendación 1450 (2000), sobre violencia contra las mujeres en Europa, en la que se invita al Comité de Ministros a diseñar un programa europeo, para combatir la violencia contra las mujeres, armonizando las legislaciones y los procedimientos, y con la finalidad de crear un auténtico derecho positivo europeo, y la Recomendación 5 (2002), sobre la protección de las mujeres contra la violencia. </div><div align="justify"><br />La <strong>Unión Europea</strong>, basándose en distintas Recomendaciones, Declaraciones y Conferencias de otros organismos internacionales, principalmente de la Organización de las Naciones Unidas y del Consejo de Europa, ha ido dando protagonismo, en sus políticas, al tema de la violencia contra las mujeres, elaborando diversas Resoluciones, Recomendaciones, Declaraciones y Acciones, que han propiciado una mayor sensibilización y concienciación, en el ámbito de la Unión Europea, dando lugar a diversas actuaciones, principalmente en la década de los noventa. </div><div align="justify"><br />Actualmente, la Comisión Europea ha situado el problema de la violencia contra las mujeres en un lugar destacado, dentro del programa político de la Unión. Su objetivo es promover la cooperación y la coordinación entre los Estados miembros, apoyar a las ONG que trabajan en este ámbito, mejorar las estadísticas y la información sobre la violencia, fomentar medidas preventivas y mejorar la protección que se ofrece a las víctimas. </div><div align="justify"><br />A pesar del trabajo que se está realizando, para aunar criterios entre los Estados miembros, con el fin de establecer acciones coordinadas para luchar contra esta violencia, los aspectos penales siguen siendo competencia de los Estados miembros. No obstante, hay una tendencia hacia la unificación de actuaciones, como se puede observar por la Campaña Tolerancia Cero, el Programa DAPHNE y el estudio sobre la actitud de las/os europeas/os hacia la violencia contra las mujeres y las/os niñas/os, a lo que se suman una serie de Recomendaciones y Resoluciones del Parlamento Europeo, entre las que cabe destacar la Resolución de 16 de septiembre de 1997, en la que se pedía, a la Comisión Europea y a los Estados miembros, considerar, como delito, todas las formas de violencia, basadas en el sexo. </div><div align="justify"><br />El Tercer Programa de Acción Comunitario para la Igualdad de Oportunidades entre las Mujeres y los Hombres (1991-1995) destacaba, entre sus objetivos, el alcanzar mayor igualdad de oportunidades en el mercado de trabajo para las mujeres, para lo cual se instaba a los Estados miembros a adoptar medidas, para frenar el acoso sexual en el trabajo. El inicio de la preocupación comunitaria por el acoso sexual, junto a su reconocimiento expreso, como forma de violencia de género, se produce a través de la Resolución del Parlamento Europeo, de 11 de junio de 1986, sobre la violencia contra las mujeres, que exhorta a los Estados miembros a que arbitren medidas de prevención y sanción del acoso sexual, lo que se ha plasmado en la Recomendación de la Comisión de las Comunidades Europeas, de 27 de noviembre de 1991, relativa a la protección de la dignidad de la mujer y del hombre en el trabajo, que va acompañada del Código de Conducta para combatir el acoso sexual. </div><div align="justify"><br />En el IV Programa de Acción Comunitario para la Igualdad de Oportunidades entre Hombres y Mujeres (1996-2000), se ha intentado dar mayor amplitud a la lucha contra la violencia, especialmente en la defensa de la dignidad de las mujeres en el conjunto de la sociedad y, particularmente, en el mercado de trabajo. </div><div align="justify"><br />En la actualidad, la Estrategia Marco Comunitaria sobre la Igualdad entre Hombres y Mujeres (2001-2005) continúa la línea comentada. </div><div align="justify"><br />En un ámbito más general de la violencia contra las mujeres, en 1997, el Parlamento Europeo instó a la Comisión a iniciar una campaña para promover la no tolerancia (Campaña de Tolerancia Cero) frente a la violencia contra las mujeres, especialmente a la violencia doméstica, que comenzó en marzo de 1999. El objetivo de la Campaña de Tolerancia Cero consistía en movilizar a la opinión pública, a favor de una actitud de no permitir la violencia, y estaba dirigida a los hombres, ya que su participación activa resulta esencial, para lograr una mayor eficacia. </div><div align="justify"><br />Esta campaña contra la violencia forma parte de las acciones llevadas a cabo para cumplir los compromisos asumidos en la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, de 1995, y acompaña a la designación del año 1999 como Año Europeo contra la violencia hacia las mujeres. </div><div align="justify"><br />A iniciativa del Parlamento Europeo, en 1997, se pone en marcha otra acción tendente a la erradicación de la violencia contra las mujeres, la Iniciativa DAPHNE, cuyo objetivo consiste en promover medidas preventivas, destinadas a combatir la violencia ejercida sobre las/os niñas/os, las/os adolescentes y las mujeres. </div><div align="justify"><br />En el año 2000, la Iniciativa DAPHNE pasó a convertirse en un Programa completo para combatir la violencia contra las mujeres, la infancia y las/los jóvenes (2000-2003). Su objetivo es garantizar la protección de la salud física y psíquica, previniendo la violencia y prestando apoyo a las víctimas, favoreciendo a las ONG y a otras organizaciones activas en este terreno. </div><div align="justify"><br />Entre las acciones realizadas por la Unión Europea, junto al Programa DAPHNE y la Campaña Tolerancia Cero, hay que destacar la encuesta (Eurobarómetro), de 14 de julio de 1999, realizada en los quince Estados miembros a casi 16.000 personas mayores de 15 años, sobre violencia contra las mujeres. </div><div align="justify"><br />Los resultados del Eurobarómetro se tienen presentes en la Agenda Social Europea, de 7 de diciembre de 2000, donde el problema de la violencia contra las mujeres se considera como una de las cuestiones fundamentales que deben abordarse. </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br /><br /><strong><span style="font-size:130%;">Conceptualización de los tres tipos de violencia considerados</span></strong> </div><div align="justify"><br />En 1995, la Organización de las Naciones Unidas, en el ámbito de la Plataforma para la Acción de Beijing, además de establecer, como uno de sus objetivos estratégicos, la lucha para erradicar la violencia contra las mujeres, formuló una definición de la misma como todo acto de violencia sexista que tiene como resultado posible o real un daño de naturaleza física, sexual o psicológica, incluyendo las amenazas, la coerción o la privación arbitraria de la libertad para las mujeres, ya se produzcan en la vida pública o en la privada. Por consiguiente, la violencia contra las mujeres puede tener, entre otras, las siguientes formas: </div><div align="justify"><br /><span style="color:#993399;">a) La violencia física, sexual y psicológica en la familia. </span></div><div align="justify"><span style="color:#993399;">b) La violencia física, sexual y psicológica en su entorno social. </span></div><div align="justify"><span style="color:#993399;">c) La violencia física, sexual y psicológica perpetrada o tolerada por el Estado, dondequiera que ocurra.</span> </div><div align="justify"><br />A pesar de la amplitud de dicha definición, esta Guía de Buenas Prácticas trata acerca de la violencia doméstica, la violencia sexual y la violencia en el trabajo, excluyendo, expresamente, dentro de la violencia sexual, otras formas, como el tráfico de mujeres y la prostitución. En él, se presta una especial atención a la violencia doméstica, debido a las enormes dimensiones alcanzadas por este problema en nuestra sociedad, así como a las dificultades existentes para su detección y erradicación. </div><div align="justify"><br />Son muchas las definiciones, sobre los tipos de violencia considerados en esta Guía, aportadas en los últimos años. Referenciar aquí todas ellas parece una misión ímproba, difícil y, posiblemente, innecesaria, teniendo en cuenta las limitaciones contextuales de este trabajo. En consecuencia, se va a intentar aportar una definición aglutinadora de un gran número de ellas, señalando las características comunes distintivas de cada una de las violencias estudiadas: doméstica, sexual y en el trabajo. </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br /><strong>Violencia doméstica</strong> </div><div align="justify"><br />Se entendería como violencia doméstica aquel tipo de violencia, ya sea física, sexual y/o psicológica -en este último caso, si se produce de manera reiterada-, ejercida sobre la/el cónyuge o la persona que está o haya estado ligada al agresor por una relación de afectividad, o sobre aquellos miembros de la familia que forman parte del mismo núcleo de convivencia. En muchos casos, sobre todo en el de la violencia doméstica ejercida sobre las mujeres, ésta tiene lugar porque el agresor se encuentra en una posición de dominio permanente sobre la mujer. </div><div align="justify"><br />Los elementos que debería reunir cualquier definición de violencia doméstica son los siguientes:</div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">...............</span>Ejercicio de violencia física, sexual y/o psicológica.<br /><span style="color:#ffffff;">.............</span> Practicada por la/el cónyuge o excónyuge, pareja de hecho, expareja o cualquier otra persona con la que la víctima forme o haya formado una unión sentimental (novias/os) o por cualquier otro miembro de la unidad familiar.<br /><span style="color:#ffffff;">...............</span>El agresor está en una situación de dominio permanente, en el caso de la violencia doméstica ejercida contra las mujeres.<br /><span style="color:#ffffff;">...............</span>Habitualidad, esto es, reiteración de los actos violentos, en el caso de la violencia psicológica. </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br /><strong>Violencia sexual</strong> </div><div align="justify"><br />Podría denominarse como violencia sexual a todo acto, en el que se obliga a una persona a soportar, bajo coacción, de otra u otras personas, acciones de naturaleza sexual o a realizarlas. </div><div align="justify"><br />Las características que debería reunir cualquier definición de violencia sexual son las siguientes: <br /><span style="color:#ffffff;">..................</span>Se refiere a cualquier acto abusivo de naturaleza sexual.<br /><span style="color:#ffffff;">..................</span>Atenta contra la libertad sexual de una persona, lesionando su dignidad. </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br /><strong>Violencia en el trabajo</strong> </div><div align="justify"><br />Cuando se habla de este tipo de violencia, se haría referencia a la conducta abusiva, ejercida, en el lugar de trabajo, tanto por superiores jerárquicos como por iguales, sin el consentimiento de la persona que la sufre, de forma que crea un ambiente laboral intimidatorio, hostil y humillante para la víctima, y pone en peligro su puesto de trabajo o condiciona su carrera profesional. </div><div align="justify"><br />En consecuencia, los elementos que caracterizan a la violencia en el trabajo son los siguientes:<br /><span style="color:#ffffff;">..........</span>Conducta abusiva.<br /><span style="color:#ffffff;">..........</span>Producida en el lugar de trabajo.<br /><span style="color:#ffffff;">..........</span>Indeseada por parte de la persona que la sufre.<br /><span style="color:#ffffff;">..........</span>Crea un ambiente de trabajo intimidatorio, hostil y humillante para la víctima.<br /><span style="color:#ffffff;">..........</span>Pone en peligro el puesto de trabajo y limita las posibilidades de promoción profesional. </div><div align="justify"><br />Dentro del concepto de violencia en el trabajo, se consideran dos manifestaciones diferentes: El acoso sexual y el acoso moral. La única característica diferenciadora de uno y de otro es la connotación sexual que tiene la conducta originadora del primero. </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br /><span style="font-size:130%;"><strong>Objetivos</strong></span> </div><div align="justify"><br />El <strong>objetivo último</strong> de la confección de una Guía de Buenas Prácticas, como la que aquí se presenta, consiste en proporcionar una herramienta de trabajo que contribuya a paliar los efectos de la violencia doméstica, la violencia sexual y la que se produce en el ámbito laboral, y a conseguir su erradicación.<br /></div><div align="justify">La elaboración de una Guía como ésta ha permitido, asimismo, la consecución de <strong>objetivos instrumentales</strong> como la recogida de información sistemática en materia de violencia, lo que contribuye a: </div><div align="justify"><br /><span style="color:#ffffff;">..........</span>Conocer los avances producidos, en la Unión Europea, respecto a las medidas propuestas en la Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres.<br /><span style="color:#ffffff;">..........</span>Facilitar la elaboración de programas y preparación de estrategias concretas de intervención, en el ámbito de la lucha contra la violencia hacia las mujeres. </div><div align="justify"> </div><div align="justify"> </div><div align="justify"><br /><span style="font-size:130%;"><strong>Metodología </strong></span></div><span style="font-size:130%;"><strong><div align="justify"><br /></strong></span>Para recoger la información sobre las buenas prácticas desarrolladas en los Estados miembros de la Unión Europea, se elaboró un Cuestionario en el que se introducen preguntas agrupadas en ocho bloques, según la temática a la que hacen referencia: Sensibilización, Educación y Formación especializada, Recursos y Servicios sociales para las víctimas, Medidas específicas dirigidas a la rehabilitación de los agresores, Medidas legales, judiciales y policiales, Encuestas e investigaciones, Sistemas de registro de los datos sobre la violencia contra las mujeres y Medidas más eficaces, en cada país, referidas a los temas anteriores. </div><div align="justify"><br />A la hora de elaborar el Cuestionario, se tuvieron en cuenta las recomendaciones y análisis que, sobre la violencia contra las mujeres, se incluyen en los siguientes documentos: </div><div align="justify"><br />1) La Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, celebrada en Beijing en 1995. En esta Guía, puede encontrarse una referencia detallada de las propuestas incluidas en la citada Plataforma, respecto a los temas que configuran su estructura.<br /><br />2) Los documentos elaborados en reuniones organizadas, a partir de 1995, por la Unión Europea, sobre medidas para combatir la violencia contra las mujeres, entre los que es preciso destacar los elaborados a partir de: la Conferencia de expertas/os, Viena 1998; la Conferencia Ministerial de Colonia, 1999; la Conferencia de expertas/os de Jyväskylä, 1999, y la Conferencia de clausura de la Campaña Europea contra la Violencia, Lisboa 2000. En dichas reuniones, se hicieron recomendaciones específicas, respecto a los siguientes temas incluidos en esta Guía: formación especializada, recursos y servicios sociales para las víctimas, rehabilitación de agresores, medidas legales judiciales y policiales, encuestas e investigaciones y sistemas de registro de datos. En cada uno de los bloques de esta Guía, que tratan sobre estos temas, puede encontrarse una referencia detallada de las recomendaciones propuestas en las mencionadas reuniones. </div><div align="justify"><br />3) Los documentos elaborados, con posterioridad a 1995, por el Consejo de Europa, sobre buenas prácticas para combatir la violencia contra las mujeres, entre los que cabe destacar el Informe Legislation in the Member States of the Council of Europe in the field of violence against women, 2001 (Legislación en los Estados miembros del Consejo de Europa en el campo de la violencia contra las mujeres, 2001). En la Guía de Buenas Prácticas, puede encontrarse una referencia de las recomendaciones del Consejo de Europa en los mismos temas mencionados en el apartado anterior. </div><div align="justify"><br />4) Los trabajos realizados por ONG, dentro de la Iniciativa y el Programa DAPHNE de la Unión Europea, entre los que cabe destacar los referidos en el Informe de Evaluación general de 1998, así como los llevados a cabo, en diversos países europeos, por el Lobby Europeo de Mujeres (Dévoiler les données cachées de la violence domestique dans l’UE, 1999) (Sacar a la luz los datos ocultos de la violencia doméstica en la Unión Europea, 1999) y por la asociación española de mujeres juristas THEMIS (Guía de buenas prácticas y usos forenses para combatir la violencia de género, 2001, y Guía de los derechos de las mujeres, víctimas de violencia familiar, 2001) </div><div align="justify"> </div><div align="justify">A partir de la información anteriormente mencionada, el Instituto de la Mujer, juntamente con un equipo investigador de la Universidad Complutense de Madrid, elaboró el Cuestionario, base de esta Guía, que fue enviado a la Comisión Europea, así como a Bélgica y Dinamarca, países que precedían y sucedían a España en la Presidencia de la Unión Europea, con el fin de dar continuidad a los trabajos realizados durante la presidencia de los tres países.</div><div align="justify"><br />En los seis meses de la Presidencia belga, se trabajó en el tema de la discriminación salarial, por lo que, en el Cuestionario, se ha incluido la violencia en el trabajo, como una forma de continuar analizando las discriminaciones de las mujeres en el ámbito laboral. </div><div align="justify"><br />Por otra parte, Dinamarca tiene previsto elaborar una serie de indicadores para medir y valorar la eficacia de las buenas prácticas, que puedan ponerse en marcha para luchar contra la violencia doméstica, analizando los posibles cambios producidos a lo largo del tiempo. </div><div align="justify"><br />El contenido de esta Guía está basado, en gran medida, en las respuestas dadas por los quince Estados miembros de la Unión Europea al Cuestionario que se les envió, para su cumplimentación, así como en los comentarios hechos por los mismos a los primeros borradores del documento. </div><div align="justify"><br />No obstante, a pesar de lo que acaba de decirse, se ha tenido en cuenta, de manera excepcional, información de algún país concreto, recogida de documentos ya existentes, en el momento de poner ejemplos de buenas prácticas para luchar contra la violencia hacia las mujeres. </div><div align="justify"><br /> </div><div align="justify"><span style="font-size:130%;"><strong>Contenido de la Guía</strong></span><br />La Guía que se presenta en estas páginas se estructura en siete bloques, coincidentes con los siete primeros del Cuestionario utilizado para la recogida de información. Estos bloques son los siguientes: </div><p><br />Sensibilización<br />Educación y Formación especializada<br />Recursos y Servicios sociales para las víctimas<br />Medidas específicas dirigidas a la rehabilitación de agresores<br />Medidas legales, judiciales y policiales<br />Encuestas e investigación<br />Registros sobre violencia contra las mujeres </p><div align="justify"><br />El punto de partida de cada uno de estos bloques lo constituye las recomendaciones incluidas en la Plataforma para la Acción de la IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, sobre el tema en cuestión. </div><div align="justify"><br />A continuación, se aporta una breve panorámica, de tipo general, sobre las reflexiones, consideraciones y resultados de estudios producidos en el marco de la Unión Europea y del Consejo de Europa, en unos casos, así como, en otros, sobre las conclusiones obtenidas de las respuestas dadas, por los Estados miembros, al Cuestionario aplicado. </div><div align="justify"><br />La parte esencial de esta Guía la constituye, en todos los apartados, el epígrafe referido a las buenas prácticas. Siempre que ha sido posible, se han presentado, de manera separada, las prácticas sobre violencia doméstica, violencia sexual y violencia en el trabajo (sensibilización, educación, medidas legales, judiciales y policiales, encuestas e investigación). </div><div align="justify"><br />En todos los casos, se indica qué medidas están llevando a cabo los diferentes Estados miembros, para, finalmente, encuadrar las que han parecido ejemplos relevantes de buenas prácticas. </div><div align="justify"><br />En algunos de estos apartados, además del contenido ya señalado, referido a la Conferencia de Beijing, Unión Europea, considerada en su conjunto, y a los Estados miembros, de manera diferenciada, se incluyen otros epígrafes: Características de las buenas prácticas en cuatro (Educación y formación especializada, Recursos y servicios sociales para las víctimas, Medidas específicas dirigidas a la rehabilitación de los agresores y Registros sobre violencia contra las mujeres); dificultades para implementar las buenas prácticas, en Educación, y la evaluación de las medidas puestas en marcha, en Medidas legales, judiciales y policiales. .</div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">.</span></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">,</span></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">,</span></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">,</span></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">,</span></div><div align="justify"><span style="color:#ffffff;">,</span></div><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-6116571973505079502006-05-17T10:19:00.000+02:002020-06-03T17:25:42.489+02:00PRINCIPALES PUBLICACIONES DE MARIA JOSE DIAZ-AGUADO<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<b>PRINCIPALES PUBLICACIONES DE MARIA JOSE DIAZ-AGUADO RELACIONADAS
CON LOS PROGRAMAS DE INTERVENCIÓN EN CONTEXTOS EDUCATIVOS</b></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<ol>
<li><div align="JUSTIFY" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><b>PRINCIPALES
PUBLICACIONES DE LAS INVESTIGACIONES DESARROLLADAS DESDE LA UNIDAD DE
PSICOLOGÍA PREVENTIVA </b></span></span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">La mayoría de
las publicaciones que a continuación se citan pueden descargarse
gratuitamente desde Researchgate, a través del perfil de María José
Díaz-Aguado, Directora de la Unidad de Psicología Preventiva.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<a href="https://www.researchgate.net/profile/Dr_Professor_Maria_Jose_Diaz-Aguado/research"><span style="font-family: Times New Roman, serif;">https://www.researchgate.net/profile/Dr_Professor_Maria_Jose_Diaz-Aguado/research</span></a></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">1.Díaz-Aguado,M.J.;
Martínez Arias, R. y Martín Babarro, J. (2020). </span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i>Menores
y violencia de género.</i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">
Madrid: Ministerio de Igualdad. </span>
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">2.
Martínez Fernández, B.; Díaz-Aguado, M.J.; Chacón Gómez,J.C.;
Martín Babarro, J.; & Martínez-Arias, R. Sudent misbehavior and
school climate. A multilevel study. </span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i>Psicología
Educativa</i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">. </span>
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">3.
Díaz-Aguado, M. J., Martín-Babarro, J., & Falcón, L. (2018).
</span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Problematic
Internet use, maladaptive future time perspective </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US">and
school context. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i>Psicothema,
30</i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"> (2), 195-200.</span></div>
<div align="JUSTIFY" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm; margin-left: 1cm; orphans: 0; text-indent: -1cm; widows: 0;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">4.
Díaz-Aguado, M.J. (2018). “Psicología y prevención de la
violencia de género desde la educación.” En: </span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i>Academia
de Psicología de España. Psicología para un mundo sostenible</i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">.
Vol. 2. (pp.275-294). Madrid: Pirámide.</span></div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">5.
Díaz-Aguado, M.J. (2018). </span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i>El
aprendizaje cooperativo. De la teoría a la práctica.</i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">
Madrid: Santillana Educación.</span></div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">6.
Díaz-Aguado, M.J. (2018). </span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i>Prevención
de la violencia en las escuelas sociodeportivas de la Fundación Real
Madrid.</i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"> Madrid:
Fundación Real Madrid. </span>
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">7.
Díaz-Aguado, M.J. (2018). </span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i>Prevenir
la violencia. El papel de la familia</i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">.
Madrid: Fundación Real Madrid. </span>
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">8.
Martín Babarro, J., Díaz-Aguado, M. J., Martínez Arias, R., &
Steglich, C. (2017). </span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US">Power
structure in the peer group: the role of classroom cohesion and
hierarchy in peer acceptance and rejection of victimized and
aggressive students. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i>The
Journal of Early Adolescence</i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">,
</span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i>37</i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">(9),
1197-1220.</span><span style="color: black;"><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i>
DOI: 10.1177/0272431616648451.</i></span></span></div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">9.
Corchado, A., Díaz-Aguado, M.J. Martínez Arias. R. (2017).
Resiliencia en adolescentes expuestos a condiciones vitales de
riesgo. </span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i>Cuadernos de
Trabajo Social, 30 </i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">(2),
475-486.</span></div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">10.
Martínez Fernández, M., Chacón Gómez, J., Martín Babarro, J.,
Díaz-Aguado Jalón, M., & Martínez Arias, R. (2017). </span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US">Teachers’
Perceived Disruption at School and Related Variables from Teachers
and School Functioning. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US"><i>The
Spanish Journal of Psychology,</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US">
</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US"><i>20</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US">.
doi:10.1017/sjp.2017.67</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="en-US" style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">11.
Corchado, A., Díaz-Aguado, M.J. Martínez Arias. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US">R.
(2017). Is being punished at school an indicator of psychosocial
risk?</span></span><span style="color: black;"><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US"><i>
Spanish Journal of Psychology</i></span></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US">,
</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US"><i>20</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US">.
doi:10.1017/sjp.2017.59</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="en-US" style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm; orphans: 0; widows: 0;">
<span style="font-family: Book Antiqua, serif;"><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><span style="font-weight: normal;">12.Díaz-Aguado,
M.J.,Falcón,L., & Núñez, P. (2016). Advertising and Sexism
with focus groups of preadolescents / Publicidad y sexismo </span></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span style="font-weight: normal;">analizados
en grupos de discusión de preadolescentes. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i><span style="font-weight: normal;">Infancia
y Aprendizaje</span></i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span style="font-weight: normal;">,
</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i><span style="font-weight: normal;">39,</span></i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span style="font-weight: normal;">
2, 244-274. DOI:</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><span style="font-weight: normal;">
</span></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span style="font-weight: normal;">10.1080/02103702.2015.1133089.</span></span></span></div>
<div align="JUSTIFY" style="font-weight: normal; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm; orphans: 0; widows: 0;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm; orphans: 0; widows: 0;">
<span style="font-family: Book Antiqua, serif;"><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span style="font-weight: normal;">13.
Díaz-Aguado, M.J. (2016). Adolescencia, sexismo y violencia. En:
Gónzalez de Audikana, J.M. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i><span style="font-weight: normal;">Poniendo
otras miradas a la adolescencia. Convivir con los riesgos: drogas,
violencia, sexualidad y tecnología.</span></i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span style="font-weight: normal;">
pp. 19-42. Bilbao: Publicaciones de la Universidad de Deusto. </span></span></span>
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; margin-bottom: 0.18cm; margin-top: 0.18cm;">
<span style="color: black;"><span style="font-family: Times New Roman, serif;">14.
</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">Díaz-Aguado,M.J. &
Martínez-Arias,R. (2015). </span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US">Types
of Adolescent Male Dating Violence against Woman, Self-esteem and
Justification of Dominance and Aggression</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US"><i>.
</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i>Journal of
Interpersonal Violence, 30,(15)</i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">,
2636-2658.</span></div>
<div align="JUSTIFY" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm; orphans: 0; widows: 0;">
<span style="font-family: Book Antiqua, serif;"><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span style="font-weight: normal;">15.
Díaz-Aguado, M.J. (2015) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i><span style="font-weight: normal;">
Da violência escolar à cooperaçao na sala de aula. </span></i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span style="font-weight: normal;">Sao
</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span style="font-weight: normal;">Paolo,
Brasil: Adonis..</span></span></span></div>
<div align="JUSTIFY" style="font-weight: normal; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm; margin-left: 1cm; orphans: 0; text-indent: -1cm; widows: 0;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm; orphans: 0; widows: 0;">
<span style="font-family: Book Antiqua, serif;"><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span style="font-weight: normal;">16.
Falcón, L., Díaz-Aguado, M., Núñez, P. y Hänninen, L. (2015).
</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US"><span style="font-weight: normal;">“Media
literacy and identity of the teenage student withing audiovisual
narrative”, In: </span></span></span><span style="color: #221e1f;"><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US"><span style="font-weight: normal;">S.
Kotilanien & Kupianen, R. Reflections on</span></span></span></span><b><span style="color: #221e1f;"><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span style="font-size: x-small;"><span lang="en-US">
</span></span></span></span></b><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US"><span style="font-weight: normal;">Media
Education Futures, pp.225-236. Nordicom International Clearinghouse
on Children, Youth and Media: Tampere, Finland.</span></span></span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="en-US" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<br /><br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">17. Falcón, L. y Díaz-Aguado,
M.J. (2014). </span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US">Adolescent
Students as Media Fictional Characters. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i>Revista
Comunicar</i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">, 42,
147-155.</span></div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm; text-indent: 0.11cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">18.Díaz-Aguado,
M.J.; Martínez, R.; Martín, J. (2014). </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Evolución
de la adolescencia española sobre la igualdad y prevención de la
violencia de género</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">.
Madrid: Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<br /><br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US">19.Díaz-Aguado, M.J.
y Martínez Arias, R. (2013) Peer bullying and problems in the
teacher-student relationship: The disruption coercion
escalations. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Psicothema,</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> 25,2,
206-213. </span></span></div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">20.Díaz-Aguado,
M. J.; Martínez, R. y Martín, J. (2013) El acoso entre adolescentes
en España. Prevalencia, papeles adoptados por todo el grupo y
características a las que atribuyen la victimización. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Revista
de Educación</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">,
362. 348-379.</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"> </span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">21.Díaz-Aguado,
M.J., Martínez Arias, R. y Ordoñez, A. (2013) Prevenir
drogodependencias en adolescentes y mejorar la convivencia desde una
perspectiva escolar ecológica. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Revista
de Educación, nº extraordinario</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">,
338-362.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">22.</span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Díaz-Aguado,
M.J. Martínez, R.; Martín, J. et al. (2013) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>La
juventud universitaria ante la igualdad y la violencia de
género.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> Madrid:
Ministerio de Sanidad, Igualdad y Servicios Sociales.</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">
</span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">23.Díaz-Aguado,
M.J.y Martín, G. (2011) Convivencia y aprendizaje escolar en la
adolescencia desde una perspectiva de género. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Psicothema,
23</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">,
252-259.</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"> </span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">24.Díaz-Aguado,
M.J. .; Martínez, R.; Martín, J. et al. (2011</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>)
Igualdad y prevención de la violencia de género en la adolescencia
y la Juventud.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> Madrid:
Ministerio de Sanidad, Igualdad y Servicios Sociales.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">25.Díaz-Aguado
Jalón M.J.; Martínez, R.: Martín,J. Díaz-Aguado, M.J.
(2010) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Estudio
Estatal sobre la Convivencia Escolar en la Educación Secundaria
Obligatoria.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> Madrid:
Ministerio de Educación. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">
</span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.49cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US">26.Pulido, R.;
Martin, G.; Díaz-Aguado, M.J. (2010) School violence roles and
sociometric status among Spanish students </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US"><i>Us-China
Education Review,</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US"> 7,
51-61.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="en-US" style="background: #ffffff; line-height: 0.49cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">27.Díaz-Aguado,
M.J. (2009) Prevenir la violencia de género desde la
escuela. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Revista
Estudios de Juventud, </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">2009,
86. 31-46. </span></span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.49cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">28.DIAZ-AGUADO,
M.J. (2008) Construir la igualdad entre hombres y mujeres y prevenir
la violencia de género en la educación del siglo XXI. En: </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>La
igualdad no es una utopía</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">,
pp. 82-91. Madrid: Thomson-Aranzadi.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.49cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.49cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">29.Díaz-Aguado, M.J. (Dir);
Falcón, L. ; MARTINEZ, R. ET AL. (2008) </span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><i>Prevenir
en Madrid. Programa escolar de prevención de drogodependencias y
mejora del vínculo educativo en Educación Primaria.
Madrid:</i></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"> Ayuntamiento
de Madrid, 2008. Un libro, un CD y dos DVDs.</span></div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.49cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<br /><br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.49cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">30.</span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">BENGOECHEA,
M.; ALVAREZ, J.; DIAZ-AGUADO, M.J. ET AL. (2007) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Informe
Anual del Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">.
Madrid: Observatorio Estatal de Violencia sobre la Mujer. </span></span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">31.
DIAZ-AGUADO, M.J. (2006) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Del
acoso escolar a la cooperación en las aulas.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> Madrid:
Pearson-educación, Prentice-Hall. Libro galardonado con el Premio
Aula al Mejor libro sobre Educación de 2006, en la modalidad de
teoría e investigación.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-GB">32.
DIAZ-AGUADO, M. J. (2006) Peer violence in adolescents and its
prevention from the school. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Psychology
in Spain, </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">10,
75-87. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"> </span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">33.DIAZ-AGUADO,
M. J.; MARTINEZ ARIAS, R. (2006) La reproducción intergeneracional
de la exclusión social y su detección desde la educación
infantil. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Psicothema,</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> 18,3,
378-383. </span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<a href="https://www.blogger.com/null" name="_GoBack"></a>
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">34.DIAZ-AGUADO,
M.J. (2006) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>El
acoso escolar y la prevención de la violencia desde la
familia. </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
Consejería de Familia y Asuntos Sociales de la Comunidad de Madrid.</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">
</span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">35.DIAZ-AGUADO,
M.J. (2005) La violencia entre iguales en la adolescencia y su
prevención desde la escuela</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>.
Psicothema, 17</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">,
549-558.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">36.DIAZ-AGUADO,
M. J. (2005) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Aprendizaje
cooperativo. Hacia una nueva síntesis entre la eficacia docente y la
educación en valores. </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
Santillana.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">37.DIAZ-AGUADO,
M. J. (2005) Por qué se produce la violencia escolar y cómo
prevenirla. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Revista
Iberoamericana de Educación, </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">37,
17-47</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">
</span></span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">38.DIAZ-AGUADO,
M. J. (2005) Educar para la tolerancia y prevenir la violencia un año
después del 11-M 2004. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Cuadernos
de Pedagogía, </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">344,
54-57.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">39.DIAZ-AGUADO,
M. J (Dir.) (2004) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Prevención
de la violencia y lucha contra la exclusión desde la
adolescencia.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> Madrid:
Instituto de la Juventud. Tres vídeos y tres libros. Volumen uno. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>La
violencia entre iguales en la escuela y en el ocio. Estudios
comparativos e instrumentos de evaluación.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> Volumen
dos. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>La
violencia entre iguales en la escuela y en el ocio. Programa de
intervención y estudio experimental.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> Volumen
tres. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Intervención
a través de las familias. </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
Instituto de la Juventud</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">40.DIAZ-AGUADO,
M. J (Dir.). (2004) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Prevenir
en Madrid.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Programa
de prevención de drogodependencias en contextos educativos. Dos
volúmenes y dos vídeos. </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
Ayuntamiento de Madrid.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">41.DIAZ-AGUADO,
M. J. (2004) Los docentes y los nuevos retos de la escuela. La
prevención de la violencia y la exclusión social. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Psicología
Educativa, </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">vol.
10, 2, 81-100.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">42.DIAZ-AGUADO,
M. J. (2004) Educación intercultural y cooperación. Una nueva
interacción educativa para un mundo que también es
diferente. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Educatio
Siglo XXI,</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">22,
59-89.</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><b> </b></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">
</span></span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">43.DIAZ-AGUADO,
M. J. (2003) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Educación
intercultural y aprendizaje cooperativo.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">
Madrid: Pirámide. Publicado en portugués por Porto Editora.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">44.DIAZ-AGUADO,
M. J. (2003) Adolescencia, sexismo y violencia de género. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Papeles
del Psicólogo. Revista del Colegio Oficial de Psicólogos,</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> vol.
23, nº 84.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">45.DIAZ-AGUADO,
M. J. (2003) Aprendizaje cooperativo y prevención de la violencia.
</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Revista
del Colegio de Doctores y Licenciados, </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">145,
35-39.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">46.DIAZ-AGUADO,
M. J. (2003) Diez condiciones básicas para prevenir la violencia
desde la adolescencia. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Revista
de Estudios de Juventud, </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">62,
21-36.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">47.DIAZ-AGUADO,
M. J. (2002) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Prevenir
la violencia contra las mujeres construyendo la igualdad. Programa
para Educación Secundaria. </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
Instituto de la Mujer. Un libro y dos vídeos. </span></span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">48.
DIAZ-AGUADO, M. J. (2002) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Convivencia
escolar y prevención de la violencia. </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US"><i>Página
Web, </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US">Ministerio
de Educación. </span></span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="en-US" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<br /><br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-GB">49.
DIAZ-AGUADO, M. J.; MARTINEZ ARIAS, R.; INSTITUTO DE LA MUJER
(2002) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-GB"><i>Study
on measures adopted, by the Member States, of the European Union to
combat violence against woman. </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
Presidencia de la Unión Europea. Publicado en inglés, en francés y
en castellano.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-US">50</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-GB">.DIAZ-AGUADO,
M. J.; MARTINEZ ARIAS, R.; INSTITUTO DE LA MUJER(2002) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-GB"><i>Goodpractice
guide to mitigate the effects of and eradicate violence against
woman. </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
Presidencia de la Unión Europea. Publicado en inglés, en francés y
en castellano.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">51.DIAZ-AGUADO,
M. J.; MARTINEZ ARIAS, R. ; MARTIN SEOANE, G. (2002) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Estudio
sobre la génesis y el desarrollo de los adolescentes con problemas
de conducta en centros de menores. </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales, Programa de Mejora de
Atención Social a la Infancia, Serie Estudios.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">52.DIAZ-AGUADO,
M. J. (2001) El maltrato infantil. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Revista
de Educación,</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> Monográfico
sobre Familia y Educación, 325, 143-160.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">53.DIAZ-AGUADO,
M. J.; MARTINEZ ARIAS, R. (2001) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>La
construcción de la igualdad y la prevención de la violencia contra
la mujer desde la educación secundaria.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> Madrid:
Instituto de la Mujer, colección Estudios, nº 73.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;">54. </span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">DIAZ-AGUADO,
M. J.; MARTÍNEZ ARIAS, R.; VARONA, B. ET AL. (2001) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>La
educación infantil y el riesgo social. Su evaluación y tratamiento.
Un instrumento para la detección en niños y niñas de tres a seis
años a través de la escuela.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> Madrid:
Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">55.DIAZ-AGUADO,
M. J. ; MARTINEZ ARIAS, R.; MARTINEZ, B.; ANDRÉS, T (2000) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>El
origen de la integración social y la tolerancia en niños de dos a
seis años. </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
Consejo Económico y Social. Investigación galardonada con una
Mención Honorifica por dicho Consejo en los Premios a la
Investigación de 1999.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-GB">56.DIAZ-AGUADO,M.J.;
ANDRES, T. (2000) Co-operative learning and intercultural education.
Research-action in elementary school. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-GB"><i>Psychology
in Spain,</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="en-GB"> 4,
1, 88-119.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="en-GB" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="pt-PT">57.DIAZ-AGUADO,
M.J. (DIR.) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">(1996) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>El
desarrollo socio-emocional de los niños maltratados. </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
Ministerio de Asuntos Sociales. Serie </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Estudios, </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">nº
26.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">58.DIAZ-AGUADO,M.J.(1996) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Escuela
y tolerancia</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">.
Madrid: Pirámide.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">59.DIAZ-AGUADO,M.J.
(Dir.) (1996) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Programas
de educación para la tolerancia y prevención de la violencia en los
jóvenes. Cuatro volúmenes y dos vídeos. </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
Instituto de la Juventud, Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales. </span></span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<br /><br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">60.DIAZ-AGUADO,M.J.;
MARTINEZ ARIAS,R. VARONA,B. ET AL. (1996) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Infancia
en situación de riesgo social. Un instrumento para su detección a
través de la escuela. </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
Consejería de Educación y Cultura de la Comunidad de Madrid. </span></span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="pt-PT">61.DIAZ-AGUADO,
M.J. (DIR.) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">(1995) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Niños
con dificultades socioemocionales. Instrumentos de evaluación.
</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
Ministerio de Asuntos Sociales.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="pt-PT">62.
DIAZ-AGUADO, M.J. (1995). </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Educación
intercultural y desarrollo de la tolerancia. </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Revista
de Educación,</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> 307,
163-184.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">63.DIAZ-AGUADO,
M.J. (1994) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Todos
iguales todos diferentes I: Niños con dificultades
especiales.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> Madrid:
</span></span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">64.DIAZ-AGUADO,
M.J. (1994) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Todos
iguales todos diferentes II: Manual de intervención.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
</span></span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">65.DIAZ-AGUADO,
M.J.; ROYO, P.; BARAJA,A. (1994) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Todos
iguales todos diferentes III: Investigación.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> Madrid:
ONCE.</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"> </span>
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">66.DIAZ-AGUADO,
M.J.; MARTINEZ ARIAS, R. ROYO, P. (1994) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Todos
iguales todos diferentes IV: Instrumentos para evaluar la integración
escolar.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> Madrid:
ONCE.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">67.DIAZ-AGUADO,
M.J. (Dir.) (1992) </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Educación
y desarrollo de la tolerancia. Programas para favorecer la
interacción educativa en contextos étnicamente heterogéneos.
Cuatro volúmenes y un vídeo.</i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"> Madrid:
Ministerio de Educación y Ciencia.</span></span></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<br /><br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">68.
DIAZ-AGUADO, M.J.; BARAJA, A. (1993). </span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES"><i>Interacción
educativa y desventaja sociocultural. Un modelo de intervención para
favorecer la adaptación escolar en contextos inter-étnicos. </i></span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;"><span lang="es-ES">Madrid:
CIDE, Ministerio de Educación y Ciencia.</span></span><span style="font-family: Times New Roman, serif;">
</span>
</div>
<div align="JUSTIFY" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0.11cm;">
<br /><br />
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="background: #ffffff; line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<div align="JUSTIFY" style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
<br />
<div style="margin-bottom: 0cm;">
<br />
</div>
</div>
</li>
</ol>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" lang="es-ES" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
................</div>
<div align="JUSTIFY" lang="pt-PT" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm; text-indent: 0.11cm;">
<br /></div>
<div align="JUSTIFY" style="line-height: 0.42cm; margin-bottom: 0cm;">
<br /></div>
<div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-24566941464987592772006-02-10T10:05:00.000+01:002007-02-10T10:07:42.329+01:00destinoDos nuevas publicaciones para afrontar el acoso escolar: <br />.......Del acoso escolar a la cooperación en las aulas <br />.......El acoso escolar y la prevención de la violencia desde la familia<br /><br />.<br />....."Guía de buenas prácticas para paliar los efectos de la violencia contra las mujeres y conseguir su erradicación" <br />.<br />...... <br />"Estudio sobre las medidas adoptadas en la Unión Europea contra la violencia hacia las mujeres"<br />.<br /><br />OTROS TEXTOS <br /><br /><br />DOCUMENTOS AUDIOVISUALES<br />La violencia de los adolescentes como reflejo de la sociedad adulta. (Icono de vídeo) <br /><br />Programas de educación para la tolerancia (Al fondo de la página Ver capítulo 1 Ver capítulo 2 Ver capítulo 3)<br /><br />Prevención de la violencia y lucha contra la exclusión (Al fondo de la página Ver capítulo 1 Ver capítulo 2 Ver capítulo 3)<br /><br /><br />Prevención de drogodependencias y otros riesgos (Al fondo de la página Ver capítulos 1 y 2 )<br /><br /><br />Prevenir la violencia de género construyendo la igualdad (Al fondo de la página Ver capítulo 1 Ver capítulo 2) <br /><br /><br />Convivencia escolar y prevención de la violencia. Ministerio de Educación y Ciencia. Textos y vídeo<br /><br /><br /><br />RADIO EXTERIOR DE ESPAÑA Sonido<div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-1123319007471651802006-02-02T10:32:00.000+01:002006-05-31T16:50:43.543+02:00<a href="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/1600/Maria%20con%20libros.jpg"><img style="FLOAT: left; MARGIN: 0px 10px 10px 0px; WIDTH: 204px; CURSOR: hand; HEIGHT: 197px" height="118" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Maria%20con%20libros.jpg" width="151" border="0" /></a> <div align="justify"><span style="font-family:verdana;">ANA ALFAGEME - Madrid<br />Fuente: <strong>EL PAÍS 15-05-2005</strong><br /><br />Lleva 25 de sus 48 años analizando la convivencia en la escuela. María José Díaz-Aguado, catedrática de Psicología Evolutiva y de la Educación de la Universidad Complutense, es la directora de un reciente estudio sobre violencia escolar (presentado en octubre de 2004 y elaborado junto al Instituto de la Juventud) realizado en Madrid a 825 escolares.<br />Pregunta. ¿Qué causa el acoso escolar?<br />Respuesta. No hay un único motivo. Si hubiera que destacar uno, sería la incoherencia de la sociedad frente a la violencia. Por un lado se condenan las expresiones de violencia graves y por otro, se justifican, dependiendo de quién sea el agresor y quién la víctima. Para enseñar a rechazar la violencia es preciso enseñar a rechazarlas todas. No se puede enseñar a los niños a eludirla cuando se usa el castigo físico, que debe ser erradicado. Una madre me contó que le había comprado unos cromos a su hijo de nueve años. Estaban repetidos. El niño se alteró y ella le dio una torta. El crío contestó: "En la tele dicen que las madres no pueden pegar a los niños". Los niños ahora son más espabilados, exigen más de los adultos, captan más nuestras incoherencias.<br />P. ¿Existe más acoso ahora?<br />R. Ha existido siempre, tanto en escuelas públicas como privadas, y en todos los países. Se investiga desde los años setenta. Que ahora se llame acoso indica que existe un rechazo social superior. En número de agresiones no es mayor pero los niños están expuestos a mayor información sobre tipos de violencia más grave, en la televisión o en videojuegos.<br />P. ¿Hay algo nuevo?<br />R. Sí, en los últimos años existe un acoso de profesores a alumnos y de alumnos a profesores. Los estudiantes son conscientes y lo justifican. Podrían sentirse como David frente a Goliat.<br />P. ¿Se considera hoy el acoso como algo más grave?<br />R. La sociedad mira menos hacia otro lado. En los últimos meses se ha producido una toma de conciencia colectiva, similar a la que ocurrió a finales de los noventa con la violencia machista.<br />P. ¿Hay similitudes entre ambas conductas violentas?<br />R. Sí. La violencia escolar y la machista son similares. Las dos se fundamentan en un modo de relación basado en el dominio y en la sumisión. En nuestro estudio, los agresores justifican más la violencia racista y machista.<br />P. ¿Cuál es la primera señal de que el niño es víctima de acoso?<br />R. Que tenga miedo a ir al colegio, aunque eso no siempre puede reflejar sólo el acoso, puede que sufra problemas académicos. Otro signo es que eluda salir al recreo o que nunca hable en casa de sus amigos.<br />P. ¿Existen niños con más riesgo de padecer acoso?<br />R. En todos los fenómenos de violencia se tiende a culpar a la víctima y eso hay que corregirlo. Cualquier niño puede ser objeto de acoso por el mero hecho de ser elegido por otros que tengan más fuerza y más si el sistema no garantiza su protección. Dicho esto, los alumnos en mayor riesgo serían aquellos que se encuentran aislados del grupo. Algo que, de nuevo, debemos considerarlo como una característica del sistema. Las potenciales víctimas poseen menos autoestima o son de minorías étnicas desfavorecidas, tienen necesidades educativas especiales o son chicos que no coinciden con el estereotipo machista.<br />P. ¿Qué se puede hacer en la escuela para prevenirlo?<br />R. Trabajar activamente. Hay programas que enseñan a detectar y combatir el racismo y el sexismo con cuentos o vídeos. Y se pueden organizar en las clases grupos heterogéneos donde se integren los niños con más riesgo. Mi equipo lo llama aprendizaje cooperativo. Puede ser aplicado en todas las materias. Y funciona.<br />Estos programas disminuyen la violencia en el ocio.<br />P. Todos los profesores tendrían que implicarse, ¿no?<br />R. Sí, la escuela ya no se puede basar en la obediencia incondicional. Los profesores tienen que recuperar su autoridad de una forma nueva. Deberían ser aliados de los alumnos para que saquen buenas notas, para ayudarles a solucionar conflictos y transmitir confianza.<br />P. Pero los niños no acuden a los profesores si sufren acoso.<br />R. Es cierto. En nuestro estudio hallamos que un 34% de alumnos expresó que no pediría ayuda a sus profesores en caso de sufrirlo. En uno de los vídeos de nuestro programa los alumnos elaboran un decálogo contra la violencia escolar, y decían que pedirían ayuda primero a los amigos, luego a su madre y después a su padre. Afirmaban: "Los profesores no están aquí para resolver tus problemas, sino para enseñarte". Una de las alumnas matizó: "A un profesor que sea amigo, sí". Al final concluyeron que se lo dirían a "profesores que den confianza".<br />P. ¿Qué hay que hacer cuando se detecta un caso de acoso?<br />R. La impunidad de la violencia la incrementa. Tiene que suceder algo. La escuela debe de dejar claro que rechaza la violencia. Hay que hacer entender al agresor que lo que ha hecho está mal, procurar que se arrepienta y reparar el daño. Esto último debe ser consensuado con la víctima.<br />P. ¿Y si hay agresiones físicas?<br />R. Acudir a las autoridades, porque hay que garantizar la integridad del alumno. Estamos viendo, por ejemplo, que la policía de barrio se está ofreciendo para mediar en los conflictos.<br /><a href="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/1600/Maria%20sonrie1.jpg"><img style="FLOAT: left; MARGIN: 0px 10px 10px 0px; WIDTH: 5px; CURSOR: hand; HEIGHT: 6px" height="320" alt="" src="http://photos1.blogger.com/blogger/7670/363/320/Maria%20sonrie1.jpg" width="5" border="0" /></a></span></div><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0tag:blogger.com,1999:blog-12013641.post-50740929945472969042006-01-30T14:06:00.000+01:002007-05-26T10:34:23.389+02:00Dos publicaciones del CIDE, de 1986 y de 1988<span style="color:#ffffff;">.</span><br /><span style="color:#000000;">Dos publicaciones del CIDE* de 1986 y de 1988 denotan la temprana dedicación al estudio de la <strong>convivencia escolar</strong> de María José Díaz-Aguado.<br /></span><span style="color:#999999;">.<br /></span><a href="http://www.mec.es/cide/espanol/publicaciones/colecciones/investigacion/col003/col003pc.pdf"><span style="color:#000000;">La publicación de 1986</span></a><span style="color:#000000;"> "El papel de la interacción entre iguales en la adaptación escolar y el desarrollo social"<br /><br /></span><a href="http://www.mec.es/cide/espanol/publicaciones/colecciones/investigacion/col080/col080pc.pdf"><span style="color:#000000;">La publicación de 1988</span></a><span style="color:#000000;"> "Interacción educativa y desventaja sociocultural: un modelo de intervención para favorecer la adaptación escolar en contextos inter-étnicos"<br /><br /><br /><span style="color:#999999;">.<br /></span><span style="font-size:78%;">* El Centro de Nacional de Investigación y Documentación Educativa, 1986. CIDE, 1988 </span><br /><br /></span><span style="color:#999999;">.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br /><br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.<br />.</span><div class="blogger-post-footer">Research, Training and Communication against Violence </div>Unknownnoreply@blogger.com0